ACTA NúMERO 12/2.008 DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE VAL DE SAN VICENTE, CORRESPONDIENTE A LA SESIúN ORDINARIA CELEBRADA EL DúA NUEVE DE DE OCTUBRE DE 2.008. En Pesués, Val de San Vicente, en la casa consistorial del Ayuntamiento de Val de San Vicente, siendo las diecisiete horas y quince minutos del día nueve de octubre de 2.008, se reúne la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Val de San Vicente para celebrar sesión ordinaria en única convocatoria con la asistencia de los miembros siguientes: Presidente: Don Miguel Ángel González Vega. Concejales: Don Roberto Escobedo Quintana y doña Nuria Yolanda Verdeja Melero. No asiste: Don Elías Álvarez Martínez. Secretaria: Laura Rodríguez Candás. Interventora: Ruth López Mosquera García Se da lectura a la resolución de convocatoria, y desarrollando el orden del día se debaten los asuntos siguientes: 1. Aprobación, si procede, del borrador del acta de la sesión anterior. Habiéndose dado traslado a los señores miembros de la Junta de Gobierno Local de Val de San Vicente del acta correspondiente a la sesión ordinaria celebrada por este órgano en fecha tres de septiembre de 2.008, por la secretaria se informa de la existencia de un error de transcripción en punto 5.6. de la citada acta, pues donde dice: “ PRIMERO. Adjudicar a MANUEL SETIúN SUERO el contrato de servicio de mantenimiento del Paseo del Juncal en Unquera por importe de MIL SETECIENTOS CUARENTA EUROS ( 1.740,00 â¬), iva incluido, desde el uno de agosto de 2.008 hasta el treinta y uno de agosto de 2.008”, debe decir: “PRIMERO. Adjudicar a MANUEL SETIúN SUERO el contrato de servicio de mantenimiento del Paseo del Juncal en Unquera por importe de MIL SETECIENTOS CUARENTA EUROS ( 1.740,00 â¬), iva incluido, desde el uno de agosto de 2.008 hasta el treinta y uno de diciembre de 2.008 “. Advertido que se trata de un error, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes que eran tres de los cuatro que la componen, aprueban el acta correspondiente a la sesión ordinaria celebrada en fecha de tres de septiembre de 2.008 con la rectificación indicada. Como consecuencia de dicha rectificación, el acuerdo queda redactado en los términos que siguen: “ 5. Otros expedientes y solicitudes pendientes de resolución. Acuerdos que procedan. 5.6.Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato menor de servicios para mantenimiento del Paseo del Juncal en Unquera. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicio para el mantenimiento del Paseo del Juncal en Unquera. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a la contratación del citado servicio. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por don Manuel Setién Suero se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a MANUEL SETIúN SUERO el contrato de servicio de mantenimiento del Paseo del Juncal en Unquera por importe de MIL SETECIENTOS CUARENTA EUROS ( 1.740,00 â¬), iva incluido, desde el uno de agosto de 2.008 hasta el treinta y uno de diciembre de 2.008. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo.” 2. Resoluciones de Alcaldía. Se da cuenta de las resoluciones de la alcaldía adoptadas en ejercicio de la facultad de avocación en relación a materias objeto de delegación en la Junta de Gobierno Local. 3. Facturas y pagos. 3.1. Facturas y pagos. Se da cuenta de la relación de facturas y pagos correspondientes a esta sesión de la junta de gobierno local de las que se incorpora al expediente un ejemplar para constancia. Tomado conocimiento del asunto, por la Junta de Gobierno Local se acuerda aprobar dicha relación de facturas y pagos cuyo importe total asciende a la cantidad de DOSCIENTAS OCHENTA MIL CIENTO SEIS EUROS ( 280.106,00 â¬). 3.2. Reconocimiento extrajudicial de crédito. A la vista del expediente de reconocimiento extrajudicial de créditos número J-2008/7 en el que obra el correspondiente informe de intervención y las facturas y pagos que lo integran, cuyo importe total asciende a la cantidad de SEIS MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS EUROS CON SETENTA Y SIETE CúNTIMOS ( 6.156,77 â¬) estando presentes en la sesión tres miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal, por unanimidad se acuerda aprobar el expediente de reconocimiento extrajudicial de créditos número J-2008/7 por importe de SEIS MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS EUROS CON SETENTA Y SIETE CúNTIMOS ( 6.156,77 â¬). 4. Solicitudes de licencias municipales de obras. Acuerdos que procedan. 4.1. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por PROMO NUEVA COSTA S.L. para rehabilitación de vivienda huerta en Pechón. Visto el expediente incoado por PROMO NUEVA COSTA S.L. para rehabilitación de vivienda huerta en Pechón. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de veintiuno de agosto de 2.008 por los servicios técnicos municipales. Tomado conocimiento del proyecto básico de rehabilitación de vivienda huerta en Val de San Vicente ( Pechón) redactado al efecto por los arquitectos don Fernando Rodríguez Ramírez y don Pablo Oriol Salgado, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de dieciocho de marzo de 2.008 completado con el proyecto básico de rehabilitación de vivienda huerta en Val de San Vicente ( Pechón) redactado al efecto por los arquitectos don Fernando Rodríguez Ramírez y don Pablo Oriol Salgado, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de diez de julio de 2.008. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran tres de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a PROMO NUEVA COSTA S.L. para rehabilitación de vivienda huerta en Pechón, según proyecto básico de rehabilitación de vivienda huerta en Val de San Vicente ( Pechón) redactado al efecto por los arquitectos don Fernando Rodríguez Ramírez y don Pablo Oriol Salgado, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de dieciocho de marzo de 2.008 completado con el proyecto básico de rehabilitación de vivienda huerta en Val de San Vicente ( Pechón) redactado al efecto por los arquitectos don Fernando Rodríguez Ramírez y don Pablo Oriol Salgado, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de diez de julio de 2.008. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo, y de la condición especial y las particulares siguientes: Condición especial: La presente autorización administrativa se condiciona a la vinculación de toda la superficie registral de la parcela con respecto a la edificación objeto de la presente licencia y a las edificaciones contenidas en el proyecto básico de tres viviendas unifamiliares adosadas en Val de San Vicente ( Pechón) redactado al efecto por los arquitectos don Fernando Rodríguez Ramírez y don Pablo Oriol Salgado, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de veintiocho de diciembre de 2.007 completado con el proyecto básico de tres viviendas unifamiliares adosadas en Val de San Vicente ( Pechón) redactado al efecto por los arquitectos don Fernando Rodríguez Ramírez y don Pablo Oriol Salgado, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de diecisiete de marzo de 2.008, respecto del cual se ha solicitado licencia de obras mediante documento con registro municipal de entradas número 0056 de 2.008.De conformidad con el artículo 51.4 del R.D.L. 2/2008, de 20 de junio y 74 del R.D.1093/1997, de 4 de julio, esta condición se hará constar en el registro de la propiedad. Condiciones particulares: Condiciones que han de cumplirse para dar comienzo a las obras: Habrán de incorporarse al expediente el proyecto de ejecución y el estudio básico de seguridad y salud. Deberá acreditarse la aceptación de la dirección de la obra por parte de arquitecto y de arquitecto técnico o aparejador. Condiciones inherentes a la urbanización: Se asfaltarán todas aquellas zonas de vial público que siendo ajenas a la propia finca, pudieran haber sido perjudicadas por la ejecución de las obras. Se asfaltará la superficie de cesión conforme a las directrices de los servicios técnicos municipales. El cierre de la parcela se ejecutará mediante elementos opacos de 1,00 m de altura máxima, completados con protecciones diáfanas excluidas las mallas de torsión de acero galvanizado o plastificadas hasta completar una altura de 2,00 m. La parte opaca se enfoscará y pintará o se ejecutará con fábrica de cantería similar a la del entorno. Los muros de contención serán siempre inferiores a 2,00 m de altura y se ejecutarán con acabado de mampostería. Condiciones inherentes a las instalaciones: Las conexiones a las redes de servicios se llevarán a cabo de acuerdo con las compañías suministradoras y con los servicios técnicos municipales. En el punto de entronque a la red de saneamiento municipal se ejecutará obligatoriamente una arqueta o pozo de registro, cuyas dimensiones se determinarán por los servicios técnicos municipales en el momento de ejecutarse la obra. La acometida para la obtención de electricidad será enterrada. El contador de agua deberá colocarse en el lugar más próximo a la toma, en el límite de la parcela, en una caja individual y accesible desde el exterior. Antes del comienzo de las obras se contactará con los servicios técnicos municipales para prever el soterramiento de conductos, pasos de instalaciones y formación de arquetas para el paso de las diversas infraestructuras urbanas. Condiciones estéticas: La carpintería exterior será o bien de madera, o bien de otro material en tonos oscuros que imite a ésta. El sistema de oscurecimiento de las habitaciones preferiblemente no será con persianas exteriores. La fachada se pintará en tonos claros y además la piedra que se pudiera colocar en la fachada tendrá que ser de las mismas características que las de los edificios del entorno. La cubierta se realizará con teja curva tipo árabe de color rojo. Los canalones y las bajantes de pluviales serán de cobre o zinc, en ningún caso de PVC. Los vuelos y aleros y la balconada se ejecutará en madera. Cesiones a favor del Ayuntamiento: Se formalizarán, con carácter previo al otorgamiento de la licencia de primera ocupación, las correspondientes cesiones a viales de 64,10 m2 mediante acto de escritura pública. En el caso de que al solicitar la licencia de primera ocupación no hubiesen finalizado la construcción de la obra correspondiente a tres viviendas unifamiliares adosadas según proyecto básico de tres viviendas unifamiliares adosadas en Val de San Vicente ( Pechón) redactado al efecto por los arquitectos don Fernando Rodríguez Ramírez y don Pablo Oriol Salgado, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de veintiocho de diciembre de 2.007 completado con el proyecto básico de tres viviendas unifamiliares adosadas en Val de San Vicente ( Pechón) redactado al efecto por los arquitectos don Fernando Rodríguez Ramírez y don Pablo Oriol Salgado, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de diecisiete de marzo de 2.008, y no pudiesen completar la urbanización, se constituirá garantía por importe correspondiente al presupuesto de dicha urbanización. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de CINCUENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS EUROS ( 56.200,00 â¬). TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.2.Solicitud de licencia municipal de obras formulada por PROMO NUEVA COSTA S.L. para la construcción de tres viviendas unifamiliares adosadas en Pechón. Visto el expediente incoado por PROMO NUEVA COSTA S.L. para la construcción de tres viviendas unifamiliares adosadas en Pechón. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de veintiuno de agosto de 2.008 por los servicios técnicos municipales. Tomado conocimiento del proyecto básico de tres viviendas unifamiliares adosadas en Val de San Vicente ( Pechón) redactado al efecto por los arquitectos don Fernando Rodríguez Ramírez y don Pablo Oriol Salgado, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de veintiocho de diciembre de 2.007 completado con el proyecto básico de tres viviendas unifamiliares adosadas en Val de San Vicente ( Pechón) redactado al efecto por los arquitectos don Fernando Rodríguez Ramírez y don Pablo Oriol Salgado, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de diecisiete de marzo de 2.008. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran tres de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a PROMO NUEVA COSTA S.L. para la construcción de tres viviendas unifamiliares adosadas en Pechón, según proyecto básico de de tres viviendas unifamiliares adosadas en Val de San Vicente ( Pechón) redactado al efecto por los arquitectos don Fernando Rodríguez Ramírez y don Pablo Oriol Salgado, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de veintiocho de diciembre de 2.007 completado con el proyecto básico de tres viviendas unifamiliares adosadas en Val de San Vicente ( Pechón) redactado al efecto por los arquitectos don Fernando Rodríguez Ramírez y don Pablo Oriol Salgado, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de diecisiete de marzo de 2.008. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo, y de la condición especial y las particulares siguientes: Condición especial: La presente autorización administrativa se condiciona a la vinculación de toda la superficie registral de la parcela con respecto a la edificación objeto de la presente licencia y a las edificaciones contenidas en el proyecto básico de rehabilitación de vivienda huerta en Val de San Vicente ( Pechón) redactado al efecto por los arquitectos don Fernando Rodríguez Ramírez y don Pablo Oriol Salgado, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de dieciocho de marzo de 2.008 completado con el proyecto básico de rehabilitación de vivienda huerta en Val de San Vicente ( Pechón) redactado al efecto por los arquitectos don Fernando Rodríguez Ramírez y don Pablo Oriol Salgado, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de diez de julio de 2.008, respecto del cual se ha solicitado licencia de obras mediante documento con registro municipal de entradas número 0741 de 2.008 y concedida dicha licencia mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada en fecha de nueve de octubre de 2.008. De conformidad con el artículo 51.4 del R.D.L. 2/2008, de 20 de junio y 74 del R.D.1093/1997, de 4 de julio, esta condición se hará constar en el registro de la propiedad. Condiciones particulares: Condiciones que han de cumplirse para dar comienzo a las obras: Habrán de incorporarse al expediente el proyecto de ejecución, el estudio de seguridad y salud, el proyecto de infraestructura común de telecomunicaciones y el estudio geotécnico. Deberá acreditarse la aceptación de la dirección de la obra por parte de arquitecto y de arquitecto técnico o aparejador. Condiciones inherentes a la urbanización: Se asfaltarán todas aquellas zonas de vial público que siendo ajenas a la propia finca pudieran haber sido perjudicadas por la ejecución de las obras. Se dejarán enterrados dos tubos de 120 para la canalización del alumbrado público por el frente de la parcela de acuerdo con las directrices de los servicios técnicos municipales. Se asfaltará la superficie de cesión conforme a las directrices de los servicios técnicos municipales. El cierre de la parcela se ejecutará mediante elementos opacos de 1,00 m de altura máxima, completados con protecciones diáfanas excluidas las mallas de torsión de acero galvanizado o plastificadas hasta completar una altura de 2,00 m. La parte opaca se enfoscará y pintará o se ejecutará con fábrica de cantería similar a la del entorno. Los muros de contención serán siempre inferiores a 2,00 m de altura y se ejecutarán con acabado de mampostería. Condiciones inherentes a las instalaciones: Las conexiones a las redes de servicios se llevarán a cabo de acuerdo con las compañías suministradoras y con los servicios técnicos municipales. En el punto de entronque a la red de saneamiento municipal se ejecutará obligatoriamente una arqueta o pozo de registro, cuyas dimensiones se determinarán por los servicios técnicos municipales en el momento de ejecutarse la obra. La acometida para la obtención de electricidad será enterrada. Antes del comienzo de las obras se contactará con los servicios técnicos municipales para prever el soterramiento de conductos, pasos de instalaciones y formación de arquetas para el paso de las diversas infraestructuras urbanas. Por el frente de la parcela se colocará alumbrado público, en total cuatro farolas del modelo municipal con sus arquetas de apoyo de 40x40 cm. con marco y tapa de fundición, conforme al reglamento de baja tensión vigente. Condiciones estéticas: La carpintería exterior será o bien de madera, o bien de otro material en tonos oscuros que imite a ésta. El sistema de oscurecimiento de las habitaciones preferiblemente no será con persianas exteriores. La fachada se pintará en tonos claros y además la piedra que se pudiera colocar en la fachada tendrá que ser de las mismas características que las de los edificios del entorno. La cubierta se realizará con teja curva tipo árabe de color rojo. Los canalones y las bajantes de pluviales serán de cobre o zinc, en ningún caso de PVC. Los vuelos y aleros y la balconada se ejecutará en madera. Cesiones a favor del Ayuntamiento: Se formalizarán, con carácter previo al otorgamiento de la licencia de primera ocupación, las correspondientes cesiones a viales de 64,10 m2 mediante acto de escritura pública. En el caso de que al solicitar la licencia de primera ocupación no hubiesen finalizado la construcción de la obra de rehabilitación de vivienda huerta según proyecto básico de rehabilitación de vivienda huerta en Val de San Vicente ( Pechón) redactado al efecto por los arquitectos don Fernando Rodríguez Ramírez y don Pablo Oriol Salgado, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de dieciocho de marzo de 2.008 completado con el proyecto básico de rehabilitación de vivienda huerta en Val de San Vicente ( Pechón) redactado al efecto por los arquitectos don Fernando Rodríguez Ramírez y don Pablo Oriol Salgado, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de diez de julio de 2.008, y no pudiesen completar la urbanización, se constituirá garantía por importe correspondiente al presupuesto de dicha urbanización. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL EUROS ( 185.000,00 â¬). TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.3. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por don José Luis García Sisniega para reforma parcial de granero para vivienda ganadera en Abanillas. Visto el expediente incoado por don José Luis García Sisniega para reforma parcial de granero para vivienda ganadera en Abanillas. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el acuerdo adoptado por la Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo en fecha de dieciocho de diciembre de 2.007 por el que se autoriza la solicitud de cambio de uso de granero a vivienda promovido por don José Luis García Sisniega en suelo no urbanizable en Abanillas, término municipal de Val de San Vicente, por entender que nos encontramos ante uno de los usos autorizables previstos en el artículo 112.3.a) de la Ley 2/2001, de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria, al encontrarse la vivienda y la estabulación en el mismo edificio, por tanto en la misma parcela. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de dos de octubre de 2.008 por los servicios técnicos municipales. Tomado conocimiento del proyecto básico y de ejecución para reforma parcial de granero para vivienda ganadera en Abanillas, redactado al efecto por el arquitecto don Máximo Díaz Sánchez, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de dieciocho de agosto de 2.008. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran tres de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a don José Luis García Sisniega para reforma parcial de granero para vivienda ganadera en Abanillas, según proyecto básico y de ejecución para reforma parcial de granero para vivienda ganadera en Abanillas redactado al efecto por el arquitecto don Máximo Díaz Sánchez, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de dieciocho de agosto de 2.008, para la que se autorizó, mediante acuerdo adoptado por la Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo mediante acuerdo adoptado en fecha de dieciocho de diciembre de 2.007, la solicitud de cambio de uso de granero a vivienda promovido por don José Luis García Sisniega en suelo no urbanizable en Abanillas, término municipal de Val de San Vicente, por entender que nos encontramos ante uno de los usos autorizables previstos en el artículo 112.3.a) de la Ley 2/2001, de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria, al encontrarse la vivienda y la estabulación en el mismo edificio, por tanto en la misma parcela. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo y de las particulares siguientes: Condiciones estéticas: La carpintería exterior será o bien de madera, o bien de otro material en tonos oscuros que imite a ésta. La fachada se pintará en tonos claros y además la piedra que se pudiera colocar en la fachada tendrá que ser de las mismas características que las de los edificios del entorno. La cubierta se realizará con teja curva tipo árabe de color rojo. Los canalones y las bajantes de pluviales serán de cobre o zinc, en ningún caso de PVC. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de CUARENTA Y OCHO MIL EUROS ( 48.000,00 â¬). TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.4. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por don Manuel Antonio Sánchez González para reforma de cubierta, apertura de huecos y rejunteado de fachada de vivienda unifamiliar en Molleda. Visto el expediente incoado por don Manuel Antonio Sánchez González para reforma de cubierta, apertura de huecos y rejunteado de fachada de vivienda unifamiliar en Molleda. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de treinta de septiembre de 2.008 por los servicios técnicos municipales. Tomado conocimiento del documento de dirección de obra de reforma de cubierta, apertura de huecos y rejunteado de fachada redactado al efecto por la arquitecta doña María Teresa Moreno Fuente, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de tres de septiembre de 2.008. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran tres de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a don Manuel Antonio Sánchez González para reforma de cubierta, apertura de huecos y rejunteado de fachada de vivienda unifamiliar en Molleda según documento de dirección de obra de reforma de cubierta, apertura de huecos y rejunteado de fachada redactado al efecto por la arquitecta doña María Teresa Moreno Fuente, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de tres de septiembre de 2.008. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo y de las particulares siguientes: Condiciones estéticas: La carpintería exterior será o bien de madera, o bien de otro material en tonos oscuros que imite a ésta. El sistema de oscurecimiento de las habitaciones preferentemente no será con persianas exteriores. La fachada se pintará en tonos claros y además la piedra que se pudiera colocar en la fachada tendrá que ser de las mismas características que las de los edificios del entorno. La cubierta se realizará con teja curva tipo árabe de color rojo. Los canalones y las bajantes de pluviales serán de cobre o zinc, en ningún caso de PVC. No se podrá alterar la geometría de los faldones ni su relación con el faldón colindante. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de QUINCE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO EUROS CON TREINTA CúNTIMOS ( 15.485,30 â¬). TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.5.Solicitud de licencia municipal de obras formulada por doña Ernestina Domínguez Gutiérrez para reforma y acondicionamiento de cuadra para dos viviendas en Abanillas. Visto el expediente incoado por doña Ernestina Domínguez Gutiérrez para reforma y acondicionamiento de cuadra para dos viviendas en Abanillas. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de treinta de septiembre de 2.008 por los servicios técnicos municipales. Tomado conocimiento proyecto básico y de ejecución de reforma y acondicionamiento de cuadra para dos viviendas redactado al efecto por el arquitecto don José Antonio Díaz Magdaleno, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de cuatro de junio de 2.008 y del plano nº 02.1 “ Topográfico y secciones. Cesión de viales”, suscrito por el mismo arquitecto y visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de dieciocho de septiembre de 2.008. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran tres de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a doña Ernestina Domínguez Gutiérrez para reforma y acondicionamiento de cuadra para dos viviendas en Abanillas según proyecto básico y de ejecución de reforma y acondicionamiento de cuadra para dos viviendas redactado al efecto por el arquitecto don José Antonio Díaz Magdaleno, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de cuatro de junio de 2.008 y según plano nº 02.1 “ Topográfico y secciones. Cesión de viales”, suscrito por el mismo arquitecto y visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de dieciocho de septiembre de 2.008. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo y de las particulares siguientes: Condiciones inherentes a la urbanización: Se asfaltará la superficie de cesión conforme a las directrices de los servicios técnicos municipales. Los cierres de parcela se resolverán mediante elementos opacos de 1 metro de altura de mampostería o revocados y pintados completados mediante protecciones diáfanas hasta alcanzar los dos metros quedando prohibidas las mallas de torsión galvanizadas o plastificadas. Condiciones estéticas: La carpintería exterior será o bien de madera, o bien de otro material en tonos oscuros que imite a ésta. El sistema de oscurecimiento de las habitaciones preferentemente no será con persianas exteriores. La fachada se pintará en tonos claros y además la piedra que se pudiera colocar en la fachada tendrá que ser de las mismas características que las de los edificios del entorno. La cubierta se realizará con teja curva tipo árabe de color rojo. Los canalones y las bajantes de pluviales serán de cobre o zinc, en ningún caso de PVC. Condiciones inherentes a las instalaciones: Las conexiones a las redes de servicios se llevarán a cabo de acuerdo con las compañías suministradoras y con los servicios técnicos municipales. En el punto de entronque a la red de saneamiento municipal se ejecutará obligatoriamente una arqueta o pozo de registro, cuyas dimensiones se determinarán por los servicios técnicos municipales en el momento de ejecutarse la obra. La acometida para la obtención de electricidad será enterrada. Los contadores de agua y luz se alojarán en una zona accesible dentro de unos pequeños armarios que se integren en el propio muro de cierre. Se procederá a reparar los daños de urbanización producidos por el desarrollo de las obras conforme las directrices de los servicios técnicos municipales. Cesiones a favor del Ayuntamiento: Se formalizarán, con carácter previo al otorgamiento de la licencia de primera ocupación, las correspondientes cesiones a viales mediante acto de escritura pública. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de CIENTO QUINCE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO EUROS CON TREINTA Y DOS CúNTIMOS ( 115.264,32 â¬). TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.6.Solicitud de licencia municipal de obras formulada por doña Concepción Martínez Noriega para sustitución de cubierta de vivienda para ampliación de desván en Pechón. Visto el expediente incoado por doña Concepción Martínez Noriega para sustitución de cubierta de vivienda para ampliación de desván en Pechón. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de dos de octubre de 2.008 por los servicios técnicos municipales. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe favorable emitido mediante resolución del Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas, Ordenación el Territorio, Vivienda y Urbanismo de fecha diez de junio de 2.008. Tomado conocimiento del proyecto básico y de ejecución para sustitución de cubierta de vivienda para ampliación de desván en Pechón, redactado al efecto por el arquitecto don Máximo Díaz Sánchez, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de dieciocho de agosto de 2.008. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran tres de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a doña Concepción Martínez Noriega para sustitución de cubierta de vivienda para ampliación de desván en Pechón, según proyecto básico y de ejecución para sustitución de cubierta de vivienda para ampliación de desván en Pechón redactado al efecto por el arquitecto don Máximo Díaz Sánchez, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de dieciocho de agosto de 2.008. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo, a las establecidas en el informe favorable emitido mediante resolución del Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas, Ordenación el Territorio, Vivienda y Urbanismo de fecha diez de junio de 2.008 y de las particulares siguientes: Condiciones inherentes a la urbanización: Se procederá a reparar los daños de la urbanización producidos por el desarrollo de las obras conforme las directrices de los servicios técnicos municipales. Condiciones estéticas: La carpintería exterior será o bien de madera, o bien de otro material en tonos oscuros que imite a ésta. El sistema de oscurecimiento de las habitaciones preferentemente no será con persianas exteriores. La fachada se pintará en tonos claros y además la piedra que se pudiera colocar en la fachada tendrá que ser de las mismas características que las de los edificios del entorno. La cubierta se realizará con teja curva tipo árabe de color rojo. Los canalones y las bajantes de pluviales serán de cobre o zinc, en ningún caso de PVC. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de TREINTA MIL EUROS ( 30.000,00 â¬). TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.7. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por INVERSIONES ARAIRA S.L. para la construcción de una vivienda unifamiliar aislada en Pesués. Visto el expediente incoado por INVERSIONES ARAIRA S.L. para la construcción de una vivienda unifamiliar aislada en Pesués. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de dos de octubre de 2.008 por los servicios técnicos municipales. Tomado conocimiento proyecto básico y de ejecución de vivienda unifamiliar aislada redactado al efecto por el arquitecto don P. Jesús Santamaría Muñoz, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de veinte de febrero de 2.006 que resulta completado con los planos “Calificación urbanística”, “Planta bajo cubierta”, “Planta cubierta”, “Alzado Norte”, “Alzado Oeste”, “Alzado Sur”, Alzado Oeste” y “Sección”, suscritos por el mismo arquitecto y visados por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha diecinueve de septiembre de 2.008. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran tres de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a INVERSIONES ARAIRA S.L. la construcción de una vivienda unifamiliar aislada en Pesués según proyecto básico y de ejecución de vivienda unifamiliar aislada redactado al efecto por el arquitecto don P. Jesús Santamaría Muñoz, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de veinte de febrero de 2.006 que resulta completado con los planos “Calificación urbanística”, “Planta bajo cubierta”, “Planta cubierta”, “Alzado Norte”, “Alzado Oeste”, “Alzado Sur”, Alzado Oeste” y “Sección”, suscritos por el mismo arquitecto y visados por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha diecinueve de septiembre de 2.008. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo y de las particulares siguientes: Condiciones inherentes a la urbanización: Se asfaltará la superficie de cesión conforme a las directrices de los servicios técnicos municipales, debiéndose adaptar los imbornales de recogida de aguas pluviales existentes a la nueva geometría del vial. En el terreno superficie de cesión se dejarán enterradas las canalizaciones de electricidad y alumbrado conforme los criterios técnicos. Se enterrará la instalación de alumbrado público existente que discurre por el frente de la parcela y se colocará una farola del modelo del modelo municipal en sustitución de la existente con una arqueta de apoyo de fundición. Los pernos de anclaje de la misma se colocarán por debajo de la superficie de acabado del vial. Los cierres de parcela se resolverán mediante elementos opacos de 1 metro de altura de mampostería o revocados y pintados completados mediante protecciones diáfanas hasta alcanzar los dos metros quedando prohibidas las mallas de torsión galvanizadas o plastificadas. Condiciones estéticas: La carpintería exterior será o bien de madera, o bien de otro material en tonos oscuros que imite a ésta. La fachada se pintará en tonos claros y además la piedra que se pudiera colocar en la fachada tendrá que ser de las mismas características que las de los edificios del entorno. La cubierta se realizará con teja curva tipo árabe de color rojo. Los canalones y las bajantes de pluviales serán de cobre o zinc, en ningún caso de PVC. Condiciones inherentes a las instalaciones: Las conexiones a las redes de servicios se llevarán a cabo de acuerdo con las compañías suministradoras y con los servicios técnicos municipales. En el punto de entronque a la red de saneamiento municipal se ejecutará obligatoriamente una arqueta o pozo de registro, cuyas dimensiones se determinarán por los servicios técnicos municipales en el momento de ejecutarse la obra. La acometida para la obtención de electricidad será enterrada. Los contadores de agua y luz se alojarán en una zona accesible dentro de unos pequeños armarios que se integren en el propio muro de cierre. Se procederá a reparar los daños de urbanización producidos por el desarrollo de las obras conforme las directrices de los servicios técnicos municipales. Se procederá a reparar los daños de urbanización producidos por el desarrollo de las obras conforme a las directrices de los servicios técnicos municipales. Cesiones a favor del Ayuntamiento: Se formalizarán, con carácter previo al otorgamiento de la licencia de primera ocupación, las correspondientes cesiones a viales mediante acto de escritura pública. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de DOSCIENTOS QUINCE MIL QUINIENTOS EUROS ( 215.500,00 â¬). TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.8. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por don Francisco Fernández Noriega para ampliación de nave en Los Tánagos. Visto el expediente incoado por don Francisco Fernández Noriega para ampliación de nave para marmolería en Los Tánagos, Pesués. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido en sentido favorable por la Demarcación de Carreteras del Estado en Cantabria de fecha veintiocho de agosto de 2.008. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de dos de octubre de 2.008 por los servicios técnicos municipales. Tomado conocimiento proyecto básico y de ejecución de ampliación de nave para marmolería, redactado al efecto por los arquitectos don Alejandro Burgos González, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de ocho de marzo de 2.008. Por la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, se dictamina que por el órgano municipal competente se acuerde: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a don Francisco Fernández Noriega para ampliación de nave para marmolería en Los Tánagos, Pesués, según proyecto básico y de ejecución proyecto básico y de ejecución de ampliación de nave para marmolería, redactado al efecto por los arquitectos don Alejandro Burgos González, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de ocho de marzo de 2.008. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo y a las establecidas en el informe de la Demarcación de Carreteras del Estado en Cantabria de fecha veintiocho de agosto de 2.008 cuya copia se adjuntará al presente acuerdo. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de CIENTO DIEZ MIL CUATROCIENTOS VEINTICINCO EUROS ( 110.425,00 â¬). TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. Otros expedientes y solicitudes pendientes de resolución. Acuerdos que procedan. 5.1. Expediente de solicitud de licencia de actividad para la instalación de un garaje comunitario ( 20 plazas) de aparcamiento abiertas en la localidad de Prellezo.. Visto el expediente sobre solicitud de licencia de actividad para la instalación de un garaje comunitario ( 20 plazas) de aparcamiento abiertas en la localidad de Prellezo, de este término municipal de Val de San Vicente, incoado por don José Gómez Triguero , actuando en representación de ECOVERDE PRELLEZO S.L. Teniendo que emitir la corporación informe según dispone el vigente Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, a la vista de los trámites llevados a cabo en el expediente, de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran tres de los cuatro que la componen, acuerda emitir el siguiente informe: 1- Que el emplazamiento de la instalación y las demás circunstancias de la misma a las que se refieren los informes que obran en el expediente están de acuerdo con las ordenanzas municipales y con lo dispuesto en el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas. 2- Que no se estima que otras actividades análogas puedan producir efectos aditivos. 3- Se informa favorablemente la concesión de la licencia solicitada. 