En Pesués, Val de San Vicente, en la casa consistorial del Ayuntamiento de Val de San Vicente, siendo las diecisiete horas y treinta minutos del día veintisiete de marzo de 2.008, se reúne la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Val de San Vicente para celebrar sesión ordinaria en única convocatoria con la asistencia de los miembros siguientes: Presidente: Don Miguel Ángel González Vega. Concejales: Don Roberto Escobedo Quintana, doña Nuria Yolanda Verdeja Melero y don Elías Álvarez Martínez. Secretaria: Laura Rodríguez Candás. Se da lectura a la resolución de convocatoria, y desarrollando el orden del día se debaten los asuntos siguientes: 1. Aprobación, si procede, del borrador del acta de la sesión anterior. Habiéndose dado traslado a los señores miembros de la Junta de Gobierno Local de Val de San Vicente del acta correspondiente a la sesión ordinaria celebrada por este órgano en fecha de veintiocho de febrero de 2.008 y no manifestándose ningún reparo ni objeción frente a la misma, se acuerda aprobar la citada acta correspondiente a la sesión ordinaria celebrada en fecha de veintiocho de febrero de 2.008. 2. Facturas y pagos. Se da cuenta de la relación de facturas y pagos correspondientes a esta sesión de la junta de gobierno local de las que se incorpora al expediente un ejemplar para constancia. Tomado conocimiento del asunto, por la junta de gobierno local se acuerda aprobar dicha relación de facturas y pagos, cuyo importe total asciende a la cantidad de CUARENTA Y UN MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS EUROS CON CUARENTA Y UN CúNTIMOS ( 41.392,41 â¬). 3. Resoluciones de la Alcaldía. Se da cuenta de las resoluciones de la Alcaldía adoptadas en ejercicio de la facultad de avocación respecto de atribuciones delegadas en la Junta de Gobierno Local mediante decreto adoptado en fecha de veintiuno de junio de 2.007. 4. Solicitudes de licencias municipales de obras. Acuerdos que procedan. 4.1. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte para la ejecución del proyecto de obra “Restauración de la Iglesia en el cementerio de Portillo”. Visto el expediente incoado por la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte del Gobierno de Cantabria para la ejecución del proyecto de obra “Restauración de la Iglesia en el cementerio de Portillo”. Tomado conocimiento del proyecto básico y de ejecución “Restauración de la Iglesia en el cementerio de Portillo” redactado en noviembre de 2.007 por el arquitecto don Luis Castillo Arenal. Visto el informe técnico emitido en fecha de 25 de marzo de 2.008 y de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte del Gobierno de Cantabria para la ejecución del proyecto de obra “Restauración de la Iglesia en el cementerio de Portillo”, según proyecto básico y de ejecución “Restauración de la Iglesia en el cementerio de Portillo”, redactado en noviembre de 2.007 por el arquitecto don Luis Castillo Arenal. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de VEINTINUEVE MIL CIENTO SETENTA EUROS CON CINCUENTA Y CINCO CúNTIMOS (29.170,55 â¬). TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos que procedan frente al mismo. 4.2. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por doña Carmen de las Heras Azofra para la construcción de una vivienda unifamiliar en Pechón. Visto el expediente incoado por doña Carmen de las Heras Azofra para la construcción de una vivienda unifamiliar en Pechón. Tomado conocimiento del proyecto básico de vivienda unifamiliar en Pechón redactado por el arquitecto don Máximo Díaz Sánchez ,visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha veintiséis de marzo de 2.007 y de la documentación complementaria compuesta por el plano 2 “Emplazamiento y perfiles”, suscrito por el mismo arquitecto y visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha veintidós de febrero de 2.008. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de 11 de marzo de 2.008 por los servicios técnicos municipales. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a doña Carmen de las Heras Azofra para la construcción de una vivienda unifamiliar en Pechón, según proyecto básico de vivienda unifamiliar en Pechón redactado por el arquitecto don Máximo Díaz Sánchez, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha veintiséis de marzo de 2.007 y según la documentación complementaria compuesta por el plano 2 “Emplazamiento y perfiles”, suscrito por el mismo arquitecto y visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha veintidós de febrero de 2.008. