Acta de la JGL celebrada el dí­a 13 de Abril de 2007

ACTA NúšMERO 04/2.007 DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE VAL DE SAN VICENTE, CORRESPONDIENTE A LA SESION ORDINARIA CELEBRADA EL DúA 13 DE ABRIL DE 2.007.   En Pesués, Val de San Vicente, en la casa consistorial del Ayuntamiento de Val de San Vicente, siendo las trece horas y treinta minutos  del día trece de abril de dos mil siete, se reúne la Junta de Gobierno Local del ayuntamiento de Val de San Vicente para celebrar sesión ordinaria en única convocatoria con la asistencia de los miembros siguientes: Presidente: Don Miguel Ángel González Vega. Concejales: Doña Nuria Yolanda Verdeja Melero, don Roberto Escobedo Quintana y don Raúl Elizalde Barquín. Secretaria: Laura Rodríguez Candás Se da lectura a la resolución de convocatoria, y desarrollando el orden del día se debaten los asuntos siguientes:   1. Aprobación, si procede, del  borrador del  acta de la sesión anterior.   Habiéndose dado traslado a los señores miembros de la junta de gobierno local de Val de San Vicente del acta correspondiente a la sesión ordinaria celebrada por este órgano en fecha de 15 de marzo de 2.007 y no manifestándose ningún reparo ni objeción frente a la misma, se acuerda aprobar la citada acta.   2. Facturas y pagos.   2.1. Facturas y pagos.   Se da cuenta de la relación de facturas y pagos correspondiente a esta sesión de la junta de gobierno local de las que se incorpora al expediente un ejemplar para constancia. Tomado conocimiento del asunto, por la junta de gobierno local se acuerda aprobar dicha relación de facturas y pagos, cuyo importe total asciende a la cantidad de  CINCUENTA Y SEIS MIL CIENTO NOVENTA Y NUEVE EUROS Y CUARENTA Y TRES Cú‰NTIMOS   ( 56.199,43 €) 2.2. Reconocimiento extrajudicial de crédito. A la vista del expediente de reconocimiento extrajudicial de créditos número J-2007/3 en el que obra el correspondiente informe de intervención y las facturas y pagos que lo integran, cuyo importe total asciende a la cantidad de DIECIOCHO MIL CUARENTA Y NUEVE EUROS CON CINCUENTA Y SIETE Cú‰NTIMOS (18.049,57 € ), estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal, por unanimidad se acuerda aprobar el expediente de reconocimiento extrajudicial de créditos número J-2007/3 por importe DIECIOCHO MIL CUARENTA Y NUEVE EUROS CON CINCUENTA Y SIETE Cú‰NTIMOS ( 18.049,57 €).   3. Solicitudes de licencias municipales de obras. Acuerdos que procedan.    3.1. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por don Luis Enrique Tarno Cuesta  para reforma y ampliación de vivienda unifamiliar en Pechón. Visto el expediente incoado por don Luis Enrique Tarno Cuesta para reforma y ampliación de vivienda unifamiliar en Pechón. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de 30 de marzo de 2.007 por  los servicios técnicos municipales. Tomado conocimiento del proyecto básico y de ejecución redactado al efecto por la arquitecta doña María Teresa Moreno Fuente, visado por el colegio oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 22 de febrero  de 2007. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo y Obras la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a don Luis Enrique Tarno Cuesta para  reforma y ampliación de vivienda unifamiliar en Pechón, según proyecto básico y de ejecución redactado al efecto por la arquitecta doña María Teresa Moreno Fuente,  visado por el colegio oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 22 de febrero de 2.007. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo y de las particulares siguientes: Condiciones inherentes a las instalaciones: §   Deberá evitarse que las bajantes pluviales se viertan a la red de saneamiento municipal, debiendo evacuarse las aguas pluviales mediante vertido libre, buscando el desagüe natural de las mismas. Condiciones estéticas §   La carpintería exterior será o bien de madera o bien de otro material en tonos oscuros que imite a ésta. §   La fachada se pintará en tonos claros y además la piedra que se pudiera colocar en la fachada tendrá que ser de las mismas características que las de los edificios del entorno. §   La cubierta se realizará con teja curva tipo árabe de color rojo. §   Los canalones y las bajantes de pluviales serán de cobre o zinc y en ningún caso de PVC.   SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y UN EUROS (44.491,00 €). TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo.   3.2. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por doña Encarnación Menéndez Navarro para modificado del proyecto de rehabilitación y cambio de uso de dos cuadras en tres viviendas en Pechón. Visto el expediente incoado por doña Encarnación Menéndez Navarro para modificado del proyecto de rehabilitación y cambio de uso de dos cuadras en tres viviendas en Pechón para el que se concedió licencia municipal de obras mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local de Val de San Vicente en sesión ordinaria celebrada en fecha de 26 de octubre de 2.006  para rehabilitación y cambio de uso de dos cuadras en viviendas en Pechón. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de 10 de abril de 2.007 por  los servicios técnicos municipales. Tomado conocimiento del modificado del proyecto básico y de ejecución redactado al efecto por el  arquitecto don Roberto Terán García, visado por el colegio oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 9 de enero de 2.007 y del plano anejo al modificado redactado por el mismo arquitecto y visado por el colegio oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 29 de marzo de 2.007. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo y Obras, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen,  acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a dola Encarnación Menéndez Navarro para  modificado  del proyecto de rehabilitación y cambio de uso de dos cuadras en tres viviendas en Pechón modificado del proyecto básico y de ejecución redactado al efecto por el  arquitecto don Roberto Terán García, visado por el colegio oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 9 de enero de 2.007 y del plano anejo al modificado redactado por el mismo arquitecto y visado por el colegio oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 29 de marzo de 2.007. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo y de las particulares siguientes: Condiciones estéticas: §   La carpintería exterior será o bien de madera o bien de otro material en tonos oscuros que imite a ésta. §   La fachada se pintará en tonos claros y además la piedra que se pudiera colocar en la fachada tendrá que ser de las mismas características que las de los edificios del entorno. §   La cubierta se realizará con teja curva tipo árabe de color rojo. §   Los canalones y las bajantes de pluviales serán de cobre o zinc y en ningún caso de PVC. Condiciones inherentes a las instalaciones: §   Las condiciones a las redes de servicios se llevarán de acuerdo con las compañías suministradoras y con los servicios técnicos municipales. §   Deberá evitarse que las bajantes pluviales se viertan a la red de saneamiento municipal, debiendo evacuarse las aguas pluviales mediante vertido libre, buscando el desagüe natural de las mismas. Condiciones inherentes a la urbanización: §   El frente de la parcela quedará completamente urbanizado, debiéndose dejar perfectamente pavimentado. De igual modo, se repararán todos los desperfectos que como consecuencia de la ejecución de las obras se pudieran producir.   SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de TRES MIL DIECIOCHO EUROS CON VEINTICINCO Cú‰NTIMOS (3.018,25 €). TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo.   3.3. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por don José Villar Hevia para reforma y ampliación de dos cuadras para cambio de uso a vivienda unifamiliar en Prío. Visto el expediente incoado por don José Villar Hevia  para reforma y ampliación de dos cuadras para cambio de uso a vivienda unifamiliar en Prío. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de 10 de abril de 2.007 por  los servicios técnicos municipales. Tomado conocimiento del proyecto básico y de ejecución redactado al efecto por la arquitecta doña María Teresa Moreno Fuente, visado por el colegio oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 22 de febrero  de 2007.  De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo y Obras, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a don José Villar Hevia para reforma y ampliación de dos cuadras para cambio de uso a vivienda unifamiliar en Prío según proyecto básico y de ejecución redactado al efecto por la arquitecta doña María Teresa Moreno Fuente, visado por el colegio oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 22 de febrero  de 2007. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo y de las particulares siguientes: Condiciones que han de cumplirse para dar comienzo a las obras: §   Deberá de incorporarse al expediente el informe  de habitabilidad Condiciones inherentes a las instalaciones: §   Las conexiones a las redes de servicios se llevarán a cabo de acuerdo con las compañías suministradoras y con los servicios técnicos municipales. Condiciones estéticas: §   La carpintería exterior será o bien de madera o bien de otro material en tonos oscuros que imite a ésta. §   La fachada se pintará en tonos claros y además la piedra que se pudiera colocar en la fachada tendrá que ser de las mismas características que las de los edificios del entorno. §   La cubierta se realizará con teja curva tipo árabe de color rojo. §   Los canalones y las bajantes de pluviales serán de cobre o zinc y en ningún caso de PVC.   SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS TRECE EUROS CON CUARENTA Cú‰NTIMOS (145.213,40  â‚¬). TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo.   3.4. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por UNQUERA URBANISMO S.L. para la construcción de un edificio de dieciséis viviendas y locales comerciales en Unquera. Visto el expediente incoado por UNQUERA URBANISMO S.L. para la construcción de un edificio de dieciséis viviendas y locales comerciales en Unquera. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de 22 de marzo de 2.007 por  los servicios técnicos municipales. Tomado conocimiento del proyecto básico redactado al efecto por la arquitecta doña María Teresa Moreno Fuente, visado por el colegio oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 22 de febrero  de 2007 y de los planos A06, A07, A08, A09, A10, A11, A12, A16 y A17, redactados por la misma arquitecta y visados por el colegio oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 26 de marzo de 2.007. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo y Obras la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a UNQUERA URBANISMO S.L. para la construcción de un edificio de dieciséis viviendas y locales comerciales en Unquera según proyecto básico redactado al efecto por la arquitecta doña María Teresa Moreno Fuente, visado por el colegio oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 22 de febrero  de 2007 y de los planos A06, A07, A08, A09, A10, A11, A12, A16 y A17, redactados por la misma arquitecta y visados por el colegio oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 26 de marzo de 2.007. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo y de las particulares siguientes: Condiciones que han de cumplirse para dar comienzo a las obras: §   Habrán de incorporarse al expediente los proyectos de ejecución, de seguridad y salud y de infraestructura común de telecomunicaciones. §   Deberá acreditarse la aceptación del encargo de la dirección técnica auxiliar por parte de arquitecto técnico. Condiciones inherentes a la urbanización: §   El frente de la parcela, correspondiente parte a la acera y parte a vial, quedará perfectamente urbanizado, asfaltándose además aquellas zonas de vial público que siendo ajenas a la propia finca, pudieran haber sido perjudicadas por la realización de las obras. La acera se ejecutará siguiendo las directrices de los servicios técnicos del ayuntamiento. Condiciones inherentes a las instalaciones: §   En el proyecto de ejecución se deberá prever el lugar en el que se van a colocar los armarios contadores de las distintas instalaciones, los cuales, a fin de facilitar su lectura deberán de colocarse en una zona de fácil acceso. §   Las conexiones a las redes de servicios se llevarán a cabo de acuerdo con las compañías suministradoras y con los servicios técnicos municipales. §   Para el derribo del edificio se deberán desmontar dos luminarias existentes en la fachada. Durante el transcurso de las obras se deberá mantener el alumbrado de la calle y se deberá habilitar algún soporte o solicitar a los vecinos colindantes permiso para la colocación de puntos de luz provisionales. Igualmente se deberá dejar prevista canalización para atravesar la parcela y colocar un punto de luz en la fachada trasera. §   Al final de las obras habrán de presentarse el boletín de la instalación de la infraestructura común de telecomunicaciones, el protocolo de pruebas y el certificado del ingeniero de telecomunicaciones, todo ello debidamente sellado por la Jefatura Provincial de Inspección de Telecomunicaciones. Condiciones estéticas: §   Los canalones y las bajantes de pluviales serán de cobre o zinc y en ningún caso de PVC. §   La zona destinada a locales comerciales en la planta baja, se encontrará al finalizar la obra, como mínimo, cerrado con tabique de ladrillo hueco doble, el cual estará revocado y pintado en un tono, a ser posible, como el de la fachada.   SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de OCHOCIENTOS NOVENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS EUROS ( 891.400,00  €). TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo.   3.5. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por don Gustavo Gómez González para la construcción de una vivienda unifamiliar en Luey. Visto el expediente incoado por don Gustavo Gómez González para la construcción de una vivienda unifamiliar en Luey. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de 10 de abril de 2.007 por  los servicios técnicos municipales. Tomado conocimiento del proyecto básico redactado al efecto por el arquitecto don Máximo Díaz Sánchez,  visado por el colegio oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 22 de marzo de 2007. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo y Obras, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a don Gustavo Gómez González para la construcción de  una vivienda unifamiliar en Luey según proyecto básico redactado al efecto por el arquitecto don Máximo Díaz Sánchez,  visado por el colegio oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 22 de marzo de 2007. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo y de las particulares siguientes: Condiciones que han de cumplirse para dar comienzo a las obras: §   Habrán de incorporarse al expediente los proyectos de ejecución y de seguridad y salud . El proyecto de ejecución contendrá una sección general de la parcela donde se especifique la altura del muro situado en el linde sur. §   Deberá acreditarse la aceptación del encargo de la dirección de la obra por parte de arquitecto y la dirección de la ejecución de la obra por parte de aparejador. §   Habrá de incorporarse al expediente el informe de habitabilidad. Condiciones inherentes a la urbanización: §   El frente de la parcela,  quedará perfectamente urbanizado, debiéndose dejar perfectamente pavimentado. De igual modo, se repararán todos los desperfectos que como consecuencia de la ejecución de las obras se pudieran producir. §   El cierre de la finca con respecto al sendero será de piedra, reparando el existente. §   Se llevará a cabo la plantación de árboles de porte medio en la proporción de al menos uno por cada 50 m2 de espacio libre. Condiciones inherentes a las instalaciones: §   Las conexiones a las redes de servicios se llevarán a cabo de acuerdo con las compañías suministradoras y con los servicios técnicos municipales. En el punto de entronque a la red de saneamiento municipal se ejecutará obligatoriamente una arqueta o pozo de registro, cuyas dimensiones se determinarán en el momento de ejecutarse la obra. §   Los contadores de agua luz se alojarán en una zona accesible, siendo aceptable su colocación en el cerramiento de la parcela y dentro de unos pequeños armarios que se integren en el propio muro. Condiciones estéticas: §   La carpintería exterior será o bien de madera, o bien de otro material en tonos oscuros que imite a ésta. §   La fachada se pintará en tonos adecuados, evitando colores poco apropiados o extravagantes. §   Los canalones y las bajantes de pluviales serán de cobre o zinc y en ningún caso de PVC. §   La cubierta se realizará con teja de color rojo o tierra.   SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL EUROS ( 156.000,00  €). TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo.   3.6. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por don Andrés Sañudo González para estabulación libre cerrada para vacuno de leche en Los Tánagos. Visto el expediente incoado por don Andrés Sañudo González para  estabulación libre cerrada para vacuno de leche en Los Tánagos. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de 10 de abril de 2.007 por  los servicios técnicos municipales. Tomado conocimiento del proyecto redactado al efecto por el ingeniero técnico en explotaciones agropecuarias  don Andrés Matienzo García,  visado por el colegio oficial de ingenieros técnicos agrícolas y peritos agrícolas en fecha de 14 de julio de 2.004. Visto el acuerdo adoptado por al Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo en sesión de fecha 26 de febrero de 2.007, notificada al ayuntamiento de Val de San Vicente mediante documento con registro municipal de entradas número 0600 de 2.007, por la que se autoriza la solicitud de ampliación de estabulación promovida por Don Andrés Sañudo González, en suelo no urbanizable de Los Tánagos, término municipal de Val de San Vicente, por entender que nos encontramos ante uno de los usos autorizables previstos en el artículo 112.3 a) de la Ley 2/2001, de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria. Vista la Estimación de Impacto Ambiental aprobatoria con condiciones de fecha 11 de septiembre de 2.006 formulada por la Dirección General de Medio Ambiente y remitida al ayuntamiento de Val de San Vicente mediante documento con registro municipal de entradas número 1934 de 2.006. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo y Obras, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a don Andrés Sañudo González para estabulación libre cerrada para vacuno de leche según proyecto  redactado al efecto por el ingeniero técnico en explotaciones agropecuarias  don Andrés Matienzo García,  visado por el colegio oficial de ingenieros técnicos agrícolas y peritos agrícolas en fecha de 14 de julio de 2.004. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo y al cumplimiento de medidas correctoras de impacto que se recogen en el Informe de Impacto Ambiental presentado por el promotor y las establecidas en la Estimación de Impacto Ambiental formulada por la Dirección General de Medio Ambiente en fecha de once de septiembre de 2.006 y que se insertan a continuación:   “ MEDIDAS CORRECTORAS PROPUESTAS POR EL PROMOTOR   Fase de construcción.   -          Riego mediante camión cuba de los caminos anejos a la obra y el emplazamiento, de forma que se minimicen los impactos ocasionados por la producción de polvo. -          Con el objetivo de minimización del impacto sobre la fauna, deberán comenzarse las obras en la época en que sea más fácil el desplazamiento y búsqueda de nuevos refugios por parte de los animales. Es conveniente no empezar las obras bruscamente sino dejar pasar unos días antes de comenzar las excavaciones. -          No se realizarán trabajos nocturnos con profusión de luces y emisión de ruidos. -          La incidencia que sobre el medio ambiente ejerce el mantenimiento de la maquinaria empleada en la obra, exige la elaboración de un plan de explotación de las instalaciones del parque de maquinaria, donde se expongan las normas para el lavado de hormigoneras, camiones, cambio de aceite, etc. Teniendo en cuenta la necesidad de eliminación de los residuos de forma que no supongan contaminación.   Fase de explotación. -          Ruido. Las características de las instalaciones, así como su ubicación, alejada de cualquier núcleo habitado, suponen que los ruidos producidos por los animales sean atenuados por las mismas instalaciones, ya que la nave de nueva construcción esta cerrada parcialmente. Las caras están cerradas con muros de bloque de hormigón 40x20x20 cm., existiendo una distancia considerable hacia los núcleos habitados (más de 3000 metros), evitándose así que puedan considerarse como molestas y afectar a os habitantes cercanos. -          Gases, humos y olores. La ubicación de la estabulación reduce los problemas de olores que pudieran generarse en su entorno, al hallarse a suficiente distancia del núcleo urbano habitado. La operación que más molestias puede generar es la distribución del estiércol a las fincas de la explotación, por lo que dichas operaciones se realizarán en días  laborables y con condiciones de viento favorables. -          Gestión de purines. La explotación dispone de un estercolero de 475.52 m3, suficiente para almacenar los purines generados en cuatro meses. Teniendo en cuenta la base territorial asociada a la explotación (83.16 ha) y el número de cabezas de ganado de la misma, obtenemos un valor de 68.05 kg de N/ha/año, cantidad menor a la recomendada por el Código de Buenas Prácticas Agrarias, que es de 170Kg/N/ha y año. Esto quiere decir que los terrenos que dispone el ganadero son suficientes para absorber todos los desechos orgánicos producidos por el ganado sin generar ningún tipo de contaminación.   En cuanto a las condiciones de aplicación, hay que señalar que la distribución de los mismos se efectuara respetando los siguientes criterios: -          En casos de suelos nevados o helados debe evitarse la aplicación de estiércoles fluidos. -          No deben aplicarse a menos de 50,00 m de una fuente, pozo o perforación que suministre agua para el consumo humano. -          Las aplicaciones de purín se efectuarán en otoño temprano y en primavera preferentemente. -          En caso de lluvias se evitará abonar para no provocar problemas de percolación de los residuos a capas freáticas. No obstante, y para evitar problemas en la distribución, antes del comienzo del periodo de lluvias invernales se vaciará por completo el estercolero, aportando a las parcelas los residuos orgánicos para que en los meses invernales en los que es difícil acceder a las parcelas no sea necesario realizar esta operación. -          Eliminación de cadáveres. Para la eliminación de los animales muertos dentro de la explotación se recurrirá al servicio de recogida de cadáveres de la Diputación de Cantabria. No se realizará en ningún momento cremación o enterramiento en fosas estancas con cal de los animales muertos. -          Eliminación residuos urbanos. El vertido de los residuos de la explotación asimilables a urbanos (cartones, envases, plásticos) que se generan en muy pequeña cantidad, se efectuará en los contenedores dispuestos por el Ayuntamiento al efecto, y que los trabajadores llevarán desde las propias instalaciones de la nave, evitando de este modo la posibilidad del vertido y/o quema incontrolada de estos residuos. -          Aguas pluviales. En referencia a las aguas pluviales, estas serán recogidas mediante un sistema de canalones y bajantes en la nave nueva y una red de arquetas con tubería de saneamiento, que trasladarán las aguas de lluvia hasta la acequia más cercana, que discurre por el lado norte de