ACTA NúMERO 02/2.007 DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE VAL DE SAN VICENTE, CORRESPONDIENTE A LA SESION ORDINARIA CELEBRADA EL DúA 22 DE FEBRERO DE 2.007. En Pesués, Val de San Vicente, en la casa consistorial del Ayuntamiento de Val de San Vicente, siendo las catorce horas del día veintidós de febrero de dos mil siete, se reúne la Junta de Gobierno Local del ayuntamiento de Val de San Vicente para celebrar sesión ordinaria en única convocatoria con la asistencia de los miembros siguientes: Presidente: Don Miguel Ángel González Vega. Concejales: Don Roberto Escobedo Quintana y don Raúl Elizalde Barquín. No asiste: Doña Nuria Yolanda Verdeja Melero, Secretaria: Laura Rodríguez Candás Se da lectura a la resolución de convocatoria, y desarrollando el orden del día se debaten los asuntos siguientes: 1. Aprobación, si procede, de los borradores de las actas de las sesiones anteriores. Habiéndose dado traslado a los señores miembros de la junta de gobierno local de Val de San Vicente del acta correspondiente a la sesión ordinaria celebrada por este órgano en fecha de 30 de enero de 2.007 y no manifestándose ningún reparo ni objeción frente a la misma, se acuerda aprobar la citada acta. 2. Facturas y pagos. Se da cuenta de la relación de facturas y pagos correspondiente a esta sesión de la junta de gobierno local de las que se incorpora al expediente un ejemplar para constancia. Tomado conocimiento del asunto, por la junta de gobierno local se acuerda aprobar dicha relación de facturas y pagos, cuyo importe total asciende a la cantidad de SESENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS TRECE EUROS CON NOVENTA Y SIETE CúNTIMOS ( 62.913,97 â¬). 3.Solicitudes de licencias municipales de obras. Acuerdos que procedan. 3.1. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por don Antonio Gómez Rodríguez para reforma de local destinado a pub en Unquera. Visto el expediente incoado por don Antonio Gómez Rodríguez para reforma de local destinado a pub en Unquera. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de 20 de febrero de 2.007 por los servicios técnicos municipales. Tomado conocimiento del proyecto básico y de ejecución redactado al efecto por la arquitecta doña Manon Lyonnet Bertrand visado por el colegio oficial de arquitectos de Cantabria en fecha de 25 de abril de 2005. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo y Obras, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran tres de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a don Antonio Gómez Rodríguez para reforma de local destinado a pub en Unquera según proyecto básico y de ejecución redactado al efecto por la arquitecta doña Manon Lyonnet Bertrand visado por el colegio oficial de arquitectos de Cantabria en fecha de 25 de abril de 2.005. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de SIETE MIL NOVECIENTOS UN EUROS ( 7.901,00 â¬). TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 3.2. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por don David Alonso de Linaje García en representación de De Linaje Comunicaciones S.L. para reforma de vivienda unifamiliar en Helgueras. Visto el expediente incoado por don David Alonso de Linaje García en representación de De Linaje Comunicaciones S.L. para reforma de vivienda unifamiliar en Helgueras Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de 8 de febrero de 2.007 por los servicios técnicos municipales. Tomado conocimiento del proyecto básico redactado al efecto por el arquitecto don Jesús García Puebla, visado por el colegio oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 29 de diciembre de 2.006. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo y Obras, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran tres de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a De Linaje Comunicaciones S.L. para reforma de vivienda unifamiliar en Helgueras según proyecto básico redactado al efecto por el arquitecto don Jesús García Puebla, visado por el colegio oficial de arquitectos de Cantabria en fecha de 29 de diciembre de 2.006. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo y de las particulares siguientes: Condiciones que han de cumplirse para dar comienzo a las obras: § Habrán de incorporarse al expediente los proyectos de ejecución, de seguridad y salud y planos modificados relativos al saneamiento, en el que las bajantes pluviales no viertan al saneamiento público, debiendo evacuarse las aguas pluviales mediante vertido libre, buscando el desagüe natural de las mismas y detalle de la solución del alero lateral, que deberá ser completamente de madera. § Se deberá presentar la aceptación de la dirección de la obra por parte de arquitecto y de la dirección de la ejecución de la obra por parte de aparejador, debidamente visadas. Condiciones inherentes a la urbanización: § Se asfaltarán todas aquellas zonas de vial público que, siendo ajenas a la propia finca, pudieran haber sido perjudicadas por la ejecución de las obras. Condiciones inherentes a las instalaciones § Las conexiones a las redes de servicios se llevarán a cabo de acuerdo con las compañías suministradoras y con los servicios técnicos municipales. Condiciones estéticas § La carpintería exterior será o bien de madera o bien de otro material en tonos oscuros que imite a ésta. § La fachada se pintará en tonos claros y además la piedra que se pudiera colocar en la fachada tendrá que ser de las mismas características que las de los edificios del entorno. § La cubierta se realizará con teja curva tipo árabe de color rojo. § Los canalones y las bajantes de pluviales serán de cobre o zinc y en ningún caso de PVC. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CINCUENTA EUROS ( 185.550,00 â¬). TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 3.3. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por don Francisco Ruiz Ramos en representación de Casas Rústicas de Camijanes S.L. para construcción de dos naves industriales en el polígono industrial de Los Tánagos. Visto el expediente incoado por don Francisco Ruiz Ramos en representación de Casas Rústicas de Camijanes S.L. para construcción de dos naves industriales en el polígono industrial de Los Tánagos. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de 25 de enero de 2.007 por los servicios técnicos municipales. Tomado conocimiento del proyecto básico y de ejecución redactado al efecto por el arquitecto don Alfonso Ruiz Mijares, visado por el colegio oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 18 de septiembre de 2.006. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo y Obras, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran tres de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a Casas Rústicas de Camijanes S.L. para construcción de dos naves industriales en el polígono industrial de Los Tánagos según proyecto básico y de ejecución redactado al efecto por el arquitecto visado por el colegio oficial de arquitectos de Cantabria en fecha de 18 de septiembre de 2.006. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo y de las particulares siguientes: Condiciones que han de cumplirse para dar comienzo a las obras: § Deberá incorporarse al expediente el cuestionario de estadística de edificación y vivienda. Condiciones inherentes a la urbanización: § Se asfaltarán todas aquellas zonas de vial público que, siendo ajenas a la propia finca, pudieran haber sido perjudicadas por la ejecución de las obras. Condiciones inherentes a las instalaciones § Las conexiones a las redes de servicios se llevarán a cabo de acuerdo con las compañías suministradoras y con los servicios técnicos municipales. § Se deberá prever el lugar en el que se van a colocar los armarios de contadores de las distintas instalaciones, las cuales, a fin de facilitar la lectura de los mismos por parte del servicio municipal de aguas, debieran de colocarse en una zona de fácil acceso. Condiciones estéticas § Los canalones y las bajantes de pluviales serán de cobre o zinc y en ningún caso de PVC. § Cualquier alteración de las condiciones estéticas reflejadas en el proyecto de ejecución presentado, en cuanto a materiales y colores, deberán se consultadas previamente con los servicios técnicos municipales. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS EUROS CON NOVENTA CúNTIMOS( 446.800,90 â¬). TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 3.4.Solicitud de licencia municipal de obras formulada por doña Mª Isabel Pacheco Gómez para reforma de vivienda en Pechón. Visto el expediente incoado por doña Isabel Pacheco Gómez en nombre propio y en representación de don Félix Pacheco Gómez, doña Teresa Mª Pacheco Gómez y doña Mª Victoria Pacheco Gómez, para reforma de vivienda en Pechón. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de 1 de febrero de 2.007 por los servicios técnicos municipales. Tomado conocimiento del proyecto básico y de ejecución redactado al efecto por el arquitecto don Máximo Díaz Sánchez, visado por el colegio oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 19 de diciembre de 2.006 y planos “4- Estado Reformado. Plantas, alzados y secciones” y “7-Estructura de madera”, suscritos por el mismo arquitecto y visados por el colegio oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 22 de enero de 2.007. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo y Obras, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran tres de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a doña Mª Isabel Pacheco Gómez, don Félix Pacheco Gómez, doña Teresa Mª Pacheco Gómez y doña Mª Victoria Pacheco Gómez, para reforma de vivienda en Pechón según proyecto básico y de ejecución redactado al efecto por el arquitecto don Máximo Díaz Sánchez, visado por el colegio oficial de arquitectos de Cantabria en fecha de 19 de diciembre de 2.006 y planos “4-Estado Reformado. Plantas, alzados y secciones” y “7-Estructura de madera”, suscritos por el mismo arquitecto y visados por el colegio oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 22 de enero de 2.007. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo y de las particulares siguientes: Condiciones que han de cumplirse para dar comienzo a las obras: § Habrán de incorporarse al expediente un plano que sustituya al plano nº 8 “Plantas Reformadas. Saneamiento y alcantarillado”, en el que se refleje que las bajantes pluviales no se vierten a la red de saneamiento municipal, debiendo evacuarse las aguas pluviales mediante vertido libre, buscando el desagüe natural de las mismas. Condiciones inherentes a las instalaciones § Las conexiones a las redes de servicios se llevarán a cabo de acuerdo con las compañías suministradoras y con los servicios técnicos municipales. Condiciones estéticas § La carpintería exterior será o bien de madera o bien de otro material en tonos oscuros que imite a ésta. § La fachada se pintará en tonos claros y además la piedra que se pudiera colocar en la fachada tendrá que ser de las mismas características que las de los edificios del entorno. § La cubierta se realizará con teja curva tipo árabe de color rojo. § Los canalones y las bajantes de pluviales serán de cobre o zinc y en ningún caso de PVC. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de CIENTO TREINTA Y CINCO MIL EUROS ( 135.000,00 â¬). TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 3.5. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por doña Carmen Fernández Setién para rehabilitación de cubierta de vivienda en Abanillas. Visto el expediente incoado por doña Carmen Fernández Setién para reforma de cubierta de vivienda en Abanillas. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de 1 de febrero de 2.007 por los servicios técnicos municipales. Tomado conocimiento del proyecto redactado al efecto por el arquitecto técnico don Alberto Aedo Pérez, visado por el colegio oficial de Arquitectos Técnicos de Cantabria en fecha de 13 de noviembre de 2.006 y documentación complementaria suscrita por el mismo arquitecto técnico y visada por el colegio oficial de Arquitectos Técnicos de Cantabria en fecha de 23 de enero de 2.007. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo y Obras, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran tres de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a doña Carmen Fernández Setién para reforma de cubierta de vivienda en Abanillas según proyecto redactado al efecto por el arquitecto técnico don Alberto Aedo Pérez, visado por el colegio oficial de Arquitectos Técnicos de Cantabria en fecha de 13 de 13 de noviembre de 2.006 y documentación complementaria suscrita por el mismo arquitecto técnico y visada por el colegio oficial de Arquitectos Técnicos de Cantabria en fecha de 23 de enero de 2.007. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de VEINTISIETE MIL CIENTO TREINTA Y OCHO EUROS CON TREINTA CúNTIMOS ( 27.138,30 â¬). TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 3.6. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por don Francisco Javier Canal Díaz para construcción de vivienda unifamiliar en San Pedro de las Baheras. Visto el expediente incoado por don Francisco Javier Canal Díaz para construcción de vivienda unifamiliar en San Pedro de las Baheras. Considerando: Primero: Que mediante acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Val de San Vicente en sesión ordinaria celebrada en fecha de 26 de diciembre de 2.005, publicado en el Boletín Oficial de Cantabria número 248 de fecha 29 de diciembre, se suspendieron las licencias de obras mayores en todas las zonas que en las vigentes Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Val de San Vicente se encuentran clasificadas como suelo urbano y dentro de este están clasificadas con la Ordenanza de “ Suelo Urbano en Areas de Crecimiento”, de conformidad con lo expuesto en el artículo 65 de la Ley de Cantabria 2/2001 de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria. Segundo: Que mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local en fecha de once de abril de 2.006 se suspendió el otorgamiento de la licencia solicitada por don Francisco Javier Canal Díaz para construcción de vivienda unifamiliar en San Pedro de las Baheras, según proyecto básico y de ejecución redactado al efecto por la arquitecta doña María Teresa Moreno Fuente, visado por el colegio oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 26 de enero de 2.006, al resultar clasificada la parcela en la cual se pretende llevar a cabo la construcción como “Suelo Urbano” y calificada como “Suelo Urbano en Areas de Crecimiento” ( Ordenanza 2.S.U.C.) y encontrarse suspendidas las licencias de obras mayores en todas las zonas que en las vigentes Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Val de San Vicente se encuentran clasificadas como suelo urbano y dentro de éste están calificadas con la Ordenanza de “Suelo Urbano en Areas de Crecimiento”, manteniéndose la suspensión durante los plazos previstos en el artículo 65.2 de la Ley de Cantabria 2/2001 de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria y en los términos señalados en dicho artículo. Tercero. Que ha transcurrido el plazo máximo de un año de duración de la suspensión a que se refiere el considerando primero sin que durante este tiempo se haya producido la aprobación inicial del Plan, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 65.2. de la Ley de Cantabria 2/2001 de 25 de junio, por lo que debe entenderse que dicha suspensión ya no tiene efecto. