ACTA NúMERO 15/2.008 DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE VAL DE SAN VICENTE, CORRESPONDIENTE A LA SESION ORDINARIA CELEBRADA EL DúA DIECISIETE DE DICIEMBRE DE 2.008. En Pesués, Val de San Vicente, en la casa consistorial del Ayuntamiento de Val de San Vicente, siendo las diecinueve horas del día diecisiete de diciembre de 2.008, se reúne la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Val de San Vicente para celebrar sesión ordinaria en única convocatoria con la asistencia de los miembros siguientes: Presidente: Don Miguel Ángel González Vega. Concejales: Don Roberto Escobedo Quintana; doña Nuria Yolanda Verdeja Melero y don Elías Álvarez Martínez. Secretaria de la corporación: Laura Rodríguez Candás Interventora: Doña Ruth López Mosquera García. Se da lectura a la resolución de convocatoria, y desarrollando el orden del día se debaten los asuntos siguientes: 1. Aprobación si procede del borrador del acta de la sesión anterior. Habiéndose dado traslado a los señores miembros de la Junta de Gobierno Local de Val de San Vicente del acta correspondiente a la sesión ordinaria celebrada por este órgano en fecha de veintisiete de noviembre de 2.008 y no manifestándose ningún reparo ni objeción frente a la misma, se acuerda aprobar la citada acta. 2. Facturas y pagos. 2.1. Facturas y pagos. Se da cuenta de la relación de facturas y pagos correspondiente a esta sesión de la Junta de Gobierno Local de las que se incorpora al expediente un ejemplar para constancia. Tomado conocimiento del asunto, por la Junta de Gobierno Local se acuerda aprobar dicha relación de facturas y pagos, cuyo importe total asciende a la cantidad de SETENTA Y DOS MIL DIECISIETE EUROS CON VEINTE CúNTIMOS ( 72.017,20 â¬). 2.2. Reconocimiento extrajudicial de crédito. A la vista del expediente de reconocimiento extrajudicial de créditos número J-2008/10 en el que obra el correspondiente informe de intervención y las facturas y pagos que lo integran, cuyo importe total asciende a la cantidad de SETENTA MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO EUROS CON CUARENTA Y SEIS CúNTIMOS (70.874,46 â¬), estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número legal, por unanimidad se acuerda aprobar el expediente de reconocimiento extrajudicial de créditos número J-2008/10 por importe de SETENTA MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO EUROS CON CUARENTA Y SEIS CúNTIMOS (70.874,46 â¬). 3. Solicitudes de licencias municipales de obras. Acuerdos que procedan. 3.1.Solicitud de licencia municipal de obras formulada por doña Olga Victorero Gómez en representación de EL CONVENTO S.C. para reforma y ampliación de establos como sidrería y restaurante en Pechón. Visto el expediente incoado por doña Olga Victorero Gómez en representación de EL CONVENTO S.C. para reforma y ampliación de establos como sidrería y restaurante en Pechón. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de veintiuno de noviembre de 2.008 por los servicios técnicos municipales. Tomado conocimiento del proyecto básico y de ejecución para reforma y ampliación de establos como sidrería y restaurante en Pechón, redactado al efecto por el arquitecto don Máximo Díaz Sánchez y visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 25 de abril de 2.008 y que resulta modificado por los planos “2 a’ Emplazamiento estado actual” y “2 b’ Emplazamiento estado reformado”, redactados por el arquitecto don Máximo Díaz Sánchez y visados por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 17 de octubre de 2.008, de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a EL CONVENTO S.C. para reforma y ampliación de establos como sidrería y restaurante en Pechón, según proyecto básico y de ejecución para reforma y ampliación de establos como sidrería y restaurante en Pechón redactado al efecto por el arquitecto don Máximo Díaz Sánchez y visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 25 de abril de 2.008 y que resulta modificado por los planos “ 2 a’ Emplazamiento estado actual” y “2 b’ Emplazamiento estado reformado”, redactados por el arquitecto don Máximo Díaz Sánchez y visados por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 17 de octubre de 2.008 La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo y de las particulares siguientes: Condiciones inherentes a la urbanización: Se asfaltarán todas aquellas zonas de vial público, que siendo ajenas a la propia finca, pudieran haber sido perjudicadas por la ejecución de las obras. Condiciones estéticas: La carpintería exterior será o bien de madera, o bien de otro material en tonos oscuros que imite a ésta. El sistema de oscurecimiento de las habitaciones no será con persianas exteriores. Los vuelos de aleros y balconadas se ejecutarán en madera. La fachada se pintará en tonos claros y además la piedra que se pudiera colocar en la fachada tendrá que ser de las mismas características que las de los edificios del entorno. La cubierta se realizará con teja curva tipo árabe de color rojo. Los canalones y las bajantes de pluviales serán de cobre o zinc, en ningún caso de PVC. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de CIENTO TREINTA MIL EUROS ( 130.000,00 â¬). TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 3.2.Solicitud de licencia municipal de obras formulada por don Javier Antonio Borbolla González en nombre propio y en representación de don David Borbolla González, para la construcción de dos viviendas pareadas de protección oficial en Prellezo. Visto el expediente incoado por don Javier Antonio Borbolla González en nombre propio y en representación de don David Borbolla González, para la construcción de dos viviendas pareadas de protección oficial en Prellezo. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de veinte de noviembre de 2.008 por los servicios técnicos municipales. Tomado conocimiento del proyecto básico para dos viviendas pareadas de protección oficial en Prellezo, redactado al efecto por el arquitecto don Máximo Díaz Sánchez y visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 26 de septiembre de 2.008, de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a don Javier Antonio Borbolla González y a don David Borbolla González para la construcción de dos viviendas pareadas de protección oficial en Prellezo, según proyecto básico para dos viviendas pareadas de protección oficial en Prellezo, redactado al efecto por el arquitecto don Máximo Díaz Sánchez y visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 26 de septiembre de 2.008. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo y de las particulares siguientes: Condiciones que han de cumplirse para dar comienzo a las obras: Habrán de incorporarse al expediente el proyecto de ejecución, el estudio básico de seguridad y salud así como el cuestionario de estadística de edificación y vivienda. Deberá acreditarse la aceptación del encargo de la dirección de obra por parte de arquitecto y de arquitecto técnico o aparejador. Condiciones inherentes a la urbanización: Se asfaltarán todas aquellas zonas de vial público, que siendo ajenas a la propia finca, pudieran haber sido perjudicadas por la ejecución de las obras. Se asfaltará la superficie de cesión conforme las directrices de los servicios técnicos municipales. Condiciones estéticas: La carpintería exterior será o bien de madera, o bien de otro material en tonos oscuros que imite a ésta. La fachada se pintará en tonos claros y además la piedra que se pudiera colocar en la fachada tendrá que ser de las mismas características que las de los edificios del entorno. La cubierta se realizará con teja curva tipo árabe de color rojo. Los canalones y las bajantes de pluviales serán de cobre o zinc, en ningún caso de PVC. Los cierres de la parcela se resolverán mediante elementos opacos de 1 m. de altura de mampostería o revocados y pintados completados mediante protecciones diáfanas hasta alcanzar los dos metros, quedando prohibidas las mallas de torsión galvanizadas o plastificadas. Condiciones inherentes a las instalaciones: Las conexiones a las redes de servicios se llevarán a cabo de acuerdo con las compañías suministradoras y los servicios técnicos municipales. En el punto de entronque a la red de saneamiento municipal se ejecutará obligatoriamente una arqueta o pozo de registro, cuyas dimensiones se determinarán por este servicio técnico en el momento de ejecutarse la obra. Antes del comienzo de las obras se contactará con los servicios técnicos municipales para prever el soterramiento de conductos, pasos de instalaciones y formación de arquetas para el paso de las diversas infraestructuras urbanas. Cesiones a favor del Ayuntamiento: Se formalizarán, con carácter previo al otorgamiento de la licencia de primera ocupación, las correspondientes cesiones a viales de 46,00 m2 mediante acto de escritura pública. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de CIENTO NOVENTA Y SEIS MIL EUROS ( 196.000,00 â¬). TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 3.3.Solicitud de licencia municipal de obras formulada por doña Fidela Cuenca Ruiz reforma destinada a vivienda en Serdio. Visto el expediente incoado por doña Fidela Cuenca Ruiz para reforma destinada a vivienda en Serdio. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de catorce de noviembre de 2.008 por los servicios técnicos municipales. Tomado conocimiento del proyecto básico y de ejecución de reforma destinada a vivienda en Bº Braña La Lengua, Serdio, redactado al efecto por el arquitecto don P. Jesús Santamaría Muñoz, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha 14 de julio de 2.008 y documentación complementaria correspondiente al plano “Planta Baja Cotas” , redactado por el arquitecto don P. Jesús Santamaría Muñoz, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 28 de octubre de 2.008, de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a doña Fidela Cuenca Ruiz para reforma destinada a vivienda en Serdio, según proyecto básico y de ejecución de reforma destinada a vivienda en Bº Braña La Lengua, Serdio, redactado al efecto por el arquitecto don P. Jesús Santamaría Muñoz, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha 14 de julio de 2.008 y documentación complementaria correspondiente al plano “Planta Baja Cotas” , redactado por el arquitecto don P. Jesús Santamaría Muñoz, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 28 de octubre de 2.008. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo y de las particulares siguientes: Condiciones estéticas: La carpintería exterior será o bien de madera, o bien de otro material en tonos oscuros que imite a ésta. El sistema de oscurecimiento de las habitaciones preferiblemente no será con persianas exteriores. La fachada se pintará en tonos claros y además la piedra que se pudiera colocar en la fachada tendrá que ser de las mismas características que las de los edificios del entorno. La cubierta se realizará con teja curva tipo árabe de color rojo. Los canalones y las bajantes de pluviales serán de cobre o zinc, en ningún caso de PVC. Condiciones inherentes a las instalaciones: Las conexiones a las redes de servicios se llevarán a cabo de acuerdo con las compañías suministradoras y los servicios técnicos municipales. En el punto de entronque a la red de saneamiento municipal se ejecutará obligatoriamente una arqueta o pozo de registro, cuyas dimensiones se determinarán por el servicio técnico municipal en el momento de ejecutarse la obra. El contador de agua se colocará de acuerdo con el informe emitido por la empresa encargada del servicio de aguas. Los contadores de agua y luz se alojarán en una zona accesible dentro de unos pequeños armarios que se integren en el propio muro de cierre. Se procederá a reparar los daños de urbanización producidos por el desarrollo de las obras conforme las directrices de los servicios técnicos municipales. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de TREINTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA EUROS( 35.950,00 â¬). TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 3.4. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por don Carmelo Espinosa Gutiérrez en representación de MACHO DE LA COLINA S.L. para modificado de proyecto de construcción de doce viviendas y garajes en Prellezo. Visto el expediente incoado por don Carmelo Espinosa Gutiérrez en representación de MACHO DE LA COLINA S.L. para modificado de proyecto de construcción de doce viviendas y garajes en Prellezo. Considerando que mediante acuerdo adoptado por el Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Val de San Vicente en sesión ordinaria celebrada en fecha de dos de diciembre de 2.005 se otorgó licencia municipal de obras a MACHO DE LA COLINA S.L. para la construcción de doce viviendas y garajes en Prellezo según proyecto básico redactado al efecto por el arquitecto don José Cabrero Cabrera, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha 6 de julio de 2.005 y modificado del proyecto básico redactado por el mismo arquitecto, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 14 de noviembre de 2.005 y dejando constancia expresa de que con el proyecto que se pretende ejecutar se agota el 94,73% de la edificabilidad atribuible a la parcela. Tomado conocimiento del proyecto de ejecución de doce viviendas y garajes en Prellezo, redactado por el Arquitecto don José Cabrero Cabrera, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 29 de mayo de 2.006; de los planos “01R Plantas Sótano. Cotas y superficies”, “03R Plantas tipo. Cotas y superficies”, “05R Alzados generales” y “06R Plantas tipo. Mobiliario”, redactados por el arquitecto don José Cabrero Cabrera, visados por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 26 de marzo de 2.008 y del Anexo de piscina para 12 viviendas y garajes en Prellezo, redactado por el mismo arquitecto y visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 26 de mayo de 2.008. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de diez de septiembre por los servicios técnicos municipales. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a MACHO DE LA COLINA S.L. para modificado de proyecto de construcción de doce viviendas y garajes en Prellezo, para el que se concedió licencia municipal de obras mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Val de San Vicente en fecha de dos de diciembre de 2.005 para la construcción de doce viviendas y garajes en Prellezo según proyecto básico redactado al efecto por el arquitecto don José Cabrero Cabrera, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha 6 de julio de 2.005 y modificado del proyecto básico redactado por el mismo arquitecto, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 14 de noviembre de 2.005 y dejando constancia expresa de que con el proyecto que se pretende ejecutar se agota el 94,73% de la edificabilidad atribuible a la parcela. La modificación se autoriza según proyecto de ejecución de doce viviendas y garajes en Prellezo, redactado por el Arquitecto don José Cabrero Cabrera, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 29 de mayo de 2.006; según los planos “01R Plantas Sótano. Cotas y superficies”, “03R Plantas tipo. Cotas y superficies”, “05R Alzados generales” y “06R Plantas tipo. Mobiliario”, redactados por el arquitecto don José Cabrero Cabrera, visados por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 26 de marzo de 2.008 y según el Anexo de piscina para 12 viviendas y garajes en Prellezo, redactado por el mismo arquitecto y visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 26 de mayo de 2.008. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL CIENTO NOVENTA EUROS ( 158.190,00 â¬). TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 3.5. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por don Alejandro Segura Bermúdez en representación de la Mancomunidad de Municipios de Val de San Vicente y Ribadedeva para la construcción de un Centro de Usos Turísticos y Culturales del Bajo Deva en Unquera. Visto el expediente incoado por don Alejandro Segura Bermúdez en representación de la Mancomunidad de Municipios de Val de San Vicente y Ribadedeva para la construcción de un Centro de Usos Turísticos y Culturales en Unquera. Tomado conocimiento del proyecto básico y de ejecución del Centro de Usos Turísticos y Culturales del Bajo Deva en Unquera, redactado al efecto por el arquitecto don Luis Castillo Arenal y del estudio de Seguridad y Salud del Centro de Usos Turísticos y Culturales del Bajo Deva en Unquera, redactado al efecto por el arquitecto técnico don Juan José Izquierdo Rodríguez. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de 21 de noviembre de 2.008 por los servicios técnicos municipales. Por la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, se dictamina que por el órgano municipal competente se acuerde: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a la Mancomunidad de Municipios de Val de San Vicente y Ribadedeva para la construcción de un Centro de Usos Turísticos y Culturales del bajo Deva en Unquera, según proyecto básico y de ejecución del Centro de Usos Turísticos y Culturales del Bajo Deva en Unquera, redactado al efecto por el arquitecto don Luis Castillo Arenal y del estudio de Seguridad y Salud del Centro de Usos Turísticos y Culturales del Bajo Deva en Unquera, redactado al efecto por el arquitecto técnico don Juan José Izquierdo Rodríguez. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo y a la particulares siguientes: Condiciones inherentes a las instalaciones: Las conexiones a las redes de servicios se llevarán a cabo de acuerdo con las compañías suministradoras y los servicios técnicos municipales. En el punto de entronque a la red de saneamiento municipal se ejecutará obligatoriamente una arqueta o pozo de registro, cuyas dimensiones se determinarán por el servicio técnico municipal en el momento de ejecutarse la obra. El contador de agua y la arqueta de acometida se colocará de acuerdo con el informe emitido por la empresa encargada del servicio de aguas. Los contadores de agua y luz se alojarán en una zona accesible dentro de unos pequeños armarios que se integren en el propio muro de cierre. Se procederá a reparar los daños de urbanización producidos por el desarrollo de las obras conforme las directrices de los servicios técnicos municipales. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de CUATROCIENTOS SESENTA MIL EUROS ( 460.000,00 â¬). TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4. Otros expedientes y solicitudes pendientes de resolución. Acuerdo que proceda. 4.1. Expediente promovido por don Luis Miguel Serrano Lecue en representación de OSTRANOR S.L. para la apertura en el polígono industrial Los Tánagos de un establecimiento dedicado a almacén de berberecho acuacultura. Visto el expediente que promueve don Luis Miguel Serrano Lecue en representación de OSTRANOR S.L. para la apertura en el polígono industrial Los Tánagos de un establecimiento dedicado a almacén de berberecho acuacultura. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido por los servicios técnicos municipales en fecha de veintisiete de octubre de 2.008, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Conceder a OSTRANOR S.L. licencia para la apertura de un establecimiento destinado a almacén de berberecho acuacultura, bajo la denominación comercial de OSTRANOR S.L.. El mismo se encuentra en el polígono industrial Los Tánagos. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a la ordenanza fiscal que resulta de aplicación. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.2. Expediente de solicitud de licencia de actividad para la instalación de una carpintería metálica en el polígono industrial Río Deva, en la localidad de Pesués. Visto el expediente sobre solicitud de licencia de actividad para la instalación de una carpintería metálica en el polígono industrial Río Deva, en la localidad de Pesués, de este término municipal de Val de San Vicente, incoado por don Fernando García Ceballos, actuando en representación de ALUMINIOS RúO DEVA S.L. Teniendo que emitir la corporación informe según dispone el vigente Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, a la vista de los trámites llevados a cabo en el expediente, de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda emitir el siguiente informe: 1- Que el emplazamiento de la instalación y las demás circunstancias de la misma a las que se refieren los informes que obran en el expediente están de acuerdo con las ordenanzas municipales y con lo dispuesto en el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, salvo lo dispuesto en el informe sanitario respecto a las actuaciones para minimizar el polvo en suspensión, el tratamiento de las aguas procedentes de la limpieza de la nave y la gestión de los residuos sólidos. 2- Que no se estima que otras actividades análogas puedan producir efectos aditivos. 3- Se informa favorablemente la concesión de la licencia solicitada, siempre que se corrijan las deficiencias señaladas en el informe sanitario antes citado. 4.3. Convocatoria de subvenciones y ayudas públicas a asociaciones educativas, benéficas, culturales, deportivas, vecinales y otras sin ánimo de lucro. Acuerdo que proceda. A la vista de la ordenanza reguladora del otorgamiento de subvenciones y ayudas públicas a asociaciones educativas, benéficas, culturales, deportivas, vecinales y otras sin ánimo de lucro. Considerando de interés para la comunidad vecinal el fomento del ejercicio de las actividades propias de dichas asociaciones, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la convocatoria y la apertura del plazo para la presentación de las solicitudes para el otorgamiento de subvenciones y ayudas públicas a asociaciones educativas, benéficas, culturales, deportivas, vecinales y otras sin ánimo de lucro para el año 2.009. SEGUNDO: Establecer el plazo para la presentación de solicitudes, que será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de Cantabria. Las solicitudes se podrán presentar en el registro general del ayuntamiento de Val de San Vicente o por cualquiera de los medios admitidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. TERCERO. Disponer la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de Cantabria y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. CUARTO. Condicionar la efectividad del presente acuerdo a la existencia de consignación presupuestaria suficiente y adecuada en el ejercicio 2.009. 4.4. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de servicios para la realización de gestiones laborales y fiscales. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicio para la realización de gestiones laborales del ayuntamiento de Val de San Vicente. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a realizar dicho contrato. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por BARREDA DúAZ es favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a BARREDA DúAZ el contrato de servicios para la realización de gestiones laborales y fiscales del ayuntamiento de Val de San Vicente desde el uno de enero de 2.009 hasta el treinta y uno de diciembre de 2.009 por importe de CUATRO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES EUROS CON SESENTA Y SIETE CúNTIMOS ( 4.853,67 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. CUARTO: Condicionar la efectividad del presente acuerdo a la existencia de consignación presupuestaria suficiente y adecuada en el ejercicio 2.009. 4.5. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de servicios para el mantenimiento de las instalaciones de energía solar térmica en el Colegio Público Fuente Salín y en el Polideportivo. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicio para el mantenimiento de las instalaciones de energía solar térmica en el Colegio Público Fuente Salín y en el Polideportivo. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a realizar dicho contrato. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por ENERGúA SOLAR DEL NORTE S.L. es favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a ENERGúA SOLAR DEL NORTE S.L. el contrato de servicios para el mantenimiento de las instalaciones de energía solar térmica en el Colegio Público Fuente Salín y en el Polideportivo desde el uno de enero de 2.009 hasta el treinta y uno de diciembre de 2.009 por importe de SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS EUROS ( 696,00 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. CUARTO: Condicionar la efectividad del presente acuerdo a la existencia de consignación presupuestaria suficiente y adecuada en el ejercicio 2.009. 4.6. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de servicios para el mantenimiento del hardware informático del Ayuntamiento de Val de San Vicente. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicio de mantenimiento del hardware informático del Ayuntamiento de Val de San Vicente. Considerando: Primero. Que debe procederse a la contratación de dicho servicio. Segundo. Que la propuesta presentada por don Adolfo Rivero Acereda se considera favorable a los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal, por unanimidad se acuerda: PRIMERO. Adjudicar a don Adolfo Rivero Acereda el contrato de servicio de mantenimiento del hardware informático del Ayuntamiento de Val de San Vicente incluido en el anexo I por importe de TRES MIL SESENTA Y DOS EUROS CON CUARENTA Y CUATRO CúNTIMOS ( 3.062,44 â¬) durante el periodo de tiempo comprendido entre el uno de enero de 2009 al 31 de diciembre de 2009, con sujección a lo dispuesto en la propuesta formulada, salvo los apartados III y V de la misma que quedan redactados en los términos siguientes: III: “ La duración del contrato se extiende desde el uno de enero de 2.009 hasta el 31 de diciembre de 2.009” . V: “La cuota del servicio de mantenimiento se cobrará a mes vencido. La forma de pago será mediante transferencia bancaria previa emisión de la correspondiente factura mensual”. SEGUNDO. Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO. Hacer constar expresamente que el contrato se refiere al hardware informático del Ayuntamiento de Val de San Vicente incluido en el anexo I del presente acuerdo. CUARTO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. ANEXO I EQUIPO MARCA Y MODELO Nº DE SERIE OBSERVACIONES ORDENADOR DELL OPTIPLEX 320 GENUINE INTEL (R) CPU 2160 @ 1.80 GHz 1.80 GHz, 992 Mb. De RAM --- IMPRESORA HP LASERJET 1022 CNBV5CJJX9 ORDENADOR CELERON 500 / 512 RAM 200109020542 IMPRESORA OKI B4200 ORDENADOR DELL OPTIPLEX 320 GENUINE INTEL (R) CPU 2140 @ 1.60 GHz 1.60 GHz, 992 Mb. De RAM --- IMPRESORA --- ORDENADOR PENTIUM III, 799 MHz, 496 Mb de RAM IMPRESORA OKI C3100 49EL4010218K ORDENADOR DELL PENTIUM RD 3 GHz. 1 Mb. De RAM IMPRESORA OKI B4200 ORDENADOR DELL OPTIPLEX 320 GENUINE INTEL (R) CPU 2160 @ 1.80 GHz 1.80 GHz, 992 Mb. De RAM IMPRESORA OLIVETTI PGL14 26CP4022037K ORDENADOR GENUINEINTEL x86 FAMILY 15 MODEL 4 STEPPING 1 / 448 Mb. De RAM IMPRESORA --- ORDENADOR PENTIUM R4 CPU 3.00 GHz, 512 Mb. De RAM IMPRESORA HP DESKJET 5940 ORDENADOR INTEL ® PENTIUM ® IV CPU 3,00 GHz AT/T COMPATIBLE 514.860 Kb RAM IMPRESORA CANON MF 3110 EZN03610 ORDENADOR PENTIUM IV 3,6 / 1 Gb DDR2 RAM HD 200 Gb / DVD-RW DOBLE CAPA IMPRESORA KONICA 7830 31063B ORDENADOR PENTIUM 3,0 / 512 RAM HD 80 GB / DVD IMPRESORA OKI B4100 BB45006953AO 2 ORDENADORES PENTIUM IV 3,00 GHz. / 512 Mb. De RAM 150 Gb. De HD IMPRESORA OKI C5250 ORDENADOR ACER INTEL PENTIUM IV 3000/512 MB. DE RAM / 75 GB. DE HD IMPRESORA OKI B4100 4.7. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de servicios para el mantenimiento del programa de padrón y registro. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicio para el mantenimiento del programa de padrón y registro. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a realizar dicho contrato. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por ABSIS INFORMÁTICA S.L. es favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a ABSIS INFORTÁTICA S.L. el contrato de servicios para el mantenimiento del programa de padrón y registro desde el uno de enero de 2.009 hasta el treinta y uno de diciembre de 2.009 por importe de CUATROCIENTOS TREINTA Y UN EUROS CON NOVENTA Y CUATRO CúNTIMOS( 431,94 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. CUARTO: Condicionar la efectividad del presente acuerdo a la existencia de consignación presupuestaria suficiente y adecuada en el ejercicio 2.009. 4.8. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de servicios para la actualización de versiones del programa de padrón y registro. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicio para la actualización de versiones del programa de padrón y registro. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a realizar dicho contrato. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por ATIS INFORMÁTICA S.L. es favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a ATIS INFORMÁTICA S.L. el contrato de servicios para la actualización de versiones del programa de padrón y registro desde el uno de enero de 2.009 hasta el treinta y uno de diciembre de 2.009 por importe de CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS EUROS CON NOVENTA CúNTIMOS( 436,90 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. CUARTO: Condicionar la efectividad del presente acuerdo a la existencia de consignación presupuestaria suficiente y adecuada en el ejercicio 2.009. 4.9. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de servicios para la limpieza de la Casa de la Juventud en Unquera. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicio para la limpieza de la Casa de la Juventud en Unquera. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a realizar dicho contrato. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por CANTASTUR S.C. es favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a CANTASTUR S.C. el contrato de servicios para la limpieza de la Casa de la Juventud en Unquera desde el uno de enero de 2.009 hasta el treinta y uno de diciembre de 2.009 por importe de SEIS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA EUROS CON CUARENTA CúNTIMOS( 6.890,40 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. CUARTO: Condicionar la efectividad del presente acuerdo a la existencia de consignación presupuestaria suficiente y adecuada en el ejercicio 2.009. 4.10. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de servicios para la limpieza del Colegio Público Fuente Salín de Pesués. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicio para la limpieza del Colegio Público Fuente Salín de Pesués. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a realizar dicho contrato. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por CANTASTUR S.C. es favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a CANTASTUR S.C. el contrato de servicios para la limpieza del Colegio Público Fuente Salín de Pesués desde el uno de enero de 2.009 hasta el treinta y uno de diciembre de 2.009 por importe de TRECE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS EUROS CON DIECISúIS CúNTIMOS ( 13.892,16 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. CUARTO: Condicionar la efectividad del presente acuerdo a la existencia de consignación presupuestaria suficiente y adecuada en el ejercicio 2.009. 4.11. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de servicios para la retirada de perros vagabundos en el municipio de Val de San Vicente. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicio para la retirada de perros vagabundos en el municipio de Val de San Vicente. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a realizar dicho contrato. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por María de las Nieves Acereda Zubizarreta es favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a María de las Nieves Acereda Zubizarreta el contrato de servicios para la retirada de perros vagabundos en el municipio de Val de San Vicente desde el uno de enero de 2.009 hasta el treinta y uno de diciembre de 2.009 por importe de CUATRO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y UN EUROS CON CUARENTA CúNTIMOS( 4.351,40 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. CUARTO: Condicionar la efectividad del presente acuerdo a la existencia de consignación presupuestaria suficiente y adecuada en el ejercicio 2.009. 4.12. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de servicios para el mantenimiento del ascensor de la Casa de la Cultura. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicio para el mantenimiento del ascensor de la Casa de la Cultura. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a realizar dicho contrato. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por FAIN ASCENSORES es favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a FAIN ASCENSORES el contrato de servicios para el mantenimiento del ascensor de la Casa de la Cultura desde el uno de enero de 2.009 hasta el treinta y uno de diciembre de 2.009 por importe de MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES EUROS CON CUARENTA Y CUATRO CúNITMOS ( 1.843,44 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. CUARTO: Condicionar la efectividad del presente acuerdo a la existencia de consignación presupuestaria suficiente y adecuada en el ejercicio 2.009. 4.13. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de suministro de calendarios correspondientes al año 2.009 para colaborar con la asociación Ayúdale a Caminar. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del suministro de calendarios correspondientes al año 2.009 para colaborar con la asociación Ayúdale a Caminar. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a realizar dicho contrato. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por la Asociación Ayúdale a Caminar se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a la Asociación Ayúdale a Caminar el contrato de suministro de calendarios correspondientes al año 2.009 para colaborar con la citada asociación por importe de CIENTO CINCUENTA EUROS ( 150,00 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.14. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de servicios para la inserción de un anuncio de felicitación de Navidad en el periódico El Oriente de Asturias. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicio para la inserción de un anuncio de felicitación de Navidad en el periódico El Oriente de Asturias. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a realizar dicho contrato. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por El Oriente de Asturias se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a El Oriente de Asturias el contrato de servicios para la inserción de un anuncio de felicitación de Navidad por importe de NOVENTA Y DOS EUROS CON OCHENTA CúNTIMOS ( 92,80 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.15. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de servicios para la inserción de varios mensajes navideños en Onda Occidental. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicio para la inserción de varios mensajes navideños en Onda Occidental. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a realizar dicho contrato. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por Onda Occidental se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a Onda Occidental el contrato de servicios para la inserción de varios mensajes navideños por importe de TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO EUROS ( 348,00 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.16. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de obras de instalación eléctrica en la Casa Concejo de Prío. A la vista del expediente correspondiente a la contratación de obras de instalación eléctrica en la Casa Concejo de Prío. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a realizar dicho contrato. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por Gregorio Cosgaya Toyos se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a Gregorio Cosgaya Toyos el contrato de obras de instalación eléctrica para en la Casa Concejo de Prío por importe de QUINIENTOS CUARENTA Y UN EUROS CON SETENTA Y DOS CúNTIMOS ( 541,72 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.17. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de obras de reparación de la Bolera pública de Luey. A la vista del expediente correspondiente a la contratación de obras de reparación de la Bolera pública de Luey. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a realizar dicho contrato. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por Miguel Ángel Bueno Ibáñez se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a Miguel Ángel Bueno Ibáñez el contrato de obras de reparación de la Bolera pública de Luey por importe de NUEVE MIL OCHOCIENTOS DIECIOCHO EUROS CON VEINTICUATRO CúNTIMOS ( 9.818,24 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.18. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de suministro de un marcador para el polideportivo. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del suministro de un marcador para el polideportivo. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a realizar dicho contrato. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por QS. PROFESIONAL S.L. se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a QS.PROFESIONAL S.L. el contrato de suministro de un marcador para el polideportivo por importe de CINCO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO EUROS CON CUARENTA Y OCHO CúNTIMOS ( 5.484,48 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.19. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de obras de pintura de la Casa Concejo de Prío. A la vista del expediente correspondiente a la contratación de las obras de pintura de la Casa Concejo de Prío. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a realizar dicho contrato. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por PRúO DECORACIONES se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a PRúO DECORACIONES el contrato de obras de pintura de la Casa Concejo de Prío por importe de TRES MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS EUROS CON CUARENTA CúNTIMOS ( 3.352,40 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.20. Acuerdo a tomar respecto al abono de la aportación corriente a la Mancomunidad Los Valles correspondiente al ejercicio 2.008. Tomado conocimiento de la aportación corriente a la Mancomunidad Los Valles correspondiente al ejercicio 2.008. Estando presentes cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número total, por unanimidad, se acuerda: PRIMERO: Autorizar, disponer y reconocer la obligación correspondiente a la aportación corriente que el Ayuntamiento de Val de San Vicente debe abonar a la Mancomunidad Los Valles correspondiente al ejercicio 2.008 por importe de TREINTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS EUROS (34.500,00 ⬠) SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo a la Mancomunidad Los Valles y a los servicios económicos municipales. 4.21. Acuerdo a tomar respecto a la devolución de la garantía provisional prestada por ASFIN CANTABRIA S.L. como entidad licitadora en el expediente de contratación de las obras “Pavimentación de Camino en Prellezo”. Tomado conocimiento del escrito correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1710 de 2.008, suscrito por don David Gómez Lombardo en representación de ASFIN CANTABRIA S.L. y que se refiere a la solicitud de devolución de la garantía provisional prestada como entidad licitadora del procedimiento negociado para la contratación de las obras “Pavimentación de Camino en Prellezo”. Considerando: Primero: Que mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada en fecha de doce de septiembre de 2.006, se acordó, entre otros extremos, adjudicar a la empresa ARRUTI SANTANDER S.A. el contrato de obras “Pavimentación de camino en Prellezo”. Segundo: Que la garantía cuya devolución se solicita ha sido prestada mediante aval del Banco Santander Central Hispano S.A. de fecha 17 de agosto de 2.006, inscrito en esa misma fecha en el Registro Especial de Avales con el número 2110001269, por un importe de MIL OCHENTA Y SIETE EUROS CON TREINTA CúNTIMOS ( 1.087,30, â¬). Visto el artículo 35 Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Devolver la garantía provisional prestada por ASFIN CANTABRIA S.L. como entidad licitadora del procedimiento negociado para la adjudicación de las obras “Pavimentación de Camino en Prellezo” y que ha sido prestada mediante aval del Banco Santander Central Hispano S.A. de fecha 17 de agosto de 2.006, inscrito en esa misma fecha en el Registro Especial de Avales con el número 2110001269, por un importe de MIL OCHENTA Y SIETE EUROS CON TREINTA CúNTIMOS ( 1.087,30, â¬). SEGUNDO. Notificar el presente acuerdo al interesado con indicación de los recursos que en su caso procedan y a los servicios económicos municipales, a los efectos correspondientes. 