ACTA NúMERO 3/2.008 DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE VAL DE SAN VICENTE, CORRESPONDIENTE A LA SESION ORDINARIA CELEBRADA EL DúA VEINTIOCHO DE FEBRERO DE 2.008. En Pesués, Val de San Vicente, en la casa consistorial del Ayuntamiento de Val de San Vicente, siendo las veinte horas y cincuenta minutos del día veintiocho de febrero 2.008, se reúne la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Val de San Vicente para celebrar sesión ordinaria en única convocatoria con la asistencia de los miembros siguientes: Presidente: Don Miguel Ángel González Vega. Concejales: Don Roberto Escobedo Quintana, doña Nuria Yolanda Verdeja Melero y don Elías Álvarez Martínez. Secretaria: Laura Rodríguez Candás. Se da lectura a la resolución de convocatoria, y desarrollando el orden del día se debaten los asuntos siguientes: 1. Aprobación, si procede, del borrador del acta de la sesión anterior. Habiéndose dado traslado a los señores miembros de la Junta de Gobierno Local de Val de San Vicente del acta correspondiente a la sesión ordinaria celebrada por este órgano en fecha de siete de febrero de 2.008 y no manifestándose ningún reparo ni objeción frente a la misma, se acuerda aprobar la citada acta correspondiente a la sesión ordinaria celebrada en fecha de siete de febrero de 2.008. 2. Facturas y pagos. 2.1. Facturas y pagos. Se da cuenta de la relación de facturas y pagos correspondientes a esta sesión de la junta de gobierno local de las que se incorpora al expediente un ejemplar para constancia. Tomado conocimiento del asunto, por la junta de gobierno local se acuerda aprobar dicha relación de facturas y pagos, cuyo importe total asciende a la cantidad de VEINTISEIS MIL CIENTO SESENTA Y DOS EUROS CON OCHENTA Y CUATRO CúNTIMOS ( 26.162,84 â¬) Se da cuenta seguidamente de la relación de facturas F/2008/1 aprobada por resolución de la alcaldía de fecha quince de febrero de 2.008 cuyo importe asciende a la cantidad de 35.538,38 ⬠2.2. Reconocimiento extrajudicial de crédito. A la vista del expediente de reconocimiento extrajudicial de créditos número J-2008/1 en el que obra el correspondiente informe de intervención y las facturas y pagos que lo integran, cuyo importe total asciende a la cantidad de DOCE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE EUROS CON SETENTA Y TRES CúNTIMOS ( 12.377,73 ⬠) estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal, por unanimidad se acuerda aprobar el expediente de reconocimiento extrajudicial de créditos número J-2008/1 por importe de DOCE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE EUROS CON SETENTA Y TRES CúNTIMOS( 12.377,73 â¬). 3. Solicitudes de licencias municipales de obras. Acuerdos que procedan. 3.1. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por don Agustín Sañudo González la construcción de una vivienda unifamiliar aislada en Serdio. Visto el expediente incoado por don Agustín Sañudo González la construcción de una vivienda unifamiliar aislada en Serdio. Tomado conocimiento del proyecto básico de vivienda unifamiliar aislada redactado por la arquitecta doña Mª Teresa Moreno Fuente, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha cinco de noviembre de 2.007,y de la documentación complementaria compuesta por los planos modificados A01, A01¨, suscritos por la misma arquitecta y visados por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha seis de febrero de 2.008. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de 19 de febrero de 2.008 por los servicios técnicos municipales. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a don Agustín Sañudo González para construcción de una vivienda unifamiliar aislada en Serdio, según proyecto básico de vivienda unifamiliar aislada redactado por la arquitecta doña Mª Teresa Moreno Fuente, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha cinco de noviembre de 2.007 y según la documentación complementaria compuesta por los planos modificados A01, A01¨, suscritos por la misma arquitecta y visados por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha seis de febrero de 2.008. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo y de las particulares siguientes: Condiciones que han de cumplirse para dar comienzo a las obras: Habrán de incorporarse al expediente el proyecto de ejecución y el estudio básico de seguridad y salud. Deberá acreditarse la aceptación de la dirección de la obra por parte de arquitecto y de la dirección de la ejecución de la obra por parte de arquitecto técnico o aparejador. Condiciones inherentes a la urbanización: Se asfaltarán todas aquellas zonas del vial público que siendo ajenas a la propia finca, pudieran haber sido perjudicadas por la ejecución de las obras. La superficie de cesión correspondiente a la ampliación de viales se entregará debidamente asfaltada. El cierre de la parcela se ejecutará mediante elementos opacos de 1,00 m. de altura máxima completados con protecciones diáfanas excluidas las mallas de torsión de acero galvanizados o plastificadas hasta completar una altura de 2,00 m. La parte opaca se enfoscará y pintará o se ejecutará con fábrica de cantería. Condiciones estéticas: La carpintería exterior será o bien de madera o bien de otro material en tonos oscuros que imite a ésta. La fachada se pintará en tonos claros y además la piedra que se pudiera colocar en la fachada tendrá que ser de las mismas características que las de los edificios del entorno. La cubierta se realizará con teja curva tipo árabe de color rojo. Los canalones y las bajantes de pluviales serán de cobre o zinc, y en ningún caso de PVC. Condiciones inherentes a las instalaciones: Las conexiones a las redes de servicios se llevarán de acuerdo con las compañías suministradoras y con los servicios técnicos municipales. Se contará con los servicios técnicos del ayuntamiento de cara al entronque con la red general de saneamiento municipal. En el punto de entronque con la red de saneamiento municipal se ejecutará obligatoriamente una arqueta o pozo de registro, cuyas dimensiones se determinarán por este servicio técnico en el momento de ejecutarse la obra. El contador de agua deberá colocarse en el lugar más próximo a la toma, en el límite de la parcela, en una caja individual y accesible desde el exterior y la acometida se realizará con una tubería de polietileno de 32 mm. de diámetro conectada a la general de acuerdo con el informe emitido por la compañía encargada del servicio. Cesiones a favor del Ayuntamiento: Con carácter previo al otorgamiento de la licencia de primera ocupación se formalizarán a favor del ayuntamiento las correspondientes cesiones a viales. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO EUROS CON NOVENTA Y NUEVE CúNTIMOS (147.694,99 â¬) TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos que procedan frente al mismo. 3.2. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por don Javier González Gómez para la construcción de una vivienda unifamiliar aislada en Muñorrodero. Visto el expediente incoado por don Javier González Gómez para la construcción de una vivienda unifamiliar aislada en Muñorrodero. v Tomado conocimiento del proyecto básico de vivienda unifamiliar aislada redactado por la arquitecta doña Mª Teresa Moreno Fuente, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha veinte de septiembre de 2.007 y de la documentación complementaria compuesta por los planos modificados A03, A04 y A06 visados por el Colegio Oficial del Arquitectos de Cantabria en fecha seis de febrero de 2008 y el plano A01 y A02 visados por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha seis de febrero de 2008, todos ellos suscritos por la arquitecta doña María Teresa Moreno Fuente. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de 21 de febrero de 2.008 por los servicios técnicos municipales. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a don Javier González Gómez para construcción de una vivienda unifamiliar aislada en Muñorrodero, según proyecto básico de vivienda unifamiliar aislada redactado por la arquitecta doña Mª Teresa Moreno Fuente, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha veinte de septiembre de 2.007 y según documentación complementaria compuesta por los planos modificados A03, A04 y A06 visados por el Colegio Oficial del Arquitectos de Cantabria en fecha seis de febrero de 2008 y el plano A01 y A02 visados por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha seis de febrero de 2008, todos ellos suscritos por la arquitecta doña María Teresa Moreno Fuente. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo y de las particulares siguientes: Condiciones que han de cumplirse para dar comienzo a las obras: Habrán de incorporarse al expediente el proyecto de ejecución, el estudio básico de seguridad y salud y el estudio geotécnico. Deberá acreditarse la aceptación de la dirección de la obra por parte de arquitecto y de la dirección de la ejecución de la obra por parte de arquitecto técnico o aparejador. Condiciones inherentes a la urbanización: Se asfaltarán todas aquellas zonas del vial público que siendo ajenas a la propia finca, pudieran haber sido perjudicadas por la ejecución de las obras. El frente de la parcela quedará completamente urbanizado, debiéndose dejar perfectamente pavimentado. Se colocarán dos farolas en el linde Este de la parcela con su arqueta de apoyo de 40x40 cm y canalización enterrada con tubo de diámetro 90. Por el frente Este de la parcela se colocará una tubería de polietileno DN 63 mm. para el abastecimiento de agua. Dicha tubería irá entroncada a la red general existente. Los cierres exteriores de la parcela se ejecutarán en piedra hasta una altura máxima de 1,00 m. medidos desde la rasante del vial, pudiendo incrementar dicha altura hasta los dos metros con cierre vegetal, con verja o con cualquier otro tipo de cierre diáfano. Condiciones estéticas: La carpintería exterior será o bien de madera o bien de otro material en tonos oscuros que imite a ésta. Quedan prohibidas la instalación de elementos de oscurecimiento por el exterior de las ventanas. La fachada se pintará en tonos claros y los muros de mampostería serán de las mismas características que los existentes. La cubierta se realizará con teja curva tipo árabe de color rojo. Los canalones y las bajantes de pluviales serán de cobre o zinc, y en ningún caso de PVC. Condiciones inherentes a las instalaciones: Las conexiones a las redes de servicios se llevarán de acuerdo con las compañías suministradoras y con los servicios técnicos municipales. Se contará con los servicios técnicos del ayuntamiento de cara al entronque con la red general de saneamiento municipal. Se preverá un saneamiento separativo dejando en el interior de la parcela las dos últimas arquetas desde donde se realizará la acometida con tubería de 250 mm. de diámetro. En el punto de entronque a la red de saneamiento municipal se ejecutará obligatoriamente un pozo de registro, cuyas dimensiones se determinarán por los servicios técnicos municipales en el momento de ejecutarse la obra. Los contadores de agua y luz se alojarán en una zona accesible, siendo aceptable su colocación en el cerramiento de fachada de la vivienda y dentro de unos pequeños armarios que se integren en el propio muro. Cesiones a favor del Ayuntamiento: Con carácter previo al otorgamiento de la licencia de primera ocupación se formalizarán a favor del ayuntamiento las correspondientes cesiones a viales. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de CIENTO TREINTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS VEINTICINCO EUROS (139.425,00 â¬). TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos que procedan frente al mismo. 3.3. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por don José Ángel Peñil Hevia y doña Verónica Rodríguez Pando para la construcción de una vivienda unifamiliar aislada en Pesués. Visto el expediente incoado por don José Ángel Peñil Hevia y doña Verónica Rodríguez Pando para la construcción de una vivienda unifamiliar aislada en Pesués. Tomado conocimiento del proyecto básico y de ejecución de vivienda unifamiliar aislada redactado por el arquitecto don P. Jesús Santamaría Muñoz, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha uno de octubre de 2.007 y de la documentación complementaria compuesta por anexo de memoria y plano de situación, plano de sección longitudinal “A”, plano sección longitudinal “B” y plano plantas, suscritos por el mismo arquitecto y visados por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de veintidós de enero de 2.008. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de 21 de febrero de 2.008 por los servicios técnicos municipales. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a don José Ángel Peñil Hevia y doña Verónica Rodríguez Pando para construcción de una vivienda unifamiliar aislada en Pesués, según proyecto básico y de ejecución de vivienda unifamiliar aislada redactado por el arquitecto don P. Jesús Santamaría Muñoz, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha uno de octubre de 2.007 y según la documentación complementaria compuesta por anexo de memoria y plano de situación, plano de sección longitudinal “A”, plano sección longitudinal “B” y plano plantas, suscritos por el mismo arquitecto y visados por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de veintidós de enero de 2.008. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo y de las particulares siguientes: Condiciones inherentes a la urbanización: Se asfaltarán todas aquellas zonas del vial público que siendo ajenas a la propia finca, pudieran haber sido perjudicadas por la ejecución de las obras. El frente de la parcela quedará completamente urbanizado, debiéndose dejar perfectamente pavimentado. Se colocará una farola en el linde de la parcela con el vial público con su arqueta de apoyo de 40x40 cm. y la canalización enterrada con tubo de diámetro 90.La posición de la misma será consultada a los servicios técnicos de este ayuntamiento. Para el abastecimiento de agua se dispondrá de una tubería de polietileno DN 63 mm de diámetro que recorra todo el frente de la parcela. Dicha tubería irá entroncada a la red general existente con su correspondiente arqueta de 30x30 cm. Los cierres exteriores de la parcela se ejecutarán en piedra hasta una altura máxima de 1,00 m. medidos desde la rasante del vial, pudiendo incrementar dicha altura hasta los dos metros con cierre vegetal, con verja o con cualquier otro tipo de cierre diáfano. Condiciones estéticas: La carpintería exterior será o bien de madera o bien de otro material en tonos oscuros que imite a ésta. Quedan prohibidas la instalación de elementos de oscurecimiento por el exterior de las ventanas. La fachada se pintará en tonos claros y los muros de mampostería serán de las mismas características que los existentes. La cubierta se realizará con teja curva tipo árabe de color rojo. Los canalones y las bajantes de pluviales serán de cobre o zinc, y en ningún caso de PVC. Condiciones inherentes a las instalaciones: Las conexiones a las redes de servicios se llevarán de acuerdo con las compañías suministradoras y con los servicios técnicos municipales. Se contará con los servicios técnicos del ayuntamiento de cara al entronque con la red general de saneamiento municipal. Se preverá un saneamiento separativo dejando en el interior de la parcela las dos últimas arquetas desde donde se realizará la acometida con tubería de 250 mm. de diámetro. En el punto de entronque a la red de saneamiento municipal se ejecutará obligatoriamente un pozo de registro, cuyas dimensiones se determinarán por los servicios técnicos municipales en el momento de ejecutarse la obra. Los contadores de de agua y luz se alojarán en una zona accesible, siendo aceptable su colocación en el cerramiento de fachada de la vivienda y dentro de unos pequeños armarios que se integren en el propio muro. Cesiones a favor del Ayuntamiento: Con carácter previo al otorgamiento de la licencia de primera ocupación se formalizarán a favor del ayuntamiento las correspondientes cesiones a viales. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS EUROS (146.800,00 â¬). TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos que procedan frente al mismo. 3.4. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por don Adrián Casado Fernández la construcción de dos viviendas unifamiliares pareadas en Serdio. Visto el expediente incoado por don Adrián Casado Fernández la construcción de dos viviendas unifamiliares pareadas en Serdio. Tomado conocimiento del proyecto básico de dos viviendas unifamiliares pareadas redactado por la arquitecta doña Mª Teresa Moreno Fuente, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha cinco de noviembre de 2.007 y de la documentación complementaria compuesta por los planos modificados A02 y A02¨, suscritos por la misma arquitecta y visados por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha seis de febrero de 2.008. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de 21 de febrero de 2.008 por los servicios técnicos municipales. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a Adrián Casado Fernández para la construcción de dos viviendas unifamiliares pareadas en Serdio, según proyecto básico de dos viviendas unifamiliares pareadas redactado por la arquitecta doña Mª Teresa Moreno Fuente, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha cinco de noviembre de 2.007 y documentación complementaria compuesta por los planos modificados A02 y A02¨, suscritos por la misma arquitecta y visados por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha seis de febrero de 2.008. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo y de las particulares siguientes: Condiciones que han de cumplirse para dar comienzo a las obras: Habrán de incorporarse al expediente el proyecto de ejecución y el estudio básico de seguridad y salud, así como el estudio geotécnico. Deberá acreditarse la aceptación de la dirección de la obra por parte de arquitecto y de la dirección de la ejecución de la obra por parte de arquitecto técnico o aparejador. Condiciones inherentes a la urbanización: Se asfaltarán todas aquellas zonas del vial público que siendo ajenas a la propia finca, pudieran haber sido perjudicadas por la ejecución de las obras. El frente de la parcela quedará completamente urbanizado, debiéndose dejar perfectamente pavimentado. Se colocarán dos farolas en el linde de la parcela con el vial público con su arqueta de apoyo de 40x40 cm y canalización enterrada con tubo de diámetro 90. La posición de las mismas será consultada a los servicios técnicos municipales. Para el abastecimiento de agua se conectará con una tubería de 40 mm. de diámetro. Dicha tubería irá entroncada a la red general existente con su correspondiente arqueta de 30x30 cm. Los cierres exteriores de la parcela se ejecutarán en piedra hasta una altura máxima de 1,00 m. medidos desde la rasante del vial, pudiendo incrementar dicha altura hasta los dos metros con cierre vegetal, con verja o con cualquier otro tipo de cierre diáfano. Condiciones estéticas: La carpintería exterior será o bien de madera o bien de otro material en tonos oscuros que imite a ésta. Quedan prohibidas la instalación de elementos de oscurecimiento por el exterior de las ventanas. La fachada se pintará en tonos claros y los muros de mampostería serán de las mismas características que los existentes. La cubierta se realizará con teja curva tipo árabe de color rojo. Los canalones y las bajantes de pluviales serán de cobre o zinc, y en ningún caso de PVC. Condiciones inherentes a las instalaciones: Las conexiones a las redes de servicios se llevarán de acuerdo con las compañías suministradoras y con los servicios técnicos municipales. Se contará con los servicios técnicos del ayuntamiento de cara al entronque con la red general de saneamiento municipal. Se preverá un saneamiento separativo dejando en el interior de la parcela las dos últimas arquetas desde donde se realizará la acometida con tubería de 250 mm. de diámetro. En el punto de entronque a la red de saneamiento municipal se ejecutará obligatoriamente un pozo de registro, cuyas dimensiones se determinarán por los servicios técnicos municipales en el momento de ejecutarse la obra. Los contadores de agua y luz se alojarán en una zona accesible, siendo aceptable su colocación en el cerramiento de fachada de la vivienda, y dentro de unos pequeños armarios que se integren en el propio muro. Cesiones a favor del Ayuntamiento: Con carácter previo al otorgamiento de la licencia de primera ocupación se formalizarán a favor del ayuntamiento las correspondientes cesiones a viales. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA SEIS MIL CIENTO VEINTICUATRO EUROS (256.124,00 â¬). TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos que procedan frente al mismo. 3.5. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por don Cristóbal Salmón Martínez para reforma de vivienda unifamiliar en Muñorrodero. Visto el expediente incoado por don Cristóbal Salmón Martínez para reforma de vivienda unifamiliar en Muñorrodero. Tomado conocimiento del proyecto básico y de ejecución de reforma de vivienda unifamiliar en Muñorrodero, redactado por la arquitecta doña Vanesa Ezquerra Ramos, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha veintitrés de julio de 2.007 y del anexo documentación modificada de reforma de vivienda unifamiliar, redactado por la misma arquitecta y visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha 28 de enero de 2.008. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de 15 de febrero de 2.008 por los servicios técnicos municipales. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a don Cristóbal Salmón Martínez para reforma de vivienda unifamiliar en Muñorrodero, según proyecto básico y de ejecución de reforma de vivienda unifamiliar en Muñorrodero, redactado por la arquitecta doña Vanesa Ezquerra Ramos, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha veintitrés de julio de 2.007 y del anexo documentación modificada de reforma de vivienda unifamiliar, redactado por la misma arquitecta y visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha 28 de enero de 2.008. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo y de las particulares siguientes: Condiciones inherentes a la urbanización: Se asfaltarán todas aquellas zonas del vial público que siendo ajenas a la propia finca, pudieran haber sido perjudicadas por la ejecución de las obras. Condiciones estéticas: La carpintería exterior será o bien de madera o bien de otro material en tonos oscuros que imite a ésta. La fachada se pintará en tonos claros y la piedra que se pudiera colocar en la fachada tendrá que ser de las mismas características que las de los edificios del entorno. La cubierta se realizará con teja curva tipo árabe de color rojo. Los canalones y las bajantes de pluviales serán de cobre o zinc, y en ningún caso de PVC. Condiciones inherentes a las instalaciones: Las conexiones a las redes de servicios se llevarán de acuerdo con las compañías suministradoras y con los servicios técnicos municipales. Se contará con los servicios técnicos del ayuntamiento de cara al entronque con la red general de saneamiento municipal. En el punto de entronque a la red de saneamiento municipal se ejecutará obligatoriamente una arqueta o pozo de registro, cuyas dimensiones se determinarán por los servicios técnicos municipales en el momento de ejecutarse la obra. El contador deberá colocarse en el lugar más próximo a la toma, en el límite de la parcela, en una caja individual y accesible desde el exterior de acuerdo con el informe emitido por la compañía suministradora. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de SETENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE EUROS CON CUARENTA Y SEIS CúNTIMOS (77.619,46 â¬). TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos que procedan frente al mismo. 3.6. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por don Jesús R. Pena Arribas para legalización de rehabilitación de vivienda rural en San Pedro de las Baheras. Visto el expediente incoado por don Jesús R. Pena Arribas para legalización de rehabilitación de vivienda rural en San Pedro de las Baheras. Tomado conocimiento del proyecto denominado “expediente de legalización y proyecto básico de rehabilitación de vivienda rural”, redactado por los arquitectos Carlos Ruiz Agüero S.L., don César Gutiérrez Fernández y doña Rocío García San Pedro, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de siete de enero de 2.008. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de ocho de febrero de 2.008 por los servicios técnicos municipales. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a don Jesús R. Pena Arribas para legalización de rehabilitación de vivienda rural en San Pedro de las Baheras, según proyecto denominado “expediente de legalización y proyecto básico de rehabilitación de vivienda rural”, redactado por los arquitectos Carlos Ruiz Agüero S.L., don César Gutiérrez Fernández y doña Rocío García San Pedro, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de siete de enero de 2.008. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo y de las particulares siguientes: Condiciones que han de cumplirse para dar comienzo a las obras: Habrán de incorporarse al expediente el proyecto de ejecución y el estudio básico de seguridad y salud. Condiciones inherentes a la urbanización: Se asfaltará el entorno del edificio hasta encontrarse con la superficie asfaltada existente conforme las directrices de los servicios técnicos municipales. Se procederá a reparar los daños de urbanización producidos por el desarrollo de las obras conforme a las directrices de los servicios técnicos municipales. Condiciones estéticas: La carpintería exterior será o bien de madera o bien de otro material en tonos oscuros que imite a ésta. La fachada se pintará en tonos claros y la piedra que se pudiera colocar en la fachada tendrá que ser de las mismas características que las de los edificios del entorno. La cubierta se realizará con teja curva tipo árabe de color rojo. Los canalones y las bajantes de pluviales serán de cobre o zinc, y en ningún caso de PVC. Condiciones inherentes a las instalaciones: Las conexiones a las redes de servicios se llevarán de acuerdo con las compañías suministradoras y con los servicios técnicos municipales. Se contará con los servicios técnicos del ayuntamiento de cara al entronque con la red general de saneamiento municipal. En el punto de entronque a la red de saneamiento municipal se ejecutará obligatoriamente una arqueta o pozo de registro, cuyas dimensiones se determinarán por los servicios técnicos municipales en el momento de ejecutarse la obra. Los contadores de agua y luz se alojarán en una zona accesible dentro de unos pequeños armarios que se integren en el propio muro. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de CIENTO TREINTA Y CINCO MIL EUROS ( 135.000,00 â¬). TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos que procedan frente al mismo. 4. Otros expedientes y solicitudes pendientes de resolución. Acuerdos que procedan. 4.1. Expediente promovido por don Jaime Sáiz Valencia actuando en representación de Lua Restauración S.C. que solicita el cambio de titularidad de la licencia de apertura de taberna-bar en un establecimiento comercial sito en la localidad de Luey, bajo la denominación comercial de La Jontoya. Visto el expediente promovido por don Jaime Sáiz Valencia relativo a cambio de titularidad de la licencia para el ejercicio de la actividad de taberna-bar en un establecimiento comercial en la localidad de Luey. Considerando que la solicitud se refiere a un establecimiento ya existente y visto el informe técnico obrante en el expediente, de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Conceder a Lua Restauración S.C. el cambio de titularidad de la licencia de apertura de taberna-bar en un establecimiento comercial sito en la localidad de Luey bajo la denominación comercial de La Jontoya. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a la ordenanza fiscal que resulta de aplicación. TERCERO: Que se dé traslado del correspondiente acuerdo al interesado, con indicación de los recursos procedentes frente al mismo. 4.2. Expediente promovido por doña Eva Maria Álvarez Martínez que solicita el cambio de titularidad de la licencia de apertura de supermercado en un establecimiento comercial sito en la localidad de Pechón. ( En este momento, por concurrir causa de abstención, se ausenta de la sesión don Elías Álvarez Martínez) Visto el expediente promovido por doña Eva Maria Álvarez Martínez relativo a cambio de titularidad de la licencia para el ejercicio de la actividad de supermercado en un establecimiento comercial en la localidad de Pechón. Considerando que la solicitud se refiere a un establecimiento ya existente y visto el informe técnico obrante en el expediente, de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran tres de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Conceder a doña Eva María Álvarez Martínez el cambio de titularidad de la licencia de apertura de supermercado en un establecimiento comercial sito en la localidad de Pechón. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a la ordenanza fiscal que resulta de aplicación. TERCERO: Que se dé traslado del correspondiente acuerdo al interesado, con indicación de los recursos procedentes frente al mismo. ( Finalizado el tratamiento del asunto se incorpora a la sesión don Elías Álvarez Martínez) 4.3. Expediente promovido por don Juan Carlos Posada Camino para la apertura en Unquera de un establecimiento dedicado a comercio menor de toda clase de artículos. Visto el expediente que promueve don Juan Carlos Posada Camino para la apertura en Unquera de un establecimiento destinado a comercio menor de toda clase de artículos. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido por los servicios técnicos municipales en fecha de cuatro de febrero de 2.008, por la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios se dictamina que por el órgano municipal competente se acuerde: PRIMERO: Conceder a don Juan Carlos Posada Camino licencia para la apertura de un establecimiento destinado a comercio menor de toda clase de artículos. El mismo se encuentra en la localidad de Unquera, calle Corbatas S/N. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a la ordenanza fiscal que resulta de aplicación. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.4. Acuerdo que proceda respecto al gasto correspondiente a los viajes del IMSERSO 2.007/2.008. A la vista de la propuesta formulada por la trabajadora social con fecha de catorce de febrero de 2.008 respecto a los viajes al IMSERSO 2.007/2.008 a Mallorca y Lloret de Mar; vistas las facturas presentadas por UTE Viajes Marsans S.A. y otros, con NIF G 57508996, y número de facturas A/ 0000000382 y A / 0000000383 y atendido el interés que representa para los vecinos la participación del ayuntamiento en el desarrollo de ese tipo de actividades, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Autorizar, disponer y reconocer la obligación por importe de MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO euros ( 1.488,00 â¬) correspondiente a la aportación municipal al viaje del IMSERSO a Mallorca 2.007/2.008. SEGUNDO: Autorizar, disponer y reconocer la obligación por importe de CIENTO SETENTA Y DOS EUROS CON CINCUENTA CúNTIMOS ( 172,50 â¬) correspondiente a la aportación municipal al viaje del IMSERSO a Lloret de Mar 2.007/2.008. TERCERO. Expedir mandamiento de pago no presupuestario por importe de CINCO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y TRES EUROS CON SESENTA CúNTIMOS ( 5.973,60 â¬) que se corresponden con las aportaciones de los viajeros al viaje del IMSERSO a Mallorca 2.007/2.008 y que queda acreditado que han ingresado en las cuentas municipales. CUARTO. Expedir mandamiento de pago no presupuestario por importe de SEISCIENTOS NOVENTA EUROS ( 690,00 â¬) que se corresponden con las aportaciones de los viajeros al viaje del IMSERSO a Lloret de Mar 2.007/2.008 y que queda acreditado que han ingresado en las cuentas municipales. 4.5. Acuerdo a tomar respecto a la contratación del servicio de inserción de publicidad en el suplemento especial del periódico el Mundo. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicio de inserción de publicidad del ayuntamiento de Val de San Vicente en el suplemento especial que editará el diario el Mundo el próximo día ocho de marzo con motivo de su implantación en Cantabria Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a la contratación del citado servicio. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por PRENSA Y MEDIOS DE CANTABRIA S.A. es favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a PRENSA Y SERVICIOS DE CANTABRIA S.A. el contrato de servicio de inserción de publicidad del ayuntamiento de Val de San Vicente en el suplemento especial que editará el diario el Mundo el próximo día ocho de marzo con motivo de su implantación en Cantabria por importe de SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE EUROS ( 667,00 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.6.Acuerdo a tomar respecto a la contratación del servicio de limpieza de calles en Helgueras. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicio de limpieza de calles en Helgueras. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a la contratación del citado servicio. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por don Manuel Setién Suero es favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a don Manuel Setién Suero el contrato de servicio de limpieza de calles en Helgueras desde el uno de marzo de 2.008 hasta el 28 de febrero de 2.009, por importe total de CUATRO MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO EUROS (4.224,00 â¬) IVA incluido. El servicio se prestará una vez a la semana, preferentemente los jueves, de acuerdo con lo ordenando en cada momento por el ayuntamiento. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.7. Acuerdo a tomar respecto a la suscripción al semanario El Oriente de Asturias. A la vista del expediente correspondiente a la contratación de dos suscripciones al semanario El Oriente de Asturias, una para las oficinas municipales y otro para la biblioteca. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a la contratación del citado suministro. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por El Oriente de Asturias S.L. es favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a El Oriente de Asturias el contrato de suministro consistente en dos suscripciones anuales al semanario El Oriente de Asturias, para su destino a las oficinas municipales y a la biblioteca, por importe total de DOSCIENTOS VEINTE EUROS ( 220,00 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.8.Acuerdo a tomar respecto a la contratación del servicio de limpieza del Colegio Público Fuente Salín de Pesués. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicio de limpieza del Colegio Público Fuente Salín de Pesués. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a la contratación del citado servicio. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por LIMPIEZAS CANTASTUR S.C. es favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a LIMPIEZAS CANTASTUR S.C. el contrato de servicio de limpieza del Colegio Público Fuente Salín de Pesués desde el uno de marzo de 2.008 hasta el 30 de septiembre de 2.008, por importe total de NUEVE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE EUROS CON SESENTA CúNTIMOS (9.697,60 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.9.Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de consultoría y asistencia para la realización de gestiones laborales. A la vista del expediente correspondiente a la contratación de la consultoría y asistencia para la realización de gestiones laborales del ayuntamiento de Val de San Vicente. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a realizar dicho contrato. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por BARREDA DúAZ es favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a BARREDA DúAZ el contrato de consultoría y asistencia para la realización de gestiones laborales del ayuntamiento de Val de San Vicente desde el uno de marzo de 2.008 hasta el treinta y uno de diciembre de 2.008 por importe de TRES MIL CIENTO OCHENTA Y CUATRO EUROS CON CINCUENTA CúNTIMOS ( 3.184,50 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.10. Acuerdo que proceda respecto del contrato de servicio de mantenimiento del hardware informático de las oficinas municipales. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicio de mantenimiento del hardware informático de las oficiabas municipales. Considerando: Primero. Que debe procederse a la contratación de dicho servicio. Segundo. Que la propuesta presentada por don Adolfo Rivero Acereda se considera favorable a los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal, por unanimidad se acuerda: PRIMERO. Adjudicar a don Adolfo Rivero Acereda el contrato de servicio de mantenimiento del hardware informático de las oficina municipales incluido en el anexo I por importe DOS MIL CUATROCIENTOS UN EUROS CON VEINTE CúNTIMOS ( 2.401,20 â¬) durante el periodo de tiempo comprendido entre el uno de marzo de 2008 al 31 de diciembre de 2008, con sujección a lo dispuesto en la propuesta formulada, salvo los apartados III y V de la misma que quedan redactados en los términos siguientes: III: “ La duración del contrato se extiende desde el uno de marzo de 2.008 hasta el 31 de diciembre de 2.008” . V: “La cuota del servicio de mantenimiento se cobrará a mes vencido. La forma de pago será mediante transferencia bancaria previa emisión de la correspondiente factura mensual”. SEGUNDO. Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO. Hacer constar expresamente que el contrato se refiere al hardware informático de las oficinas municipales incluido en el anexo I del presente acuerdo. CUARTO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. EQUIPO MARCA Y MODELO Nº DE SERIE OBSERVACIONES ORDENADOR DELL OPTIPLEX 320 GENUINE INTEL (R) CPU 2160 @ 1.80 GHz 1.80 GHz, 992 Mb. De RAM --- IMPRESORA HP LASERJET 1022 CNBV5CJJX9 ORDENADOR CELERON 500 / 512 RAM 200109020542 IMPRESORA OKI B4200 ORDENADOR DELL OPTIPLEX 320 GENUINE INTEL (R) CPU 2140 @ 1.60 GHz 1.60 GHz, 992 Mb. De RAM --- IMPRESORA --- ORDENADOR PENTIUM III, 799 MHz, 496 Mb de RAM IMPRESORA OKI C3100 49EL4010218K ORDENADOR DELL PENTIUM RD 3 GHz. 1 Mb. De RAM IMPRESORA OKI B4200 ORDENADOR DELL OPTIPLEX 320 GENUINE INTEL (R) CPU 2160 @ 1.80 GHz 1.80 GHz, 992 Mb. De RAM IMPRESORA OLIVETTI PGL14 26CP4022037K ORDENADOR GENUINEINTEL x86 FAMILY 15 MODEL 4 STEPPING 1 / 448 Mb. De RAM IMPRESORA --- ORDENADOR PENTIUM R4 CPU 3.00 GHz, 512 Mb. De RAM IMPRESORA HP DESKJET 5940 ORDENADOR INTEL ® PENTIUM ® IV CPU 3,00 GHz AT/T COMPATIBLE 514.860 Kb RAM IMPRESORA CANON MF 3110 EZN03610 ORDENADOR PENTIUM IV 3,6 / 1 Gb DDR2 RAM HD 200 Gb / DVD-RW DOBLE CAPA IMPRESORA KONICA 7830 31063B 4.11. Acuerdo a tomar respecto a la contratación del servicio de desinfección en el Colegio Público Fuente Salín de Pesués. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicio de desinfección en el Colegio Público Fuente Salín de Pesués. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a la contratación del citado servicio. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por SERVICIOS VETERINARIOS DE CANTABRIA S.A. es favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a SERVICIOS VETERINARIOS DE CANTABRIA S.A. el contrato de servicio de desinfección del Colegio Público Fuente Salín de Pesués en el ejercicio 2.008, por importe total de OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO EUROS CON CUARENTA Y NUEVE CúNTIMOS (884,49 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.12. Acuerdo a tomar respecto a la contratación del servicio de desinfección en el Polideportivo Municipal. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicio de desinfección en el Polideportivo Municipal. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a la contratación del citado servicio. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por SERVICIOS VETERINARIOS DE CANTABRIA S.A. es favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a SERVICIOS VETERINARIOS DE CANTABRIA S.A. el contrato de servicio de desinfección en el Polideportivo Municipal en el ejercicio 2.008, por importe total de QUINIENTOS VEINTITRúS EUROS CON CUARENTA Y SIETE CúNTIMOS (523,47 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.13. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de consultoría y asistencia para la gestión del programa Inevalidación. A la vista del expediente correspondiente a la contratación de la consultoría y asistencia para la gestión del programa Inevalidación. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a realizar dicho contrato. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por ASESORES DE TECNOLOGúAS Y SERVICIOS S.L. ( ATYS) es favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a ASESORES DE TECNOLOGúAS Y SERVICIOS S.L. ( ATYS) el contrato de consultoría y asistencia para la gestión del programa Inevalidación durante el ejercicio 2.008 por importe de CIENTO VEINTICINCO EUROS ( 125,00 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.14. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de suministro de árboles para la campaña 2.008. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del suministro de árboles para la campaña 2.008. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a realizar dicho suministro. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por don Fernando Villar López es favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a don Fernando Villar López el contrato de suministro de árboles para la campaña 2.008 por importe de CINCO MIL UN EUROS CON TREINTA Y NUEVE CúNTIMOS ( 5.001,39 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.15. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de suministro de dos anorak para la Policía Municipal. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del suministro de dos anorak para la Policía Municipal. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a realizar dicho suministro. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por SAGRES S.L. es favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a SAGRES S.L. el contrato de suministro de dos anorak para la Policía Municipal por importe de QUINIENTOS VEINTINUEVE EUROS CON CUARENTA CúNTIMOS ( 529,40 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.16. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de suministro de un juego de porterías de balonmano-fútbol sala y redes para la plaza de Serdio. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del suministro de un juego de porterías de balonmano-fútbol sala y redes para la plaza de Serdio. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a realizar dicho suministro. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por don Javier González Ruiz S.L. es favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a don Javier González Ruiz S.L. el contrato de suministro de un juego de porterías de balonmano-fútbol sala y redes para la plaza de Serdio por importe de CUATROCIENTOS OCHENTA Y UN EUROS CON NOVENTA Y OCHO CúNTIMOS ( 481,98 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.17. Acuerdo que proceda respecto de la concesión al Colegio Público Fuente Salín de una ayuda económica para la realización de un viaje de estudios y unas jornadas deportivo-culturales. A la vista de la solicitud formulada por el señor director del Colegio Público Fuente Salín respecto a una ayuda económica para el viaje de estudios que llevarán a cabo los alumnos del centro y para la celebración de unas jornadas culturales. Considerando el interés municipal en el fomento de la cultura y el deporte y en la participación en las actividades relacionadas con la enseñanza, estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número total, se acuerda: PRIMERO: Conceder una ayuda económica de DOS MIL QUINIENTOS EUROS (2.500,00) al colegio público Fuente Salín para la organización del viaje de estudios que llevarán a cabo los alumnos del centro y para la celebración de unas jornadas deportivo-culturales. La aplicación de los fondos recibidos deberá justificarse mediante la presentación de facturas originales por cuantía igual o superior a la cantidad concedida. Igualmente deberán presentar una memoria en la que se detallen las actividades realizadas. SEGUNDO: Aprobar el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo al señor director del colegio público Fuente Salín y a los servicios económicos municipales. 4.18. Acuerdo que proceda respecto de la concesión a la Entidad Local Menor de San Pedro de las Baheras de una subvención para la ampliación de la red de agua. A la vista del escrito presentado por el señor Presidente de la Entidad Local Menor de San Pedro las Baheras mediante documento con registro municipal de entradas número 0463 de 2.008, por el que solicita una subvención para la realización de una obra de ampliación de la red de agua según presupuesto que adjunta. Considerando que dicha subvención no está contemplada en las previsiones del presupuesto general del ayuntamiento aprobado inicialmente por el Pleno en sesión extraordinaria celebrada en fecha doce de febrero de 2.008, estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número total, se acuerda: PRIMERO: Denegar la subvención solicitada por el sr. Presidente de la Entidad Local Menor de San Pedro de las Baheras para la realización de una obra de ampliación de la red de agua, motivando la denegación en que se carece del crédito necesario al efecto al no estar contemplada dicha subvención en el presupuesto general del ayuntamiento para el ejercicio 2.008. SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al señor Presidente de la Entidad Local Menor de San Pedro de las Baheras y a los servicios económicos municipales, a los efectos correspondientes. 4.19. Acuerdo que proceda respecto a la aprobación del padrón del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica para el año 2008. Visto el padrón del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica correspondiente al ejercicio 2008, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar el padrón del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica del Ayuntamiento de Val de San Vicente para el ejercicio 2008, integrado por un total de DOS MIL CINCUENTA Y DOS (2.052) unidades fiscales y cuyo importe total asciende a CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL CINCUENTA Y TRES EUROS CON CUARENTA Y CINCO CúNTIMOS ( 147.053,45 â¬) SEGUNDO: Que el expediente y el padrón fiscal a que se refiere este acuerdo se sometan a exposición pública mediante anuncios que se publicarán en el Boletín Oficial de Cantabria y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Val de San Vicente . TERCERO. Establecer como periodo voluntario de cobro el plazo comprendido entre los días uno de abril y veintinueve de mayo de 2.008 ambos inclusive. CUARTO. Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales. 4.20. Acuerdo que proceda respecto a la revisión del precio del contrato de servicio de mantenimiento y conservación del alumbrado público municipal de Val de San Vicente suscrito con don Gregorio Cosgaya Toyos. Visto el contrato de servicios de mantenimiento y conservación del alumbrado público municipal de Val de San Vicente suscrito con don Gregorio Cosgaya Toyos. Considerando: Primero. Que el contrato indicado ha sido formalizado en fecha de diecinueve de julio de 2.005. Segundo. Que de conformidad con lo dispuesto en la cláusula octava del contrato el precio del contrato se revisará con carácter anual de acuerdo con las variaciones del índice de precios al consumo y tomando como referencia el día primero del mes siguiente al de la formalización del contrato. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO. Revisar el precio del contrato de mantenimiento y conservación del alumbrado público municipal suscrito con don Gregorio Cosgaya Toyos mediante la aplicación del índice de precios al consumo fijado tomando como referencia el día primero del mes siguiente al de la formalización del contrato, resultado ser dicho índice el 2,2 %. SEGUNDO. Aplicar dicha revisión desde la fecha de cumplimiento de dos años de vigencia del contrato, es decir, desde el 20 de julio de 2.007, resultando el nuevo precio anual del contrato por un importe de DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS VEINTE EUROS CON SETENTA Y SIETE CúNITMOS ( 17.420,77 â¬). TERCERO. Autorizar y disponer el gasto correspondiente desde la fecha de comienzo de aplicación de la revisión hasta el diecinueve de julio de 2.008 y que asciende a la cantidad de TRESCIENTOS CUARENTA EUROS CON NOVENTA Y DOS CúNTIMOS ( 340,92 â¬). CUARTO. Dar traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales. 4.21. Acuerdo que proceda respecto a la aprobación del Convenio de Colaboración entre el Ayuntamiento de Val de San Vicente y la Sociedad Gestora del Año Jubilar Lebaniego S.L. para la el funcionamiento del albergue situado en las antiguas escuelas de Serdio. A la vista del convenio de colaboración remitido por el Exmo. Sr. Consejero de Cultura, Turismo y Deporte del Gobierno de Cantabria, actuando en nombre y representación de la Sociedad Gestora del Año Jubilar Lebaniego S.L., cuyo objeto consiste en la puesta a disposición de las 16 plazas del albergue situado en las antiguas escuelas de Serdio en el periodo Enero 2.008 a 31 de Diciembre de 2.009, así como la atención y servicio a los peregrinos del Camino que pretendan alojarse en dicho albergue. Vistas las obligaciones que de dicho convenio se derivan para este Ayuntamiento. Considerando que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 7/85 de 2 de Abril Reguladora de las Bases del Régimen Local, el municipio, para la gestión de sus intereses y en ámbito de sus competencias, puede promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO. Aprobar el documento y la firma del convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Val de San Vicente y la Sociedad Gestora del Año Jubilar Lebaniego S.L. para la puesta a disposición, recepción, gestión y mantenimiento del albergue situado en las antiguas Escuelas de Serdio con capacidad para 16 personas, desde el uno de enero de 2.008 al treinta y uno de diciembre de 2.009. SEGUNDO. Que se dé traslado del presente acuerdo a la Sociedad Gestora del Año Jubilar Lebaniego S.L., a los efectos correspondientes. 4.22. Acuerdo que proceda respecto al reconocimiento de gratificaciones por servicios extraordinarios fuera de la jornada. Vista la propuesta formulada por la Policía Local por la que se acredita la realización de servicios extraordinarios realizados fuera de la jornada normal de trabajo por parte de doña Mª Antonia González Gómez, don Ulpiano Vigil Vega, don Víctor Efrén Pandal Tuero y don Francisco Jesús Alonso Blanco, durante los días cinco de enero de 2.008, ocho de febrero de 2.008, nueve de febrero de 2.008 y 12 de febrero de 2.008, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda. PRIMERO. Conceder las siguientes gratificaciones por servicios extraordinarios realizados fuera de la jornada normal los días cinco de enero de 2.008, ocho de febrero de 2.008, nueve de febrero de 2.008 y 12 de febrero de 2.008 al siguiente personal del ayuntamiento de Val de San Vicente y por las cuantías que se indican: - A doña Mª Antonia Gómez González: DOSCIENTOS SEIS EUROS CON SETENTA Y UN CúNTIMOS ( 206,71 â¬). - A don Ulpiano Vigil Vega: NOVENTA Y DOS EUROS CON CUARENTA CúNTIMOS ( 92,40 â¬). - A don Víctor Efrén Pandal Tuero: DOSCIENTOS VEINTINUEVE EUROS CON DIECINUEVE CúNTIMOS ( 229,19 â¬). - A don Francisco Jesús Alonso Blanco: DOSCIENTOS SETENTA Y UN EUROS CON CINCUENTA CúNTIMOS ( 271,50 â¬). SEGUNDO. Que se dé curso a los trámites necesarios para la efectividad del presente acuerdo, dando traslado del mismo a los servicios económicos municipales a los efectos correspondientes. 4.23. Solicitud de exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica formulada por don Antonio Ruiz Vallines, correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 0213 de 2.008. Visto el documento con registro municipal de entradas número 0213 de 2008 formulado por don Antonio Ruiz Vallines y que se refiere a la solicitud de exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. Vista la copia compulsada de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica solicitada por don Antonio Ruiz Vallines con DNI 13.897.889 R por el vehículo con matrícula 2257 CGG. Dicha exención se concede de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.1.e) de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del ayuntamiento de Val de San Vicente. SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 4.24. Solicitud de exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica formulada por don Fernando Fernández García, correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 2658 de 2.007. Visto el documento con registro municipal de entradas número 2658 de 2007 formulado por don Fernando Fernández García y que se refiere a la solicitud de exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. Vista la copia compulsada de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica solicitada por don Fernando Fernández García con DNI 09.444.571 N por el vehículo con matrícula 3153 FXK. Dicha exención se concede de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.1.e) de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del ayuntamiento de Val de San Vicente. SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 4.25. Solicitud de devolución de ingresos indebidos formulada por don Francisco Javier González Montoto en representación de Residencial Tina Mayor S.L. correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 2.725 de 2007. Visto el documento con registro municipal de entradas número 2.725 de 2007 formulado por don Francisco Javier González Montoto en representación de Residencial Tina Mayor S.L. y que se refiere a la solicitud de devolución del exceso abonado al Ayuntamiento de Val de San Vicente en concepto de cuota correspondiente al impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana ejericicio 2.007. Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la devolución de la cantidad de DOSCIENTOS NUEVE EUROS CON SESENTA Y CINCO CúNTIMOS (209,65 â¬) a Residencial Tina Mayor S.L. con CIF B-33339763. Dicha cantidad corresponde al exceso abonado en concepto de impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana ejercicio 2.007 por el inmueble con referencia catastral 7937029UP7073N0045IS. SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 4.26. Solicitud de devolución de ingresos indebidos formulada por don Ramón Alvarez Blanco correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 2522 de 2008. Visto el documento con registro municipal de entradas número 2522 de 2008 formulado por don Ramón Alvarez Blanco y que se refiere a la solicitud de devolución del exceso abonado al Ayuntamiento de Val de San Vicente en concepto de cuota correspondiente al impuesto sobre vehículos de tracción mecánica en el ejercicio 2006. Vista la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la devolución de la cantidad de VEINTIOCHO EUROS CON OCHENTA Y CINCO CúNTIMOS (28,85 â¬) a don Ramón Alvarez Blanco con DNI 13.932.986 T. Dicha cantidad corresponde al exceso abonado en concepto de impuesto sobre vehículos de tracción mecánica por vehículo con matrícula S-2423-X. SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 5. Ruegos y preguntas. Abierto este punto, no se plantea ninguno. Y no habiendo más asuntos a tratar, por el sr. Presidente se levanta la sesión, cuando son las catorce horas del día arriba indicado, de todo lo cual, como secretaria, doy fe.