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo y de las particulares siguientes: Condiciones que han de cumplirse para dar comienzo a las obras: Habrán de incorporarse al expediente el proyecto de ejecución y el estudio básico de seguridad y salud, así como el estudio geotécnico. Deberá acreditarse la aceptación de la dirección de la obra por parte de arquitecto y de la dirección de la ejecución de la obra por parte de arquitecto técnico o aparejador. Condiciones inherentes a la urbanización: Se asfaltarán todas aquellas zonas del vial público que siendo ajenas a la propia finca, pudieran haber sido perjudicadas por la ejecución de las obras. La superficie de cesión correspondiente a la ampliación de viales se entregará debidamente asfaltada. El cierre de la parcela se ejecutará mediante elementos opacos de 1,00 m. de altura máxima completados con protecciones diáfanas excluidas las mallas de torsión de acero galvanizado o plastificadas hasta completar una altura de 2,00 m. La parte opaca se enfoscará y pintará o se ejecutará con fábrica de cantería. Condiciones estéticas: La carpintería exterior será o bien de madera o bien de otro material en tonos oscuros que imite a ésta. El sistema de oscurecimiento de las habitaciones no será con persianas exteriores. La fachada se pintará en tonos claros y además la piedra que se pudiera colocar en la fachada tendrá que ser de las mismas características que las de los edificios del entorno. La cubierta se realizará con teja curva tipo árabe de color rojo. Los canalones y las bajantes de pluviales serán de cobre o zinc, y en ningún caso de PVC. Condiciones inherentes a las instalaciones: Las conexiones a las redes de servicios se llevarán de acuerdo con las compañías suministradoras y con los servicios técnicos municipales. Se contará con los servicios técnicos del ayuntamiento de cara al entronque con la red general de saneamiento municipal. En el punto de entronque con la red de saneamiento municipal se ejecutará obligatoriamente una arqueta o pozo de registro, cuyas dimensiones se determinarán por este servicio técnico en el momento de ejecutarse la obra. El contador de agua deberá colocarse en el lugar más próximo a la toma, en el límite de la parcela, en una caja individual y accesible desde el exterior de acuerdo con el informe emitido por la compañía encargada del servicio. Antes del comienzo de las obras se contactará con los servicios técnicos municipales para prever el soterramiento de conductos, pasos de instalaciones y formación de arquetas para el paso de las diversas infraestructuras urbanas. Cesiones a favor del Ayuntamiento: Con carácter previo al otorgamiento de la licencia de primera ocupación se formalizarán a favor del ayuntamiento las correspondientes cesiones a viales mediante acto de escritura pública. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de DOSCIENTOS TREINTA Y DOS MIL EUROS (232.000,00 â¬). TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a la interesada, con expresión de los recursos que procedan frente al mismo. 5.Otros expedientes y solicitudes pendientes de resolución. Acuerdos que procedan. 5.1.Expediente de solicitud de licencia de actividad para la ampliación de actividad para servicio de comidas ( restaurante) en la Posada de Pechón, en la localidad de Pechón, de este término municipal de Val de San Vicente, incoado por don Julio Álvarez Castro. Visto el expediente sobre solicitud de licencia de actividad para la ampliación de actividad para servicio de comidas ( restaurante) en la Posada de Pechón, en la localidad de Pechón, de este término municipal de Val de San Vicente, incoado por don Julio Álvarez Castro. Teniendo que emitir la corporación informe según dispone el vigente Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, a la vista de los trámites llevados a cabo en el expediente, de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda se acuerda emitir el siguiente informe: 1- Que el emplazamiento de la instalación y las demás circunstancias de la misma a las que se refieren los informes que obran en el expediente están de acuerdo con las ordenanzas municipales y con lo dispuesto en el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas. 2- Que no se estima que otras actividades análogas puedan producir efectos aditivos. 