la explotación. De esta forma, las aguas pluviales no se mezclan con el estiércol ni con las aguas residuales. -          Desinfección y desratización. A fin de mantener un adecuado estado sanitario de la explotación, se realizarán desinfecciones y desratizaciones periódicas. Para ello, en la época invernal se limpiará a fondo la nave con agua a presión y detergente. Una vez bien lavado y seco el local, se desinfectará usando productos eficaces contra todos los gérmenes, y que sean inofensivos para animales y personas. Se puede emplear lechada de cal, recién preparada en mezcla de unos cuatro litros de agua por cada Kg. de cal para una acción depurativa. En el caso de desratización, al realizarse almacenaje de paja, heno y concentrado, es probable que se produzca la presencia de roedores y ratas, que aparte del daño económico por deterioro de los alimentos, son vía de transmisión de enfermedades. La lucha más eficaz se realizará mediante el uso de raticidas a base de anticoagulantes biológicos, no contaminantes de la cadena trófica en la naturaleza, colocando cebos en las zonas donde se detecte, si es que se descubre su presencia y muy protegidos del acceso de otros animales como ganado, perros y gatos, siendo estos aconsejables para control de roedores, al ser depredadores y realizar mejor una lucha biológica. No obstante se realizarán las pertinentes campañas anuales de saneamiento animal, en las que todas las reses son desinfectadas y desparasitadas. -          Impacto estético. El uso de materiales de construcción adecuados disminuye el impacto visual producido por los edificios, empleando bloque de hormigón de color tostado con cubierta de color rojo muy similar a la de las construcciones tradicionales de la zona.   MEDIDAS CORRECTORAS COMPLEMENTARIAS.   Protección del sistema Hidrológico. -          Uso de estiércol maduro utilizándose en el momento de aplicación óptimo. -          Realización de una correcta gestión y manejo de las deyecciones animales, de manera que serán utilizadas como abono en la misma explotación, evitando cualquier tipo de vertido incontrolado al medio. -          Quedará totalmente prohibida la limpieza de los útiles de abonado después de su uso en cualquier curso fluvial.   Protección del suelo. -          El horizonte de suelo fértil que se retire como consecuencia de las obras, será almacenado en  montones de forma trapezoidal y altura máxima de 1.5 metros, siendo destinado a labores de restauración paisajística o agroganaderas. Durante su almacenamiento, este suelo deberá ser fertilizado convenientemente con la finalidad de mantener la estructura del mismo.   Protección de la Atmósfera. -          Se realizará un adecuado mantenimiento de la maquinaria utilizada, en todo lo relativo a emisiones de gases. -          Si se contemplase un sistema de iluminación externo las luminarias instaladas deberán garantizar la transmisión de luz por debajo de su plano cenital. Especialmente se evitará el empleo de farolas tipo globo y lámparas de bajo rendimiento con halogenuros metálicos favoreciendo el uso de aquellas con vapor de sodio  a baja presión.   Protección del Paisaje. -          El acabado final de las naves deberá permitir su integración paisajística con el entorno rural en el que se localiza. Para ello, el cerramiento exterior estará como mínimo revocado y pintado en blanco preferentemente. -          Finalizada la fase de construcción, el entorno del proyecto deberá ser adecuadamente acondicionado, retirando a vertedero autorizado todos los posibles residuos de obra generados por la ejecución del mismo. -          Se respetará el arbolado existente en el interior de la parcela. -          El acabado de todos los elementos estructurales proyectados deberán evitar posibles brillos mediante el empleo de colores claros con tonalidades mates.   Gestión de residuos. -          Los residuos ganaderos generados de tipo zoosanitarios y fitosanitarios, así como los residuos de productos desinfectantes, serán almacenados en recipientes estancos hasta su retirada por gestor autorizado. -          Los aceites y líquidos residuales procedentes de las operaciones con los vehículos y la maquinaria se almacenarán en recipientes estancos hasta su traslado por gestor autorizado. -          No se acumularán residuos ni desperdicios de ningún tipo en el interior del local ni en sus proximidades. -          Los recipientes de los productos aplicados en el mantenimiento de la maquinaria deberán recibir consideración de producto peligroso y serán gestionados como tal, almacenándose en lugares adecuados hasta su traslado por gestor autorizado.   Plan de Limpieza y Control de plagas. -          Se realizarán de forma periódica aquellos controles que sean necesarios para garantizar la  no proliferación de plagas animales en la zona. -          El diseño de las instalaciones permitirá una limpieza fácil de la deyecciones y un buen control de la higiene de la cama. -          Se reducirá el período de tiempo transcurrido entre limpiezas consecutivas de establos y cuadras para evitar la producción de olores y el desarrollo de moscas y parásitos.     Se comunicará a la Dirección General de Medio Ambiente el comienzo de las obras proyectadas.   Cualquier modificación o ampliación del proyecto presentado, así como si se detectase algún impacto ambiental no previsto en el Informe de Impacto Ambiental, deberán ser comunicados a la Dirección General de Medio Ambiente de la Consejería de Medio Ambiente, que establecerá si procede la aplicación de nuevas medidas correctoras. El incumplimiento o trasgresión de las condiciones ambientales impuestas  para la ejecución del proyecto mediante la presente Estimación Ambiental, derivará, según lo expuesto por el Artículo 35 del Decreto 50/1991, de 29 de abril, de Evaluación de Impacto Ambiental para Cantabria, en la suspensión de su ejecución a requerimiento del órgano administrativo de Medio Ambiente competente, sin perjuicio de la responsabilidad a que hubiera lugar.”   SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de CIENTO DIEZ MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y UN EUROS CON CUARENTA Y DOS Cú‰NTIMOS ( 110.241,42  €). TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo.   3.7.Solicitud de licencia municipal de obras formulada por doña Julia Ruiz Sánchez para la reforma de edificio para  vivienda  en Prío. Visto el expediente incoado por doña Julia Ruiz Sánchez  para la reforma de edificio para vivienda en Prío. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de 30 de marzo de 2.007 por  los servicios técnicos municipales. Tomado conocimiento del proyecto básico y de ejecución redactado al efecto por los arquitectos don Luis Pérez Pérez-Camarero y doña Roña María Andrés Pérez, visado por el colegio oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 15 de noviembre de 2.006 y de los planos reformados 04  y 12 y documentación complementaria, suscritos por los mismos arquitectos y visados por el colegio oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 23 de febrero de 2.007. De conformidad con el dictamen de  la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo y Obras la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a doña Julia Ruiz Sánchez para la  reforma de edificio para vivienda en Prío, según proyecto básico y de ejecución redactado al efecto por los arquitectos don Luis Pérez Pérez-Camarero y doña Roña María Andrés Pérez, visado por el colegio oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 15 de noviembre de 2.006 y  planos reformados 04  y 12 y documentación complementaria, suscritos por los mismos arquitectos y visados por el colegio oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 23 de febrero de 2.007.La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo y de las particulares siguientes: Condiciones que han de cumplirse para dar comienzo a las obras: §   Deberá acreditarse la aceptación del encargo de la dirección de la ejecución de la obra por parte de arquitecto técnico o aparejador, debidamente visada. Condiciones inherentes a las instalaciones: §   Las conexiones a las redes de servicios se llevarán a cabo de acuerdo con las compañías suministradoras y con los servicios técnicos municipales. En el punto de entronque a la red de saneamiento municipal se ejecutará obligatoriamente una arqueta o pozo de registro, cuyas dimensiones se determinarán por el servicio técnico municipal en el momento de ejecutarse la obra. Condiciones estéticas: §   La carpintería exterior será o bien de madera, o bien de otro material en tonos oscuros que imite a ésta. §   La fachada se pintará en tonos claros y además la piedra que se pudiera colocar en la fachada tendrá que ser de las mismas características que las de los edificios del entorno. §   Los canalones y las bajantes de pluviales serán de cobre o zinc y en ningún caso de PVC. §   La cubierta se realizará con teja curva tipo árabe de color rojo.   SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de CUARENTA MIL EUROS ( 40.000,00  €). TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo.   4. Otros expedientes y solicitudes pendientes de resolución. Acuerdos que procedan.   4.1 . Expediente de solicitud de licencia para la instalación de un centro de almacenamiento de G.L.P. mediante depósito fijo para 14 viviendas  sitas en la localidad de Pesués, incoado por don Angel Raposo, actuando en nombre y representación de PROMOCIONES CUESTA CABALLO S.L. Visto el expediente sobre solicitud de licencia para la instalación de un centro de almacenamiento de G.L.P. mediante depósito fijo para 14 viviendas  sitas en la localidad de Pesués, incoado por don Angel Raposo, actuando en nombre y representación de  PROMOCIONES CUESTA CABALLO S.L. Teniendo que emitir la corporación informe según dispone el vigente Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, a la vista de los trámites llevados a cabo en el expediente, de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo y Obras, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda emitir el siguiente informe: 1- Que el emplazamiento de la instalación y las demás circunstancias de la misma a las que se refieren los informes que obran en el expediente están de acuerdo con las ordenanzas municipales y con lo dispuesto en el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas. 2- Que no se estima que otras actividades análogas puedan producir efectos aditivos. 3- Se informa favorablemente la concesión de la licencia solicitada.   4.2 . Expediente de solicitud de licencia para la instalación de un almacén de materiales de construcción sito en el polígono industrial de Los Tánagos, en la localidad de Prellezo, incoado por doña Laura Galnares Prellezo, actuando en nombre y representación de CONSTRUCCIONES EVARISTO GONZÁLEZ S.A. Visto el expediente sobre solicitud de licencia para la instalación de un almacén de materiales de construcción sito en el polígono industrial de Los Tánagos, en la localidad de Prellezo, incoado por doña Laura Galnares Prellezo, actuando en nombre y representación de CONSTRUCCIONES EVARISTO GONZÁLEZ S.A. Teniendo que emitir la corporación informe según dispone el vigente Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, a la vista de los trámites llevados a cabo en el expediente, de conformidad con el didtamen de la  Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo y Obras, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda emitir el siguiente informe: 1- Que el emplazamiento de la instalación y las demás circunstancias de la misma a las que se refieren los informes que obran en el expediente están de acuerdo con las ordenanzas municipales y con lo dispuesto en el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas. 2- Que no se estima que otras actividades análogas puedan producir efectos aditivos. 3- Se informa favorablemente la concesión de la licencia solicitada.   4.3. Expediente promovido por don Antonio Mier Corral para la apertura en Unquera de un establecimiento destinado a transporte de mercancías por carretera. Visto el expediente que promueve don Antonio Mier Corral para la apertura en Unquera de un establecimiento destinado a  transporte de mercancías por carretera bajo la denominación de TRANSPORTES ANTONIO MIER CORRAL. Considerando que dicha actividad no se halla incluida entre las sujetas a lo dispuesto en el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo y Obras, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen,  acuerda: PRIMERO: Conceder don Antonio Mier Corral  licencia para el ejercicio de la actividad y para la apertura de un establecimiento destinado a transporte de mercancías por carretera . El mismo se encuentra en la calle carretera general nº 11 de Unquera. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a la ordenanza fiscal que resulta de aplicación. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo al  interesado, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo.   4.4. Expediente promovido por don José Marcos Sánchez Salas, que solicita el cambio de titularidad de la licencia de apertura de un establecimiento dedicado a bar, bajo el nombre de “Bar La Gloria”  en  la localidad de Serdio. Visto el expediente promovido por don José Marcos Sánchez Salas  para el cambio de titularidad de la licencia de apertura de un establecimiento dedicado a bar, bajo el nombre de “Bar la Gloria”  en la localidad de Serdio. Considerando que la solicitud se refiere a un establecimiento ya existente y el informe técnico obrante en el expediente, de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo y Obras, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Conceder a don José Marcos Sánchez Salas  el cambio de titularidad de la licencia para la apertura de un establecimiento , bajo el nombre de “Bar La Gloria”  en  la localidad de Serdio. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a la ordenanza fiscal que resulta de aplicación. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo.”   4.5. Solicitud de cambio de titularidad de licencia de obras correspondiente al documento con número 0471 de 2007 del registro municipal de entradas.   Tomado conocimiento del escrito correspondiente al documento con número 0471 de 2007 del registro municipal de entradas. Resultando: Que mediante el mismo se comunica la trasmisión a doña Manuela Hoyos Nevares de la licencia municipal de obras otorgada a don Francisco González Vega  mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local de  Val de San Vicente en sesión ordinaria celebrada en fecha de 6 de junio de 2.006 para la construcción de una vivienda unifamiliar en Luey  proyecto básico y de ejecución redactado al efecto por los arquitectos don Carlos Ruiz Agüero S.L., César Gutiérrez Fernández y doña Rocío García San Pedro, visado por el colegio oficial de arquitectos de Cantabria en fecha de 4 de mayo de 2006. A la vista de la documentación obrante en el expediente y considerando lo dispuesto en el artículo 188.3 de la Ley de Cantabria 2/2001 de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria, se acuerda: PRIMERO. Autorizar la trasmisión a la que ya se ha hecho referencia en el presente acuerdo y, en su consecuencia, que la licencia municipal de obras otorgada a don Francisco González Vega mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada en fecha de 6 de junio de 2.006 la construcción de una vivienda unifamiliar en Luey  proyecto básico y de ejecución redactado al efecto por los arquitectos don Carlos Ruiz Agüero S.L., César Gutiérrez Fernández y doña Rocío García San Pedro, visado por el colegio oficial de arquitectos de Cantabria en fecha de 4 de mayo de 2006 pase a ser de titularidad de doña Manuela Hoyos Nevares. SEGUNDO. Que se dé traslado de este acuerdo a los interesados.   4.6. Solicitudes de subvenciones para la contratación de trabajadores desempleados.  