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de 8 de febrero de 2.007 por los servicios técnicos municipales. Tomado conocimiento del proyecto básico y de ejecución redactado al efecto por la arquitecta doña María Teresa Moreno Fuente, visado por el colegio oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 26 de enero de 2.006 y plano de emplazamiento A00 suscrito por la misma arquitecta y visado por el colegio oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 8 de febrero de 2.007. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo y Obras, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran tres de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Levantar la suspensión del otorgamiento de la licencia solicitada por don Francisco Javier Canal Díaz para la construcción de vivienda unifamiliar en San Pedro de las Baheras, acordada por la Junta de Gobierno Local de Val de San Vicente en sesión ordinaria celebrada en fecha de once de abril de 2.006 y en consecuencia otorgar licencia municipal de obras a don Francisco Javier Canal Díaz para la construcción de vivienda unifamiliar en San Pedro de las Baheras, según proyecto básico y de ejecución redactado al efecto por la arquitecta doña María Teresa Moreno Fuente, visado por el colegio oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 26 de enero de 2.006 y plano de emplazamiento A00 suscrito por la misma arquitecta y visado por el colegio oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 8 de febrero de 2.007. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo, y de las particulares siguientes: Condiciones inherentes a la urbanización: § El frente de la parcela quedará completamente urbanizado, debiéndose dejar perfectamente pavimentado con asfalto. De igual modo, se repararán todos los desperfectos que como consecuencia de la ejecución de las obras se pudieran producir. § El cierre de la finca con respecto al vial será bien de piedra, bien de fábrica de bloque enfoscado y pintado. § Se llevarán a cabo la plantación de árboles de porte medio en la proporción de al menos uno por cada 50 m2 de espacio libre. Condiciones inherentes a las instalaciones § Las conexiones a las redes de servicios se llevarán a cabo de acuerdo con las compañías suministradoras y con los servicios técnicos municipales. § Los contadores de agua y luz se alojarán en una zona accesible, siendo aceptable su colocación en el cerramiento de la parcela y dentro de unos pequeños armarios que se integren en el propio muro. Condiciones estéticas § La carpintería exterior será o bien de madera o bien de otro material en tonos oscuros que imite a ésta. § La fachada se pintará en tonos adecuados, evitando colores poco apropiados o extravagantes. § La cubierta se realizará con teja de color rojo o tierra. § Los canalones y las bajantes de pluviales serán de cobre o zinc y en ningún caso de PVC. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de CIENTO TRECE MIL NOVECIENTOS SESENTA EUROS CON DIECINUEVE CúNTIMOS ( 113.960,19 â¬). TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 3.7. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por don Juan José Sousa González para reforma y ampliación de cuadra para cambio de uso a vivienda unifamiliar en Serdio. Visto el expediente incoado por don Juan José Sousa González para reforma y ampliación de cuadra para cambio de uso a vivienda unifamiliar en Serdio. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de 25 de enero de 2.007 por los servicios técnicos municipales. Tomado conocimiento del proyecto básico redactado al efecto por la arquitecta doña María Teresa Moreno Fuente, visado por el colegio oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de uno de febrero de 2.007. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo y Obras, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran tres de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a don Juan José Sousa González para reforma y ampliación de cuadra para cambio de uso a vivienda unifamiliar en Serdio según proyecto básico redactado al efecto por el arquitecto doña María Teresa Moreno Fuente, visado por el colegio oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de uno de febrero de 2.007. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo y de las particulares siguientes: Condiciones que han de cumplirse para dar comienzo a las obras: § Habrán de incorporarse al expediente los proyectos de ejecución y de seguridad y salud § Habrá de incorporarse al expediente el cuestionario de Estadística de Edificación y Vivienda. § Se deberá presentar junto con el proyecto de ejecución y debidamente visada, la aceptación del encargo de la dirección técnica auxiliar de las obras. § Habrá de incorporarse al expediente el informe de habitabilidad. Condiciones inherentes a la urbanización: § Se asfaltarán todas aquellas zonas de vial público, que siendo ajenas a la propia finca, pudieran haber sido perjudicadas por la ejecución de las obras. Condiciones inherentes a las instalaciones § Las conexiones a las redes de servicios se llevarán a cabo de acuerdo con las compañías suministradoras y con los servicios técnicos municipales. § Los contadores de agua y luz se alojarán en una zona accesible, siendo aceptable su colocación en el cerramiento de fachada de la vivienda y dentro de unos pequeños armarios que se integren en el propio muro. Condiciones estéticas § La carpintería exterior será o bien de madera o bien de otro material en tonos oscuros que imite a ésta. § La fachada se pintará en tonos claros y además la piedra que se pudiera colocar en la fachada tendrá que ser de las mismas características que las de los edificios del entorno. § La cubierta se realizará con teja curva tipo árabe de color rojo. § Los canalones y las bajantes de pluviales serán de cobre o zinc y en ningún caso de PVC. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de CIENTO CINCO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO EUROS CON SESENTA Y CINCO CúNTIMOS ( 105.234,65 â¬). TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4. Otros expedientes y solicitudes pendientes de resolución. Acuerdos que procedan. 