5.2. Expediente promovido por don José Antonio Ochoa Tapia, actuando en nombre de HERMANOS BORBOLLA S.A. , para la apertura en Pesués de una nave destinada a materiales de construcción. Visto el expediente que promueve don José Antonio Ocho Tapia, actuando en nombre de HERMANOS BORBOLLA S.A., para la apertura en Pesués de una nave destinada a materiales de construcción. Considerando que dicha actividad no se encuentra incluida en el Anexo C de la Ley de Cantabria 17/2006, de 11 de diciembre, de Control Ambiental Integrado. Considerando lo dispuesto en el acuerdo de la Comisión Regional de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas de fecha ocho de septiembre de 2.008. A la vista del informe emitido en fecha de veintinueve de septiembre de 2.008 por los servicios técnicos municipales. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran tres de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Conceder a HERMANOS BORBOLLA S.A. licencias para el ejercicio de la actividad y para la apertura de una nave de materiales de construcción en Pesués. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a la ordenanza fiscal que resulta de aplicación. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a la entidad interesada, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 5.3. Estatutos de la entidad de conservación del polígono industrial de Los Tánagos. Acuerdo que proceda. En la sesión ordinaria celebrada por Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Val de San Vicente en fecha cinco de junio de 2.008, entre otros extremos, se acordó aprobar inicialmente el proyecto de estatutos de la entidad de conservación del polígono industrial Los Tánagos presentado por Suelo Industrial de Cantabria S.L. Dicho acuerdo fue sometido a información pública mediante anuncios publicados en el tablón de edictos del ayuntamiento de Val de San Vicente y en el Boletín Oficial de Cantabria número 136 de fecha 14 de julio de 2.008. Por otra parte, el citado acuerdo fue notificado personalmente a los interesados en el expediente, indicándoles la fecha de publicación en el Boletín Oficial de Cantabria y el plazo a efectos de formulación de alegaciones y reclamaciones. Durante el periodo de información pública no se han registrado alegaciones ni reclamaciones. A la vista de la documentación obrante en el expediente, de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios del Ayuntamiento de Val de San Vicente, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran tres de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar definitivamente el proyecto de estatutos de la entidad de conservación del Polígono Industrial Los Tánagos, aprobados inicialmente por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Val de San Vicente en fecha de cinco de junio de 2.008, presentado por SUELO INDUSTRIAL DE CANTABRIA S.L. y que se diligenciará a la fecha de celebración de la sesión a que se refiere la presenta acta. SEGUNDO: Que se proceda a la publicación de este acuerdo junto con el texto de los estatutos aprobados y se notifique personalmente a los propietarios y demás interesados en el expediente, siguiéndose los trámites que legalmente procedan. 5.4. Acuerdo a tomar respecto a la autorización de gasto para el desarrollo un taller de tapicería de muebles. Tomado conocimiento del escrito presentado por la profesora del aula de adultos de Val de San Vicente para el desarrollo de un taller de tapicería de muebles y atendido del interés municipal en la realización de dicho tipo de actividades, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran tres de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO. Autorizar el gasto correspondiente para el desarrollo de un taller de tapicería de muebles según programa y presupuesto presentado por la profesora del aula de adultos de Val de San Vicente por un importe de NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE EUROS CON CINCUENTA CúNTIMOS ( 949,50 â¬). SEGUNDO. Dar traslado del presente acuerdo al responsable del aula de adultos y a los servicios económicos municipales. 5.5. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato menor de servicios para el alquiler de una carpa para la exposición micológica en Luey. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicio para el alquiler de una carpa para la exposición micológica a celebrar en Luey los días 1 y 2 de noviembre. Considerando: Primero: Que debe procederse a la contratación de dicho servicio. Segundo: Que el presupuesto presentado por CARPAS TORGA S.L. se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión tres miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a CARPAS TORGA S.L. el contrato menor de servicios para el alquiler de una carpa para la exposición micológica en Luey a celebrar los días 1 y 2 de noviembre de 2.008 por importe de DOS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO EUROS CON OCHENTA CúNTIMOS ( 2.238,80 â¬) iva incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 5.6.Acuerdo a tomar respecto a la inserción de publicidad en el anuario de fútbol cántabro 2.008-2.009. A la vista de la propuesta remitida a este ayuntamiento don Claudio Acebo mediante documento con registro municipal de entrada número 2314 por el que solicita la colaboración de este ayuntamiento en la edición del Anuario de Fútbol Cántabro 2.008/2.009 mediante la inserción de un anuncio publicitario, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran tres de los cuatro que la componen acuerda desestimar la solicitud por motivos presupuestarios. 5.7. . Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato menor de servicios para la ejecución del programa “Val Joven...Engánchate”. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicios para la ejecución del programa “Val Joven....Engánchate”. Considerando: Primero: Que debe procederse a la contratación de dicho servicio. Segundo: Que el presupuesto presentado por Clara Canal Álvarez se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión tres miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a Clara Canal Álvarez el contrato menor de servicios para la ejecución del programa “Val Joven...Engánchate” por importe de CUATRO MIL EUROS ( 4.000,00 â¬) iva incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y a la adjudicataria con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 5.8. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato para la inserción de publicidad en la organización de la XXI Concentración de Motos Antiguas en Colombres.. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicio para la inserción de publicidad del Ayuntamiento de Val de San Vicente en la organización de la XXI Concentración de Motos Antiguas en Colombres. Considerando: Primero: Que debe procederse a la contratación de dicho servicio. Segundo: Que el presupuesto presentado por MOTO CLUB PISTúN se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión tres miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a MOTO CLUB PISTúN el contrato de servicios de inserción de publicidad del Ayuntamiento de Val de San Vicente en la organización de la XXI Concentración de Motos Antiguas en Colombres por importe de TRESCIENTOS EUROS ( 300,00 â¬) iva incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 5.9. Acuerdo a tomar respecto a la propuesta de adquisición de diez CD de la Coral Peña Labra de UGT.. Vista la propuesta presentada por el sr. presidente de la Coral Peña Labra de UGT mediante documento con registro municipal de entradas número 2315 de 2.008 relativa a la colaboración del ayuntamiento en un homenaje a los exiliados en Méjico mediante la adquisición de diez CD de la citada agrupación coral. Atendido el interés del ayuntamiento en el fomento de la cultura musical, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran tres de los cuatro que la componen, acuerda: Primero. Aprobar la propuesta formulada por el sr. presidente de la Coral Peña Labra de UGT para la colaboración del ayuntamiento de Val de San Vicente en un homenaje a los exiliados en Méjico mediante la adquisición de diez CD de la Coral Peña Labra. Segundo. Autorizar el gasto correspondiente por importe de TRESCIENTOS EUROS ( 300,00 â¬). Tercero. Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al sr. Presidente de la Coral Peña Labra, con expresión de los recursos procedente contra el mismo. 5.10. Acuerdo a tomar respecto a la actualización del precio del contrato de servicio de mantenimiento de parques y jardines del ayuntamiento de Val de San Vicente. Visto el escrito presentado por BRENA DE ARGUEBANES S.L., como adjudicataria del contrato del servicio de mantenimiento de parques y jardines del ayuntamiento de Val de San Vicente, mediante documento con registro municipal de entradas número 1813 de 2.008, por el que solicitan la actualización del precio del contrato. Considerando: PRIMERO: Que el citado contrato ha sido formalizado en documento administrativo en fecha de veintinueve de diciembre de 2.006, teniendo un plazo de duración de dos años, contados a partir del día hábil siguiente al de la formalización. SEGUNDO: Que de conformidad con lo dispuesto en la cláusula 6 del pliego de condiciones, los precios se revisarán con carácter anual de acuerdo con las variaciones del índice de precios al consumo y tomando como referencia el día primero del mes siguiente al de la formalización del contrato. Visto el informe emitido al efecto por los servicios municipales de intervención, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los miembros que la componen que eran tres de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO. Revisar, con efecto de treinta de diciembre de 2.007, el precio del contrato de servicio de mantenimiento de parques y jardines del ayuntamiento de Val de San Vicente formalizado con la empresa BRENA DE ARGUEBANES S.L. mediante la aplicación de un índice de precios al consumo de 4,3. SEGUNDO. Autorizar, disponer y reconocer un gasto por importe de MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO EUROS ( 1.455,00 â¬) correspondiente al importe de la actualización del contrato de los meses enero a septiembre de 2.008. TERCERO. Que se dé cuenta del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y a BRENA DE ARGUEBANES S.L., con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 5.11. Solicitud presentada por la Junta Vecinal de Luey relativa a subvención para la celebración de una fiesta menor. A la vista de la solicitud presentada por al Junta Vecinal de Luey mediante documento con registro municipal de entradas número 1853 de 2.008, por el que solicitan subvención para la celebración de la fiesta menor de “La Sombrilla”. Considerando: Primero. Que se trata de una fiesta no incluida en el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada en fecha de veintisiete de marzo de 2.007, debido a que en años anteriores no había sido objeto de celebración. Segundo. El interés municipal en el fomento y en la recuperación de las tradiciones festivas de las distintas localidades del municipio. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran tres de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar a la Junta Vecinal de Luey una subvención por importe de TRESCIENTOS EUROS ( 300,00 â¬) para la celebración de la fiesta menor de “La Sombrilla”. SEGUNDO: Autorizar y disponer un gasto por importe de TRESCIENTOS EUROS ( 300,00 â¬.) TERCERO: Someter el otorgamiento de la subvención a las siguientes condiciones resolutorias: 1ª. Deberá justificarse un gasto por una cantidad igual o superior al importe de la subvención otorgada. Dicho gasto corresponderá a actividades directamente relacionadas con la fiesta celebrada, tales como contratación de actuaciones, organización o similares. 2ª Las subvenciones se ingresarán en una cuenta bancaria a nombre de la respectiva entidad local menor. 3ª. Deberá suscribirse el correspondiente convenio entre el Ayuntamiento de Val de San Vicente y la entidad beneficiaria. 5.12. Padrón de la tasa por suministro de agua potable y alcantarillado del Ayuntamiento de Val de San Vicente correspondiente al tercer trimestre de 2.008. Acuerdo que proceda. Visto el padrón fiscal de las tasas por suministro de agua potable y alcantarillado correspondientes al tercer trimestre de 2.008. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran tres de los cuatro que la componen, acuerda. PRIMERO. Aprobar el padrón fiscal de las tasas por suministro de agua potable y alcantarillado del Ayuntamiento de Val de San Vicente correspondiente al tercer trimestre de 2.008. SEGUNDO. Que se proceda a su exposición pública a efectos de reclamaciones mediante anuncios que se publicarán en el Boletín Oficial de Cantabria y en el tablón de edictos del Ayuntamiento. TERCERO. Establecer como periodo voluntario de cobro desde el dos de noviembre de 2.008 hasta el 31 de diciembre de 2.008. 