ACTA NúMERO 06/2.007 DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE VAL DE SAN VICENTE, CORRESPONDIENTE A LA SESION EXTRAORDINARIA CELEBRADA EL DúA 28 DE JUNIO DE 2.007. En Pesués, Val de San Vicente, en la Casa Consistorial del Ayuntamiento de Val de San Vicente, siendo las trece horas y diez minutos del día 28 de junio de dos mil siete, se reúne la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Val de San Vicente para celebrar sesión extraordinaria en única convocatoria con la asistencia de los miembros siguientes: Presidente: Don Miguel Ángel González Vega. Concejales: Don Roberto Escobedo Quintana, doña Nuria Yolanda Verdeja Melero y don Elías Álvarez Martínez. Secretaria de la Corporación: Laura Rodríguez Candás Se da lectura a la resolución de convocatoria, y desarrollando el orden del día se debaten los asuntos siguientes: 1. Constitución de la Junta de Gobierno Local. Por decreto adoptado por el Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Val de San Vicente en fecha veintiuno de junio de dos mil siete fueron designados como miembros de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Val de San Vicente los señores concejales don Roberto Escobedo Quintana, doña Nuria Yolanda Verdeja Melero y don Elías Álvarez Martínez, siendo presidente de la misma el señor Alcalde, don Miguel Ángel González Vega. Resultando que del total de cuatro miembros están presentes en la sesión la totalidad de los que la componen, se declara constituida la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Val de San Vicente. 2. Competencias, periodicidad y horarios de las sesiones de la Comisión Municipal de Gobierno. 2.1.Se da cuenta del decreto adoptado por la Alcaldía en fecha 21 de junio de 2.007 sobre delegación de atribuciones en la Junta de Gobierno Local. Las atribuciones que delega la Alcaldía en la Junta de Gobierno Local mediante el citado Decreto son las que a continuación se relacionan: 1.- El desarrollo de la gestión económica municipal de acuerdo con el presupuesto aprobado. 2.-La autorización y disposición de gastos dentro de los límites de la competencia de esta Alcaldía y de conformidad con las bases de ejecución del presupuesto. 3.-Reconocimiento de obligaciones siempre que sea consecuencia de compromisos de gastos legalmente adquiridos. 4.- Reconocimiento extrajudicial de créditos de conformidad con cuanto establece el artículo 60.2 en relación con el artículo 26.1c) del Real Decreto 500/1990 de 20 de abril, en el caso de que exista dotación presupuestaria suficiente y adecuada, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18 de las bases de ejecución del presupuesto. 4.-La aprobación de la oferta de empleo público de acuerdo con el presupuesto y la plantilla aprobados por el Pleno. 5.-La aprobación de las bases de las pruebas para la selección del personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo así como la distribución de las retribuciones complementarias que no sean fijas y periódicas. 6.-Las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidas al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización. 7.-Las contrataciones y concesiones de toda clase, cuando estén dentro de los límites establecidos en el artículo 21.1 ñ) de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999 de 21 de abril. 8.-La adquisición de bienes y derechos, cuando estando dentro de los límites establecidos en el artículo 21.1.p) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por Ley 11/1999 de 21 de abril, tengan un importe superior a TRES MIL ( 3.000,00) euros. 9.-El otorgamiento de licencias municipales para el ejercicio de actividades y para aperturas, excepto en el caso de que correspondan a actividades clasificadas según lo dispuesto en el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas o sujetas a comprobación ambiental de conformidad con lo dispuesto en la Ley 17/2.006 de 11 de diciembre, de control ambiental integrado. El otorgamiento de las licencias correspondientes a estas últimas actividades no se delega considerando que la Junta de Gobierno Local ya ha tomado conocimiento del expediente al emitir el informe a que se refiere el artículo 30.2.c) del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas y el artículo 37.3 de la Ley 17/2.006 de 11 de diciembre, pretendiendo conseguir la necesaria agilidad en el funcionamiento municipal al conservar esta atribución la Alcaldía. 10.- La emisión del informe a que se refiere el artículo 30.2.c) del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas y el artículo 37.3 de la Ley 17/2.006 de 11 de diciembre, de Control Ambiental Integrado. 11.-El otorgamiento de las licencias municipales de obras cuando estas se refieran a edificios de nueva planta, cuando las actuaciones que se pretendan afecten a la estructura de edificios ya existentes o cuando se trate de otras actuaciones para las que se exija proyecto técnico. 12.- El cambio de titularidad de las licencias municipales cuando hayan sido otorgadas por la Junta Municipal de Gobierno. 13.- La aprobación de los proyectos de obras y servicios incluidos en planes o programas regionales, siempre y cuando no se exija expresamente la aprobación por el Ayuntamiento Pleno. 14.- La solicitud de subvenciones, siempre y cuando no se exija expresamente la solicitud por el Ayuntamiento Pleno. 15.- La concesión del servicio de ayuda a domicilio y teleasistencia. Expresamente se hace constar que esta Alcaldía se reserva el derecho de avocar el conocimiento de asuntos enmarcado en el ámbito de las competencias que se delegan. 2.2. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 59.2 del Reglamento Orgánico Municipal, el señor Alcalde Presidente se dirige a los señores miembros de la Junta de Gobierno Local presentes en la sesión y dice que debe establecerse la periodicidad de las sesiones de la Junta. El señor Alcalde Presidente propone verbalmente que dicho órgano celebre dos sesiones ordinarias al mes. Dichas sesiones tendrían lugar el segundo y el último jueves hábil de cada mes, a las doce horas. Tomado conocimiento de la propuesta verbal del señor Alcalde Presidente respecto a la periodicidad de sesiones de la Junta de Gobierno Local y de conformidad con las misma, estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número legal, por unanimidad de los presentes se acuerda: PRIMERO: Que la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Val de San Vicente celebre dos sesiones ordinarias al mes. SEGUNDO: Que dichas sesiones se celebren el segundo y el último jueves hábil de cada mes,, a las doce horas. 