4.1. Expediente de solicitud de licencia para la instalación de un depósito de G.L.P. de 6.650 litros para treinta viviendas sitas en la localidad de Prellezo, incoado por doña Diana Fernández Bozal, actuando en nombre y representación de COSTA DE MATALEúAS S.L. Visto el expediente sobre solicitud de licencia para la instalación de un depósito de G.L.P. de 6.650 litros de capacidad para treinta viviendas sitas en la localidad de Prellezo, incoado por doña Diana Fernández Bozal, actuando en nombre y representación de COSTA DE MATALEúAS S.L. Teniendo que emitir la corporación informe según dispone el vigente Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, a la vista de los trámites llevados a cabo en el expediente, de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo y Obras, por la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran tres de los cuatro que la componen se acuerda emitir el siguiente informe: 1- Que el emplazamiento de la instalación y las demás circunstancias de la misma a las que se refieren los informes que obran en el expediente están de acuerdo con las ordenanzas municipales y con lo dispuesto en el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas. 2- Que no se estima que otras actividades análogas puedan producir efectos aditivos. 3- Se informa favorablemente la concesión de la licencia solicitada. 4.2. Expediente de solicitud de licencia para la instalación de un depósito de G.L.P. de 4.000 litros para doce viviendas sitas en la localidad de Pesués, incoado por don Fernando López, actuando en nombre y representación de PUNTA MAREA S.L.. Visto el expediente sobre solicitud de licencia para la instalación de un depósito de G.L.P. de 4.000 litros de capacidad para doce viviendas sitas en la localidad de Pesués, incoado por don Fernando López, actuando en nombre y representación de PUNTA MAREA S.L.. Teniendo que emitir la corporación informe según dispone el vigente Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, a la vista de los trámites llevados a cabo en el expediente, de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo y Obras, por la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran tres de los cuatro que la componen, se acuerda emitir el siguiente informe: 1- Que el emplazamiento de la instalación y las demás circunstancias de la misma a las que se refieren los informes que obran en el expediente están de acuerdo con las ordenanzas municipales y con lo dispuesto en el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas. 2- Que no se estima que otras actividades análogas puedan producir efectos aditivos. 3- Se informa favorablemente la concesión de la licencia solicitada. 4.3. Expediente de solicitud de licencia para la instalación de fábrica de transformación y envasado de pescado fresco y congelado en el polígono industrial Los Tánagos en la localidad de Prellezo, incoado por don Miguel Angel Díaz Sánchez en nombre y representación de PESCADOS GELMAR S.L. Visto el expediente sobre solicitud de licencia para la instalación de fábrica de transformación y envasado de pescado fresco y congelado en el polígono industrial Los Tánagos en la localidad de Prellezo, incoado por don Miguel Angel Díaz Sánchez en nombre y representación de PESCADOS GELMAR S.L. Teniendo que emitir la corporación informe según dispone el vigente Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, a la vista de los trámites llevados a cabo en el expediente, de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo y Obras, por la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran tres de los cuatro que la componen, se acuerda emitir el siguiente informe: 1- Que el emplazamiento de la instalación y las demás circunstancias de la misma a las que se refieren los informes que obran en el expediente están de acuerdo con las ordenanzas municipales y con lo dispuesto en el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas. 2- Que no se estima que otras actividades análogas puedan producir efectos aditivos. 3- Se informa favorablemente la concesión de la licencia solicitada. 4.4. Expediente de solicitud de licencia para la instalación de almacén de material de construcción en el polígono industrial Río Deva en la localidad de Pesués, incoado por don Santiago Bermúdez de Castro y Rosillo, en nombre y representación de ROSILLO CONSTRUCCIúN Y PROYECTOS S.L. Visto el expediente sobre solicitud de licencia para la instalación de un almacén de material de construcción en el polígono industrial Río Deva en la localidad de Pesués, incoado por don Santiago Bermúdez de Castro y Rosillo en nombre y representación de ROSILLO CONSTRUCCIúN Y PROYECTOS S.L. Teniendo que emitir la corporación informe según dispone el vigente Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, a la vista de los trámites llevados a cabo en el expediente, de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo y Obras, por la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran tres de los cuatro que la componen, se acuerda emitir el siguiente informe: 1- Que el emplazamiento de la instalación y las demás circunstancias de la misma a las que se refieren los informes que obran en el expediente están de acuerdo con las ordenanzas municipales y con lo dispuesto en el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas. 2- Que no se estima que otras actividades análogas puedan producir efectos aditivos. 3- Se informa favorablemente la concesión de la licencia solicitada. 4.5. Expediente de solicitud de licencia para la instalación de almacén de material de construcción en el polígono industrial Los Tánagos en la localidad de Prellezo, incoado por doña Laura Galnares Prellezo, en nombre y representación de EXCAVACIONES GONZÁLEZ VEGA S.L.. Visto el expediente sobre solicitud de licencia para la instalación de un almacén de material de construcción en el polígono industrial Los Tánagos en la localidad de Prellezo, incoado por doña Laura Galnares Prellezo en nombre y representación de EXCAVACIONES GONZÁLEZ VEGA S.L. Teniendo que emitir la corporación informe según dispone el vigente Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, a la vista de los trámites llevados a cabo en el expediente, de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo y Obras, por la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran tres de los cuatro que la componen, se acuerda emitir el siguiente informe: 1- Que el emplazamiento de la instalación y las demás circunstancias de la misma a las que se refieren los informes que obran en el expediente están de acuerdo con las ordenanzas municipales y con lo dispuesto en el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas. 2- Que no se estima que otras actividades análogas puedan producir efectos aditivos. 3- Se informa favorablemente la concesión de la licencia solicitada. 