3- Se informa favorablemente la concesión de la licencia solicitada. 5.2.Expediente promovido por don Oscar Lozano Caballero para la apertura en Unquera de un establecimiento dedicado a la venta de automóviles de importación. Visto el expediente que promueve don Oscar Lozano Caballero para la apertura en Unquera de un establecimiento dedicado a la venta de automóviles de importación. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido por los servicios técnicos municipales en fecha de diecisiete de marzo de 2.008, de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Conceder a don Oscar Lozano Caballero licencia para la apertura de un establecimiento destinado a la venta de automóviles de importación, bajo la denominación comercial de VAL IMPORT. El mismo se encuentra en la localidad de Unquera, calle Corbatas Nº 4 B. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a la ordenanza fiscal que resulta de aplicación. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 5.3.Expediente promovido por don Eladio Guerra Rodríguez, actuando en representación de SUPERAMA S.L.,que solicita el cambio de titularidad de la licencia para el ejercicio de la actividad de supermercado en un establecimiento comercial sito en la localidad de Unquera. Visto el expediente promovido por don Eladio Guerra Rodríguez, actuando en representación de SUPERAMA S.L., que solicita el cambio de titularidad de la licencia para el ejercicio de la actividad de supermercado en un establecimiento comercial sito en la localidad de Unquera. Considerando que la solicitud se refiere a un establecimiento ya existente y visto el informe técnico obrante en el expediente, de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Conceder a SUPERAMA S.L. el cambio de titularidad de la licencia para el ejercicio de la actividad de supermercado en un establecimiento comercial sito en la localidad de Unquera y que fue concedida mediante resolución de la alcaldía de fecha treinta de marzo de 2.005 a LA LLAMOSA S.L. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a la ordenanza fiscal que resulta de aplicación. TERCERO: Que se dé traslado del correspondiente acuerdo al interesado, con indicación de los recursos procedentes frente al mismo. 5.4. Expediente promovido por don Pablo Fernández Sordo que solicita el cambio de titularidad de la licencia para el ejercicio de la actividad de pub categoría especial A en un establecimiento comercial sito en la localidad de Unquera. Visto el expediente promovido por don Pablo Fernández Sordo que solicita el cambio de titularidad de la licencia para el ejercicio de la actividad de pub categoría especial A en un establecimiento comercial sito en la localidad de Unquera. Considerando que la solicitud se refiere a un establecimiento ya existente y visto el informe técnico obrante en el expediente, de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Conceder a don Pablo Fernández Sordo el cambio de titularidad de la licencia para el ejercicio de la actividad de pub categoría especial A en un establecimiento comercial sito en la localidad de Unquera y que fue concedida mediante resolución de la alcaldía de fecha dieciséis de marzo de 2.006 a don José Luis Ruiz García. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a la ordenanza fiscal que resulta de aplicación. TERCERO: Que se dé traslado del correspondiente acuerdo al interesado, con indicación de los recursos procedentes frente al mismo. 5.5. Solicitud de cambio de titularidad de licencia de obras correspondiente al documento con número 0591 de 2008 del registro municipal de entradas. Tomado conocimiento del escrito correspondiente al documento con número 0591 de 2.008 del registro municipal de entradas. Resultando: Que mediante el mismo se comunica la transmisión a doña Patricia Rubín Agenjo, don Juan Rubín Agenjo y a don José Manuel Rubín Camporredondo de la licencia municipal de obras otorgada a doña Marta Escandón Peón mediante acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Val de San Vicente en sesión ordinaria celebrada en fecha de 12 de abril de 2.002 para rehabilitación de tres edificaciones situadas en Helgueras para su uso como establecimientos de turismo rural, según proyecto técnico básico redactado al efecto por la arquitecto doña M.Cruz Rivas Fachal, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 21 de septiembre de 2.001 y que posteriormente fue transmitida a la empresa ATRIA CONSTRUCTORA S.A., habiéndose autorizado