3. Facturas y pagos. 3.1. Facturas y pagos. Se da cuenta de la relación de facturas y pagos correspondiente a esta sesión de la junta de gobierno local de las que se incorpora al expediente un ejemplar para constancia. Tomado conocimiento del asunto, por la junta de gobierno local se acuerda aprobar dicha relación de facturas y pagos, cuyo importe total asciende a la cantidad de CIENTO CUARENTA MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE EUROS CON TREINTA CúNTIMOS ( 140.989,30 â¬) 3.2. Reconocimiento extrajudicial de crédito. A la vista del expediente de reconocimiento extrajudicial de créditos número J-2007/5 en el que obra el correspondiente informe de intervención y las facturas y pagos que lo integran, cuyo importe total asciende a la cantidad de VEINTIUN MIL SEISCIENTOS QUINCE EUROS (21.615,00 ⬠) estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal, por unanimidad se acuerda aprobar el expediente de reconocimiento extrajudicial de créditos número J-2007/5 por importe de VEINTIUN MIL SEISCIENTOS QUINCE EUROS (21.615,00 ⬠) 4. Solicitudes de licencias municipales de obras. Acuerdos que procedan. 4.1. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por don Fernando Franco Vallín reformado de proyecto básico y de ejecución de reforma de vivienda en Pesués. Visto el expediente incoado por don Fernando Franco Vallín para reformado de proyecto básico y de ejecución de reforma de vivienda en Pesués. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de 19 de junio de 2.007 por los servicios técnicos municipales. Tomado conocimiento del reformado del proyecto básico y de ejecución de reforma de vivienda en Pesués, redactado al efecto por los arquitectos don Carlos Ruiz Agüero S.L., don César Gutiérrez Fernández y doña Rocío García San Pedro, visado por el colegio oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 18 de mayo de 2007. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a don Fernando Franco Vallín para llevar a cabo las correspondientes al reformado de proyecto básico y de ejecución de reforma de vivienda en Pesués. Dicho proyecto básico y de ejecución reformado ha sido redactado por los arquitectos Carlos Ruiz Agüero S.L., don César Gutiérrez Fernández y doña Rocío García San Pedro, visado por el colegio oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 18 de mayo de 2007. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo y de las particulares siguientes: Condiciones que han de cumplirse para dar comienzo a las obras: § Habrá de incorporarse al expediente el cuestionario de Estadística de Vivienda. Condiciones inherentes a las instalaciones: § Las conexiones a las redes de servicios se llevarán a cabo de acuerdo con las compañías suministradoras y con los servicios técnicos municipales. Condiciones estéticas § La carpintería exterior será o bien de madera o bien de otro material en tonos oscuros que imite a ésta. § La fachada se pintará en tonos claros y además la piedra que se pudiera colocar en la fachada tendrá que ser de las mismas características que las de los edificios del entorno. § La cubierta se realizará con teja curva tipo árabe de color rojo. § Los canalones y las bajantes de pluviales serán de cobre o zinc y en ningún caso de PVC. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS EUROS (146.500,00 â¬). TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.2. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por doña Ramona González Laso y don Fidel Sáiz González para reforma y ampliación de vivienda en dos viviendas en Pesués. Visto el expediente incoado por doña Ramona González Laso para reformado de proyecto básico y de ejecución de reforma de vivienda en Pesués. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de 14 de junio de 2.007 por los servicios técnicos municipales. Tomado conocimiento del reformado del proyecto básico de reforma y ampliación de vivienda en dos viviendas en Pesués, redactado al efecto por los arquitectos Carlos Ruiz Agüero S.L., don César Gutiérrez Fernández y doña Rocío García San Pedro, visado por el colegio oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de nueve de mayo de 2007. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a doña Ramona González Laso y don Fidel Sáiz González para reforma y ampliación de vivienda en dos viviendas en Pesués, según proyecto básico redactado al efecto por los arquitectos Carlos Ruiz Agüero S.L., don César Gutiérrez Fernández y doña Rocío García San Pedro, visado por el colegio oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de nueve de mayo de 2007. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo y de las particulares siguientes: Condiciones que han de cumplirse para dar comienzo a las obras: § Habrán de incorporarse al expediente los proyectos de ejecución, de seguridad y salud debidamente visados así como el proyecto de infraestructura común de telecomunicaciones. Condiciones inherentes a la urbanización: § Se asfaltarán todas aquellas zonas de vial público que siendo ajenas a la propia finca, pudieran haber sido perjudicadas por la ejecución de las obras. Condiciones inherentes a las instalaciones: § Las conexiones a las redes de servicios se llevarán a cabo de acuerdo con las compañías suministradoras y con los servicios técnicos municipales. § Al final de las obras habrán de presentarse el boletín de la instalación de la infraestructura común de telecomunicaciones, el protocolo de pruebas y el certificado del ingeniero de Telecomunicaciones, todo ello debidamente sellado por al Jefatura Provincial de Inspección de Telecomunicaciones. Condiciones estéticas § La carpintería exterior será o bien de madera o bien de otro material en tonos oscuros que imite a ésta. § La fachada se pintará en tonos claros y además la piedra que se pudiera colocar en la fachada tendrá que ser de las mismas características que las de los edificios del entorno. § La cubierta se realizará con teja curva tipo árabe de color rojo. § Los canalones y las bajantes de pluviales serán de cobre o zinc y en ningún caso de PVC. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de CIENTO CINCUENTA Y CINCO MIL EUROS (155.000,00 â¬). TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.3. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por doña Dolores Muriente Herrero reformado de proyecto básico y de ejecución para reforma de establo como vivienda en Pechón. Visto el expediente incoado por doña Dolores Muriente Herrero para reformado de proyecto básico y de ejecución para reforma de establo como vivienda en Pechón. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de siete de mayo de 2.007 por los servicios técnicos municipales. Tomado conocimiento del proyecto básico y de ejecución para reforma de establo como vivienda en Pechón, redactado al efecto por el arquitecto don Máximo Díaz Sánchez, visado por el colegio oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 28 de marzo de 2007. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a doña Dolores Muriente Herrero para reformado de proyecto básico y de ejecución para reforma de establo como vivienda en Pechón. Dicho reformado del proyecto básico y de ejecución ha sido redactado por el arquitecto don Máximo Díaz Sánchez y visado por el colegio oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 28 de marzo de 2007. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de TREINTA MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA EUROS (30.450,00 â¬). TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.4. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por doña Susana Gutiérrez Gómez para la construcción de una vivienda unifamiliar en Pechón. Visto el expediente incoado por doña Susana Gutiérrez Gómez para la construcción de una vivienda unifamiliar en Pechón. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de 14 de junio de 2.007 por los servicios técnicos municipales. Tomado conocimiento del proyecto básico para vivienda unifamiliar en Pechón, redactado al efecto por el arquitecto don Máximo Díaz Sánchez, visado por el colegio oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de dos de mayo de 2007. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a doña Susana Gutiérrez Gómez para la construcción de una vivienda unifamiliar en Pechón, según proyecto básico redactado al efecto por el arquitecto don Máximo Díaz Sánchez, visado por el colegio oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de dos de mayo de 2007. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo y de las particulares siguientes: Condiciones que han de cumplirse para dar comienzo a las obras: § Habrán de incorporarse al expediente los proyectos de ejecución, de seguridad y salud debidamente visados así como el estudio geotécnico. Condiciones inherentes a la urbanización: § Se asfaltarán todas aquellas zonas destinadas a la ampliación de vial público así como aquellas que siendo ajenas a la propia finca, pudieran haber sido perjudicadas por la ejecución de las obras. Condiciones inherentes a las instalaciones: § Las conexiones a las redes de servicios se llevarán a cabo de acuerdo con las compañías suministradoras y con los servicios técnicos municipales. Condiciones estéticas § La carpintería exterior será o bien de madera o bien de otro material en tonos oscuros que imite a ésta. § La fachada se pintará en tonos claros y además la piedra que se pudiera colocar en la fachada tendrá que ser de las mismas características que las de los edificios del entorno. § La cubierta se realizará con teja curva tipo árabe de color rojo. § Los canalones y las bajantes de pluviales serán de cobre o zinc y en ningún caso de PVC. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de CIENTO SETENTA Y OCHO MIL EUROS (178.000,00 â¬). TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.5.Solicitud de licencia municipal de obras formulada por TCONE GROUP CANTABRIA S.L. para reforma de edificio para seis viviendas en Muñorrodero. Visto el expediente incoado por TCONE GROUP CANTABRIA S.L. para reforma de edificio para seis viviendas en Muñorrodero. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de 26 de junio de 2.007 por los servicios técnicos municipales. Tomado conocimiento del proyecto básico de reforma de edificio para seis viviendas en Muñorrodero redactado al efecto por los arquitectos Carlos Ruiz Agüero S.L., don César Gutiérrez Fernández y doña Rocío García San Pedro, visado por el colegio oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de dos de marzo de 2007,y de los planos 2.A ( parcela); 3’ ( planta baja mobiliario y superficies); 7’ ( planta baja acotado); 9’ ( bajo cubierta acotado); 10’ ( alzado norte) y 11` ( alzado sección oeste), suscritos por los mismos arquitectos y visados por el colegio oficial de arquitectos de Cantabria en fecha de dos de mayo de 2.007. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Denegar licencia municipal de obras a TCONE GROUP CANTABRIA S.L. para reforma de edificio para seis viviendas en Muñorrodero, según proyecto básico redactado al efecto por los arquitectos Carlos Ruiz Agüero S.L., don César Gutiérrez Fernández y doña Rocío García San Pedro, visado por el colegio oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de dos de marzo de 2007 y planos 2.A ( parcela); 3’ ( planta baja mobiliario y superficies); 7’ ( planta baja acotado); 9’ ( bajo cubierta acotado); 10’ ( alzado norte) y 11` ( alzado sección oeste), suscritos por los mismos arquitectos y visados por el colegio oficial de arquitectos de Cantabria en fecha de dos de mayo de 2.007, haciendo constar expresamente que la licencia se denegará puesto de conformidad con el artículo 115 de las Normas Subsidiarias de Val de San Vicente en suelo urbano núcleo tradicional de carácter rural, en promociones de más de cuatro viviendas el coeficiente de edificabilidad máximo será de 0,45 m2/m2, incluyendo la bajo cubierta. Al plantear el proyecto una promoción de seis viviendas, la edificabilidad máxima se ve ampliamente superada, no cumpliendo con las Normas Subsidiarias de Val de San Vicente. Además, las viviendas no cumplen con la dimensión mínima de la fachada frontal medida entre ejes, ya que ésta no podrá ser inferior a cinco metros, según el artículo 117, modificado ( modificación puntual número III) de las Normas Subsidiarias de Val de San Vicente. SEGUNDO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.6. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por don Martín Cunninghan para reformado de proyecto básico y de ejecución de reforma de vivienda en Luey. Visto el expediente incoado por don Martín Cunninghan para reformado de proyecto básico y de ejecución de reforma de vivienda en Luey. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de 21 de junio de 2.007 por los servicios técnicos municipales. Tomado conocimiento del proyecto básico reformado y de ejecución para reforma de vivienda en Luey, redactado al efecto por el arquitecto don José Luis Arroyo Sánchez, visado por el colegio oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 28 de marzo de 2007. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a don Martín Cunninghan para reformado de proyecto básico y de ejecución de reforma de vivienda en Luey, según proyecto básico reformado y de ejecución redactado al efecto por el arquitecto don José Luis Arroyo Sánchez, visado por el colegio oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 28 de marzo de 2007. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo y de las particulares siguientes: Condiciones inherentes a las instalaciones: § Las conexiones a las redes de servicios se llevarán a cabo de acuerdo con las compañías suministradoras y con los servicios técnicos municipales. § Los contadores de agua y luz se alojarán en una zona accesible, siendo aceptable su colocación en el cerramiento de la parcela y dentro de unos pequeños armarios que se integren en el propio muro. § Se deberá soterrar la línea de alumbrado público actualmente situado en la fachada de la vivienda o acordar con el ayuntamiento la solución aérea que se pretenda llevar a cabo. Se deberá mantener el punto de luz o colocar otra luminaria de acuerdo con el ayuntamiento para garantizar el alumbrado del camino. Condiciones estéticas § La carpintería exterior será o bien de madera o bien de otro material en tonos oscuros que imite a ésta. § La fachada se pintará en tonos claros y además la piedra que se pudiera colocar en la fachada tendrá que ser de las mismas características que las de los edificios del entorno. § La cubierta se realizará con teja curva tipo árabe de color rojo. § Los canalones y las bajantes de pluviales serán de cobre o zinc y en ningún caso de PVC. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de CUARENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO EUROS CON TREINTA Y CUATRO CúNTIMOS (48.934,34 â¬). TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 5. Otros expedientes y solicitudes pendientes de resolución. Acuerdos que procedan. 5.1. Expediente promovido por don José Luis Cabielles Maestro que solicita el cambio de titularidad de la licencia para el ejercicio de la actividad de bar-restaurante en un establecimiento comercial sito en la localidad de Prellezo. Visto el expediente promovido por don José Luis Cabielles Maestro relativo a cambio de titularidad de la licencia para el ejercicio de la actividad de bar-restaurante en un establecimiento comercial en la localidad Prellezo, bajo la denominación comercial de “Bellavista”. Considerando que la solicitud se refiere a un establecimiento ya existente y visto el informe técnico obrante en el expediente, de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Conceder a don José Luis Cabielles Maestro el cambio de titularidad de la licencia para el ejercicio de actividad de un establecimiento dedicado a bar-restaurante en la localidad de Prellezo, bajo la denominación comercial de “Bellavista”. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a la ordenanza fiscal que resulta de aplicación. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 5.2. Solicitud de cambio de titularidad de licencia de obras correspondiente al documento con número 1146 de 2007 del registro municipal de entradas. Tomado conocimiento del escrito correspondiente al documento con número 1146 de 2007 del registro municipal de entradas. Resultando: Que mediante el mismo se comunica la trasmisión a doña Almudena del Pozo García de la licencia municipal de obras otorgada a doña Carmen García Alegría mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Val de San Vicente en sesión ordinaria celebrada en fecha de 12 de septiembre de 2.006 para reforma de un edificio para vivienda en Pesués, según el proyecto básico y de ejecución redactado al efecto por el arquitecto don Luis Pérez Pérez-Camarero y visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 15 de junio de 2.006. A la vista de la documentación obrante en el expediente y considerando lo dispuesto en el artículo 188.3 de la Ley de Cantabria 2/2001 de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria, de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO. Autorizar la trasmisión a la que ya se ha hecho referencia en el presente acuerdo y, en su consecuencia, que la licencia municipal de obras otorgada a doña Carmen García Alegría mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Val de San Vicente en sesión ordinaria celebrada en fecha de 12 de septiembre de 2.006 para reforma de un edificio para vivienda en Pesués, según el proyecto básico y de ejecución redactado al efecto por el arquitecto don Luis Pérez Pérez-Camarero y visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 15 de junio de 2.006, pase a ser de titularidad de doña Almudena del Pozo García. SEGUNDO. Que se dé traslado de este acuerdo a los interesados. 5.3. Solicitud de cambio de titularidad de licencia de obras correspondiente al documento con número 1579 de 2007 del registro municipal de entradas. Tomado conocimiento del escrito correspondiente al documento con número 1579 de 2007 del registro municipal de entradas. Resultando: Que mediante el mismo se comunica la trasmisión a doña Janire Naberán Jaio de la licencia municipal de obras otorgada a don Joaquín Ruiz de la Roza mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Val de San Vicente en sesión ordinaria celebrada en fecha de tres de febrero de 2.005 para reforma de un edificio para su uso como vivienda en Pechón, según el proyecto básico y de ejecución redactado al efecto por el arquitecto don Máximo Díaz Sánchez y visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 16 de febrero de 2.005 y del estudio básico de seguridad y salud redactado por el aparejador don Joaquín Ruiz de la Roza y visado por el Colegio Oficial de Arquitectos Técnicos de Cantabria en fecha de 10 de febrero de 2.005. A la vista de la documentación obrante en el expediente y considerando lo dispuesto en el artículo 188.3 de la Ley de Cantabria 2/2001 de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria, de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO. Autorizar la trasmisión a la que ya se ha hecho referencia en el presente acuerdo y, en su consecuencia, que la licencia municipal de obras otorgada don Joaquín Ruiz de la Roza mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Val de San Vicente en sesión ordinaria celebrada en fecha de tres de febrero de 2.005 para reforma de un edificio para su uso como vivienda en Pechón, según el proyecto básico y de ejecución redactado al efecto por el arquitecto don Máximo Díaz Sánchez y visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 16 de febrero de 2.005 y del estudio básico de seguridad y salud redactado por el aparejador don Joaquín Ruiz de la Roza y visado por el Colegio Oficial de Arquitectos Técnicos de Cantabria en fecha de 10 de febrero de 2.005, pase a ser de titularidad de doña Janire Naberán Jaio. SEGUNDO. Que se dé traslado de este acuerdo a los interesados. 