ACTA NúMERO 9/2.008 DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE VAL DE SAN VICENTE, CORRESPONDIENTE A LA SESION ORDINARIA CELEBRADA EL DúA OCHO DE JULIO DE 2008. En Pesués, Val de San Vicente, en la casa consistorial del Ayuntamiento de Val de San Vicente, siendo las dieciocho horas y cuarenta y cinco minutos del día ocho de julio de 2.008, se reúne la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Val de San Vicente para celebrar sesión ordinaria en única convocatoria con la asistencia de los miembros siguientes: Presidente: Don Miguel Ángel González Vega. Concejales: Don Roberto Escobedo Quintana, doña Nuria Yolanda Verdeja Melero y don Elías Álvarez Martínez. Secretaria: Laura Rodríguez Candás. Interventora: Ruth López Mosquera García Se da lectura a la resolución de convocatoria, y desarrollando el orden del día se debaten los asuntos siguientes: 1. Aprobación, si procede, del borrador del acta de la sesión anterior. Habiéndose dado traslado a los señores miembros de la Junta de Gobierno Local de Val de San Vicente del acta correspondiente a la sesión ordinaria celebrada por este órgano en fecha cinco de junio de 2.008 y no manifestándose ningún reparo ni objeción frente a la misma, se acuerda aprobar la citada acta correspondiente a la sesión ordinaria celebrada en fecha de cinco de junio de 2.008. 2. Facturas y pagos. 2.1. Facturas y pagos. Se da cuenta de la relación de facturas y pagos correspondientes a esta sesión de la junta de gobierno local de las que se incorpora al expediente un ejemplar para constancia. Tomado conocimiento del asunto, por la Junta de Gobierno Local se acuerda aprobar dicha relación de facturas y pagos, excepto la factura de ALQUILERES LON S.L.U., con nº 0/000783 y registro municipal de facturas nº 506 de 2.008, que queda pendiente de aprobación a efectos de aclaración de los conceptos facturados. El importe total de la relación de facturas y pagos aprobada, excluida la factura indicada, asciende a la cantidad de CIENTO OCHENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y DOS EUROS CON OCHENTA Y SEIS CúNTIMOS DE EURO ( 182.962,86 â¬). 2.2. Reconocimiento extrajudicial de crédito. A la vista del expediente de reconocimiento extrajudicial de créditos número J-2008/4 en el que obra el correspondiente informe de intervención y las facturas y pagos que lo integran, cuyo importe total asciende a la cantidad de QUINCE MIL CINCUENTA Y NUEVE EUROS CON CINCUENTA CúNTIMOS DE EURO( 15.059,50 â¬) estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal, por unanimidad se acuerda aprobar el expediente de reconocimiento extrajudicial de créditos número J-2008/4 por importe de QUINCE MIL CINCUENTA Y NUEVE EUROS CON CINCUENTA CúNTIMOS DE EURO ( 15.059,50 â¬). 3. Solicitudes de licencias municipales de obras. Acuerdos que procedan. 3.1. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por don José Manuel Rubín Camporredondo para reformado de proyecto de ejecución de rehabilitación de cuadras para apartamentos de turismo rural en Helgueras. Visto el expediente incoado por don José Manuel Rubín Camporredondo para reformado de proyecto de ejecución de rehabilitación de cuadras para apartamentos de turismo rural en Helgueras. Considerando: Primero: Que mediante acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Val de San Vicente en sesión ordinaria celebrada en fecha de doce de abril de dos mil dos, se acordó, entre otros extremos, otorgar licencia municipal de obras a doña Marta Escandón Peón para rehabilitación de tres edificaciones situadas en Helgueras, para su uso como establecimientos de turismo rural, según proyecto técnico básico redactado al efecto por la arquitecto doña M. Cruz Rivas Fachal, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha 21 de septiembre de 2.001. Segundo: Que mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Val de San Vicente en fecha de treinta de enero de dos mil siete, entre otros extremos, se autorizó que la licencia referida en el considerando anterior pase a ser titularidad de la empresa ATRIA UNIúN CONSTRUCTORA S.A. Tercero: Que mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Val de San Vicente en fecha de veintisiete de marzo de 2.008, entre otros extremos, se autorizó que la licencia referida en el considerando primero, posteriormente transmitida a la empresa ATRIA UNIúN CONSTRUCTORA S.A., pase a ser titularidad de doña Patricia Rubín Agenjo, don Juan Rubín Agenjo y don José Manuel Rubín Camporredondo. Cuarto: Que mediante documento con registro municipal de entradas número 1261 de 2.008 por parte de don José Manuel Rubín Camporredondo se presenta proyecto de ejecución de rehabilitación de cuadras para apartamentos de turismo rural en Helgueras, redactado por el arquitecto doña M. Cruz Rivas Fachal, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de diez de enero de 2.002, y reformado de proyecto de ejecución de rehabilitación de cuadras para apartamentos de turismo rural en Helgueras, redactado por la arquitecto doña M. Cruz Rivas Fachal, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de diecisiete de enero de 2.008. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de 29 de mayo de 2.008 por los servicios técnicos municipales. Tomado conocimiento del reformado de proyecto de ejecución de rehabilitación de cuadras para apartamentos de turismo rural en Helgueras, redactado por la arquitecto doña M. Cruz Rivas Fachal, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de diecisiete de enero de 2.008. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a don José Manuel Rubín Camporredondo para reformado de proyecto de ejecución de rehabilitación de cuadras para apartamentos de turismo rural en Helgueras, redactado por la arquitecto doña M. Cruz Rivas Fachal, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de diecisiete de enero de 2.008. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo. SEGUNDO: Que se apruebe, en su caso, la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación. TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 3.2. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por don Manuel Villar Hevia para rehabilitación, ampliación y cambio de cuadra-pajar para vivienda en Prío. Visto el expediente incoado por don Manuel Villar Hevia para rehabilitación, ampliación y cambio de cuadra-pajar para vivienda en Prío. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de 29 de mayo de 2.008 por los servicios técnicos municipales. Tomado conocimiento del proyecto de rehabilitación, ampliación y cambio de cuadra-pajar para vivienda en Prío, redactado al efecto por SECTOR ARQUITECTURA S.L., visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 29 de noviembre de 2.007. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a don Manuel Villar Hevia para rehabilitación, ampliación y cambio de cuadra-pajar para vivienda según proyecto de rehabilitación, ampliación y cambio de cuadra-pajar para vivienda en Prío, redactado al efecto por SECTOR ARQUITECTURA S.L., visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 29 de noviembre de 2.007. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo y de las particulares siguientes: Condiciones inherentes a la urbanización: • Se asfaltará la superficie de cesión conforme las directrices de los servicios técnicos municipales. • Los cierres de la parcela se resolverán mediante elementos opacos de 1 metro de altura de mampostería o revocados y pintados completados mediante protecciones diáfanas hasta alcanzar los dos metros quedando prohibidas las mallas de torsión galvanizadas o plastificadas. Condiciones inherentes a las instalaciones: • Las conexiones a las redes de servicios se llevarán a cabo de acuerdo con las compañías suministradoras y con los servicios técnicos municipales. En el punto de entronque a la red de saneamiento municipal se ejecutará obligatoriamente una arqueta o pozo de registro, cuyas dimensiones se determinarán por los servicios técnicos municipales en el momento de ejecutarse la obra. • Los contadores de agua y luz se alojarán en una zona accesible dentro de unos pequeños armarios que se integren en el propio muro. • Se procederá a reparar los daños de urbanización producidos por el desarrollo de las obras conforme las directrices de los servicios técnicos municipales. Condiciones estéticas: • La carpintería exterior será o bien de madera, o bien de otro material en tonos oscuros que imite a ésta. • El sistema de oscurecimiento de las habitaciones preferiblemente no será con persianas exteriores. • La fachada se pintará en tonos claros y además la piedra que se pudiera colocar en la fachada tendrá que ser de las mismas características que las de los edificios del entorno. • El ladrillo cara vista que se coloque en la fachada será de tipo rústico. • La cubierta se realizará con teja curva tipo árabe de color rojo. • Los canalones y las bajantes de pluviales serán de cobre o zinc, en ningún caso de PVC. Cesiones a favor del ayuntamiento: • Con carácter previo al otorgamiento de la licencia de primera ocupación se formalizarán a favor del ayuntamiento las correspondientes cesiones a viales. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de CIENTO CINCUENTA Y UN MIL QUINIENTOS EUROS (151.500,00 â¬). TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 3.3. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por don Manuel Sañudo González para la construcción de una estabulación ganadera en Prellezo. Visto el expediente incoado por don Manuel Sañudo González para la construcción de una estabulación ganadera en Prellezo. Considerando: Primero: Que la parcela donde se pretende llevar a cabo la obra solicitada se encuentra clasificada por las Normas Subsidiarias de Val de San Vicente como “No urbanizable en áreas de especial protección por su valor agropecuario ( AEP3)”. Segundo: Que se ha tramitado el correspondiente procedimiento con arreglo a lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 2/2001, de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria. Tercero: Que mediante documento con registro municipal de entradas número 2731 de 2.007 por la Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo se notifica el acuerdo adoptado en fecha de trece de noviembre de 2.007, por el que se autoriza la solicitud de construcción de estabulación para ganado vacuno promovido por don Manuel Sañudo González, en suelo no urbanizable de Prellezo. Cuarto: Que mediante documento con registro municipal de salida número 1898 de 2.007, por la alcaldía se remite escrito a la Dirección General de Urbanismo por el que se solicita dejen sin efecto la autorización anterior debido a que la parcela en cuestión se ubica en el AIE de uso productivo de Prellezo, siendo por tanto incompatible a tenor de los dispuesto en el artículo 53 de la Ley 2/2004, de 27 de septiembre, del Plan de Ordenación del Litoral. Quinto: Que mediante documento con registro municipal de entradas número 1186 de 2.008 por la Consejería de Obras Públicas, Ordenación del Territorio y Urbanismo se comunica el acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno en su reunión del día ocho de mayo de 2.008, por el que estiman el requerimiento que presenta el Ayuntamiento de Val de San Vicente, referente al acuerdo de la Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo de trece de noviembre de 2.007, por el que se le autorizó a don Manuel Sañudo González la construcción de estabulación ganadera en suelo no urbanizable de Prellezo, y en consecuencia, acuerdan denegar la solicitud de autorización de construcción de estabulación para ganado vacuno promovido por don Manuel Sañudo González en suelo no urbanizable de Prellezo, término municipal de Val de San Vicente. En el citado acuerdo motivan la denegación en los siguientes términos: “ Del examen del expediente y del cotejo de los planos que se contienen, se desprende que la parcela donde se pretende realizar la estabulación ganadera se encuentra ubicada en el Área de Actuación Integral Estratégica Productiva de Val de San Vicente. Dispone el artículo 53 de la Ley de Cantabria 2/2004, de 27 de septiembre del Plan de Ordenación del Litoral bajo la rúbrica “Usos compatibles” que: “Hasta la aprobación de los instrumentos de desarrollo de las Actuaciones Integrales Estratégicas únicamente se permite el mantenimiento de los usos existentes y la implantación de los usos compatibles con los objetivos de la actuación, según las determinaciones del Anexo III”: Lo que nos lleva a examinar las determinaciones del Anexo III para la referida Área de actuación del que se deriva que se trata de un área de Actuación Industrial. Este uso industrial es claramente incompatible con el uso autorizado de explotación ganadera, por lo que procede la estimación del requerimiento efectuado por el ayuntamiento de Val de San Vicente y en consecuencia denegar la solicitud de autorización de construcción de estabulación para ganado vacuno promovido por don Manuel Sañudo González en suelo no urbanizable de Prellezo, término municipal de Val de San Vicente.” De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Denegar la licencia municipal de obras solicitada por don Manuel Sañudo González para la construcción de una estabulación ganadera en Prellezo, motivando la denegación en el acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno en su reunión del día ocho de mayo de 2.008 por el que se acuerda denegar la solicitud de autorización de construcción de estabulación para ganado vacuno promovido por don Manuel Sañudo González en suelo no urbanizable de Prellezo, termino municipal de Val de San Vicente. SEGUNDO: Que se apruebe, en su caso, la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación. TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 3.4. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por don Iker Amieva Gadsden en representación de ECOVERDE PRELLEZO S.L. para modificado de proyecto básico y de ejecución de 16 viviendas y garajes en Prellezo. Visto el expediente incoado por don Iker Amieva Gadsden en representación de ECOVERDE PRELLEZO S.L. para reformado de proyecto básico y de ejecución de 16 viviendas y garajes en Prellezo. Considerando: Primero: Que mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Val de San Vicente en sesión ordinaria cebrada en fecha de tres de febrero de 2.005, se acordó, entre otros extremos, otorgar licencia municipal de obras a Promociones Argu –2.002 S.L. para la construcción de dieciséis viviendas y garajes en Prellezo, según proyecto básico redactado al efecto por los arquitectos Carlos Ruiz Agüero S.L., don César Gutiérrez Fernández y doña Rocío García San Pedro y visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 22 de junio de 2.004 y dejando constancia expresa de que con el proyecto que se pretende ejecutar se agota el 99,97% de la edificabilidad atribuible a la parcela. Segundo: Que mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Val de San Vicente en la sesión ordinaria celebrada en fecha de fecha de catorce de abril de 2.005, entre otros extremos, se autorizó que la licencia referida en el considerando anterior pase a ser titularidad de la sociedad ECOVERDE PRELLEZO S.L.. Tomado conocimiento de la documentación complementaria presentada que modifica el proyecto inicial, suscrita por los arquitectos Carlos Ruiz Agüero S.L., César Gutiérrez Fernández y Rocío García San Pedro, visada por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 10 de abril de 2.008, compuesta por los siguientes planos: “U.1 Urbanización. Límites”; “U.2.Urbanización. Parcelas”; “U.3.Urbanización. Superficies de cesión”; “1.Edificio 1.Planta sótano”; “2.Edificio 1. Planta baja”; “3. Edificio 1. Planta primera”; “4. Edificio 1. Planta bajo cubierta”; “5. Edificio 2. Planta baja-primera-bajo cubierta” y “6. Edificio 3. Planta baja - primera”. Obrando en el expediente, entre otros extremos, el informe emitido sobre el particular en fecha de 20 de junio de 2.008 por los servicios técnicos municipales. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a ECOVERDE PRELLEZO S.L. para reformado de proyecto básico y de ejecución de 16 viviendas y garajes en Prellezo, según documentación complementaria suscrita por los arquitectos Carlos Ruiz Agüero S.L., César Gutiérrez Fernández y Rocío García San Pedro, visada por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 10 de abril de 2.008, compuesta por los siguientes planos: “U.1 Urbanización. Límites”; “U.2.Urbanización. Parcelas”; “U.3.Urbanización. Superficies de cesión”; “1.Edificio 1.Planta sótano”; “2.Edificio 1. Planta baja”; “3. Edificio 1. Planta primera”; “4. Edificio 1. Planta bajo cubierta”; “5. Edificio 2. Planta baja-primera-bajo cubierta” y “6. Edificio 3. Planta baja - primera”. SEGUNDO: Que se apruebe, en su caso, la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación. TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 3.5. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por don José Manuel González Lamadrid para reforma y ampliación de cuadra para cambio de uso a vivienda unifamiliar en Prellezo. Visto el expediente incoado por don José Manuel González Lamadrid para reforma y ampliación de cuadra para cambio de uso a vivienda unifamiliar en Prellezo. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de 2 de julio de 2.008 por los servicios técnicos municipales. Tomado conocimiento del proyecto básico y de ejecución de reforma y ampliación de cuadra para cambio de uso a vivienda unifamiliar, redactado al efecto por la arquitecta doña Mª Teresa Moreno Fuente, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de ocho de abril de 2.008. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a don José Manuel González Lamadrid para reforma y ampliación de cuadra para cambio de uso a vivienda unifamiliar en Prellezo, según proyecto básico y de ejecución de reforma y ampliación de cuadra para cambio de uso a vivienda unifamiliar redactado al efecto por la arquitecta doña Mª Teresa Moreno Fuente, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de ocho de abril de 2.008. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo y de las particulares siguientes: Condiciones inherentes a la urbanización: • Se asfaltarán y repararán todas aquellas zonas de vial público, que siendo ajenas a la propia finca, pudieran haber sido perjudicadas por la ejecución de las obras. Condiciones inherentes a las instalaciones: • Las conexiones a las redes de servicios se llevarán a cabo de acuerdo con las compañías suministradoras y con los servicios técnicos municipales. En el punto de entronque a la red de saneamiento municipal se ejecutará obligatoriamente una arqueta o pozo de registro, cuyas dimensiones se determinarán por los servicios técnicos municipales en el momento de ejecutarse la obra. Condiciones estéticas: • La carpintería exterior será o bien de madera, o bien de otro material en tonos oscuros que imite a ésta. Se recomienda no instalar elementos de oscurecimiento, tanto contraventanas como persianas, por el exterior de las ventanas. • La fachada se pintará en tonos claros y además la piedra que se pudiera colocar en la fachada tendrá que ser de las mismas características que las de los edificios del entorno. • La cubierta se realizará con teja curva tipo árabe de color rojo. • Los canalones y las bajantes de pluviales serán de cobre o zinc, en ningún caso de PVC. • Los cierres de la parcela se resolverán mediante elementos opacos de 1 metro de altura de mampostería o revocados y pintados completados mediante protecciones diáfanas hasta alcanzar los dos metros quedando prohibidas las mallas de torsión galvanizadas o plastificadas. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de OCHENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CUATRO EUROS CON TREINTA CúNTIMOS ( 84.964,30 â¬). TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 3.6 Solicitud de licencia municipal de obras formulada por don Raúl López Bardales para rehabilitación y ampliación de cuadra para cambio de uso a vivienda unifamiliar en Helgueras. Visto el expediente incoado por don Raúl López Bardales para reforma y ampliación de cuadra para cambio de uso a vivienda unifamiliar en Helgueras. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de uno de julio de 2.008 por los servicios técnicos municipales. Tomado conocimiento del proyecto básico y de ejecución de rehabilitación y ampliación de cuadra para cambio de uso a vivienda unifamiliar, redactado al efecto por la arquitecta doña Mª Teresa Moreno Fuente, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de cinco de mayo de 2.008. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a don Raúl López Bardales para rehabilitación y ampliación de cuadra para cambio de uso a vivienda unifamiliar en Helgueras según proyecto básico y de ejecución de rehabilitación y ampliación de cuadra para cambio de uso a vivienda unifamiliar, redactado al efecto por la arquitecta doña Mª Teresa Moreno Fuente, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de cinco de mayo de 2.008. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo y de las particulares siguientes: Condiciones inherentes a la urbanización: • Se asfaltarán y repararán todas aquellas zonas de vial público, que siendo ajenas a la propia finca, pudieran haber sido perjudicadas por la ejecución de las obras. Condiciones inherentes a las instalaciones: • Las conexiones a las redes de servicios se llevarán a cabo de acuerdo con las compañías suministradoras y con los servicios técnicos municipales. En el punto de entronque a la red de saneamiento municipal se ejecutará obligatoriamente una arqueta o pozo de registro, cuyas dimensiones se determinarán por los servicios técnicos municipales en el momento de ejecutarse la obra. Condiciones estéticas: • La carpintería exterior será o bien de madera, o bien de otro material en tonos oscuros que imite a ésta. Se recomienda no instalar elementos de oscurecimiento, tanto contraventanas como persianas, por el exterior de las ventanas. • La fachada se pintará en tonos claros y además la piedra que se pudiera colocar en la fachada tendrá que ser de las mismas características que las de los edificios del entorno. • La cubierta se realizará con teja curva tipo árabe de color rojo. • Los canalones y las bajantes de pluviales serán de cobre o zinc, en ningún caso de PVC. • Los cierres de la parcela se resolverán mediante elementos opacos de 1 metro de altura de mampostería o revocados y pintados completados mediante protecciones diáfanas hasta alcanzar los dos metros quedando prohibidas las mallas de torsión galvanizadas o plastificadas. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de CIENTO DIEZ MIL DOSCIENTOS CINCUENTA EUROS CON SESENTA Y OCHO CúNTIMOS( 110.250,68 â¬) TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 3.7. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por don José Ramón Sánchez Román para reforma y ampliación de vivienda unifamiliar en Abanillas. Visto el expediente incoado por don José Ramón Sánchez Román para reforma y ampliación de vivienda unifamiliar en Abanillas. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de uno de julio de 2.008 por los servicios técnicos municipales. Tomado conocimiento del proyecto básico y de ejecución reforma y ampliación de vivienda unifamiliar redactado al efecto por la arquitecta doña Mª Teresa Moreno Fuente, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de siete de mayo de 2.008. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a don José Ramón Sánchez Román para reforma y ampliación de vivienda unifamiliar en Abanillas según proyecto básico y de ejecución de reforma y ampliación de vivienda unifamiliar redactado al efecto por la arquitecta doña Mª Teresa Moreno Fuente, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de siete de mayo de 2.008. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo y de las particulares siguientes: Condiciones inherentes a la urbanización: • Se asfaltarán y repararán todas aquellas zonas de vial público, que siendo ajenas a la propia finca, pudieran haber sido perjudicadas por la ejecución de las obras. Condiciones estéticas: • La carpintería exterior será o bien de madera, o bien de otro material en tonos oscuros que imite a ésta. Se prohíbe instalar elementos de oscurecimiento, tanto contraventanas como persianas, por el exterior de las ventanas. • La fachada se pintará en tonos claros y además la piedra que se pudiera colocar en la fachada tendrá que ser de las mismas características que las de los edificios del entorno. • La cubierta se realizará con teja curva tipo árabe de color rojo. • Los canalones y las bajantes de pluviales serán de cobre o zinc, en ningún caso de PVC. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de VEINTISIETE MIL CUATROCIENTOS SESENTA EUROS CON TREINTA Y NUEVE CúNTIMOS ( 27.460,39 â¬). TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4. Otros expedientes y solicitudes pendientes de resolución. Acuerdos que procedan. 4.1. Expediente promovido por doña Tamara Borbolla Erice en representación de Bar la Carretera S.C. que solicita el cambio de titularidad de la licencia para el ejercicio de la actividad de bar en un establecimiento comercial sito en la localidad de Molleda. Visto el expediente promovido por doña Tamara Borbolla Erice en representación de Bar la Carretera S.C. relativo a cambio de titularidad de la licencia para el ejercicio de la actividad de bar y de apertura en un establecimiento comercial en la localidad de Molleda, bajo la denominación comercial de “Bar La Carretera”. Considerando que la solicitud se refiere a un establecimiento ya existente y visto en informe técnico obrante en el expediente, de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Conceder a Bar La Carretera S.C. el cambio de titularidad de la licencia para el ejercicio de actividad y para la apertura de un establecimiento dedicado a bar en la localidad de Molleda, bajo la denominación comercial de “Bar La Carretera”. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a la ordenanza fiscal que resulta de aplicación. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 4.2. Expediente promovido por doña Rocío Labra Fernández para la apertura en Unquera de un establecimiento destinado a venta de perfumes y cosméticos. Visto el expediente que promueve doña Rocío Labra Fernández para la apertura en Unquera de un establecimiento destinado a venta de perfumes y cosméticos. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido por los servicios técnicos municipales en fecha de 17 de junio de 2.008, de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que lo componen, acuerda: PRIMERO: Conceder a doña Rocío Labra Fernández licencia para la apertura de un establecimiento destinado a venta de perfumes y cosméticos bajo la denominación de “Perfumería”.El mismo se encuentra en la localidad de Unquera, calle Corbatas y Remigio Noriega 13, bajo. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a la ordenanza fiscal que resulta de aplicación. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.3. Expediente promovido por don Luis Miguel Sánchez Concha en representación de ASTURCAN S.C. para la apertura de un establecimiento destinado a almacén y venta de hielo y alquiler de mobiliario. Visto el expediente que promueve don Luis Miguel Sánchez Concha en representación de ASTURCAN S.C. para la apertura en el polígono industrial Río Deva de un establecimiento destinado a almacén y venta de hielo y alquiler de mobiliario. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido por los servicios técnicos municipales en fecha de nueve de junio de 2.008, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que lo componen, acuerda: PRIMERO: Conceder a ASTURCAN S.C. licencia para la apertura de un establecimiento destinado a almacén y venta de hielo y alquiler de mobiliario. El mismo se encuentra en la localidad de Pesués, Polígono Industrial Río Deva, nave nº 11. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a la ordenanza fiscal que resulta de aplicación. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.4. Escrito remitido por el Excmo. Sr. Presidente del Gobierno de Cantabria referido a la solicitud de colaboración económica en la celebración de la Corrida de la Beneficencia. Visto el escrito correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1579 de 2.008, remitido por el Excmo. Sr. Presidente del Gobierno de Cantabria referido a la solicitud de colaboración económica del ayuntamiento en la celebración de la Corrida de la Beneficencia el próximo lunes 28 de julio, mediante la adquisición de entradas. Considerando: PRIMERO: Que los beneficios de dicha celebración se destinan íntegramente a satisfacer las necesidades de Centros Benéficos de acogida a ancianos de la región. SEGUNDO: El interés municipal en colaborar económicamente con dichos centros. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Que el ayuntamiento de Val de San Vicente colabore en la Corrida de la Beneficencia que se celebrará el próximo lunes 28 de julio de 2.008, mediante la adquisición de un palco por importe de MIL VEINTIDúS EUROS ( 1.022,00 â¬). SEGUNDO: Autorizar, disponer y aprobar el gasto correspondiente en favor de la ASOCIACIúN CORRIDA DE LA BENEFICENCIA DE SANTANDER. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a la citada asociación y a los servicios económicos municipales. 4.5. Solicitud presentada por la Junta Vecinal de San Pedro de las Baheras relativa a subvención para la celebración de una fiesta menor. A la vista de la solicitud presentada por al Junta Vecinal de San Pedro de las Baheras mediante documento con registro municipal de entradas número 1601 de 2.008, por el que solicitan subvención de para la celebración de una fiesta menor. Considerando: Primero. Que se trata de una fiesta no incluida en el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada en fecha de veintisiete de marzo de 2.007, debido a que en años anteriores no había sido objeto de celebración. Segundo. El interés municipal en el fomento y en la recuperación de las tradiciones festivas de las distintas localidades del municipio. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar a la Junta Vecinal de San Pedro de las Baheras una subvención por importe de TRESCIENTOS EUROS ( 300,00 â¬) para la celebración de la fiesta menor de San Pedro. SEGUNDO: Autorizar y disponer un gasto por importe de TRESCIENTOS EUROS ( 300,00 â¬.) TERCERO: Someter el otorgamiento de la subvención a las siguientes condiciones resolutorias: 1ª. Deberá justificarse un gasto por una cantidad igual o superior al importe de la subvención otorgada. Dicho gasto corresponderá a actividades directamente relacionadas con la fiesta celebrada, tales como contratación de actuaciones, organización o similares. 2ª Las subvenciones se ingresarán en una cuenta bancaria a nombre de la respectiva entidad local menor. 3ª. Deberá suscribirse el correspondiente convenio entre el Ayuntamiento de Val de San Vicente y la entidad beneficiaria. 4.6. Acuerdo que proceda respecto a la prórroga del contrato de consultoría y asistencia urbanística al Ayuntamiento de Val de San Vicente a través de arquitecto técnico suscrito con doña Sofía Tejería Sánchez y revisión de precio. Visto el contrato de consultoría y asistencia urbanística al Ayuntamiento de Val de San Vicente a través de arquitecto técnico suscrito en fecha de nueve de agosto de 2.007 con doña Sofía Tejería Sánchez. Vista la solicitud de prórroga del mencionado contrato por periodo de un año y actualización de precio presentada por doña Sofía Tejería Sánchez mediante documento con registro municipal de entradas número 1342 de 2.008. Considerando que de conformidad con lo dispuesto en la cláusula cuarta del contrato éste tendrá una duración de un año a contar desde el siguiente día hábil al de su formalización, añadiendo que no obstante, el contrato podrá ser objeto una prórroga anual siempre que medio acuerdo mutuo de las partes. Considerando que de conformidad con lo dispuesto en la cláusula octava del contrato, de conformidad con el pliego de cláusulas administrativas , en caso de prórroga el precio del contrato se revisará con carácter anual por aplicación del IPC previsto. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO. Prorrogar el contrato de consultoría y asistencia urbanística al Ayuntamiento de Val de San Vicente a través de arquitecto técnico suscrito en fecha de nueve de agosto de 2.007 con doña Sofía Tejería Sánchez. La prórroga a que se refiere el presente acuerdo tendrá una duración de un año y se extenderá desde el día diez de agosto de 2.008 hasta el día diez de agosto de 2.009. SEGUNDO. Que a partir del día diez de agosto de 2.008 se revise el precio de contrato por aplicación del IPC previsto, de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula octava del contrato. TERCERO. Dar traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales. 4.7. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de suministro de un ordenador para la Casa de la Juventud. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del suministro de un ordenador para la Casa de la Juventud. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a realizar dicho suministro. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por Adolfo Rivero Acereda es favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a Adolfo Rivero Acereda el contrato de suministro de un ordenador para la Casa de la Juventud por importe de OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO EUROS CON OCHENTA Y CUATRO CúNTIMOS ( 868,84 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.8. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de servicios para la dirección de la obra “Nueva red de pluviales en Unquera. Calle Las Escuelas”. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicio para la dirección de la obra “Nueva red de pluviales en Unquera. Calle Las Escuelas“. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a la contratación del citado servicio. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por la empresa INSTITUTO DE INGENIERúA DEL CANTÁBRICO S.L. es favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad, se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a INSTITUTO DE INGENIERúA DEL CANTÁBRICO S.L. el contrato de servicios para la dirección de la obra “Nueva red de pluviales en Unquera. Calle Las Escuelas“, en el precio de DIEZ MIL OCHOCIENTOS EUROS ( 10.800,00 â¬) , IVA incluido, SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.9. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de servicios para patrocinar la organización del I TRIAL AYUNTAMIENTO DE VAL DE SAN VICENTE. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicio de patrocinio para la organización del I TRIAL AYUNTAMIENTO DE VAL DE SAN VICENTE. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a la contratación del citado servicio. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por MOTO-CLUB CSR SPORT es favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad, se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a MOTO CLUB CSR SPORT el patrocinio para la organización del I TRIAL AYUNTAMIENTO DE VAL DE SAN VICENTE en el precio de MIL QUINIENTOS EUROS ( 1.500,00 â¬). SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.10. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de servicios para alquiler de ambulancia para la cobertura del I TRIAL AYUNTAMIENTO DE VAL DE SAN VICENTE. A la vista del expediente de contratación correspondiente al servicio de alquiler de una ambulancia para la cobertura del I TRIAL AYUNTAMIENTO DE VAL DE SAN VICENTE. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a la contratación del citado servicio. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por AMBERNE S.A. es favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad, se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a AMBERNE S.A. el contrato de servicios para al alquiler de una ambulancia para la cobertura del I TRIAL AYUNTAMIENTO DE VAL DE SAN VICENTE en el precio de DOSCIENTOS EUROS ( 200,00 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.11. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de servicios de desbroce de caminos en el pueblo de Helgueras. A la vista del expediente de contratación correspondiente al servicio de desbroce de caminos en el pueblo de Helgueras. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a la contratación del citado servicio. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por Jesús María Roiz Santiáñez es favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad, se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a Jesús María Roiz Santiáñez el contrato de servicios de desbroce de caminos en el pueblo de Helgueras en el precio de DOS MIL OCHOCIENTOS DIECIOCHO EUROS CON OCHENTA CúNTIMOS ( 2.818,80 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.12. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de servicios de desbroce de caminos en el pueblo de Molleda. A la vista del expediente de contratación correspondiente al servicio de desbroce de caminos en el pueblo de Molleda. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a la contratación del citado servicio. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por Jesús María Roiz Santiáñez es favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad, se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a Jesús María Roiz Santiáñez el contrato de servicios de desbroce de caminos en el pueblo de Molleda en el precio de MIL DOSCIENTOS DIECIOCHO EUROS ( 1.218,00 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.13. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de servicios de desbroce de caminos en el pueblo de Abanillas. A la vista del expediente de contratación correspondiente al servicio de desbroce de caminos en el pueblo de Abanillas. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a la contratación del citado servicio. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por Jesús María Roiz Santiáñez es favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad, se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a Jesús María Roiz Santiáñez el contrato de servicios de desbroce de caminos en el pueblo de Abanillas en el precio de NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE EUROS CON SESENTA CúNTIMOS ( 939,60 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.14. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de servicios para instalación de castillo hinchable en las fiestas de Helgueras. A la vista del expediente de contratación correspondiente al servicio de instalación de un castillo hinchable en las fiestas de Helgueras. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a la contratación del citado servicio. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por ESPECTÁCULOS Y DIVERSIúN S.L. es favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad, se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a ESPECTÁCULOS Y DIVERSIúN S.L. el contrato de servicios de instalación de un castillo hinchable en las fiestas de Helgueras en el precio de TRESCIENTOS EUROS ( 300,00 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.15. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de suministro de una desbrozadora para los servicios municipales de obras. A la vista del expediente de contratación correspondiente al suministro de una desbrozadora para los servicios municipales de obras. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a la contratación del citado suministro. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por Benjamín Torre Alonso es favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad, se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a Benjamín Torre Alonso el contrato de suministro de una desbrozadora para los servicios municipales de obras en el precio de SETECIENTOS CINCUENTA EUROS ( 750,00 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.16. Acuerdo que a tomar respecto a la adjudicación del contrato de suministro para la ampliación del alumbrado público en Pesués. A la vista del expediente de contratación correspondiente al suministro para la ampliación del alumbrado público en Pesués. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a la contratación del citado suministro. SEGUNDO: Que los presupuestos presentados por Gregorio Cosgaya Toyos se consideran favorables para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad, se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a Gregorio Cosgaya Toyos el contrato de suministro para la ampliación del alumbrado público en Pesués en el precio de DOS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE EUROS CON CUARENTA Y OCHO CúNTIMOS ( 2.787,48 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.17. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de suministro de camisetas y folletos para el desarrollo del programa Conocimiento del Patrimonio Natural, Cultural y Arquitectónico de Val de San Vicente. A la vista del expedientes de contratación correspondiente al suministro de camisetas y folletos para el desarrollo del programa Conocimiento del Patrimonio Natural, Cultural y Arquitectónico de Val de San Vicente. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a la contratación del citado suministro. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por NORTPUBLIC se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad, se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a NORTPUBLIC el contrato de suministro camisetas y folletos para el desarrollo del programa Conocimiento del Patrimonio Natural, Cultural y Arquitectónico de Val de San Vicente en el precio de DOSCIENTOS CUATRO EUROS CON OCHENTA Y SEIS CúNTIMOS ( 204,86 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.18. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de suministro de material de construcción para reparación de cierre en mal estado en un cauce en Pechón. A la vista del expediente de contratación correspondiente al suministro de material de construcción para reparación de cierre en mal estado en un cauce en Pechón. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a la contratación del citado suministro. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por Ramón Álvarez Blanco se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad, se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a Ramón Álvarez Blanco el contrato de suministro de material de construcción para reparación de cierre en mal estado en un cauce en Pechón en el precio de SEISCIENTOS CATORCE EUROS CON DIEZ CúNTIMOS ( 614,10 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.19. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de servicios de alquiler de tablero de fibra para festejos. A la vista del expediente de contratación correspondiente al servicio de alquiler de tablero de fibra para festejos. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a la contratación del citado servicio. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por ASTURCAN S.C. se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad, se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a ASTURCAN S.C. el contrato de servicios de alquiler de tablero de fibra para festejos en el precio de CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE EUROS CON VEINTE CúNTIMOS DE EURO ( 487,20 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.20. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de obras de limpieza de cauce de río en Pechón. A la vista del expediente de contratación correspondiente que se refiere a las obras de limpieza de cauce de río en Pechón. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a la contratación de la citada obra. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por EXCAVACIONES GONZÁLEZ VEGA S.L. se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad, se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a EXCAVACIONES GONZÁLEZ VEGA S.L. el contrato de limpieza de cauce de río en Pechón en el precio de MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO EUROS ( 1.595,00 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.21. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de obras “Nueva red de pluviales en Unquera. Variantes 1 y 2 A “. Visto el estado de tramitación en que se encuentra el expediente que se sigue para adjudicar el contrato de obras de “Nueva red de pluviales en Unquera. Variantes 1 y 2 A”. ”. Considerando que para la contratación se sigue tramitación ordinaria, procedimiento abierto y forma de subasta. Resultando: Primero. Que se han presentado tres proposiciones por los siguientes licitadores: - Oferta presentada por CONSTRUCTORA DE OBRAS PúBLICAS SAN EMETERIO S.A., correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1217 de 2.008. - Oferta presentada por EXCAVACIONES GONZÁLEZ VEGA S.L., correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1222 de 2.008. - Oferta presentada por UNIúN TEMPORAL DE EMPRESAS CONTRATAS CABARGA-EXCAVACIONES MIKEL, correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1225 de 2.008. Segundo: Que la mesa de contratación, reunida el día veintiocho de mayo de 2.008, tras examinar la documentación contenida en los sobres “A”, acuerda requerir a las entidades licitadoras UNIúN TEMPORAL DE EMPRESAS CONTRATAS CABARGA-EXCAVACIONES MIKEL y CONSTRUCTORA DE OBRAS PúBLICAS SAN EMETERIO S.A., para que en el plazo de tres días hábiles aporten una serie de documentación. Tercero: Que la mesa de contratación, reunida el día once de junio de 2.008, tras comprobar que la documentación requerida y presentada por dichas entidades licitadoras es correcta y ajustada al pliego de condiciones, acuerda admitir a trámite a las tres entidades licitadoras presentadas CONSTRUCTORA DE OBRAS PúBLICAS SAN EMETERIO S.A., EXCAVACIONES GONZÁLEZ VEGA S.L. y UNIúN TEMPORAL DE EMPRESAS CONTRATAS CABARGA-EXCAVACIONES MIKEL , por haber presentado las proposiciones en plazo y ajustadas a lo dispuesto en el pliego de cláusulas administrativas y proponer al órgano de contratación la adjudicación del contrato de “Nueva red de pluviales en Unquera. Variantes 1 y 2 A” a la entidad licitadora EXCAVACIONES GONZÁLEZ VEGA S.L. por resultar la oferta más ventajosa para los intereses municipales, en el precio de NOVENTA Y SEIS MIL VEINTIDúS EUROS CON SESENTA Y OCHO CúNTIMOS DE EURO ( 96.022,68 â¬) IVA incluido y cualquier otro impuesto que pueda devengarse, con sujección a las demás condiciones que se derivan de la oferta del mencionado licitador y de la restante documentación obrante en el expediente. A la vista de lo anterior, estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad, se acuerda: PRIMERO. Declarar válido el acto de licitación. SEGUNDO. Declarar admitida las tres proposiciones presentadas, que resultan ser las formuladas por CONSTRUCTORA DE OBRAS PúBLICAS SAN EMETERIO S.A., correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1217 de 2.008; EXCAVACIONES GONZÁLEZ VEGA S.L., correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1.222 de 2.008 y UNIúN TEMPORAL DE EMPRESAS CONTRATAS CABARGA-EXCAVACIONES MIKEL, correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1225 de 2.008;. TERCERO. Por estimar la oferta más ventajosa la formulada por EXCAVACIONES GONZÁLEZ VEGA S.L., adjudicar a la citada empresa el contrato de obras de “Nueva red de pluviales en Unquera. Variantes 1 y 2 A” en el precio de NOVENTA Y SEIS MIL VEINTIDúS EUROS CON SESENTA Y OCHO CúNTIMOS DE EURO ( 96.022,68 ⬠) IVA incluido y cualquier otro impuesto que pueda devengarse, con sujeción a las demás condiciones que se derivan de la oferta del mencionado licitador y al resto de documentación obrante en el expediente. CUARTO. Requerir al adjudicatario para la constitución de la garantía definitiva y que se cancelen las garantías provisionales de los licitadores que no resulten adjudicatarios. QUINTO. Facultar al Sr. Alcalde en la amplitud precisa para la firma del oportuno contrato administrativo. 4.22. Acuerdo que proceda respecto a la devolución de la garantía definitiva de las obras “Parque Infantil en Unquera”. Tomado conocimiento del escrito correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 0654 de 2.008, suscrito por don Liani Sarabia, en representación de QUINTIAL FORESTAL S.L., y que se refiere a la solicitud de devolución de la garantía definitiva del contrato de obras de” Parque infantil en Unquera”. Considerando: Primero. Que en la sesión ordinaria celebrada por la Junta de Gobierno Local en fecha de doce de septiembre de 2006, se acordó, entre otros extremos, adjudicar el contrato para las obras de “Parque infantil en Unquera” a la empresa licitadora QUINTIAL FORESTAL S.L, en el precio de SESENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS EUROS ( 65.600,00 â¬) IVA incluido, requiriendo a la empresa licitadora para la constitución de la garantía definitiva. Segundo. Que la garantía cuya devolución se solicita ha sido presentada mediante aval de la SOCIEDAD DE GARANTúA RECúPROCA DE SANTANDER, de fecha cinco de octubre de 2.006, inscrito en esa misma fecha en el Registro de Avales con el número 2934/06, identificado en los siguientes términos: AVAL INSCRITO EN EL REGISTRO ESPECIAL DE AVALES CON EL NúMERO 2934/06. IMPORTE: 2.624,00 EUROS POR CUENTA DE: QUINTIAL FORESTAL S.L. Tercero. Que en fecha de seis de noviembre de 2.006 se suscribió con QUINTIAL FORESTAL S.L. el contrato administrativo de obras de “PARQUE INFANTIL EN UNQUERA”. Cuarto. Que en fecha de treinta de marzo de 2.007 se suscribió el acta de recepción de las obras. Quinto. Que en fecha de tres de junio de 2.008, por parte de don Roberto García Barrera , director técnico de las obras, se emite informe en el que se indica que ha transcurrido el periodo de garantía de la misma y no habiéndose observado ninguna reclamación, se informa favorablemente la devolución de la fianza definitiva. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Devolver la garantía definitiva prestada por QUINTIAL FORESTAL S.L. mediante aval de la SOCIEDAD DE GARANTúA RECúPROCA DE SANTANDER, de fecha cinco de octubre de 2.006, inscrito en esa misma fecha en el Registro de Avales con el número 2934/06, por importe de DOS MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO EUROS ( 2.624,00â¬) que se refiere al contrato de obras de “PARQUE INFANTIL EN UNQUERA”. Segundo. Notificar el presente acuerdo al interesado, con indicación de los recursos que, en su caso procedan.“ 4.23. Acuerdo que proceda respecto a la devolución de la garantía provisional de las obras de “Urbanización de calle en Unquera. Tramo II”. Tomado conocimiento del escrito correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1481 de 2.008, suscrito por don David Gómez Lombardo, en representación de UTE UNQUERA, y que se refiere a la solicitud de devolución de la garantía provisional del contrato de obras de “Urbanización de calle en Unquera. Tramo II”. Considerando: Primero. Que en la sesión extraordinaria celebrada por el Pleno del Ayuntamiento en fecha de cinco de noviembre de 2.007 entre otros extremos, se acordó adjudicar el contrato para las obras de “Urbanización de Calle en Unquera. Tramo II” a la entidad licitadora Unión Temporal de Empresas EXCAVACIONES GONZÁLEZ VEGA S.L., ASFIN CANTABRIA S.L. Y TALLERES ELúCTRICOS HERRERA S.L., en el precio de CUATROCIENTOS ONCE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE EUROS ( 411.999,00 â¬) IVA incluido, requiriendo a la empresa licitadora para la constitución de la garantía definitiva, habiéndose constituido dicha garantía definitiva mediante aval bancario de fecha veintisiete de diciembre de 2.007 e inscrito en el registro especial de avales con el número 0182000538937. Segundo. Que la dicha garantía provisional cuya devolución se solicita ha sido presentada mediante dos avales de la entidad BANKINTER S.A., de fechas veinte de septiembre de 2.007 y veintiuno de septiembre de 2.007, inscritos en esas mismas fecha en el Registro de Avales con los números 0199621 y 0199715 identificados en los siguientes términos: 1. AVAL INSCRITO EN EL REGISTRO ESPECIAL DE AVALES CON EL NúMERO 0199621. IMPORTE: 4.132,41 EUROS POR CUENTA DE: ASFIN CANTABRIA S.L., EXCAVACIONES GONZÁLEZ VEGA S.L. Y TALLERES ELúCTRICOS HERRERA S.A., EN UTE CONJUNTA Y SOLIDARIAMENTE. 