4.6. Expediente de solicitud de licencia para la instalación de una posada rural en la localidad de Helgueras , incoado por don Luis Sanz Hipólito , en nombre y representación de MOLINO TRESGRANDAS S.L. Visto el expediente sobre solicitud de licencia para la instalación de una posada rural en la localidad de Helgueras, incoado por don Luis Sanz Hipólito en nombre y representación de MOLINO TRESGRANDAS S.L. Teniendo que emitir la corporación informe según dispone el vigente Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, a la vista de los trámites llevados a cabo en el expediente, de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo y Obras, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran tres de los cuatro que la componen, se acuerda emitir el siguiente informe: 1- Que el emplazamiento de la instalación y las demás circunstancias de la misma a las que se refieren los informes que obran en el expediente están de acuerdo con las ordenanzas municipales y con lo dispuesto en el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas. 2- Que no se estima que otras actividades análogas puedan producir efectos aditivos. 3- Se informa favorablemente la concesión de la licencia solicitada. 4.7. Expediente de solicitud de licencia para la instalación de garajes comunitarios en la localidad de Pesués, incoado por don Manuel Pino, en nombre y representación de EVINTRIP S.L. Visto el expediente sobre solicitud de licencia para la instalación de garajes comunitarios en la localidad de Pesués, incoado por don Manuel Pino en nombre y representación de EVINTRIP S.L. Teniendo que emitir la corporación informe según dispone el vigente Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, a la vista de los trámites llevados a cabo en el expediente, de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo y Obras, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran tres de los cuatro que la componen, acuerda emitir el siguiente informe: 1- Que el emplazamiento de la instalación y las demás circunstancias de la misma a las que se refieren los informes que obran en el expediente están de acuerdo con las ordenanzas municipales y con lo dispuesto en el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas. 2- Que no se estima que otras actividades análogas puedan producir efectos aditivos. 3- Se informa favorablemente la concesión de la licencia solicitada. 4.8. Expediente de solicitud de licencia para la instalación de garajes comunitarios en la localidad de Pechón, incoado por don Luis Terán Alonso, en nombre y representación de SERVICIOS Y COMUNICACIONES S.L. Visto el expediente sobre solicitud de licencia para la instalación de garajes comunitarios en la localidad de Pechón, incoado por don Luis Terán Alonso en nombre y representación de SERVICIOS Y COMUNICACIONES S.L. Teniendo que emitir la corporación informe según dispone el vigente Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, a la vista de los trámites llevados a cabo en el expediente, de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo y Obras, por la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran tres de los cuatro que la componen, se acuerda emitir el siguiente informe: 1- Que el emplazamiento de la instalación y las demás circunstancias de la misma a las que se refieren los informes que obran en el expediente están de acuerdo con las ordenanzas municipales y con lo dispuesto en el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas. 2- Que no se estima que otras actividades análogas puedan producir efectos aditivos. 3- Se informa favorablemente la concesión de la licencia solicitada. 4.9. Expediente promovido por doña Marta Gómez Giraldo para la apertura en Unquera de un establecimiento destinado a oficina técnica. Visto el expediente que promueve doña Marta Gómez Giraldo para la apertura en Unquera de un establecimiento destinado a oficina técnica bajo la denominación de ARTE ARQUITECTURA Y TELECOMUNICACIONES. Considerando que dicha actividad no se halla incluida entre las sujetas a lo dispuesto en el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo y Obras, por la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran tres de los cuatro que la componen, se acuerda: PRIMERO: Conceder doña Marta Gómez Giraldo licencia para el ejercicio de la actividad y para la apertura de un establecimiento destinado a oficina técnica. El mismo se encuentra en la calle carretera general nº 16, 1º B de Unquera. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a la ordenanza fiscal que resulta de aplicación. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.10. Proyecto de obras de pavimentación de caminos en Serdio y Pesués. Tomado conocimiento del proyecto de obras de pavimentación de caminos en Serdio y Pesués, redactado por el Ingeniero Técnico de Obras Públicas don Roberto García Barrera en enero de 2007. Obrando en el expediente el informe emitido por los servicios técnicos municipales en fecha de 15 de febrero de 2.007. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo y Obras, por la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran tres de los cuatro que la componen, se acuerda: PRIMERO. Aprobar el proyecto de obras de pavimentación de caminos en Serdio y Pesués, redactado por el Ingeniero Técnico de Obras Públicas don Roberto García Barrera en enero de 2007. 4.11. Acuerdo que proceda respecto a la aprobación del padrón del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica para el año 2007. Visto el padrón del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica correspondiente al ejercicio 2007, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran tres de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar el padrón del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica del Ayuntamiento de Val de San Vicente para el ejercicio 2007, integrado por un total de MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS (1.956) unidades fiscales y cuyo importe total asciende a CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS TREINTA Y DOS EUROS CON CINCO CúNTIMOS ( 134.532,05 â¬) SEGUNDO: Que el expediente y el padrón fiscal a que se refiere este acuerdo se sometan a exposición pública mediante anuncios que se publicarán en el Boletín Oficial de Cantabria y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Val de San Vicente . TERCERO. Establecer como periodo voluntario de cobro el plazo comprendido entre los días dos de Abril treinta y uno de mayo de 2.007, ambos inclusive. CUARTO. Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales. 4.12. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de suministro de mobiliario para el local de las antiguas escuelas de Muñorrodero. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del suministro de mobiliario para el local de las antiguas escuelas de Muñorrodero. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a la contratación del citado suministro. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por ELECTRúNICA LLERA es favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión tres miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a ELECTRúNICA LLERA el suministro de mobiliario para el local de las antiguas escuelas de Muñorrodero por importe de TRES MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS EUROS ( 3.476,00 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.13. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de suministro de árboles frutales como complemento de la Campaña del Arbol 2.007. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del suministro de árboles frutales como complemento de la Campaña del árbol 2.007 Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a la contratación del citado suministro. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por VIVEROS VILLAR es favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión tres miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a VIVEROS VILLAR el suministro de árboles frutales como complemento de la Campaña del Arbol 2.007 por importe de DOSCIENTOS ONCE EUROS ( 211,00 â¬) iva incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.14. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de suministro de dos maceteros para el paseo el Juncal de Unquera. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del suministro de dos maceteros para el paseo el Juncal de Unquera. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a la contratación del citado suministro. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por HORMINANSA es favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión tres miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a HORMINANSA el suministro de dos maceteros para el paseo el Juncal de Unquera por importe de SETENTA Y SIETE EUROS CON TREINTA Y SIETE CúNTIMOS ( 77,37 â¬) iva incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.15. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de suministro de seis unidades de jardineras para el paseo el Juncal de Unquera. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del suministro de seis unidades de jardineras para el paseo el Juncal de Unquera. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a la contratación del citado suministro SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por ALTAMIRA GARDEN S.L. es favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión tres miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a ALTAMIRA GARDEN S.L. el suministro de seis unidades de jardineras para el paseo el Juncal de Unquera por importe de OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO EUROS CON CUARENTA CúNTIMOS ( 848,40 â¬) iva incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.16. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de servicio de instalación de un desconectador de batería para vehículo municipal. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicio de instalación de un desconectador de batería para vehículo municipal. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a la contratación del citado servicio. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por LUIS GONZÁLEZ S.L. es favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión tres miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a LUIS GONZÁLEZ S.L. el contrato de servicio de instalación de un desconectador de batería para vehículo municipal por importe de CIENTO DIECINUEVE EUROS CON TREINTA Y SEIS CúNTIMOS ( 119,36 â¬) iva incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.17. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de servicio de instalación de calefacción, alumbrado exterior e iluminación y cableado para ordenadores en la escuela de Muñorrodero. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicio de instalación de calefacción, alumbrado exterior e iluminación y cableado para ordenadores en la escuela de Muñorrodero. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a la contratación del citado servicio. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por GREGORIO COSGAYA TOYOS es favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión tres miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a GREGORIO COSGAYA TOYOS el contrato de servicio de instalación de calefacción, alumbrado exterior e iluminación y cableado para ordenadores en la escuela de Muñorrodero por importe de DIEZ MIL CUATROCIENTOS DIEZ EUROS CON CATORCE CúNTIMOS ( 10.410,14 â¬) iva incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.18. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de suministro de mobiliario para parque infantil del Colegio Público Fuente Salín. A la vista del expediente correspondiente a la contratación de suministro de mobiliario para parque infantil del Colegio Público Fuente Salín. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a la contratación del citado suministro. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por JUEGOS KOMPAN S.A. es favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión tres miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a JUEGOS KOMPAN S.A. el contrato de suministro de mobiliario para parque infantil del Colegio Público Fuente Salín por importe de DOCE MIL EUROS ( 12.000,00 â¬) iva incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.19. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de consultoría y asistencia para la realización de gestiones laborales. A la vista del expediente correspondiente a la contratación de la consultoría y asistencia para la realización de gestiones laborales del ayuntamiento de Val de San Vicente. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a realizar dicho contrato.. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por BARREDA DúAZ. es favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión tres miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a BARREDA DúAZ el contrato de consultoría y asistencia para la realización de gestiones laborales del ayuntamiento de Val de San Vicente desde el uno de marzo de 2.007 hasta el treinta y uno de diciembre de 2.007 por importe de TRES MIL CINCUENTA Y SEIS EUROS CON DIEZ CúNTIMOS ( 3056,10 â¬) iva incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.20. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de servicio de mantenimiento del hardware informático de las oficinas municipales. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicio de mantenimiento del hardware informático de las oficiabas municipales. Considerando: Primero. Que debe procederse a la contratación de dicho servicio. Segundo. Que la propuesta presentada por Mundo Tecnológico S.L. se considera favorable a los intereses municipales. Estando presentes en la sesión tres miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal, por unanimidad se acuerda: PRIMERO. Adjudicar a Mundo Tecnológico S.L. el contrato de servicio de mantenimiento del hardware informático de las oficina municipales por importe DOS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS EUROS CON OCHENTA CúNTIMOS( 2.296,80 â¬) durante el periodo de tiempo comprendido entre el uno de marzo de 2007 al 31 de diciembre de 2007, con sujección a lo dispuesto en la propuesta formulada por Mundo Tecnológico S.L., salvo los apartados III y V de la misma que quedan redactados en los términos siguientes: III: “ La duración del contrato se extiende desde el uno de marzo de 2.007 hasta el 31 de diciembre de 2.007” . V: “La cuota del servicio de mantenimiento se cobrará a mes vencido. La forma de pago será mediante transferencia bancaria previa emisión de la correspondiente factura mensual”. SEGUNDO. Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO. Hacer constar expresamente que el contrato se refiere al hardware informático de las oficinas municipales incluido en el anexo I del presente acuerdo. CUARTO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. ANEXO I EQUIPO MARCA Y MODELO Nº DE SERIE OBSERVACIONES Pentium III 800 / 512 RAM HD 20GB / CD52X NO TIENE IMPRESORA OKI C3100 49EL4010218K Celeron 500 / 512 RAM HD 6GB / CD50X NO TIENE Celeron 633 / 256 RAM HD 40GB / CD52X 200109020542 IMPRESORA OKI B4200 3AD04027082K Pentium III 1,000 / 256 RAM HD 40GB / CD-RW 200109021267 IMPRESORA OLIVETTI PGL 14 26CP4022037K Pentium IV 1,5 / 512 RAM HD 40GB / CD52X 200201038775 IMPRESORA HP Laserjet 1000 CNCR352916 Pentium III / 512 RAM HD 40GB / CD52X NO TIENE IMPRESORA OKI B4350 57ES4090766K EN GARANTIA Pentium 3,0 / 512 RAM HD 80GB / CD52X NO TIENE IMPRESORA OKI B4100 BB45006953AO Pentium IV 3,0 / 512 RAM HD 120GB / DVD NO TIENE Pentium IV 3,6 / 1GB DDR2 RAM HD 200GB / DVD-RW DOBLE CAPA NO TIENE IMPRESORA KONICA 7830 31063B EN GARANTIA Pentium IV 3,0 / 512 RAM HD 80GB / DVD-RW NO TIENE IMPRESORA CANON MF 3110 EZN03610 Pentium IV 3,0 / 512 RAM HD 120GB / DVD-RW NO TIENE IMPRESORA HP Deskjet 5740 HU4901Y3GB Pentium IV 1,5 GHZ / 128 RAM HD 40 GB NO TIENE IMPRESORA Pentium IV 2,06 MHZ / 512 RAM HD 40 GB NO TIENE IMPRESORA OKI B4100 52EP4032330K Pentium IV 3GHZ/512 RAM HD 160 GB /DVD RW NO TIENE 2 EQUIPOS DE LA BIBLIOTECA MUNICIPAL IMPRESORA OKI C 52506 4.21.Acuerdo a tomar respecto la contratación del servicio de inserción de publicidad en la revista Cantabria Económica. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicio de inserción de publicidad del ayuntamiento de Val de San Vicente en la revista Cantabria Económica Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a la contratación del citado servicio. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por EDICIONES DEL NORTE S.L. es favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión tres miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a EDICIONES DEL NORTE S.L. el contrato de servicio de inserción de publicidad del ayuntamiento de Val de San Vicente en la revista Cantabria Económica por importe de CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS EUROS CON CUARENTA CúNTIMOS ( 452,40 â¬) iva incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.22.Acuerdo a tomar respecto al proyecto de escuela de baile tradicional cántabro y pandereta. A la vista del escrito presentado por doña Sonsoles Fernández Sáez, presidenta de la Asociación para la Defensa de los Intereses de Cantabria, mediante documento con registro municipal de entradas número 0117 de 2.007, por el que solicitan la ayuda económica de ayuntamiento para el funcionamiento de una Escuela de Baile Tradicional Cántabro y Pandereta en la localidad de Unquera. Tomado conocimiento proyecto presentado por la Asociación para la Defensa de los Intereses de Cantabria “Escuela de baile tradicional cántabro y pandereta en Unquera” con un presupuesto de SETENCIENTOS CINCUENTA EUROS ( 750,00 â¬). Considerando que el desarrollo del mencionado proyecto se considera de interés municipal, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran tres de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO. Otorgar una aportación económica de SETECIENTOS CINCUENTA EUROS ( 750,00 â¬) a la Asociación para la Defensa de Intereses de Cantabria ( A.D.I.C.) para el desarrollo del proyecto “Escuela de Baile Tradicional Cántabro y Pandereta de Unquera”. SEGUNDO. Que a tal efecto se suscriba el conrrespondiente convenio entre el ayuntamiento de Val de San Vicente y la Asociación para la Defensa de los Intereses de Cantabria en el que se dé cumplimiento a lo señalado en el artículo 15 de la Ley de Cantabria 10/2006 de 17 de julio, de subvenciones de Cantabria y se regulen las condiciones y obligaciones asumidas por la entidad beneficiaria. TERCERO. Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y a la Asociación para la Defensa de los Intereses de Cantabria. 4.23. Acuerdo que proceda respecto a la propuesta del Balneario la Hermida para el desarrollo de un programa de actividades termales. Por el señor alcalde presidente se da cuenta a los señores miembros de la junta de gobierno local de la propuesta presentada por el Balneario de la Hermida a la Asociación de Desarrollo Rural Saja-Nansa por la que dicho Balneario ofrece a los municipios integrados en dicha asociación, entre los que se encuentra Val de San Vicente, la posibilidad de desarrollar un programa para ofrecer a los vecinos del municipio tratamientos diversos de actividades termales. Considerando de interés para la comunidad vecinal la propuesta presentada, la junta de gobierno local del ayuntamiento de Val de San Vicente, por unanimidad de sus miembros presentes que eran tres de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la propuesta formulada por el balneario de la Hermida para el desarrollo de un programa de tratamientos diversos de actividades termales para los vecinos de Val de San Vicente, subordinando la efectividad del presente a la ulterior adopción de los acuerdos que sean precisos para correcta tramitación del procedimiento de gasto que en su caso, se genere. 4.24. Acuerdo que proceda respecto a la concesión de subvención y suscripción de un convenio para la gestión de las instalaciones deportivas. A la vista del expediente tramitado para la gestión de las instalaciones deportivas municipales. Considerando: Primero: Que uno de los objetivos del Ayuntamiento de Val de San Vicente es promover el deporte en el Municipio, fomentando las actividades físicas y deportivas de carácter formativo y recreativo. Segundo. Que el Club Deportivo Elemental Fuente Salín es una Entidad deportiva dedicada a desarrollar actividades físico deportivas dirigidas a la ocupación del tiempo libre, al objeto de favorecer la práctica continuada del deporte con carácter recreativo y lúdico; fomentar, promocionar y divulgar la idea de que el ejercicio físico y el deporte en general constituyen una parte esencial de la educación y del proceso de formación integral de las personas. Todo ello, en los deportes de fútbol sala, patinaje, piragüismo, danza, judo y tenis. Tercero. Que tanto el Ayuntamiento de Val de San Vicente como la Entidad Deportiva Club Deportivo Elemental Fuente Salín tienen objetivos comunes y que, por tanto, es precisa una colaboración estrecha que permita precisar el desarrollo de las actividades de las escuelas deportivas municipales. Cuarto. Que se considera ajustado a los intereses municipales que la gestión de las instalaciones de que el ayuntamiento dispone para los fines deportivos sea encomendada a una entidad deportiva como el Club Deportivo Elemental Fuente Salín, habida cuenta de la existencia de un interés común como es el fomento del deporte y de la educación deportiva. Quinta. Que en el presupuesto General del Ayuntamiento de Val de San Vicente para el ejercicio 2.007 se contempla expresamente una subvención nominativa por importe de DIECIOCHO MIL EUROS ( 18.000,00 â¬) al Club Deportivo Elemental Fuente Salín. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran tres de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Conceder al CLUB DEPORTIVO ELEMENTAL FUENTE SALúN una subvención directa por importe de DIECIOCHO MIL EUROS ( 18.000,00 â¬) anuales, destinada a sufragar los gastos que el desarrollo de las actividades de gestión de las instalaciones deportivas municipales conlleva, todo ello en los términos establecidos en el convenio de colaboración que a tal efecto se suscriba. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente por importe de DIECIOCHO MIL EUROS ( 18.000,00 â¬) con cargo a la partida 2007 45.489 del presupuesto general del Ayuntamiento de Val de San Vicente para el ejercicio 2.007. TERCERO: Aprobar convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Val de San Vicente y el CLUB DEPORTIVO ELEMENTAL FUENTE SALúN para regular la subvención concedida para el desarrollo de las actividades y gestión de las instalaciones deportivas municipales detalladas en el mismo, previa acreditación del cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones y 12 de la Ley 10/2006 de Subvenciones de Cantabria. CUARTO. Establecer como forma de justificación de la subvención la presentación de facturas expedidas con los requisitos exigidos por la legislación vigente; certificados de aportaciones a federaciones legalmente establecidas y que se correspondan con la administración institucional y demás documentos acreditativos del gasto realizado y legalmente admitidos. De cada uno de los documentos justificativos que se aporten deberá presentarse original y fotocopia. QUINTO. Establecer como régimen jurídico aplicable los preceptos básicos de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, Ley de Cantabria 10/2006 de 17 de Julio, de Subvenciones de Cantabria, disposiciones de desarrollo, las restantes normas de derecho administrativo y, supletoriamente, las normas de Derecho privado. SEXTO: Aprobar la realización del pago a justificar por importe equivalente a la cuarta parte del total de la subvención, es decir CUATRO MIL QUINIENTOS EUROS ( 4.500,00 â¬) a la fecha de la firma del convenio de colaboración. SúPTIMO. Facultar al sr. Alcalde a la firma del mencionado convenio. OCTAVO. Disponer la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de Cantabria y en el tablón de anuncios del ayuntamiento e informar al Pleno del Ayuntamiento. 4.25. Acuerdo que proceda respecto a la actualización del precio del contrato de consultoría y asistencia jurídica urbanística al ayuntamiento de Val de San Vicente suscrito con don Arturo Fernández -Vigil García. Visto el contrato de consultoría y asistencia jurídica urbanística al ayuntamiento de Val de San Vicente suscrito con don Arturo Fernández-Vigil García. Considerando que de conformidad con lo dispuesto en la cláusula séptima del contrato el precio del contrato se revisará según el I.P.C. previsto. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran tres de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO. Actualizar el precio del contrato de consultoría y asistencia jurídica urbanista al ayuntamiento de Val de San Vicente suscrito con don Arturo Fernández-Vigil García mediante la aplicación del IPC previsto y que supone el porcentaje del 2,7. SEGUNDO. Dar traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales. 4.26. Escrito presentado por doña Laura Rodríguez Candás referido a solicitud de reconocimiento de trienio. Visto el escrito suscrito por doña Laura Rodríguez Candás, funcionaria de este Ayuntamiento de Val de San Vicente, perteneciente a la subescala secretaría intervención de la escala de habilitación de carácter nacional, por el que solicita el reconocimiento de su segundo trienio. Considerando que la solicitante ha sido integrada en el Grupo A en virtud de Orden APU/2027/2006 de 14 de junio ( BOE num 152 de 27 de junio de 2.006) por la que se integran en la Subescala de Secretaría-Intervención, Grupo A, funcionarios de la Escala de Administración Local con habilitación de carácter nacional. A la vista de la documentación obrante en el expediente, vista la disposición adicional séptima de la Ley 21/1992 de 29 de diciembre, artículo 2.2. de la Ley 70/1978 de 26 de diciembre y artículo 155.2 del Real Decreto Legislativo 781/1986 de 28 de noviembre, estando presentes en la sesión tres miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, se acuerda: Primero. Reconocer a doña Laura Rodríguez Candas, funcionaria del Ayuntamiento de Val de San Vicente perteneciente a la subescala secretaría intervención de la escala habilitación de carácter nacional su segundo trienio de antigüedad como funcionaria perteneciente al grupo A y a los efectos económicos inherentes al mismo. Dicho reconocimiento surtirá efectos desde el día trece de febrero de 2.007 . Segundo. Comunicar el presente acuerdo a la interesada, a los servicios económicos municipales, incluyéndose en la nómina la remuneración que implica. 4.27. Acuerdo que proceda respecto del arrendamiento del un local con destino a almacén de material, herramienta, maquinaria y vehículos para los servicios municipales. A la vista del expediente para la contratación del arrendamiento de un local con destino a almacén de material, herramienta, maquinaria y vehículos para los distintos servicios municipales. Considerando: Primero: Que el constante incremento de las servicios municipales en diferentes areas, fundamentalmente obras, exige contar con un local destinado a almacén de útiles diversos como puede ser material, herramienta, maquinaria o vehículos. Segundo.Que el ayuntamiento carece de un local adecuado para servir a tal fin. Tercero. Que mediante documento con registro municipal de entradas número 0410 de 2.007 se ha formulado por parte de don Antonio Arambarri Escobedo oferta de arrendamiento de un local sito en la calle Remigio Noriega, nº 87 de la localidad de Unquera. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido por los servicios técnicos municipales en fecha de 21 de febrero de 2.007 Por la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran tres de los cuatro que la componen, se acuerda: PRIMERO. Contratar con don Antonio Arambarri Escobedo el arrendamiento del local sito en la localidad de Unquera, calle Remigio Noriega nº 87, por el precio de SEIS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO EUROS CON CINCUENTA Y SIETE CúNTIMOS ( 6.274,57 â¬) anuales, IVA INCLUIDO. El local se destinará a almacén de material, herramienta, maquinaria y vehículos de los servicios municipales.El contrato se celebrará por un periodo de dos años, siendo por cuenta del ayuntamiento los gastos correspondientes a energía eléctrica y agua. El pago del precio se realizará con carácter mensual, previa presentación de la correspondiente factura a mes vencido emitida en legal forma. Transcurrido el primer año de vigencia del contrato el precio se actualizará por aplicación del IPC. SEGUNDO. Facultar al sr. alcalde en la amplitud precisa para la firma del correspondiente contrato. TERCERO. Notificar el presente acuerdo a los interesados, dando traslado del mismo a los servicios económicos municipales. 5. Ruegos y preguntas. Abierto este punto, no se formula ninguno. Y no habiendo más asuntos a tratar, por el sr. Presidente se levanta la sesión, cuando son las quince horas del día arriba indicado, de todo lo cual, como secretaria, doy fe.