5.4. Expediente promovido por don David Sánchez Somohano en representación de SANCHEZ SOMOHANO S.L. para la apertura en los Tánagos, de un establecimiento destinado a restaurante. Visto el expediente que promueve don David Sánchez Somohano en representación de SANCHEZ SOMOHANO S.L. para la apertura en los Tánagos de un establecimiento destinado a restaurante. Considerando que mediante resolución de la alcaldía adoptada en fecha de 20 de febrero de 2.007 se ha concedido licencia municipal para la instalación de la actividad de un restaurante anexo a la cafetería Royal III en Los Tánagos-Pesués, a HERMANOS SÁNCHEZ SOMOHANO, condicionando la puesta en funcionamiento de la actividad a la solicitud de la correspondiente licencia de apertura. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido por los servicios técnicos municipales en fecha de 28 de mayo de 2.007, de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Conceder a SÁNCHEZ SOMOHANO S.L. licencia para la apertura de un establecimiento destinado a restaurante bajo la denominación de ROYAL III LOS TÁNAGOS .El mismo se encuentra en la localidad de Los Tánagos. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a la ordenanza fiscal que resulta de aplicación. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 5.5. Expediente promovido por don Francisco Umbría Saro en representación de FINESTONE S.L. para la apertura en Pechón de oficinas y almacén de un establecimiento de elaboración de obras en piedra natural o artificial y material para la construcción. Visto el expediente que promueve don Francisco Umbría Saro en representación de FINESTONE S.L. para la apertura en Pechón de oficinas y almacén de un establecimiento de elaboración de obras en piedra natural o artificial y material para la construcción. Considerando que dicha actividad no se halla incluida entre las sujetas a lo dispuesto en el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Conceder a FINESTONE S.L. licencia para el ejercicio de la actividad y para la apertura de oficinas y almacén de un establecimiento de elaboración de obras en piedra natural o artificial y material para la construcción . El mismo se encuentra en la localidad de Pechón.. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a la ordenanza fiscal que resulta de aplicación. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 5.6.Expediente promovido por don Luis Sanz Hipólito, en representación de MOLINO DE TRESGRANDAS S.L. para la apertura en Helgueras de un establecimiento dedicado a posada rural. Visto el expediente que promueve don Luis Sanz Hipólito para la apertura en Helgueras de un establecimiento destinado a posada rural. Considerando que mediante resolución de la alcaldía adoptada en fecha de diecisiete de abril de 2.007 se concedió licencia municipal para la instalación de la actividad de posada rural en la localidad de Helgueras, a la sociedad MOLINO DE TRESGRANDAS S.L., condicionando la puesta en funcionamiento de la actividad a la solicitud de la correspondiente licencia de apertura. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido por los servicios técnicos municipales en fecha de 28 de mayo de 2.007, de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Conceder a MOLINO DE TRESGRANDAS S.L. licencia para la apertura de un establecimiento destinado a posada rural bajo la denominación de POSADA DEL COTERO. El mismo se encuentra en la localidad de Helgueras, calle la Plaza s/n. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a la ordenanza fiscal que resulta de aplicación. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 5.7. Expediente de solicitud de licencia para la instalación de cuadra para caballos en la localidad de San Pedro de las Baheras, incoado por don José Manuel Rubín Camporredondo. Visto el expediente sobre solicitud de licencia para la instalación de cuadra para caballos en la localidad de San Pedro de las Baheras, incoado por don José Manuel Rubín Camporredondo. Teniendo que emitir la corporación informe según dispone el vigente Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, a la vista de los trámites llevados a cabo en el expediente, de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda emitir el siguiente informe: 1- Que el emplazamiento de la instalación y las demás circunstancias de la misma a las que se refieren los informes que obran en el expediente están de acuerdo con las ordenanzas municipales y con lo dispuesto en el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas. 2- Que no se estima que otras actividades análogas puedan producir efectos aditivos. 3- Se informa favorablemente la concesión de la licencia solicitada. 5.8. Expediente de solicitud de licencia para la instalación de garajes comunitarios en la localidad de Unquera, incoado por don Ramón García Gómez en representación de REHABILITACIONES GARCúA Y CONSTRUCCIONES ESPAúOLAS S.L. Visto el expediente sobre solicitud de licencia para la instalación de garajes comunitarios en la localidad de Unquera, incoado por don Ramón García Gómez en representación de REHABILITACIONES GARCúA Y CONSTRUCCIONES ESPAúOLAS S.L. Teniendo que emitir la corporación informe según dispone el vigente Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, a la vista de los trámites llevados a cabo en el expediente, de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda emitir el siguiente informe: 1- Que el emplazamiento de la instalación y las demás circunstancias de la misma a las que se refieren los informes que obran en el expediente están de acuerdo con las ordenanzas municipales y con lo dispuesto en el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas. 2- Que no se estima que otras actividades análogas puedan producir efectos aditivos. 3- Se informa favorablemente la concesión de la licencia solicitada. 