A la vista de la Orden IND/9/2007, de  19 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones a las Corporaciones Locales para la contratación de trabajadores desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y social durante el año 2.007. A la vista de la documentación obrante en el expediente y considerando de interés para la comunidad vecinal los proyectos “Conocimiento del Patrimonio Natural, Cultural y Arquitectónico del Municipio de Val de San Vicente” y “Actividades de Dinamización Social y Cultural para el Municipio de Val de San Vicente”, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO. Aprobar los proyectos “Conocimiento del Patrimonio Natural, Cultural y Arquitectónico del Municipio de Val de San Vicente” y “Actividades de Dinamización Social y Cultural para el Municipio de Val de San Vicente”. SEGUNDO: Aprobar los expedientes de solicitud de subvenciones para el desarrollo de los mencionados proyectos, tramitados de conformidad con lo dispuesto en la Orden IND /9/2007 de 19 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones a las Corporaciones Locales para la contratación de trabajadores desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y social durante el año 2.007. TERCERO: De conformidad con la citada orden, solicitar a la Dirección General del Servicio Cántabro de Empleo del Gobierno de Cantabria una subvención por importe de OCHO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA EUROS ( 8.250,00 €)  para el desarrollo del proyecto  “Conocimiento del Patrimonio Natural, Cultural y Arquitectónico del Municipio de Val de San Vicente” y una subvención por importe de CUATRO MIL CUATROCIENTOS ( 4.400,00) euros, para el desarrollo del proyecto “Actividades de Dinamización Social y Cultural para el Municipio de Val de San Vicente”. CUARTO: Que se incorpore un certificado del presente acuerdo al expediente de su razón y que se dé traslado del mismo a la Dirección General del Servicio Cántabro del Empleo del Gobierno de Cantabria.   4.7. Acuerdo que proceda respecto a la celebración de la XXIV edición de la Feria Exposición de Ganados de Val de San Vicente. Considerando: Primero: Que está previsto que se celebre la XXIV edición de la Feria Exposición de Ganados de Val de San Vicente el domingo seis de mayo de 2.007. Segundo: Que para la celebración de la citada feria ganadera se ha elaborado un presupuesto económico que obedece al siguiente desglose:   1.  ORGANIZACIú“N 1.1. Preparación y ganaderías.........................................................................       1.500,00 € 1.2. Transporte de ganado..............................................................................      6.500,00 € 1.3.  Premios y trofeos...................................................................................       8.000,00 € 1.4. Gastos juez calificador.............................................................................          300,00 € 1.5. Dosis de semen ......................................................................................       2.300,00 € 1.6. Pruebas sanitarias ..................................................................................          500,00 € Total ...........................................................................................................  19.100,00 €    2. RECEPCIú“N 2.1. Obsequio asistentes, paella.......................................................................       5.500,00 €          Total  ..........................................................................................................     5.500,00 €   3. OTROS GASTOS       3.1. Carteles, programas y megafonía..............................................................        1.500,00€ 3.2. Varios.....................................................................................................          525,00 €  Total ...........................................................................................................     2.025,00 €   RESUMEN GENERAL 1. ORGANIZACIú“N.........................................................................................     19.100,00 € 2. RECEPCIú“N ...............................................................................................       5.500,00 € 3. OTROS GASTOS.........................................................................................      2.025,00 € TOTAL..........................................................................................................   26.625,00 €   Tercero: Que está previsto que con motivo de la celebración de la feria se desarrolle también un concurso de arrastre, previéndose para premios una cantidad global de DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO EUROS ( 2.375,00 €) La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Que se celebre la mencionada XXIV edición de la Feria de Exposición de Ganados de Val de San Vicente y el concurso de arrastre que se desarrollará con ocasión de la misma. SEGUNDO: Aprobar los presupuestos correspondientes tanto a la feria como al concurso de arrastre que quedan detallados en el presente acuerdo. TERCERO: Autorizar los gastos que se indican, que según los presupuestos detallados ascienden a las siguientes cantidades totales: XXIV edición de la Feria Exposición de ganados de Val de San Vicente.................................  .26.625,00 € Concurso de arrastre......................................................................................................................2.375,00 €                                                 4.8. Abono a la Federación Española de Municipios y Provincias de la cuota de afiliado correspondiente al ayuntamiento de Val de San Vicente en el año 2.007. A la vista del escrito fechado en Madrid  el 16 de marzo de 200, remitido el secretario general de la Federación Española de Municipios y Provincias, y tomado conocimiento de la liquidación de la cuota de afiliado que corresponde al ayuntamiento de Val de San Vicente como miembro de la mencionada federación. Resultando que el ayuntamiento de Val de San Vicente debe abonar la citada cuota de afiliado que asciende al importe de CIENTO CUARENTA Y SIETE EUROS CON TREINTA Y OCHO Cú‰NTIMOS (147,38 )euros. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total,  por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Que por el ayuntamiento de Val de San Vicente, como miembro de la Federación Española de Municipios y Provincias se abone a dicha entidad la cantidad de CIENTO CUARENTA Y SIETE EUROS CON TREINTA Y OCHO Cú‰NTIMOS  (147,38 ) euros, en concepto de cuota de afiliado correspondiente al año 2.007.  SEGUNDO: Aprobar el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales.   4.9. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato menor de suministro de vallado para un cierre. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del suministro de vallado para un cierre. Considerando: Primero: Que debe procederse a la contratación de dicho suministro. Segundo: Que el presupuesto presentado por CARPEPAL MOBILIARIO URBANO  se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal,  por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a CARPEPAL MOBILIARIO URBANO el contrato de suministro de vallado para cierre por importe de DOS MIL TRESCIENTOS OCHENTA EUROS CON TREINTA Y DOS Cú‰NTIMOS ( 2.380,32 €). SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo.   4.10.Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato para la inserción de publicidad en TeleCabarga con motivo de la XIV Gala del Deporte Occidental. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicio de inserción de publicidad en TeleCabarga con motivo de la XIV Gala del Deporte Occidental. Considerando: Primero: Que debe procederse a la contratación de dicho servicio. Segundo: Que el presupuesto presentado por SERVICIOS TELEVISIVOS CÁNTABROS DE INFORMACIú“N S.A. se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal,  por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a SERVICIOS TELEVISIVOS CÁNTABROS DE INFORMACIú“N S.A. el contrato de servicios de inserción de publicidad en TeleCabarga con motivo de la XIV Gala del Deporte Occidental por importe de DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES EUROS CON SESENTA Cú‰NTIMOS ( 243,60 €). SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo.   4.11. Acuerdo a tomar respecto al contrato menor de obras de  reparación de camino Molleda-Prío. A la vista del expediente correspondiente a la contratación de las obras de reparación de camino Molleda-Prío. Considerando: Primero: Que debe procederse a la ejecución de dicha obra . Segundo: Que el presupuesto que figura en el informe emitido por los servicios técnicos municipales se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal,  por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Autorizar un gasto por importe de  DIECIESIETE MIL CIENTO VEINTE EUROS ( 17.120,00 €) para la ejecución de las obras de reparación del camino Molleda-Prío. SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al coordinador municipal de obras, a los efectos correspondientes.   4.12. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato menor de suministro de gorras para la feria de ganado. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del suministro de gorras para la feria de ganado. Considerando: Primero: Que debe procederse a la contratación de dicho suministro. Segundo: Que el presupuesto presentado por ARTIPUBLI se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal,  por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a ARTIPUBL el contrato de menor de suministro de gorras para la feria de ganado por importe de CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE EUROS CON VEINTE Cú‰NTIMOS (487,20 €). SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo.   4.13. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato menor de consultoría y asistencia para la redacción de proyecto de obras de urbanización de la calle sur en Unquera II fase. A la vista del expediente correspondiente a la contratación de la consultoría y asistencia para la redacción de proyecto de obras de urbanización de la calle sur en Unquera II fase. Considerando: Primero: Que debe procederse a la efectuar dicho contrato. Segundo: Que el presupuesto presentado por PAYD INGENIEROS se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal,  por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a PAYD INGENIEROS el contrato de menor de consultoría y asistencia para la redacción de proyecto de obras de urbanización de la calle sur en Unquera II fase por importe de DOS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS EUROS (2.842,00 €). SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo.   4.14. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato para la inserción de publicidad en la revista Vivir en Cantabria. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicio de inserción de publicidad en la revista Vivir en Cantabria.  Considerando: Primero: Que debe procederse a la contratación de dicho servicio. Segundo: Que el presupuesto presentado por ECO INFORMATIVO  se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal,  por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a ECO INFORMATIVO  el contrato de servicios de inserción de publicidad en la revista Vivir en Cantabria por importe de SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO EUROS( 754,00 €). SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo.   4.15. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato menor de obras de rehabilitación de local para fines socioculturales en Prío. A la vista del expediente correspondiente a la contratación de las obras de rehabilitación de local para fines socioculturales en Prío. Considerando: Primero: Que debe procederse a la contratación de dicha obra. Segundo: Que el presupuesto presentado por JOSú‰ BERNARDO RUIZ GUTIú‰RREZ con NIF 13.692.888 E se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal,  por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a    JOSú‰ BERNARDO RUIZ GUTIú‰RREZ con NIF 13.692.888 E el contrato menor de obras de rehabilitación de local para fines socioculturales en Prío por importe  de VEINTIOCHO MIL SETECIENTOS DIEZ EUROS ( 28.710,00 €). SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo.   4.16.Acuerdo a tomar respecto a la autorización del gasto para la reparación de tres caminos en Pechón. A la vista del expediente correspondiente a la ejecución de las obras de reparación de tres caminos en Pechón. Considerando: Primero: Que debe procederse a la ejecución de dicha obra . Segundo: Que el presupuesto presentado por el coordinador de obras don Francisco J. Alonso se considera favorable para los servicios municipales. Visto el informe emitido por los sercicios técnicos municipales en fecha de once de abril de 2.007. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal,  por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Autorizar un gasto por importe de MIL CUATROCIENTOS EUROS( 1.400,00 €) para la ejecución, por el sistema de administración, de las obras de reparación de tres caminos en Pechón. SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al coordinador municipal de obras, a los efectos correspondientes.   4.17. Acuerdo que proceda respecto de la concesión al Colegio Público Fuente Salín de una ayuda económica para la realización de un viaje de estudios y una jormadas culturales. A la vista de la solicitud formulada por el señor director del colegio público Fuente Salín respecto a una ayuda económica para el viaje de estudios que llevarán a cabo los alumnos del centro y para la celebración de unas jornadas culturales. Considerando el interés municipal en el fomento de la cultura y en la participación en las actividades relacionadas con la enseñanza, estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número total, se acuerda: PRIMERO: Conceder una ayuda económica de DOS MIL QUINIENTOS EUROS (2.500,00) al colegio público Fuente Salín para la organización del viaje de estudios que llevarán a cabo los alumnos del centro y para la celebración de unas jornadas culturales. La aplicación de los fondos recibidos deberá justificarse mediante la presentación de facturas originales por cuantía igual o superior a la cantidad concedida. SEGUNDO: Aprobar el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo al señor director del colegio público Fuente Salín y a los servicios económicos municipales.   4.18.Acuerdo que proceda respecto del contrato de servicio de mantenimiento del hardware informático de las oficinas muncipales. Considerando: Primero. Que mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada en fecha de veintidós de febrero de 2.007 se adjudió a Mundo Tecnológico S.L. el contrato de servicio de manteniminto del hardware informático de las oficinas muinicipales por importe de DOS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS EUROS CON OCHENTA Cú‰NTIMOS ( 2.296,80 €) durante el periodo de tiempo comprendido entre el uno de marzo de 2.007 al 31 de diciembre de 2.007, con sujección a lo dispuesto en la propuesta formulada por Mundo Tecnológico S.L., salvo los apartados III y V de la misma que quedan redactados en los términos siguientes: III: “La duración del contrato se extiende desde el uno de marzo de 2.007 hasta el 31 de diciembre de 2.007. V: “La cuota del servicio de mantenimiento se cobrará a mes vencido. La forma de pago será mediante transferencia bancaria previa emisión de la correspondiente factura mensual”. Segundo: Que mediante documento de fecha veinte de marzo de 2.006, don Adolfo Rivero Acereda comunica la existencia de un error tipográfico en la propuesta presentada, de manera que la empresa a la que representa y a la que debió adjudicarse el contrato no es Mundo Tecnológico S.L. si no Area Bit Informática. Visto el artículo 105.