2.AVAL INSCRITO EN EL REGISTRO ESPECIAL DE AVALES CON EL NúMERO 0199715. IMPORTE: 4.132,40 EUROS. POR CUENTA DE: ASFIN CANTABRIA S.L., EXCAVACIONES GONZÁLEZ VEGA S.L. Y TALLERES ELúCTRICOS HERRERA S.A., EN UTE CONJUNTA Y SOLIDARIAMENTE. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Devolver la garantía provisional prestada por Unión Temporal de Empresas EXCAVACIONES GONZÁLEZ VEGA S.L., ASFIN CANTABRIA S.L. Y TALLERES ELúCTRICO HERRERA S.L. mediante dos avales de la entidad BANKINTER S.A., de fechas veinte de septiembre de 2.007 y veintiuno de septiembre de 2.007, inscritos en esas mismas fechas en el Registro de Avales con los números 0199621 y 0199715 respectivamente, por importes de CUATRO MIL CIENTO TREINTA Y DOS EUROS CON CUARENTA Y UN CúNTIMOS ( 4.132,41 â¬) y de CUATRO MIL CIENTO TREINTA Y DOS EUROS CON CUARENTA CúNTIMOS ( 4.132,40 â¬) y que se refiere al contrato de obras “URBANIZACIúN DE CALLE EN UNQUERA. TRAMO II”. Segundo. Notificar el presente acuerdo al interesado, con indicación de los recursos que, en su caso procedan. 4.24. Padrones del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica y urbana del Ayuntamiento de Val de San Vicente para el ejercicio 2.008. Acuerdo que proceda. A la vista del padrón del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana del ayuntamiento de Val de San Vicente para el ejercicio 2.008, integrado por CUATRO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS (4.432) recibos, por un valor catastral total de OCHENTA MILLONES ONCE MIL NOVECIENTOS UN EUROS CON TREINTA Y DOS CúNTIMOS DE EURO (80.011.901,32 â¬), con una base liquidable de la misma cuantía y cuyo importe total de cuotas asciende a la cantidad de CUATROCIENTOS SESENTA MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO EUROS CON NUEVE CúNTIMOS DE EURO (460.985,09 â¬). A la vista igualmente del padrón del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica del ayuntamiento de Val de San Vicente para el ejercicio 2.008, integrado por MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y UN (1.461) recibos, con una base liquidable de SEIS MILLONES CIENTO VEINTIOCHO MIL CINCUENTA SIETE EUROS CON SIETE CúNTIMOS DE EURO (6.128.057,07 â¬) y cuyo importe total de cuotas asciende a la cantidad de VEINTISúIS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO EUROS CON CINCUENTA Y UN CúNTIMOS DE EURO ( 26.588,51 â¬). La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar los padrones del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica y urbana del ayuntamiento de Val de San Vicente para el ejercicio 2.008, cuyos datos principales se han reseñado en el presente acuerdo. SEGUNDO: Que dichos padrones se expongan al público en las oficinas municipales de Val de San Vicente durante el plazo de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de Cantabria. TERCERO: Establecer como periodo voluntario de cobranza desde el lunes veintiuno de julio de 2.008, hasta el jueves 25 de septiembre de 2.008, ambos incluidos. 4.25. Padrón de la tasa por suministro de agua potable y alcantarillado del Ayuntamiento de Val de San Vicente correspondiente al segundo trimestre de 2.008. Acuerdo que proceda. Visto el padrón fiscal de las tasas por suministro de agua potable y alcantarillado correspondientes al primer trimestre de 2.008. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda. PRIMERO. Aprobar el padrón fiscal de las tasas por suministro de agua potable y alcantarillado del Ayuntamiento de Val de San Vicente correspondiente al primer trimestre de 2.008. SEGUNDO. Que se proceda a su exposición pública a efectos de reclamaciones mediante anuncios que se publicarán en el Boletín Oficial de Cantabria y en el tablón de edictos del Ayuntamiento. TERCERO. Establecer como periodo voluntario de cobro desde el uno de agosto de 2.008 hasta el 30 de septiembre de 2.008. 4.26. Solicitud de exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica formulada por doña Mª Cruz Gómez Díaz, correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1450 de 2.008. Visto el documento con registro municipal de entradas número 1450 de 2008 formulado por doña Mª Cruz Gómez Díaz y que se refiere a la solicitud de exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. Considerando: Primero: Que la exención solicitada se refiere al supuesto contemplado en el artículo 3.1.e) párrafo 2 de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica según el cual, están exentos los vehículos matriculados a nombre de minusválidos para su uso exclusivo. Segundo: Que el mismo precepto establece que dicha exención no resultará aplicable a los sujetos beneficiarios de la misma por más de un vehículo simultáneamente. Tercero: Que en el informe emitido en fecha de veinte de junio de 2.008 por el servicio de recaudación municipal queda acreditado que doña Mª Cruz Gómez Díaz goza de la exención por minusvalía en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica en el vehículo con matrícula S-7567-AL. A la vista de lo anterior, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Denegar la exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica solicitada por doña Mª Cruz Gómez Díaz con DNI 13.860.446 W, por el vehículo con matrícula 4595 DYK. Dicha exención se deniega al quedar acreditado en el expediente que ya goza de otra exención por el mismo motivo por el vehículo con matrícula S-7567-AL, lo que supone incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3.1.e) párrafo 2 de la de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del Ayuntamiento de Val de San Vicente. SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 4.27. Solicitud de exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica formulada por doña Consolación Vélez Sánchez correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1286 de 2008. Visto el documento con registro municipal de entradas número 1286 de 2008 formulado por doña Consolación Vélez Sánchez y que se refiere a la solicitud de exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica solicitada por doña Consolación Vélez Sánchez por el vehículo con matrícula 2639 FTR. Dicha exención se concede de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.1.e) de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del ayuntamiento de Val de San Vicente. SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 4.28. Solicitud de exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica formulada por doña Sonia Franco Calderón correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1272 de 2008. Visto el documento con registro municipal de entradas número 1272 de 2008 formulado por doña Sonia Franco Calderón y que se refiere a la solicitud de exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica solicitada por doña Sonia Franco Calderón por el vehículo con matrícula 9245 DLZ. Dicha exención se concede de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.1.e) de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del Ayuntamiento de Val de San Vicente. SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 4.29. Solicitud de exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica formulada por don Antonio Esteban Bada Blanco correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1196 de 2008. Visto el documento con registro municipal de entradas número 1196 de 2008 formulado por don Antonio Esteban Bada Blanco y que se refiere a la solicitud de exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica solicitada por don Antonio Esteban Bada Blanco por el remolque provisto de cartilla de inspección agrícola con número de bastidor 10802. Dicha exención se concede de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.1.g) de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del Ayuntamiento de Val de San Vicente. SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 4.30. Solicitud de exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica formulada por SAT LOS TÁNAGOS correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1215 de 2008. Visto el documento con registro municipal de entradas número 1215 de 2008 formulado por don SAT LOS TÁNAGOS y que se refiere a la solicitud de exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica solicitada por SAT LOS TÁNAGOS por el vehículo provisto de cartilla de inspección agrícola con matrícula E-1283-BFH. Dicha exención se concede de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.1.g) de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del Ayuntamiento de Val de San Vicente. SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 4.31. Solicitud de devolución de ingresos indebidos formulada por don Manuel Ramón Canal Díaz en representación de FAMILIA CANAL S.L. correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1427 de 2008. Visto el documento con registro municipal de entradas número 1427 de 2008 formulado por don Manuel Ramón Canal Díaz en representación de FAMILIA CANAL S.L. y que se refiere a la solicitud de devolución del exceso abonado al Ayuntamiento de Val de San Vicente en concepto de cuota correspondiente al impuesto sobre vehículos de tracción mecánica correspondiente al ejercicio 2.008. Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la devolución de la cantidad de CINCUENTA Y UN EUROS CON TREINTA Y SIETE CúNTIMOS (51,37 â¬) a FAMILIA CANAL S.L.. con CIF B-39235866. Dicha cantidad corresponde al exceso abonado en concepto de impuesto sobre vehículos de tracción mecánica correspondiente al ejercicio 2.008 por el vehículo con matrícula S-8373-AM. SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 4.32.Solicitud de devolución de ingresos indebidos formulada por Carlos Antonio Alechiguerra Galguera correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1176 de 2008. Visto el documento con registro municipal de entradas número 1176 de 2008 formulado por don Carlos Antonio Alechiguerra Galguera y que se refiere a la solicitud de devolución del exceso abonado al Ayuntamiento de Val de San Vicente en concepto de cuota correspondiente al impuesto sobre vehículos de tracción mecánica correspondiente al ejercicio 2.008. Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la devolución de la cantidad de SETENTA Y SIETE EUROS CON CINCO CúNTIMOS (77,05 â¬) a don Carlos Antonio Alechiguerra Galguera con DNI 13.978.667 A. Dicha cantidad corresponde al exceso abonado en concepto de impuesto sobre vehículos de tracción mecánica correspondiente al ejercicio 2.008 por el vehículo con matrícula O-0436-BD. SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 4.33. Solicitud de devolución de ingresos indebidos formulada por doña Ana Isabel García Vila en representación de don José Ramón González García correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1273 de 2008. Visto el documento con registro municipal de entradas número 1273 de 2008 formulado por doña Ana Isabel García Vila en representación de don José Ramón González García y que se refiere a la solicitud de devolución del exceso abonado al Ayuntamiento de Val de San Vicente en concepto de cuota correspondiente al impuesto sobre vehículos de tracción mecánica correspondiente al ejercicio 2.008. Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la devolución de la cantidad de VEINTICUATRO EUROS CON TREINTA Y TRES CúNTIMOS (24,33 â¬) a don José Ramón González García con DNI 13.919.047 E. Dicha cantidad corresponde al exceso abonado en concepto de impuesto sobre vehículos de tracción mecánica correspondiente al ejercicio 2.008 por el vehículo con matrícula S-0531-V. SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 4.34.Solicitud de devolución de ingresos indebidos formulada por doña Encarnación Gutiérrez Antolín correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1663 de 2008. Visto el documento con registro municipal de entradas número 1663 de 2008 formulado por doña Encarnación Gutiérrez Antolín y que se refiere a la solicitud de devolución del exceso abonado al Ayuntamiento de Val de San Vicente en concepto de cuota correspondiente al impuesto sobre vehículos de tracción mecánica correspondiente al ejercicio 2.008. Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la devolución de la cantidad de CINCUENTA Y UN EUROS CON TREINTA Y SIETE CúNTIMOS ( 51,37 â¬) a doña Encarnación Gutiérrez Antolín con DNI 13.926.355 Q. Dicha cantidad corresponde al exceso abonado en concepto de impuesto sobre vehículos de tracción mecánica correspondiente al ejercicio 2.008 por el vehículo con matrícula S-6953-Y. SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 4.35. Solicitud de devolución de ingresos indebidos formulada por MOVIMIENTOS DE TIERRA ESPARZA S.L. correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1285 de 2008. Visto el documento con registro municipal de entradas número 1285 de 2008 formulado por MOVIMIENTOS DE TIERRA ESPARZA S.L. y que se refiere a la solicitud de devolución del exceso abonado al Ayuntamiento de Val de San Vicente en concepto de cuota correspondiente al impuesto sobre vehículos de tracción mecánica correspondiente al ejercicio 2.008. Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la devolución de la cantidad de SETENTA Y NUEVE EUROS CON CUARENTA Y OCHO CúNTIMOS ( 79,48 â¬) a MOVIMIENTOS DE TIERRA ESPARZA S.L. con CIF B39368204. Dicha cantidad corresponde al exceso abonado en concepto de impuesto sobre vehículos de tracción mecánica correspondiente al ejercicio 2.008 por el vehículo con matrícula E-2445-BFG. SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 4.36.Solicitud de devolución de ingresos indebidos formulada por don Gonzalo González Gutiérrez correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1214 de 2008. Visto el documento con registro municipal de entradas número 1214 de 2008 formulado por don Gonzalo González Gutiérrez y que se refiere a la solicitud de devolución del exceso abonado al Ayuntamiento de Val de San Vicente en concepto de cuota correspondiente al impuesto sobre vehículos de tracción mecánica correspondiente al ejercicio 2.008. Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la devolución de la cantidad de TREINTA Y SEIS EUROS CON CINCUENTA CúNTIMOS (36,50 â¬) a don Gonzalo González Gutiérrez con D.N.I. 13.927.176 D. Dicha cantidad corresponde al exceso abonado en concepto de impuesto sobre vehículos de tracción mecánica correspondiente al ejercicio 2.008 por el vehículo con matrícula S-0183-AG . SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 4.37.Solicitud de devolución de ingresos indebidos formulada por doña María Isabel Inguanzo Herrero correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1399 de 2008. Visto el documento con registro municipal de entradas número 1399 de 2008 formulado por doña María Isabel Inguanzo Herrero y que se refiere a la solicitud de devolución del exceso abonado al Ayuntamiento de Val de San Vicente en concepto de cuota correspondiente al impuesto sobre vehículos de tracción mecánica correspondiente al ejercicio 2.008. Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la devolución de la cantidad de CINCUENTA Y UN EUROS CON TREINTA Y SIETE CúNTIMOS (51,37 â¬) a doña María Isabel Inguanzo Herrero con D.N.I. 13.903.529 Y. Dicha cantidad corresponde al exceso abonado en concepto de impuesto sobre vehículos de tracción mecánica correspondiente al ejercicio 2.008 por el vehículo con matrícula S-3916-AH . SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 4.38.Solicitud de devolución de ingresos indebidos formulada por don Salvador Pandal Pérez correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1364 de 2008. Visto el documento con registro municipal de entradas número 1364 de 2008 formulado por don Salvador Pandal Pérez y que se refiere a la solicitud de devolución del exceso abonado al Ayuntamiento de Val de San Vicente en concepto de cuota correspondiente al impuesto sobre vehículos de tracción mecánica correspondiente al ejercicio 2.008. Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la devolución de la cantidad de TREINTA Y SEIS EUROS CON CUARENTA Y NUEVE CúNTIMOS (36,49 â¬) a don Salvador Pandal Pérez con D.N.I. 20.219.733 L. Dicha cantidad corresponde al exceso abonado en concepto de impuesto sobre vehículos de tracción mecánica correspondiente al ejercicio 2.008 por el vehículo con matrícula S-3749-T . SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 5. Ruegos y preguntas. Abierto este punto, no se plantea ninguno. Y no habiendo más asuntos a tratar, por el sr. Presidente se levanta la sesión, cuando son las diecinueve horas y cincuenta minutos del día al inicio indicado, de todo lo cual, como secretaria, doy fe.