5.9 . Expediente de solicitud de licencia para la instalación de un depósito enterrado de GLP de 4.000 litros de capacidad para doce viviendas en la localidad de Abanillas, incoado por don Luis de Frutos Mayor, en representación de ZAR SANTANDER S.L. Visto el expediente sobre solicitud de licencia para la instalación de un depósito enterrado de GLP de 4.000 litros de capacidad para doce viviendas en la localidad de Abanillas, incoado por don Luis de Frutos Mayor, en representación de ZAR SANTANDER S.L. Teniendo que emitir la corporación informe según dispone el vigente Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, a la vista de los trámites llevados a cabo en el expediente, de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda emitir el siguiente informe: 1- Que el emplazamiento de la instalación y las demás circunstancias de la misma a las que se refieren los informes que obran en el expediente están de acuerdo con las ordenanzas municipales y con lo dispuesto en el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas. 2- Que no se estima que otras actividades análogas puedan producir efectos aditivos. 3- Se informa favorablemente la concesión de la licencia solicitada. 5.10. Acuerdo que proceda respecto de los cambios de tarifa para puntos de suministros de energía eléctrica. Visto el documento remitido por Electra de Viesgo Distribución S.L con fecha de doce de junio de 2.007 por el que comunican las nuevas tarifas para suministros B.O. Vista la propuesta de tarifas a contratar remitida mediante fax por Electra de Viesgo Distribución S.L. en cada uno de los puntos de suministro que se detallan en el anexo de la misma. Visto el informe emitido en fecha de 27 de junio de 2.007 por el servicio de mantenimiento del alumbrado público de Val de San Vicente. Considerando que de conformidad con lo dispuesto en el citado informe las tarifas propuestas son las más ventajosas a las que se puede optar. Atendido el interés general que para el ayuntamiento supone la contratación de las tarifas propuestas. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Solicitar a Electra de Viesgo Distribución S.L. los cambios de tarifa, DH y modos de facturación de potencia en los términos y para los puntos de suministros que se detallan en la propuesta remitida al ayuntamiento. SEGUNDO: Facultar al sr. Alcalde para la firma de cuanta documentación sea necesaria para la efectividad del presente acuerdo. 5.11. Acuerdo que proceda respecto de la solicitud de subvención para la realización de enseñanzas en el marco de la educación para las personas adultas. Vista la Orden EDU/33/2.007 de 31 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones para la realización por las entidades locales de Cantabria de enseñanzas en el marzo de la educación para las personas adultas. Examinado el proyecto educativo “Enseñanzas para personas adultas en el curso 2.007/2.008. Aula de Adultos de Val de San Vicente”. Considerando el interés municipal que representa para el municipio el desarrollo de este tipo de actividades. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar el proyecto e educativo “Enseñanzas para personas adultas en el curso 2.007/2.008. Aula de Adultos de Val de San Vicente”. SEGUNDO: Solicitar a la Consejería de Educación subvención convocada por Orden EDU/33/2.007 de 31 de mayo, por importe de CINCO MIL CIEN EUROS ( 5.100,00 â¬) para el desarrollo del proyecto educativo “Enseñanzas para personas adultas en el curso 2.007/2.008. Aula de Adultos de Val de San Vicente”. TERCERO. Remitir certificado del presente acuerdo, junto con la documentación exigida en la Orden EDU/33/2.007, a la Consejería de Educación, a los efectos correspondientes. 5.12. Expediente de solicitud de licencia para la instalación de una industria de montaje y transformación del cristal en la nave número 7 del polígono industrial Los Tánagos en la localidad de Pesués, incoado por doña Raquel Llamosas Iturbe, en representación de CRISTALERúA NORIEGA S.C. Visto el expediente sobre solicitud de licencia para la instalación de una industria de montaje y transformación del cristal en la nave número 7 del polígono industrial Los Tánagos en la localidad de Pesués, incoado por doña Raquel Llamosas Iturbe, en representación de CRISTALERúA NORIEGA S.C.. Teniendo que emitir la corporación informe según dispone el vigente Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, a la vista de los trámites llevados a cabo en el expediente, de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda emitir el siguiente informe: 1- Que el emplazamiento de la instalación y las demás circunstancias de la misma a las que se refieren los informes que obran en el expediente están de acuerdo con las ordenanzas municipales y con lo dispuesto en el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas. 2- Que no se estima que otras actividades análogas puedan producir efectos aditivos. 3- Se informa favorablemente la concesión de la licencia solicitada. 5.13. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de obras de “Pavimentación de caminos en Serdio y Pesués”. Visto el estado de tramitación en que se encuentra el expediente que se sigue para adjudicar el contrato de obras de “Pavimentación de caminos en Serdio y Pesués ”. Considerando que para la contratación se sigue tramitación ordinaria, procedimiento abierto y forma de subasta. Resultando: Primero. Que se han presentado cinco proposiciones por los siguientes licitadores: 1. Oferta presentada por EMILIO BOLADO S.A. correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1019 de 2.007. 2. Oferta presentada por SERVICIOS Y OBRAS DEL NORTE S.A., correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1021 de 2.007. 3. Oferta presentada por ASFIN CANTABRIA S.L., correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1022 de 2.007. 4. Oferta presentada por ARRUTI SANTANDER S.A., correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1023 de 2.007. 