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: Primero. Rectificar el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión oridinaria celebrada el día veintidós de febrero de 2.007,  en el punto 4.20, que queda redactado en los términos siguientes:   “ A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicio de mantenimiento del hardware informático de las oficiabas municipales. Considerando: Primero. Que debe procederse a la contratación de dicho servicio. Segundo. Que la propuesta presentada por Area Bit Informática se considera favorable a los intereses municipales. Estando presentes en la sesión tres miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal, por unanimidad se acuerda: PRIMERO. Adjudicar a Area Bit Informática el contrato de servicio de mantenimiento del hardware informático de las oficina municipales por importe DOS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS EUROS CON OCHENTA Cú‰NTIMOS( 2.296,80 €) durante el periodo de tiempo comprendido entre el uno de marzo de 2007 al 31 de diciembre de 2007, con sujección a lo dispuesto en la propuesta formulada por Area Bit Informática., salvo los apartados III y V de la misma que quedan redactados en los términos siguientes: III: “ La duración del contrato se extiende desde el uno de marzo de 2.007 hasta el 31 de diciembre de 2.007” . V: “La cuota del servicio de mantenimiento se cobrará a mes vencido. La forma de pago será mediante transferencia bancaria previa emisión de la correspondiente factura mensual”. SEGUNDO. Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO. Hacer constar expresamente que el contrato se refiere al hardware informático de las oficinas municipales incluido en el anexo I del presente acuerdo. CUARTO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo.   ANEXO I                                                    EQUIPO MARCA Y MODELO Nº DE SERIE OBSERVACIONES   Pentium III 800 / 512 RAM HD 20GB / CD52X NO TIENE   IMPRESORA OKI C3100 49EL4010218K     Celeron 500 / 512 RAM HD 6GB / CD50X NO TIENE       Celeron 633 / 256 RAM HD 40GB / CD52X 200109020542   IMPRESORA OKI B4200 3AD04027082K     Pentium III 1,000 / 256 RAM HD 40GB / CD-RW 200109021267   IMPRESORA OLIVETTI PGL 14 26CP4022037K     Pentium IV 1,5 / 512 RAM HD 40GB / CD52X 200201038775   IMPRESORA HP Laserjet 1000 CNCR352916     Pentium III / 512 RAM HD 40GB / CD52X NO TIENE   IMPRESORA OKI B4350 57ES4090766K EN GARANTIA   Pentium 3,0 / 512 RAM HD 80GB / CD52X NO TIENE   IMPRESORA OKI B4100 BB45006953AO     Pentium IV 3,0 / 512 RAM HD 120GB / DVD NO TIENE     Pentium IV 3,6 / 1GB DDR2 RAM HD 200GB / DVD-RW DOBLE CAPA NO TIENE   IMPRESORA KONICA 7830 31063B EN GARANTIA   Pentium IV 3,0 / 512 RAM HD 80GB / DVD-RW NO TIENE   IMPRESORA CANON MF 3110 EZN03610     Pentium IV 3,0 / 512 RAM HD 120GB / DVD-RW NO TIENE   IMPRESORA HP Deskjet 5740 HU4901Y3GB     Pentium IV 1,5 GHZ / 128 RAM HD 40 GB NO TIENE   IMPRESORA         Pentium IV 2,06 MHZ / 512 RAM HD 40 GB NO TIENE   IMPRESORA OKI B4100 52EP4032330K     Pentium IV 3GHZ/512 RAM HD 160 GB /DVD RW NO TIENE 2 EQUIPOS DE LA BIBLIOTECA MUNICIPAL IMPRESORA OKI C 52506       SEGUNDO. Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales.   4.19.Devolución a UTE EMPRESA CONSTRUCTORA DE INFRAESTRUCTURAS NORTE S.L. Y JULIÁN PRIETO S.L.  de la garantía prestada por la adjudicación del contrato para las obras complementarias de rehabilitación del recinto amurallado de Estrada. Visto el expediente tramitado para la adjudicación del contrato de obras complementarias de rehabilitación del recinto amurallado de Estrada. Considerando que mediante acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada en fecha de 28 de octubre de 2.004 se acordó, entre otros extremos, adjudicar el contrato para las obras complementarias de rehabilitación del recinto amurallado de Estrada al licitador unión temporal de empresas de EMPRESA CONSTRUCTORA DE INFRAESTRUCTURAS DEL NORTE S.L. Y JULIÁN PRIETO S.L., en el precio de TRESCIENTOS MIL EUROS ( 300.000,00 €) con un plazo de ejecución de cuatro meses y con sujección a las demás condiciones que se derivan de la oferta y de la restante documentación obrante en el expediente, así como requerir al adjudicatario para la constitución de la garantía definitiva. Considerando que la garantía exigida ha sido prestada mediante seguro de caución de fecha 25 de noviembre de 2.004 y número 3.684.514 de la Compañía Española de Seguros y Reaseguros de Crédito y Caución S.A. por importe de DOCE MIL EUROS ( 12.000,00 €). Visto el acta de recepción de las obras suscrito en fecha de 29 de noviembre de 2.005, en el que el Director de las obras expone que las mismas han sido realizadas de acuerdo con el proyecto aprobado. Visto el informe emitido en fecha de 12 de marzo de 2.007 por los servicios técnicos municipales, en el que se constata que las obras se encuentran correctamente terminadas. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes, acuerda: Primero. Devolver la garantía definitiva prestada por UTE EMPRESA CONSTRUCTORA DE INFRAESTRUCTURAS DEL NORTE S.L. Y JULIÁN PRIETO S.L. mediante seguro de caución de fecha 25 de noviembre de 2004 y número 3.684.514 de la Compañía Española de Seguros y Reaseguros de Crédito y Caución S.A. por importe de DOCE MIL EUROS ( 12.000,00 €), en concepto de garantía definitiva del contrato de obras complementarias de rehabilitación del recinto amurallado de Estrada adjudicado al licitador unión temporal de empresas de EMPRESA CONSTRUCTORA DE INFRAESTRUCTURAS DEL NORTE S.L. Y JULIÁN PRIETO S.L. mediante acuerdo adoptado por el Pleno del ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada en fecha de 28 de octubre de 2.004. Segundo. Notificar el presente acuerdo al interesado, con indicación de los recursos que, en su caso procedan.   4.20. Solicitud de devolución de ingresos indebidos formulada por doña Ildefonsa Cacho Ibáñez correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 0674 de 2007. Visto el documento con registro municipal de entradas número 0674 de 2007 formulado por doña Ildefonsa Cacho Ibáñez y que se refiere a la solicitud de devolución del exceso abonado al Ayuntamiento de Val de San Vicente en concepto de cuota correspondiente al impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana. Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la devolución de la cantidad de CIENTO DOS EUROS CON SESENTA Y SIETE Cú‰NTIMOS (102,67 €) a doña Ildefonsa Cacho Ibáñez con DNI 13.835.912 D. Dicha cantidad corresponde al exceso abonado en concepto de impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana por el inmueble con referencia catastral 6113104 UP7061S 0001 ML en el ejercicio 2.006. SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo.   4.21.Solicitud de devolución de ingresos indebidos formulada por don Roberto González Gutiérrez y doña Inmaculada Sánchez Gómez correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 0023 de 2007. Visto el documento con registro municipal de entradas número 0023 de 2007 formulado por don Roberto González Gutiérrez y  doña Inmaculada Sánchez Gómez y que se refiere a la solicitud de devolución del exceso abonado al Ayuntamiento de Val de San Vicente en concepto de cuota correspondiente al impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana. Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la devolución de la cantidad de SESENTA Y TRES EUROS CON VEINTIOCHO Cú‰NTIMOS (63,28 €) a don Roberto González Gutiérrez con DNI 13.983.115 N y a doña Inmaculada Sánchez Gómez con DNI 20.201.587 C. Dicha cantidad corresponde al exceso abonado en concepto de impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana por el inmueble con referencia catastral 6213108 UP7061S 001 TL en el ejercicio 2.006. SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo.   5. Ruegos y preguntas.   Abierto este punto, no se plantea ninguno.   Y no habiendo más asuntos a tratar, por el sr. Presidente se levanta la sesión, cuando son las catorce horas y treinta minutos del día al inicio indicado, de todo lo cual, como secretaria, doy fe.

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