dicha transmisión mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Val de San Vicente en sesión ordinaria celebrada en fecha treinta de enero de 2.007. A la vista de la documentación obrante en el expediente y considerando lo dispuesto en el artículo 188.3 de la Ley de Cantabria 2/2001 de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria, la Junta de Gobierno Local, de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo y Obras la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO. Autorizar la transmisión a la que ya se ha hecho referencia en el presente acuerdo y, en su consecuencia, que la licencia municipal de obras otorgada a doña Marta Escandón Peón mediante acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Val de San Vicente en sesión ordinaria celebrada en fecha de 12 de abril de 2.002 para rehabilitación de tres edificaciones situadas en Helgueras para su uso como establecimientos de turismo rural, según proyecto técnico básico redactado al efecto por la arquitecto doña M.Cruz Rivas Fachal, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 21 de septiembre de 2.001 y que posteriormente fue transmitida a la empresa ATRIA CONSTRUCTORA S.A., habiéndose autorizado dicha transmisión mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Val de San Vicente en sesión ordinaria celebrada en fecha treinta de enero de 2.007, pase a ser de titularidad de doña Patricia Rubín Agenjo, don Juan Rubín Agenjo y don José Manuel Rubín Camporredondo SEGUNDO. Que se dé traslado de este acuerdo a los interesados. 5.6. Acuerdo que proceda respecto de la prórroga del convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Val de San Vicente y el Club Deportivo Elemental Fuente Salín para la gestión de las instalaciones deportivas. A la vista del convenio de colaboración suscrito en fecha de seis de marzo de 2.007 entre el Ayuntamiento de Val de San Vicente y la Entidad Deportiva Club Deportivo Elemental Fuente Salín para regular la subvención concedida para el desarrollo de las actividades de gestión de las instalaciones deportivas municipales detalladas en el mismo. Considerando que de conformidad con lo dispuesto en la cláusula quinta del convenio, el mismo tendrá una vigencia de un año prorrogable por periodos de igual duración previo acuerdo de las partes antes de la finalización de aquel, sin que en su conjunto la duración total pueda exceder de cuatro años. Visto el escrito presentado en fecha de doce de enero de 2.008 por el sr. Presidente del Club Deportivo Elemental Fuente Salín por el que manifiesta la conformidad de dicho Club con la prórroga del convenio. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO. Autorizar la prórroga del convenio de colaboración suscrito en fecha de seis de marzo de 2.007 entre el Ayuntamiento de Val de San Vicente y el Club Deportivo Elemental Fuente Salín por plazo de un año, contado a partir del seis de marzo de 2.008. SEGUNDO. Conceder al Club Deportivo Elemental Fuente Salín una subvención directa por importe de DIECIOCHO MIL EUROS ( 18.000,00 â¬) anuales, destinada a sufragar los gastos que el desarrollo de las actividades de gestión de las instalaciones deportivas municipales conlleva, todo ello en los términos establecidos en el convenio cuya prórroga se autoriza. TERCERO. Autorizar y disponer el gasto correspondiente por importe de DIECIOCHO MIL EUROS ( 18.000,00â¬) con cargo a la partida 2008 45.489 del presupuesto prorrogado del ejercicio 2007 del Ayuntamiento de Val de San Vicente, vigente en este momento. CUARTO. Dar traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales, a los efectos correspondientes. 5.7. Acuerdo a tomar respecto al otorgamiento de subvenciones para festejos. Considerando: PRIMERO: Que por la junta de gobierno local de Val de San Vicente debe adoptarse acuerdo respecto a las subvenciones a otorgar para la celebración de festejos del municipio durante el año 2.008. SEGUNDO: El interés municipal en el fomento y en la celebración de las tradiciones festivas de las distintas localidades del municipio y que debe procurarse que las comisiones y entidades que se encarguen de la organización de los festejos gestionen con sus propios medios la disposición de instalación de los palcos. De conformidad con la propuesta de la Alcaldía, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Autorizar un gasto por importe de DIECISEIS MIL OCHOCIENTOS EUROS ( 16.800,00 â¬) con destino a