5. Oferta presentada por ASCAN, EMPRESA CONSTRUCTORA Y DE GESTIúN S.A., correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1024 de 2.007. Segundo: Que la mesa de contratación, reunida el día 16 de mayo de 2.007, acuerda admitir a trámite a las entidades licitadoras EMILIO BOLADO S.L., SERVICIOS Y OBRAS DEL NORTE S.A., ASFIN CANTABRIA S.L., ARRUTI SANTANDER S.A. Y ASCAN, EMPRESA CONSTRUCTORA Y DE GESTIúN S.A., por haber presentado las proposiciones en plazo y ajustadas a lo dispuesto en el pliego de cláusulas administrativas y proponer al órgano de contratación la adjudicación del contrato de “Pavimentación de caminos de Serdio y Pesués” a la entidad licitadora ARRUTI SANTANDER S.A. por resultar la oferta más ventajosa para los intereses municipales, en el precio de OCHENTA Y NUEVE MIL CIENTO NOVENTA Y OCHO EUROS CON SETENTA Y TRES CúNTIMOS ( 89.198,73 â¬) IVA incluido y cualquier otro impuesto que pueda devengarse, con sujección a las demás condiciones que se derivan de la oferta del mencionado licitador y de la restante documentación obrante en el expediente. A la vista de lo anterior, estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad, se acuerda: PRIMERO. Declarar válido el acto de licitación. SEGUNDO. Declarar admitida las cinco proposiciones presentadas, que resultan ser las formuladas por EMILIO BOLADO S.A. correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1019 de 2.007; SERVICIOS Y OBRAS DEL NORTE S.A., correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1021 de 2.007; ASFIN CANTABRIA S.L., correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1022 de 2.007; ARRUTI SANTANDER S.A., correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1023 de 2.007 y ASCAN, EMPRESA CONSTRUCTORA Y DE GESTIúN S.A., correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1024 de 2.007. TERCERO. Por estimar la oferta más ventajosa la formulada por ARRUTI SANTANDER S.A., adjudicar a la citada empresa el contrato de obras de “Pavimentación de caminos en Serdio y Pesués” en el precio de OCHENTA Y NUEVE MIL CIENTO NOVENTA Y OCHO EUROS CON SETENTA Y TRES CúNTIMOS ( 89.198,73 ) euros IVA incluido y cualquier otro impuesto que pueda devengarse, con sujeción a las demás condiciones que se derivan de la oferta del mencionado licitador y al resto de documentación obrante en el expediente. CUARTO. Requerir al adjudicatario para la constitución de la garantía definitiva y que se cancelen las garantías provisionales de los licitadores que no resulten adjudicatarios. QUINTO. Facultar al Sr. Alcalde en la amplitud precisa para la firma del oportuno contrato administrativo. 5.14. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de servicio limpieza del Colegio Público Fuente Salín de Pesués. A la vista del expediente correspondiente al contrato de servicio de limpieza del Colegio Público Fuente Salín de Pesués. Considerando: Primero: Que debe procederse a la contratación de dicho servicio . Segundo: Que el presupuesto presentado por CANTASTUR SC. se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a CANTASTUR SC. el contrato de servicio de limpieza del Colegio Público Fuente Salín de Pesués desde el día uno de julio de 2.007 hasta el 31 de diciembre de 2.007 por importe de MIL NOVENTA Y SEIS EUROS CON VEINTE CúNTIMOS ( 1.096,20 â¬) mensuales, IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 5.15. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato menor de obras de mantenimiento de persianas en el Colegio Público Fuente Salín de Pesués. A la vista del expediente correspondiente al contrato de obras de mantenimiento de persianas en el Colegio Público Fuente Salín de Pesués. Considerando: Primero: Que debe procederse a la contratación de dichas obras . Segundo: Que el presupuesto presentado por PERSIANAS MINGUITO se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a PERSIANAS MINGUITO el contrato menor de obras de mantenimiento de persianas en el Colegio Público Fuente Salín de Pesués por importe de SEISCIENTOS TRES EUROS CON VEINTE CúNTIMOS( 603,20 â¬), iva incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 5.16. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato menor de suministro de vestuario para el personal adscrito al servicio municipal de obras. A la vista del expediente correspondiente al contrato de suministro de vestuario para el personal adscrito al servicio municipal de obras. Considerando: Primero: Que debe procederse a la contratación de dicho suministro . Segundo: Que el presupuesto presentado por JOSú LUIS GUERRA se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a JOSú LUIS GUERRA el contrato menor de suministro de vestuario para el personal adscrito al servicio municipal de obras por importe de TRESCIENTOS VEINTITRúS EUROS CON SESENTA Y CUATRO CúNTIMOS ( 323,64 â¬), iva incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 5.17. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato menor de suministro de vestuario para la policía municipal. A la vista del expediente correspondiente al contrato de suministro de vestuario para la policía municipal. Considerando: Primero: Que debe procederse a la contratación de dicho suministro . Segundo: Que el presupuesto presentado por JOSú LUIS GUERRA se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a JOSú LUIS GUERRA el contrato menor de suministro de vestuario para la policía municipal por importe de MIL CIENTO CINCUENTA Y CINCO EUROS CON TREINTA Y SEIS CúNTIMOS ( 1.155,36 â¬), iva incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 5.18. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato menor de suministro de luminaria rústica para ampliación de alumbrado en Muñorrodero. A la vista del expediente correspondiente al contrato de suministro de luminaria rústica para ampliación de alumbrado en Muñorrodero. Considerando: Primero: Que debe procederse a la contratación de dicho suministro . Segundo: Que el presupuesto presentado por GREGORIO COSGAYA TOYOS se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a GREGORIO COSGAYA TOYOS el contrato menor de suministro de luminaria rústica para ampliación de alumbrado en Muñorrodero por importe de DOS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO EUROS CON DOS CúNTIMOS ( 2.368,02 â¬), iva incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 5.19. Acuerdo que proceda respecto al Festival Devarock 2 ( 2.007) Tomado conocimiento del programa para la celebración del Festival Devarock 2 ( 2.007) Considerando: Primero: Que el presupuesto estimado en el mencionado programa asciende a la cantidad de ONCE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA EUROS ( 11.250,00) euros. Segundo: Que se considera de interés municipal colaborar en los gastos que supone la celebración del mencionado festival. Estando presentes cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, se acuerda: PRIMERO. Autorizar gasto por importe de SEIS MIL EUROS ( 6.000,00 â¬) como aportación del ayuntamiento de Val de San Vicente para sufragar los gastos del Festival Devarock 2 ( 2.007). SEGUNDO. Dar traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales, a los efectos correspondientes. 