4.22. Acuerdo a tomar respecto al proyecto de escuela municipal de folklore de Val de San Vicente. Tomado conocimiento proyecto “Escuela municipal de folklore de Val de San Vicente” presentado por la Asociación Sociocultural de Investigación Etnográfica del Occidente Cántabro “La Jatera”, para el año 2.009, con un presupuesto de SIETE MIL SEISCIENTOS OCHENTA EUROS ( 7.680,00 â¬). Considerando que el desarrollo del mencionado proyecto se considera de interés municipal, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO. Otorgar una aportación económica de SIETE MIL SEISCIENTOS OCHENTA EUROS ( 7.680,00 â¬) a la Asociación Sociocultural de Investigación Etnográfica del Occidente Cántabro “La Jatera” para el desarrollo del proyecto “Escuela municipal de folklore de Val de San Vicente”. SEGUNDO. Autorizar y disponer el gasto correspondiente por importe de SIETE MIL SEISCIENTOS OCHENTA EUROS ( 7.680,00 â¬). TERCERO. Que a tal efecto se suscriba el correspondiente convenio entre el ayuntamiento de Val de San Vicente y la Asociación Sociocultural de Investigación Etnográfica del Occidente Cántabro “La Jatera” en el que se dé cumplimiento a lo señalado en el artículo 15 de la Ley de Cantabria 10/2006 de 17 de julio, de subvenciones de Cantabria y se regulen las condiciones y obligaciones asumidas por la entidad beneficiaria. CUARTO. Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y a la Asociación Sociocultural de Investigación Etnográfica del Occidente Cántabro “La Jatera. QUINTO. Condicionar la efectividad del presente acuerdo a la existencia de consignación presupuestaria suficiente y adecuada en el ejercicio 2.009. 4.23. Cesión de local municipal a la Asociación Cultural “Las Anjanas”. Tomado conocimiento del documento con registro municipal de entradas número 2809 de 2.008, en virtud del cual se solicita para su uso por la asociación cultural “Las Anjanas” la antigua vivienda situada en el primer piso del colegio “Tina Mayor” de Unquera, ya cedida a dicha asociación en precario por plazo de dos años mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada en fecha dieciséis de noviembre de 2.006. La junta de gobierno local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO. Ceder en precario durante el plazo de dos años a la asociación cultural “Las Anjanas” la antigua vivienda situada en el primer piso del colegio “Tina Mayor”, de Unquera. SEGUNDO. Hacer constar expresamente que el local que se cede para el desarrollo de las actividades propias de la asociación beneficiaria. TERCERO. Que se dé traslado del presente acuerdo a la asociación beneficiaria 4.24. Solicitud de exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica formulada por don Luis Gómez Gómez, correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 2807 de 2.008. Visto el documento con registro municipal de entradas número 2807 de 2008 formulado por don Luis Gómez Gomez y que se refiere a la solicitud de exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. Vista la copia compulsada de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica solicitada por don Luis Gómez Gómez con DNI 13.688.040 G por el vehículo con matrícula 7608 DLM. Dicha exención se concede de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.1.e) de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del ayuntamiento de Val de San Vicente. SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 4.25. Solicitud de devolución de ingresos indebidos formulada por doña Julia Riesgo Ramos correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 2.502 de 2008. Visto el documento con registro municipal de entradas número 2.502 de 2008 formulado por doña Julia Riesgo Ramos y que se refiere a la solicitud de devolución del exceso abonado al Ayuntamiento de Val de San Vicente en concepto de cuota correspondiente al impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana ejercicio 2.007. Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la devolución de la cantidad de SESENTA Y SEIS EUROS CON NOVENTA Y OCHO CúNTIMOS ( 66,98 â¬) a doña Julia Riesgo Ramos con DNI 11.803.952 F . Dicha cantidad corresponde al exceso abonado en concepto de impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana ejercicio 2.007 por el inmueble con referencia catastral 9054083UP7095S0001HU. SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 4.26. Acuerdo que proceda respecto a la prestación del servicio de teleasistencia a doña Eulalia Antolín Toraño. A la vista del expediente tramitado al efecto y especialmente del informe emitido sobre el particular por la trabajadora social, en el que se propone la concesión del servicio de teleasistencia a doña Eulalia Antolín Toraño. Considerando que a tenor de los dispuesto en el artículo 25.2.k) de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el ayuntamiento es competente en materia de prestación de servicios sociales, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la prestación del servicio de teleasistencia a doña Eulalia Antolín Toraño, con DNI 72.117.885 M. SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios sociales y económicos municipales y a la interesada, con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 4.27. Acuerdo que proceda respecto a la prestación del servicio de teleasistencia a doña Agustina Cándida Revuelta Abascal. A la vista del expediente tramitado al efecto y especialmente del informe emitido sobre el particular por la trabajadora social, en el que se propone la concesión del servicio de teleasistencia a doña Agustina Cándida Revuelta Abascal. Considerando que a tenor de los dispuesto en el artículo 25.2.k) de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el ayuntamiento es competente en materia de prestación de servicios sociales, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la prestación del servicio de teleasistencia a doña Agustina Cándida Revuelta Abascal, con DNI 72.120.090 W SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios sociales y económicos municipales y a la interesada, con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 5. Ruegos y preguntas. Abierto este punto, no se plantea ninguno. Y no habiendo más asuntos a tratar, por el sr. Presidente se levanta la sesión, cuando son las diecinueve horas y cincuenta minutos del día al inicio indicado, de todo lo cual, como secretaria, doy fe.