subvenciones para la celebración de festejos del municipio durante el año 2.008. SEGUNDO. Disponer el gasto correspondiente con arreglo a la siguiente distribución: A) Se otorgan las siguientes subvenciones por importe de TRESCIENTOS EUROS ( 300,00 â¬) para cada una de las siguientes fiestas menores: A.1.) A la Junta Vecinal de Pechón para las fiestas de San Sebastián. A.2.) A la Junta Vecinal de Serdio para la fiesta de San Agustín. A.3.)A la Junta Vecinal de Muñorrodero para la fiesta Virgen del Hayedo. A.4.) A la Junta Vecinal de Pesués para la fiesta del tomate A.5.) A la Junta Vecinal de Abanillas para la fiesta Día Homenaje a lo Autóctono. A.6.) A la Junta Vecinal de Pesués para la festividad de San Antonio. B) Se otorgan las siguientes subvenciones por importe máximo de MIL QUINIENTOS EUROS ( 1.500,00 â¬) para cada una de las siguientes fiestas mayores de las distintas localidades del término municipal, siempre que las comisiones y entidades organizadoras de los festejos gestionen con sus propios medios la disposición e instalación de los palcos. Este importe máximo será reducido en QUINIENTOS EUROS ( 500,00 â¬) en los supuestos en que las comisiones y entidades organizadoras de los festejos soliciten a los servicios municipales los palcos y su instalación: B.1.) A la Junta Vecinal de Serdio para la fiesta de San Bartolo. B.2.) A la Junta Vecinal de Unquera para la fiesta de los Santos Mártires. B.3.) A la Junta Vecinal de Pesués para la fiesta de San Pedro Ad Víncula. B.4.) A la Junta Vecinal de Pechón para la fiesta de Santa Clara. B.5.) A la Junta Vecinal de Muñorrodero para la fiesta de Santiago Apostol. B.6.) A la Junta Vecinal de Luey para la fiesta de San Lorenzo. B.7.) A la Junta Vecinal de Abanillas para la fiesta de Nuestra Señora. B.8.) A la Junta Vecinal de Prellezo para la fiesta de San Roque. B.9.) A la Junta Vecinal de Prío para la fiesta de Santa Ana. B.10.) A la Junta Vecinal de San Pedro de las Baheras para la fiesta de Santa Marina. TERCERO: Someter cualquier subvención que abone el ayuntamiento por la celebración de las fiestas consideradas mayores o menores de las distintas localidades del municipio a las siguientes condiciones resolutorias: 1ª. Deberá justificarse un gasto por una cantidad igual o superior al importe de la subvención otorgada. 2ª Las subvenciones se ingresarán en una cuenta bancaria a nombre de la respectiva entidad local menor. 3ª. Deberá suscribirse el correspondiente convenio entre el Ayuntamiento de Val de San Vicente y la entidad beneficiaria 5.8. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato menor de servicios para la plantación de un nuevo jardín en las antiguas escuelas de Pesués. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicio para la plantación de un nuevo jardín en las antiguas escuelas de Pesués. Considerando: Primero: Que debe procederse a la contratación de dicho servicio. Segundo: Que el presupuesto presentado por BRENA DE ARGUEBANES S.L. se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a BRENA DE ARGUEBANES S.L. el contrato de menor de servicios para la plantación de un nuevo jardín en las antiguas escuelas de Pesués por importe de MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS EUROS CON CUATRO CúNTIMOS ( 1.936,04 â¬) iva incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 5.9. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato menor de servicios para la inserción de publicidad en la vuelta ciclista a Cantabria 2.008. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicio para la inserción de publicidad en la vuelta ciclista a Cantabria 2.008. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a la contratación del citado servicio. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por la Asociación Deportiva Faustino Cueli es favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a la Asociación Deportiva Faustino Cueli el servicio de inserción de publicidad en la vuelta ciclista a Cantabria 2.008 por importe de TRESCIENTOS EUROS ( 300,00 â¬) iva incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 5.10. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato menor de servicios para la limpieza de la Casa de la Juventud. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicio para limpieza de la Casa de la Juventud desde el uno de abril de 2.008 hasta el treinta y uno de diciembre de 2.008. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a la contratación del citado servicio. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por LIMPIEZAS CANTASTUR S.C. se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a LIMPIEZAS CANTASTUR S.C. el servicio de limpieza de la Casa de la Juventud desde el uno de abril de 2.008 hasta el treinta y uno de diciembre de 2.008 por importe total de CINCO MIL CIENTO SESENTA Y SIETE EUROS CON OCHENTA CúNTIMOS ( 5.167,80 â¬) iva incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 5.11. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato menor de servicios para el desbroce con máquina en Pechón, San Pedro de las Baheras, Serdio, Prío y Molleda. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicio de desbroce con máquina en Pechón, San Pedro de las Baheras, Serdio, Prío y Molleda. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a la contratación del citado servicio. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por don Jesús Roiz se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a JESúS ROIZ el contrato de servicio de desbroce con máquina en Pechón, San Pedro de las Baheras, Serdio, Prío y Molleda por importe total de CINCO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO EUROS CON SESENTA CúNTIMOS ( 5.695,60 â¬) iva incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 5.12. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato para la inserción de publicidad en TeleCabarga con motivo de la XV Gala del Deporte Occidental. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicio de inserción de publicidad en TeleCabarga con motivo de la XV Gala del Deporte Occidental. Considerando: Primero: Que debe procederse a la contratación de dicho servicio. Segundo: Que el presupuesto presentado por SERVICIOS TELEVISIVOS CÁNTABROS DE INFORMACIúN S.A. se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a SERVICIOS TELEVISIVOS CÁNTABROS DE INFORMACIúN S.A. el contrato de servicios de inserción de publicidad en TeleCabarga con motivo de la XV Gala del Deporte Occidental por importe de DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO EUROS CON CUARENTA CúNTIMOS ( 278,40 â¬) iva incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 5.13. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de servicios para la inserción de publicidad en el salón automovilístico de Unquera. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicio de inserción de publicidad en el salón automovilístico de Unquera a celebrar el día veintiséis de abril de 2.008. Considerando: Primero: Que debe procederse a la contratación de dicho servicio. Segundo: Que el presupuesto presentado por el CLUB DEPORTIVO ELEMENTAL LLANOS SPORT considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a CLUB DEPORTIVO ELEMENTAL LLANOS SPORT el contrato de servicios de inserción de publicidad el salón automovilístico de Unquera a celebrar el día veintiséis de abril de 2.008 por importe de MIL EUROS ( 1.000,00 â¬) iva incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 5.14. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato menor de servicios para el alquiler de una carpa para la fiesta de la gaita. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicio de alquiler de una carpa para la celebración de la fiesta de la gaita el día quince de junio de 2.008. Considerando: Primero: Que debe procederse a la contratación de dicho servicio. Segundo: Que el presupuesto presentado por el CARPAS TORGA S.L. considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a CARPAS TORGA S.L. el contrato de servicios alquiler de una carpa para la celebración de la fiesta de la gaita el día quince de junio de 2.008 por importe de DOS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO EUROS CON OCHENTA CúNTIMOS ( 2.644,80 â¬) iva incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 5.15. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato menor de servicios para la realización de actividades con motivo de la celebración del día del libro infantil. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicio para la realización de actividades con motivo de la celebración del día del libro infantil a desarrollar el próximo dos de abril de 2.008 en la biblioteca municipal. Considerando: Primero: Que debe procederse a la contratación de dicho servicio. Segundo: Que el presupuesto presentado por el doña Clara Canal Álvarez se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a doña Clara Canal Álvarez el contrato menor de servicios para la realización de actividades con motivo de la celebración del día del libro infantil a desarrollar el próximo dos de abril de 2.008 en la biblioteca municipal por importe de CIEN EUROS( 100,00 â¬) iva incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 5.16. Solicitud de exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica formulada por don Juan José Gregorio Lamadrid correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 0795 de 2008. Visto el documento con registro municipal de entradas número 0795 de 2008 formulado por don Juan José Gregorio Lamadrid y que se refiere a la solicitud de exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica solicitada por don Juan José Gregorio Lamadrid con DNI 15.118.875 D por el vehículo con matrícula 5112 BYY . Dicha exención se concede de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.1.e) de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del ayuntamiento de Val de San Vicente. SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo 5.17. Acuerdo que proceda respecto a la prestación del servicio de ayuda a domicilio a doña Remedios Villar Borbolla. A la vista del expediente tramitado al efecto y especialmente del informe emitido sobre el particular por la trabajadora social, en el que se propone la concesión del servicio de ayuda a domicilio a doña Remedios Villar Borbolla por espacio de una hora diaria sin una aportación económica por parte de la interesada. Considerando que a tenor de los dispuesto en el artículo 25.2.k) de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el ayuntamiento es competente en materia de prestación de servicios sociales, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran tres de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la prestación del servicio de ayuda a domicilio a doña Remedios Villar Borbolla, con DNI 13.835.494, por espacio de una hora diaria, sin una aportación económica por parte de la interesada. SEGUNDO: Aprobar la aportación municipal que corresponda por la prestación de la atención domiciliaria citada a doña Remedios Villar Borbolla. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios sociales y económicos municipales y a la interesada, con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 5.18. Acuerdo que proceda respecto a la prestación del servicio de ayuda a domicilio a don Bernardo Fernández Gómez. A la vista del expediente tramitado al efecto y especialmente del informe emitido sobre el particular por la trabajadora social, en el que se propone la concesión del servicio de ayuda a domicilio a don Bernardo Fernández Gómez por espacio de una hora diaria sin una aportación económica por parte del interesado. Considerando que a tenor de los dispuesto en el artículo 25.2.k) de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el ayuntamiento es competente en materia de prestación de servicios sociales, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran tres de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la prestación del servicio de ayuda a domicilio a don Bernardo Fernández Gómez, con DNI 31.075.883 P, por espacio de una hora diaria, sin una aportación económica por parte de la interesada. SEGUNDO: Aprobar la aportación municipal que corresponda por la prestación de la atención domiciliaria citada a don Bernardo Fernández Gómez. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios sociales y económicos municipales y al interesado, con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 5.19. Solicitud presentada por doña Emilia Pérez Fernández relativa de baja de licencia de vado número 21. Vista la solicitud presentada por doña Emilio Pérez Fernández, documento registrado de entrada con número 0548 de 2.008, por el que solicita la baja de la licencia de vado nº 21. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO. Que se dé de baja el vado permanente del que es titular don José Luis Lamadrid Sánchez que se refiere la licencia municipal de vado concedida mediante resolución de la alcaldía de fecha siete de octubre de 1.999. SEGUNDO. Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales. 6. Ruegos y preguntas. Abierto este punto, no se plantea ninguno. Y no habiendo más asuntos a tratar, por el sr. presidente se levanta la sesión, cuando son las diecinueve horas y cincuenta y cinco minutos del día al inicio indicado, de todo lo cual, como secretaria. doy fe.