5.20. Anulación de recibos correspondientes al impuesto sobre vehículos de tracción mecánica en el ejercicio 2007. A la vista del expediente correspondiente a la anulación de recibos del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica en el ejercicio 2007 y del informe emitido sobre el particular por los servicios municipales de recaudación. De conformidad con el citado informe, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran tres de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Anular los recibos correspondientes al impuesto sobre vehículos de tracción mecánica en el ejercicio 2007 que se identifican en el informe emitido sobre el particular por los servicios municipales de recaudación. El importe total de los recibos que se anulan asciende a la cantidad total de MIL SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO EUROS ( 1.748,00 â¬) y cada recibo se anula por la causa que se expresa en el mencionado informe de recaudación. SEGUNDO. Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales. 5.21. Acuerdo a tomar respecto a la devolución de la garantía definitiva prestada por TIP TOP COMUNICACIúN S.L. Tomado conocimiento del escrito correspondiente al documento con número 1316 de 2007 del registro municipal de entradas. Resultando: Que mediante el mismo se solicita por parte de TIP TOP COMUNICACIúN S.L. la devolución de la garantía definitiva prestada mediante aval ante el Ayuntamiento de Val de San Vicente como adjudicatario del contrato de suministro de una pista de patinaje para su instalación en las pistas polideportivas municipales de Unquera. Considerando que el mencionado aval ha sido presentado en el ayuntamiento de Val de San Vicente mediante documento con número 1876 de 2005 del registro municipal de entradas. Visto el informe emitido por los servicios técnicos municipales en fecha de trece de junio de 2.007, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO. Devolver la garantía prestada por TIP TOP COMUNICACIúN S.L. mediante aval de LA CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE GIPUZKOA Y SAN SEBASTIAN-GIPUZKOA ETA DONOSTIAKO AURREZKI KUTXA, de fecha 25 de agosto de 2.005, con número 23.1584981.6 por importe de NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS EUROS ( 982,00 â¬) en concepto de garantía definitiva del contrato de suministro de una pista de patinaje en Unquera, adjudicado por la Junta de Gobierno Local de Val de San Vicente en fecha de 21 de julio de 2.005. SEGUNDO. Notificar el presente acuerdo a los interesados, con indicación de los recursos que en su caso procedan, dando traslado del mismo a los servicios económicos municipales. 5.22. Acuerdo que proceda respecto al reconocimiento de una gratificación por servicios extraordinarios fuera de la jornada. Vista la informe suscrito por doña María Antonia Gómez González, por la por la que se acredita la realización de servicios extraordinarios realizados fuera de la jornada normal de trabajo por parte de doña María Antonia Gómez González, don Ulpiano Vigil Vega, don Victor Efrén Pandal Tuero y don Francisco Jesús Alonso Blanco durante el mes de mayo de 2.007, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO. Conceder a doña María Antonia González Gómez una gratificación por servicios extraordinarios realizados fuera de la jornada durante el mes de mayo de 2.007 por importe de QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE EUROS CON VEINTISúIS CúNTIMOS ( 539,26 â¬) . SEGUNDO. Conceder a don Ulpiano Vigil Vega una gratificación por servicios extraordinarios realizados fuera de la jornada durante el mes de mayo de 2.007 por importe de CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS EUROS CON DIECINUEVE CúNTIMOS ( 432,19 â¬) . TERCERO. Conceder a don Victor Efrén Pandal Tuero una gratificación por servicios extraordinarios realizados fuera de la jornada durante el mes de mayo de 2.007 por importe de CUATROCIENTOS VEINTISIETE EUROS CON NOVENTA Y CUATRO CúNTIMOS ( 427,94 â¬) . CUARTO. Conceder a don Francisco Jesús Alonso Blanco una gratificación por servicios extraordinarios realizados fuera de la jornada durante el mes de mayo de 2.007 por importe de SETECIENTOS SIETE EUROS CON OCHENTA Y CUATRO CúNTIMOS ( 707,84 â¬) . QUINTO. Que se dé curso a los trámites necesarios para la efectividad del presente acuerdo, dando traslado del mismo a los servicios económicos municipales a los efectos correspondientes. 5.23. Acuerdo que proceda respecto a la prestación del servicio de teleasistencia a doña Estrella Fernández Bárcena. A la vista del expediente tramitado al efecto y especialmente del informe emitido sobre el particular por la trabajadora social, en el que manifiesta que se considera oportuna la concesión del servicio de teleasistencia a doña Estrella Fernández Bárcena. Considerando que a tenor de los dispuesto en el artículo 25.2.k) de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el ayuntamiento es competente en materia de prestación de servicios sociales, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la prestación del servicio de teleasistencia a doña Estrella Fernández Bárcena, con DNI 13.843.130 M. SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios sociales y económicos municipales y a la interesada, con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 5.24. Acuerdo que proceda respecto a la prestación del servicio de teleasistencia a doña Dolores Tuero Dosal. A la vista del expediente tramitado al efecto y especialmente del informe emitido sobre el particular por la trabajadora social, en el que manifiesta que se considera oportuna la concesión del servicio de teleasistencia a doña Dolores Tuero Dosal. Considerando que a tenor de los dispuesto en el artículo 25.2.k) de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el ayuntamiento es competente en materia de prestación de servicios sociales, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la prestación del servicio de teleasistencia a doña Dolores Tuero Dosal, con DNI 13.836.075. SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios sociales y económicos municipales y a la interesada, con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. Y no habiendo más asuntos a tratar, por el sr. Presidente se levanta la sesión, cuando son las catorce horas y treinta minutos del día al inicio indicado, de todo lo cual, como secretaria, doy fe.