Para general conocimiento de todos los vecinos, hago saber: Que en Boletín Oficial de Cantabria número 40 de fecha 27 DE FEBRERO DE 2014 - BOC se ha publicado la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles , en la que se contemplan dos nuevas bonificaciones que surtirán efecto en este periodo impositivo previa solicitud de los obligados al pago de dicho tributo. Las bonificaciones son las siguientes: . BONIFICACIúN POR DOMICILIACIúN DEL TRIBUTO: se aplicará una bonificación del 1% sobre la cuota de los recibos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles , para aquellos sujetos pasivos que hayan optado por domiciliar dicho tributo, realizando el pago en un único plazo ( cargándose el recibo del día 4 de agosto de 2014 ) o fraccionado en dos mitades con el calendario que se establezca por el Ayuntamiento u ordenanza fiscal general. ( dicho calendario contempla el pago en dos plazos : el primero (50%) el primer día hábil de junio. El segundo (50%) el primer día hábil de septiembre ) BONIFICACIúN POR DOMICILIACIúN DEL TRIBUTO Y PAGO EL PRIMER DúA DEL PERIODO VOLUNTARIO DE COBRO: se aplicará una bonificación del 2% sobre la cuota de los recibos de de dicho tributo y de cobro periódico, para los sujetos pasivos que tengan el IBI domiciliado y opten por el pago el primer día de periodo de cobro en voluntaria. ( el día 1 de junio de 2014 ) ( Las bonificaciones son incompatibles entre sí, debiendo optar el contribuyente por una de las dos ) Que a los efectos de que puedan acogerse todos los contribuyentes que así lo deseen, se pone en su conocimiento que desde el Ayuntamiento se facilitará el modelo de solicitud correspondiente para la bonificación por domiciliación de tributo, o para la bonificación con domiciliación y fraccionamiento en dos plazos o para la bonificación por domiciliación de tributo y pago el primer día del periodo voluntario. El modelo podrán recogerlo en el Servicio de Recaudación del Ayuntamiento o descargarlo a través del enlace al final del texto. El plazo para cumplimentarlo y entregarlo en el Servicio de Recaudación a los efectos de que la bonificación se aplique en el ejercicio en curso finalizará el día 1 de abril de 2014. Cualquier solicitud de bonificación que se recoja finalizado el plazo concedido surtirá efectos en el ejercicio 2015 Firmado en Pesués, Val de San Vicente, a 6 de marzo de 2014 EL ALCALDE Fdo.: Roberto Escobedo Quintana Clic aquí para acceder al formulario de solicitud