5.13. Solicitud de exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica formulada por don Ramón Porfirio Gómez Cuesta, correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 2074 de 2.008. Visto el documento con registro municipal de entradas número 2074 de 2008 formulado por don Ramón Porfirio Gómez Cuesta y que se refiere a la solicitud de exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran tres de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica solicitada por don Ramón Porfirio Gómez Cuesta con D.N.I. 13.660.938 L por el vehículo con matrícula 3293-BHK. Dicha exención se concede de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.1.e) de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del ayuntamiento de Val de San Vicente. SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 5.14. Solicitud de exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica formulada por don Alfonso Fernández Fernández, correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 2077 de 2.008.. Visto el documento con registro municipal de entradas número 2077 de 2008 formulado por don Alfonso Fernández Fernández y que se refiere a la solicitud de exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran tres de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica solicitada por don Alfonso Fernández Fernández con D.N.I. 13.897.272 M por el vehículo con matrícula S-2457-AB. Dicha exención se concede de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.1.e) de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del ayuntamiento de Val de San Vicente. SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 5.15. Solicitud de devolución de ingresos indebidos formulada por doña María Revuelta Santovenia correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 2298 de 2008. Visto el documento con registro municipal de entradas número 2298 de 2008 formulado por doña María Revuelta Santovenia y que se refiere a la solicitud de devolución del exceso abonado al Ayuntamiento de Val de San Vicente en concepto de cuota correspondiente al impuesto sobre vehículos de tracción mecánica correspondiente al ejercicio 2.008. Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran tres de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la devolución de la cantidad de CUARENTA Y CINCO EUROS CON CUARENTA Y TRES CúNTIMOS ( 45,43 â¬) a doña Ana María Revuelta Santovenia con D.N.I.01.377.944 Z . Dicha cantidad corresponde al exceso abonado en concepto de impuesto sobre vehículos de tracción mecánica correspondiente al ejercicio 2.008 por el vehículo con matrícula O-5831-BB . SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 6. Ruegos y preguntas. Abierto este punto, no se plantea ninguno. Y no habiendo más asuntos a tratar, por el sr. presidente se levanta la sesión, cuando son las diecisiete horas y cincuenta y cinco minutos del día al inicio indicado, de todo lo cual, como secretaria, doy fe.
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ACTA NúMERO 11/2.008 DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE VAL DE SAN VICENTE, CORRESPONDIENTE A LA SESIúN ORDINARIA CELEBRADA EL DúA TRES DE SEPTIEMBRE DE 2.008. En Pesués, Val de San Vicente, en la casa consistorial del Ayuntamiento de Val de San Vicente, siendo las doce horas y treinta minutos del día tres de septiembre de 2.008, se reúne la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Val de San Vicente para celebrar sesión ordinaria en única convocatoria con la asistencia de los miembros siguientes: Presidente: Don Miguel Ángel González Vega. Concejales: Don Roberto Escobedo Quintana, doña Nuria Yolanda Verdeja Melero y don Elías Álvarez Martínez. Secretaria: Laura Rodríguez Candás. Interventora: Ruth López Mosquera García Se da lectura a la resolución de convocatoria, y desarrollando el orden del día se debaten los asuntos siguientes: 1. Aprobación, si procede, del borrador del acta de la sesión anterior. Habiéndose dado traslado a los señores miembros de la Junta de Gobierno Local de Val de San Vicente del acta correspondiente a la sesión ordinaria celebrada por este órgano en fecha treinta y uno de julio de 2.008 y no manifestándose ningún reparo ni objeción frente a la misma, se acuerda aprobar la citada acta correspondiente a la sesión ordinaria celebrada en fecha de treinta y uno de julio de 2.008. 2. Resoluciones de Alcaldía. Se da cuenta de las resoluciones de la alcaldía adoptadas en ejercicio de la facultad de avocación en relación a materias objeto de delegación en la Junta de Gobierno Local. 3. Facturas y pagos. 3.1. Facturas y pagos. Se da cuenta de la relación de facturas y pagos correspondientes a esta sesión de la junta de gobierno local de las que se incorpora al expediente un ejemplar para constancia. Tomado conocimiento del asunto, por la Junta de Gobierno Local se acuerda aprobar dicha relación de facturas y pagos cuyo importe total asciende a la cantidad de CIENTO UN MIL CIENTO DIECISúIS EUROS CON SETENTA Y SIETE CúNTIMOS ( 101.116,77 â¬). 3.2. Reconocimiento extrajudicial de crédito. A la vista del expediente de reconocimiento extrajudicial de créditos número J-2008/6 en el que obra el correspondiente informe de intervención y las facturas y pagos que lo integran, cuyo importe total asciende a la cantidad de SEIS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE EUROS CON SESENTA CúNTIMOS ( 6.997,60 â¬) estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal, por unanimidad se acuerda aprobar el expediente de reconocimiento extrajudicial de créditos número J-2008/6 por importe de SEIS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE EUROS CON SESENTA CúNTIMOS ( 6.997,60 â¬). 4. Solicitudes de licencias municipales de obras. Acuerdos que procedan. 4.1. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por don Fernando García Sánchez para la construcción de vivienda unifamiliar Portillo. Visto el expediente incoado por don Fernando García Sánchez para la construcción de vivienda unifamiliar en Portillo. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de veintidós de agosto de 2.008 por los servicios técnicos municipales. Tomado conocimiento del proyecto básico y de ejecución de vivienda unifamiliar en la parcela 46 del barrio de Portillo de Abajo en Val de San Vicente, Cantabria, redactado al efecto por el arquitecto don Gonzalo Domínguez Toran, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de seis de febrero de 2.008 y la documentación complementaria compuesta por los planos “A-2 Topográfico”; “A-2bis Estado Actual”; “A-3 Implantación”; “A-4-1 Planta baja. Amueblados y superficies”; “A-4-2 Planta alta. Amueblados y superficies”; “A-4-3 Planta bajocubierta. Amueblados y superficies”; “A-4-4 Planta de cubierta”; “A-5-1 Planta baja. Cotas”; “A-5-2 Planta alta. Cotas”; “A-5-3 Planta bajocubierta. Cotas”; “A-5-4 Planta de cubierta. Cotas”; “A-6 Alzados principal y posterior”; “A-7 Alzado lateral izquierdo y sección longitudinal” y “E1 Cimentación y saneamiento. Estructura portante de madera”, redactados por el mismo arquitecto y visados por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de treinta y uno de julio de 2.008. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a don Fernando García Sánchez para la construcción de una vivienda unifamiliar en Portillo, según proyecto básico y de ejecución de vivienda unifamiliar en la parcela 46 del barrio de Portillo de Abajo en Val de San Vicente, Cantabria, redactado al efecto por el arquitecto don Gonzalo Domínguez Toran, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de seis de febrero de 2.008 y según la documentación complementaria compuesta por los planos “A-2 Topográfico”; “A-2bis Estado Actual”; “A-3 Implantación”; “A-4-1 Planta baja. Amueblados y superficies”; “A-4-2 Planta alta. Amueblados y superficies”; “A-4-3 Planta bajocubierta. Amueblados y superficies”; “A-4-4 Planta de cubierta”; “A-5-1 Planta baja. Cotas”; “A-5-2 Planta alta. Cotas”; “A-5-3 Planta bajocubierta. Cotas”; “A-5-4 Planta de cubierta. Cotas”; “A-6 Alzados principal y posterior”; “A-7 Alzado lateral izquierdo y sección longitudinal” y “E1 Cimentación y saneamiento. Estructura portante de madera”, redactados por el mismo arquitecto y visados por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de treinta y uno de julio de 2.008. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo y de las particulares siguientes: Condiciones inherentes a la urbanización: Se asfaltarán todas aquellas zonas de vial público que siendo ajenas a la propia finca pudieran haber sido perjudicadas por la ejecución de las obras. El cierre de la parcela se ejecutará mediante elementos opacos de 1,00 m. de altura máxima, completados con protecciones diáfanas excluidas las mallas de torsión de acero galvanizado o plastificadas hasta completar una altura de 2,00 m. La parte opaca se enfoscará y pintará o se ejecutará con fábrica de cantería similar a la del entorno. Los muros de contención serán siempre inferiores a 2,00 m. de altura y se ejecutarán con acabado de mampostería. Condiciones inherentes a las instalaciones: Las conexiones a las redes de servicios se llevarán a cabo de acuerdo con las compañías suministradoras y con los servicios técnicos municipales. En el punto de entronque a la red de saneamiento municipal se ejecutará obligatoriamente una arqueta o pozo de registro, cuyas dimensiones se determinarán por los servicios técnicos municipales en el momento de ejecutarse la obra. Los contadores de agua y luz se alojarán en una zona accesible dentro de unos pequeños armarios que se integren en el propio muro. Se procederá a reparar los daños de urbanización producidos por el desarrollo de las obras conforme las directrices de los servicios técnicos municipales. Condiciones estéticas: La carpintería exterior será o bien de madera, o bien de otro material en tonos oscuros que imite a ésta. El sistema de oscurecimiento de las habitaciones preferiblemente no será con persianas exteriores. La fachada se pintará en tonos claros y además la piedra que se pudiera colocar en la fachada tendrá que ser de las mismas características que las de los edificios del entorno. La cubierta se realizará con teja curva tipo árabe de color rojo. Los canalones y las bajantes de pluviales serán de cobre o zinc, en ningún caso de PVC. Los vuelos de aleros y las balconadas se ejecutarán con madera. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de CIENTO NUEVE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO EUROS CON NUEVE CúNTIMOS ( 109.455,09 â¬). TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.2. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por don Plácido Gil Eyto para modificado de proyecto de construcción de vivienda unifamiliar aislada en Serdio. Visto el expediente incoado por don Plácido Gil Eyto para la modificación del proyecto de construcción de vivienda unifamiliar aislada en Pesués. Considerando que mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada en fecha de uno de julio de 2.004 se acordó otorgar licencia municipal de obras a don Plácido Gil Eyto para la construcción de una vivienda unifamiliar aislada en Serdio, según el proyecto básico y de ejecución redactado al efecto por los arquitectos don Carlos Ruiz Agüero, don César Gutiérrez Fernández y doña Rocío García San Pedro, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria y fecha 22 de abril de 2.004, haciendo constar que el proyecto agota el 38,71 % de la edificabilidad total de la parcela. Tomado conocimiento de la modificación del proyecto básico y de ejecución de vivienda unifamiliar aislada en Serdio, compuesta por los planos “1 Acotado Planta Baja”; 2 Acotado Planta Primera”; 3 Planta de Cubierta”; “4 Alzado Oeste”; “5 Alzado Norte”; “6 Alzado Sur”; “7 alzado Este”; “8 Sección”, redactados por los arquitectos don Carlos Ruiz Agüero, con César Gutiérrez Fernández y doña Rocío García San Pedro y visados por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de diez de julio de 2.008. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de veinticuatro de julio de 2.008 por los servicios técnicos municipales. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a don Plácido Gil Eyto para la modificación del proyecto básico y de ejecución de vivienda unifamiliar aislada en Serdio para el que se otorgó licencia municipal de obras mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local adoptado en sesión ordinaria celebrada en fecha de uno de julio de 2.004 según el proyecto básico y de ejecución redactado al efecto por los arquitectos don Carlos Ruiz Agüero, don César Gutiérrez Fernández y doña Rocío García San Pedro, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria y fecha 22 de abril de 2.004, haciendo constar que el proyecto agota el 38,71 % de la edificabilidad total de la parcela. La modificación que se autoriza está compuesta por los planos “1 Acotado Planta Baja”; 2 Acotado Planta Primera”; 3 Planta de Cubierta”; “4 Alzado Oeste”; “5 Alzado Norte”; “6 Alzado Sur”; “7 alzado Este”; “8 Sección”, redactados por los arquitectos don Carlos Ruiz Agüero, con César Gutiérrez Fernández y doña Rocío García San Pedro y visados por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de diez de julio de 2.008. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo. SEGUNDO: Que se apruebe, en su caso, la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.3. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por MACHO DE LA COLINA S.L. para modificado de proyecto de construcción de diez viviendas adosadas en Prellezo. Visto el expediente incoado por MACHO DE LA COLINA S.L. para la modificación del proyecto de construcción de diez viviendas adosadas en Prellezo. Considerando que mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada en fecha de dos de diciembre de 2.005 se acordó otorgar licencia municipal de obras a MACHO DE LA COLINA S.L. para la construcción de diez viviendas unifamiliares adosadas en Prellezo, según el proyecto básico redactado al efecto por el arquitecto don José Cabrero Cabrera, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha uno de septiembre de 2.005 y dejando constancia expresa de que con el proyecto que se pretende ejecutar se agota el 94,85 % de la edificabilidad de la parcela. Tomado conocimiento del proyecto ejecución de diez viviendas unifamiliares en Prellezo, redactado por el arquitecto don José Cabrero Cabrera, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de dos de marzo de 2.006 y de los planos “01R Urbanización. Acabados materiales”; “07RR Edificio A. Alzados y secciones”; “08RR Edificio B. Alzados y Secciones” y “33RR Edificio B. Perfiles, complementarios a dicho proyecto, redactados por el mismo arquitecto, visados por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de treinta y uno de julio de 2.008 y que suponen modificación del proyecto básico para el que otorgó licencia municipal de obras mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha dos de diciembre de 2.005, antes citada. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de veintiocho de agosto de 2.008 por los servicios técnicos municipales. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a MACHO DE LA COLINA S.L. para la modificación del proyecto básico para la construcción de diez viviendas adosadas en Prellezo para el que se otorgó licencia municipal de obras mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local adoptado en sesión ordinaria celebrada en fecha de dos de diciembre de 2.005 según el proyecto básico redactado al efecto por el arquitecto don José Cabrero Cabrera, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha uno de septiembre de 2.005 y dejando constancia expresa de que con el proyecto que se pretende ejecutar se agota el 94,85 % de la edificabilidad de la parcela. La modificación se autoriza según proyecto ejecución de diez viviendas unifamiliares en Prellezo, redactado por el arquitecto don José Cabrero Cabrera, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de dos de marzo de 2.006 y según los planos “01R Urbanización. Acabados materiales”; “07RR Edificio A. Alzados y secciones”; “08RR Edificio B. Alzados y Secciones” y “33RR Edificio B. Perfiles, complementarios a dicho proyecto, redactados por el mismo arquitecto, visados por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de treinta y uno de julio de 2.008. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación ascendiendo el incremento en el presupuesto de ejecución material a la cantidad de NOVENTA Y OCHO MIL SETENTA Y CINCO EUROS CON SETENTA Y OCHO CúNTIMOS ( 98.075,78 â¬). TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 5. Otros expedientes y solicitudes pendientes de resolución. Acuerdos que procedan. 5.1. Solicitud de cambio de titularidad de licencia de obras correspondiente al documento con número 2063 de 2008 del registro municipal de entradas. Tomado conocimiento del escrito correspondiente al documento con número 2603 de 2008 del registro municipal de entradas. Resultando: Que mediante el mismo se comunica la trasmisión a la sociedad LLANOS Y COSTAS DEL NORTE S.L. de la licencia municipal de obras otorgada a don Álvaro Gil Cantero mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Val de San Vicente en fecha de dieciséis de diciembre de 2.005 para la construcción de cinco viviendas unifamiliares adosadas en Prellezo, según proyecto básico redactado al efecto por el arquitecto don César Carlón Buj, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha 31 de agosto de 2.005 y proyecto de ejecución redactado por el mismo arquitecto y visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha treinta de noviembre de 2.005. A la vista de la documentación obrante en el expediente y considerando lo dispuesto en el artículo 188.3 de la Ley de Cantabria 2/2001 de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria, de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios del Ayuntamiento de Val de San Vicente, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO. Autorizar la trasmisión a la que ya se ha hecho referencia en el presente acuerdo y, en su consecuencia, que la licencia municipal de obras otorgada a don Álvaro Gil Cantero mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Val de San Vicente en fecha de dieciséis de diciembre de 2.005 para la construcción de cinco viviendas unifamiliares adosadas en Prellezo, según proyecto básico redactado al efecto por el arquitecto don César Carlón Buj, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha 31 de agosto de 2.005 y proyecto de ejecución redactado por el mismo arquitecto y visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha treinta de noviembre de 2.005, pase a ser titularidad de la sociedad LLANOS Y COSTAS DEL NORTE S.L. 5.2. Solicitud de cambio de titularidad de licencia de obras correspondiente al documento con número 2064 de 2008 del registro municipal de entradas. Tomado conocimiento del escrito correspondiente al documento con número 2604 de 2008 del registro municipal de entradas. Resultando: Que mediante el mismo se comunica la trasmisión a la sociedad LLANOS Y COSTAS DEL NORTE S.L. de la licencia municipal de obras otorgada a don Álvaro Gil Cantero mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Val de San Vicente en fecha de dieciséis de diciembre de 2.005 para la construcción de cuatro viviendas unifamiliares adosadas en Prellezo, según proyecto básico y de ejecución redactado al efecto por el arquitecto don César Carlón Buj, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de nueve de julio de 2.005 y según modificado suscrito por el mismo arquitecto, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 24 de noviembre de 2.005. A la vista de la documentación obrante en el expediente y considerando lo dispuesto en el artículo 188.3 de la Ley de Cantabria 2/2001 de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO. Autorizar la trasmisión a la que ya se ha hecho referencia en el presente acuerdo y, en su consecuencia, que la licencia municipal de obras otorgada a don Álvaro Gil Cantero mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Val de San Vicente en fecha de dieciséis de diciembre de 2.005 para la construcción de cuatro viviendas unifamiliares adosadas en Prellezo, según proyecto básico y de ejecución redactado al efecto por el arquitecto don César Carlón Buj, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de nueve de julio de 2.005 y según modificado suscrito por el mismo arquitecto, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 24 de noviembre de 2.005, pase a ser titularidad de la sociedad LLANOS Y COSTAS DEL NORTE S.L. 5.3. Acuerdo que proceda respecto a aprobación del gasto para el suministro de material para señalización vial. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del suministro menor de material para señalización vial. Considerando: Primero: Que debe procederse a la contratación de dicho suministro. Segundo: Que el presupuesto presentado por PLASEMA DEL VALLES S.L. se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a PLASEMA DEL VALLES S.L. el contrato menor de suministro de material para señalización vial por importe de SETECIENTOS CUARENTA Y DOS EUROS CON ONCE CúNTIMOS ( 742,11 â¬) iva incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 5.4. Acuerdo que proceda respecto a a la adjudicación del contrato de obras de mantenimiento del Colegio Público Fuente Salín de Pesués. A la vista del expediente correspondiente a la contratación de la obra menor de mantenimiento del Colegio Público Fuente Salín de Pesués. Considerando: Primero: Que debe procederse a la contratación de dicha obra. Segundo: Que el presupuesto presentado por DECORACIONES PRúO se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a DECORACIONES PRúO el contrato menor de obras de mantenimiento del Colegio Público Fuente Salín de Pesués importe de CUATRO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE EUROS CON VEINTE CúNTIMOS ( 4.489,20 â¬) iva incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 5.5. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato menor de servicios para el desbroce con máquina en Muñorrodero. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicio de desbroce con máquina en Muñorrodero. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a la contratación del citado servicio. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por don Jesús Roiz Santiáñez se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a JESúS ROIZ SANTIÁúEZ el contrato de servicio de desbroce con máquina en Muñorrodero por importe de TRES MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO EUROS CON SESENTA CúNTIMOS ( 3.375,60 â¬) iva incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 5.6. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato menor de servicios para mantenimiento del Paseo del Juncal en Unquera. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicio para el mantenimiento del Paseo del Juncal en Unquera. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a la contratación del citado servicio. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por don Manuel Setién Suero se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a MANUEL SETIEN SUERO el contrato de servicio de mantenimiento del Paseo del Juncal en Unquera por importe de MIL SETECIENTOS CUARENTA EUROS ( 1.740,00 â¬), iva incluido, desde el uno de agosto de 2.008 hasta el treinta y uno de agosto de 2.008. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 5.7. Acuerdo a tomar respecto a la propuesta de adquisición de libros para la divulgación de la Cultura de Cantabria. Vista la propuesta presentada por el sr. Concejal don Roberto Escobedo Quintana, relativa a la colaboración del ayuntamiento en la divulgación de la cultura de Cantabria mediante la adquisición de diez ejemplares del libro “Trovas de Cantabria”. Atendido el interés del ayuntamiento en el fomento de la cultura y en particular, de las tradiciones y manifestaciones folclóricas de Cantabria, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: Primero. Aprobar la propuesta formulada por el sr. Concejal don Roberto Escobedo Quintana para la colaboración del ayuntamiento de Val de San Vicente en la divulgación de la cultura de Cantabria mediante la adquisición de diez ejemplares del libro “Trovas de Cantabria”. Segundo. Autorizar el gasto correspondiente por importe de CIEN EUROS ( 100,00 â¬). Tercero. Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 5.8. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato menor de servicios para patrocinar la organización del III Cuadriatlón Val de San Vicente. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicio para patrocinar la organización del III Cuadriatlón Val de San Vicente. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a la contratación del citado servicio. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por Club Deportivo Elemental Fuente Salín se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a Club Deportivo Elemental Fuente Salín el contrato menor de servicios para patrocinar la organización del III Cuadriatlón Val de San Vicente por importe de MIL QUINIENTOS EUROS ( 1.500,00 â¬), iva incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 5.9. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato menor de servicios de dirección de la obra “Restauración de la Bóveda de la Antigua Iglesia de Portillo”. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicios de dirección de la obra “Restauración de la Bóveda de la Antigua Iglesia de Portillo”. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a la contratación del citado servicio. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por don Luis Castillo Arenal se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a don Luis Castillo Arenal el contrato menor de servicios de dirección de la obra “Restauración de la Bóveda de la Antigua Iglesia de Portillo” por importe de TRES MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE EUROS CON CUARENTA Y DOS CúNTIMOS ( 3.597,42 â¬), iva incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 5.10. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato menor de servicios de dirección técnica y coordinación de seguridad y salud de la obra “Restauración de la Bóveda de la Antigua Iglesia de Portillo”. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicios de dirección técnica y coordinación de seguridad y salud de la obra “Restauración de la Bóveda de la Antigua Iglesia de Portillo”. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a la contratación del citado servicio. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por don Juan José Izquierdo Rodríguez se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a don Juan José Izquierdo Rodríguez el contrato menor de servicios de dirección técnica y coordinación de seguridad y salud de la obra “Restauración de la Bóveda de la Antigua Iglesia de Portillo” por importe de MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS EUROS CON VEINTICUATRO CúNTIMOS ( 1.886,24 â¬), iva incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 5.11. Padrón fiscal del impuesto sobre actividades económicas correspondiente al ejercicio 2.008. Examinado el padrón fiscal del impuesto sobre actividades económicas correspondiente al Ayuntamiento de Val de San Vicente en el ejercicio económico 2.008 y estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local, siendo cuatro su número total, por unanimidad, se acuerda: Primero: Aprobar el mencionado padrón fiscal del impuesto sobre actividades económicas correspondiente al Ayuntamiento de Val de San Vicente en el ejercicio económico 2.008 , integrado por CINCUENTA Y DOS (52) unidades fiscales y por una deuda tributaria total de DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO EUROS CON OCHENTA Y DOS CúNTIMOS( 17.468,82 â¬). Segundo: Que se proceda a su exposición pública a efectos de reclamaciones mediante anuncios que se publicarán en el Boletín Oficial de Cantabria y en el tablón de edictos del ayuntamiento. Tercero: Establecer como periodo voluntario de cobro el comprendido entre los días 16 de octubre y 4 de diciembre de 2.008. 5.12. Padrón fiscal de la tasa por ocupación de terrenos de uso público con mesas y sillas con finalidad lucrativa correspondiente al ejercicio 2.008. Examinado el padrón fiscal de la tasa por ocupación de terrenos de uso público con mesas y sillas con finalidad lucrativa correspondiente al Ayuntamiento de Val de San Vicente en el ejercicio económico 2.008 y estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local, siendo cuatro su número total, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: La aprobación del mencionado padrón fiscal de la tasa por ocupación de terrenos de uso público con mesas y sillas con finalidad lucrativa correspondiente al Ayuntamiento de Val de San Vicente en el ejercicio económico 2.008, integrado por SIETE ( 7 ) unidades fiscales y por una deuda tributaria total de OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO EUROS CON TREINTA Y SEIS CúNTIMOS ( 855,36 â¬). SEGUNDO: Que se proceda a su exposición pública a efectos de reclamaciones mediante anuncios que se publicarán en el Boletín Oficial de Cantabria y en el tablón de edictos del ayuntamiento. TERCERO: Establecer como periodo voluntario de cobro el comprendido entre los días dieciséis de octubre y cuatro de diciembre de 2.008. 5.14. Padrón fiscal de la tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y reservas para aparcamiento en determinadas vías y espacios públicos correspondiente al ejercicio 2.008. Examinado el padrón fiscal de la tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y reservas para aparcamiento en determinadas vías y espacios públicos correspondiente al Ayuntamiento de Val de San Vicente en el ejercicio económico 2.008 y estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local, siendo cuatro su número total, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: La aprobación del mencionado padrón fiscal de la tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y reservas para aparcamiento en determinadas vías y espacios públicos correspondiente al Ayuntamiento de Val de San Vicente en el ejercicio económico 2.008, integrado por VEINTE (20) unidades fiscales y por una deuda tributaria total de MIL CUATROCIENTOS CUARENTA EUROS ( 1.440,00 â¬). SEGUNDO: Que se proceda a su exposición pública a efectos de reclamaciones mediante anuncios que se publicarán en el Boletín Oficial de Cantabria y en el tablón de edictos del ayuntamiento. TERCERO: Establecer como periodo voluntario de cobro el comprendido entre los días dieciséis de octubre y cuatro de diciembre de 2.008. 5.15. Solicitud presentada por don Antonio Arambarri Escobedo relativa a la variación del consumo mínimo de agua. Acuerdo que proceda. Examinada la solicitud presentada por don Antonio Arambarri Escobedo mediante documento con registro municipal de entradas numero 1873 de 2.008 y que se refiere a la variación del consumo mínimo de agua para uso comercial en Unquera. Visto el artículo 6 apartado VI de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Suministro de Agua Potable, según el cual, los usuarios del tipo industrial, comercial o ganadero, que lo soliciten por escrito a esta Administración, podrán variar la dotación del mínimo, pasando de 60 m3 a 30 m3, facturándose el exceso conforme a la escala establecida para cada caso, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO. Autorizar a don Antonio Arambarri Escobedo la variación de la dotación del consumo mínimo de agua para uso comercial sito en Unquera, Carretera General nº 15, bajo, pasando de 60 m3 a 30 m3, facturándose el exceso conforme a la escala establecida para cada caso. SEGUNDO. Notificar la presente resolución al interesado, con indicación de los recursos que en su caso procedan. TERCERO: Dar traslado de la presente resolución a la empresa concesionaria del servicio de agua AGUAS DEL NORTE S.A., a los efectos correspondientes. 5.16. Devoluciones de ingresos indebidos tramitadas de oficio por el Ayuntamiento. Vistos los expedientes tramitados de oficio para la devolución de ingresos indebidamente realizados a favor del ayuntamiento de Val de San Vicente. Vistos los informes emitidos al efecto por los servicios municipales de intervención. De conformidad con el artículo 14.1 del RDL 2/2004 de de cinco de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en relación con los artículos 32 y 220 de la Ley 58/2.003 de 17 de diciembre, General Tributaria, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: Primero: Aprobar la devolución de la cantidad de TREINTA Y OCHO EUROS (38,00 â¬) a don Tomás Pandal Díaz con D.N.I.13.891.091 B . Dicha cantidad corresponde al exceso abonado en concepto de tasa por la tramitación de licencias urbanísticas e impuesto sobre construcciones instalaciones y obras ( NRE 2014 /07 ). Segundo: Aprobar la devolución de la cantidad de TREINTA EUROS (30,00 â¬) a don Victor Pandal Nistal con D.N.I.72.129.125 K . Dicha cantidad corresponde al exceso abonado en concepto de tasa por la expedición de certificado (NRE 0852/2007). Tercero: Aprobar la devolución de la cantidad de DIEZ EUROS (10,00 â¬) a MADERAS BADA S.A. con C.I.F. A 33026980.Dicha cantidad corresponde al exceso abonado en concepto de tasa por la tramitación de licencias (NRE 1040/2007). Cuarto: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y a los interesados con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 5.17. Solicitud de devolución de ingresos indebidos formulada por doña Mª del Mar Sañudo Argüelles correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1888 de 2008. Visto el documento con registro municipal de entradas número 1888 de 2008 formulado por doña Mª del Mar Sañudo Gutiérrez y que se refiere a la solicitud de devolución del exceso abonado al Ayuntamiento de Val de San Vicente en concepto de cuota correspondiente al impuesto sobre vehículos de tracción mecánica correspondiente al ejercicio 2.008. Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la devolución de la cantidad de VEINTICINCO EUROS CON SESENTA Y NUEVE CúNTIMOS (25,69 â¬) a doña Mª del Mar Sañudo Argüelles con D.N.I. 72.139.854 D. Dicha cantidad corresponde al exceso abonado en concepto de impuesto sobre vehículos de tracción mecánica correspondiente al ejercicio 2.008 por el vehículo con matrícula O-8481-BU . SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 5.18. Solicitud de devolución de ingresos indebidos formulada por doña Alfonsa Alonso Sordo correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1900 de 2008. Visto el documento con registro municipal de entradas número 1900 de 2008 formulado por doña Alfonsa Alonso Sordo y que se refiere a la solicitud de devolución del exceso abonado al Ayuntamiento de Val de San Vicente en concepto de cuota correspondiente al impuesto sobre vehículos de tracción mecánica correspondiente al ejercicio 2.008. Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la devolución de la cantidad de DOCE EUROS CON DIECISúIS CúNTIMOS ( 12,16 â¬) a doña Alfonsa Alonso Sordo con D.N.I.13.970.249 A . Dicha cantidad corresponde al exceso abonado en concepto de impuesto sobre vehículos de tracción mecánica correspondiente al ejercicio 2.008 por el vehículo con matrícula S-9676-AL . SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 5.19. Solicitud de devolución de ingresos indebidos formulada por don Hilario Cueto Carrera correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1798 de 2008. Visto el documento con registro municipal de entradas número 1798 de 2008 formulado por don Hilario Cueto Carrera y que se refiere a la solicitud de devolución del exceso abonado al Ayuntamiento de Val de San Vicente en concepto de cuota correspondiente al impuesto sobre vehículos de tracción mecánica correspondiente al ejercicio 2.008. Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la devolución de la cantidad de TREINTA EUROS CON VEINTINUEVE CúNTIMOS ( 30,29 â¬) a don Hilario Cueto Carrera con D.N.I.10.711.804 Z . Dicha cantidad corresponde al exceso abonado en concepto de impuesto sobre vehículos de tracción mecánica correspondiente al ejercicio 2.008 por el vehículo con matrícula S-7084-X . SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 5.20. Solicitud de devolución de ingresos indebidos formulada por don Vicente Rodríguez Trespalacios correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1815 de 2008. Visto el documento con registro municipal de entradas número 1815 de 2008 formulado por don Vicente Rodríguez Trespalacios y que se refiere a la solicitud de devolución del exceso abonado al Ayuntamiento de Val de San Vicente en concepto de tasa por expedición de informe exigida en vía de apremio. Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la devolución de la cantidad de TREINTA Y SEIS EUROS CON CUARENTA CúNTIMOS ( 36,40 â¬) a don Vicente Rodríguez Trespalacios con D.N.I.13.667.687 Y . Dicha cantidad corresponde al exceso abonado en concepto de tasa por expedición de informe exigida en vía de apremio, recibo número 455696. SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 5.21. Solicitud de exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica formulada por SISNIEGA S.C., correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1926de 2.008. Visto el documento con registro municipal de entradas número 1926 de 2008 formulado por SISNIEGA S.C. y que se refiere a la solicitud de exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. Vista la copia compulsada de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica solicitada por SISNIEGA S.C. con N.I.F. G-39594023 por el vehículo con matrícula E-7405-BFJ. Dicha exención se concede de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.1.g) de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del ayuntamiento de Val de San Vicente. SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 5.22. Acuerdo que proceda respecto a la prestación del servicio de ayuda a domicilio a don Ambrosio Pérez Cordera. A la vista del expediente tramitado al efecto y especialmente del informe emitido sobre el particular por la trabajadora social, en el que se estima oportuna la concesión del servicio de ayuda a domicilio a don Ambrosio Pérez Cordera por espacio de tres horas semanales, sin aportación económica por parte del interesado. Considerando que a tenor de los dispuesto en el artículo 25.2.k) de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el ayuntamiento es competente en materia de prestación de servicios sociales, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la prestación del servicio de ayuda a domicilio a don Ambrosio Pérez Cordera, con DNI 71685620 W, por espacio de tres horas semanales y sin aportación económica por parte del interesado. SEGUNDO: Aprobar la aportación municipal que corresponda por la prestación de la atención domiciliaria citada a don Ambrosio Pérez Cordera. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios sociales y económicos municipales y al interesado, con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 5.23. Acuerdo a tomar respecto a la colaboración económica del ayuntamiento en la construcción de una carretera en Segué, República de Mali. Vista la solicitud presentada por el sr. Consejero de Obras, Públicas, Ordenación de Territorio, Vivienda y Urbanismo, don José María Mazón Ramos, mediante documento con registro municipal de entradas número 1522 de 2.008, por el que solicita la colaboración económica del ayuntamiento en la construcción de una carretera en el pueblo de Segué, República de Mali. Considerando la necesidad del pueblo de Segué de contar con una carretera en condiciones adecuadas y el interés de este ayuntamiento en colaborar con la ayuda humanitaria internacional, estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal, por unanimidad, se acuerda. PRIMERO: Colaborar económicamente con el Pueblo de Segué, en la República de Mali, en la construcción de una carretera, con una ayuda de TRES MIL EUROS ( 3.000,00 â¬), debiendo justificarse la aplicación de los fondos recibidos SEGUNDO: Autorizar, disponer y reconocer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y a don José María Mazón Ramos, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 6. Ruegos y preguntas. Abierto este punto, no se plantea ninguno. Y no habiendo más asuntos a tratar, por el sr. Presidente se levanta la sesión, cuando son las trece horas y cuarenta y cinco minutos del día al inicio indicado, de todo lo cual, como secretaria, doy fe.
ACTA NúMERO 9/2.008 DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE VAL DE SAN VICENTE, CORRESPONDIENTE A LA SESION ORDINARIA CELEBRADA EL DúA OCHO DE JULIO DE 2008. En Pesués, Val de San Vicente, en la casa consistorial del Ayuntamiento de Val de San Vicente, siendo las dieciocho horas y cuarenta y cinco minutos del día ocho de julio de 2.008, se reúne la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Val de San Vicente para celebrar sesión ordinaria en única convocatoria con la asistencia de los miembros siguientes: Presidente: Don Miguel Ángel González Vega. Concejales: Don Roberto Escobedo Quintana, doña Nuria Yolanda Verdeja Melero y don Elías Álvarez Martínez. Secretaria: Laura Rodríguez Candás. Interventora: Ruth López Mosquera García Se da lectura a la resolución de convocatoria, y desarrollando el orden del día se debaten los asuntos siguientes: 1. Aprobación, si procede, del borrador del acta de la sesión anterior. Habiéndose dado traslado a los señores miembros de la Junta de Gobierno Local de Val de San Vicente del acta correspondiente a la sesión ordinaria celebrada por este órgano en fecha cinco de junio de 2.008 y no manifestándose ningún reparo ni objeción frente a la misma, se acuerda aprobar la citada acta correspondiente a la sesión ordinaria celebrada en fecha de cinco de junio de 2.008. 2. Facturas y pagos. 2.1. Facturas y pagos. Se da cuenta de la relación de facturas y pagos correspondientes a esta sesión de la junta de gobierno local de las que se incorpora al expediente un ejemplar para constancia. Tomado conocimiento del asunto, por la Junta de Gobierno Local se acuerda aprobar dicha relación de facturas y pagos, excepto la factura de ALQUILERES LON S.L.U., con nº 0/000783 y registro municipal de facturas nº 506 de 2.008, que queda pendiente de aprobación a efectos de aclaración de los conceptos facturados. El importe total de la relación de facturas y pagos aprobada, excluida la factura indicada, asciende a la cantidad de CIENTO OCHENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y DOS EUROS CON OCHENTA Y SEIS CúNTIMOS DE EURO ( 182.962,86 â¬). 2.2. Reconocimiento extrajudicial de crédito. A la vista del expediente de reconocimiento extrajudicial de créditos número J-2008/4 en el que obra el correspondiente informe de intervención y las facturas y pagos que lo integran, cuyo importe total asciende a la cantidad de QUINCE MIL CINCUENTA Y NUEVE EUROS CON CINCUENTA CúNTIMOS DE EURO( 15.059,50 â¬) estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal, por unanimidad se acuerda aprobar el expediente de reconocimiento extrajudicial de créditos número J-2008/4 por importe de QUINCE MIL CINCUENTA Y NUEVE EUROS CON CINCUENTA CúNTIMOS DE EURO ( 15.059,50 â¬). 3. Solicitudes de licencias municipales de obras. Acuerdos que procedan. 3.1. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por don José Manuel Rubín Camporredondo para reformado de proyecto de ejecución de rehabilitación de cuadras para apartamentos de turismo rural en Helgueras. Visto el expediente incoado por don José Manuel Rubín Camporredondo para reformado de proyecto de ejecución de rehabilitación de cuadras para apartamentos de turismo rural en Helgueras. Considerando: Primero: Que mediante acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Val de San Vicente en sesión ordinaria celebrada en fecha de doce de abril de dos mil dos, se acordó, entre otros extremos, otorgar licencia municipal de obras a doña Marta Escandón Peón para rehabilitación de tres edificaciones situadas en Helgueras, para su uso como establecimientos de turismo rural, según proyecto técnico básico redactado al efecto por la arquitecto doña M. Cruz Rivas Fachal, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha 21 de septiembre de 2.001. Segundo: Que mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Val de San Vicente en fecha de treinta de enero de dos mil siete, entre otros extremos, se autorizó que la licencia referida en el considerando anterior pase a ser titularidad de la empresa ATRIA UNIúN CONSTRUCTORA S.A. Tercero: Que mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Val de San Vicente en fecha de veintisiete de marzo de 2.008, entre otros extremos, se autorizó que la licencia referida en el considerando primero, posteriormente transmitida a la empresa ATRIA UNIúN CONSTRUCTORA S.A., pase a ser titularidad de doña Patricia Rubín Agenjo, don Juan Rubín Agenjo y don José Manuel Rubín Camporredondo. Cuarto: Que mediante documento con registro municipal de entradas número 1261 de 2.008 por parte de don José Manuel Rubín Camporredondo se presenta proyecto de ejecución de rehabilitación de cuadras para apartamentos de turismo rural en Helgueras, redactado por el arquitecto doña M. Cruz Rivas Fachal, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de diez de enero de 2.002, y reformado de proyecto de ejecución de rehabilitación de cuadras para apartamentos de turismo rural en Helgueras, redactado por la arquitecto doña M. Cruz Rivas Fachal, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de diecisiete de enero de 2.008. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de 29 de mayo de 2.008 por los servicios técnicos municipales. Tomado conocimiento del reformado de proyecto de ejecución de rehabilitación de cuadras para apartamentos de turismo rural en Helgueras, redactado por la arquitecto doña M. Cruz Rivas Fachal, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de diecisiete de enero de 2.008. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a don José Manuel Rubín Camporredondo para reformado de proyecto de ejecución de rehabilitación de cuadras para apartamentos de turismo rural en Helgueras, redactado por la arquitecto doña M. Cruz Rivas Fachal, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de diecisiete de enero de 2.008. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo. SEGUNDO: Que se apruebe, en su caso, la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación. TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 3.2. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por don Manuel Villar Hevia para rehabilitación, ampliación y cambio de cuadra-pajar para vivienda en Prío. Visto el expediente incoado por don Manuel Villar Hevia para rehabilitación, ampliación y cambio de cuadra-pajar para vivienda en Prío. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de 29 de mayo de 2.008 por los servicios técnicos municipales. Tomado conocimiento del proyecto de rehabilitación, ampliación y cambio de cuadra-pajar para vivienda en Prío, redactado al efecto por SECTOR ARQUITECTURA S.L., visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 29 de noviembre de 2.007. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a don Manuel Villar Hevia para rehabilitación, ampliación y cambio de cuadra-pajar para vivienda según proyecto de rehabilitación, ampliación y cambio de cuadra-pajar para vivienda en Prío, redactado al efecto por SECTOR ARQUITECTURA S.L., visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 29 de noviembre de 2.007. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo y de las particulares siguientes: Condiciones inherentes a la urbanización: • Se asfaltará la superficie de cesión conforme las directrices de los servicios técnicos municipales. • Los cierres de la parcela se resolverán mediante elementos opacos de 1 metro de altura de mampostería o revocados y pintados completados mediante protecciones diáfanas hasta alcanzar los dos metros quedando prohibidas las mallas de torsión galvanizadas o plastificadas. Condiciones inherentes a las instalaciones: • Las conexiones a las redes de servicios se llevarán a cabo de acuerdo con las compañías suministradoras y con los servicios técnicos municipales. En el punto de entronque a la red de saneamiento municipal se ejecutará obligatoriamente una arqueta o pozo de registro, cuyas dimensiones se determinarán por los servicios técnicos municipales en el momento de ejecutarse la obra. • Los contadores de agua y luz se alojarán en una zona accesible dentro de unos pequeños armarios que se integren en el propio muro. • Se procederá a reparar los daños de urbanización producidos por el desarrollo de las obras conforme las directrices de los servicios técnicos municipales. Condiciones estéticas: • La carpintería exterior será o bien de madera, o bien de otro material en tonos oscuros que imite a ésta. • El sistema de oscurecimiento de las habitaciones preferiblemente no será con persianas exteriores. • La fachada se pintará en tonos claros y además la piedra que se pudiera colocar en la fachada tendrá que ser de las mismas características que las de los edificios del entorno. • El ladrillo cara vista que se coloque en la fachada será de tipo rústico. • La cubierta se realizará con teja curva tipo árabe de color rojo. • Los canalones y las bajantes de pluviales serán de cobre o zinc, en ningún caso de PVC. Cesiones a favor del ayuntamiento: • Con carácter previo al otorgamiento de la licencia de primera ocupación se formalizarán a favor del ayuntamiento las correspondientes cesiones a viales. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de CIENTO CINCUENTA Y UN MIL QUINIENTOS EUROS (151.500,00 â¬). TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 3.3. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por don Manuel Sañudo González para la construcción de una estabulación ganadera en Prellezo. Visto el expediente incoado por don Manuel Sañudo González para la construcción de una estabulación ganadera en Prellezo. Considerando: Primero: Que la parcela donde se pretende llevar a cabo la obra solicitada se encuentra clasificada por las Normas Subsidiarias de Val de San Vicente como “No urbanizable en áreas de especial protección por su valor agropecuario ( AEP3)”. Segundo: Que se ha tramitado el correspondiente procedimiento con arreglo a lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 2/2001, de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria. Tercero: Que mediante documento con registro municipal de entradas número 2731 de 2.007 por la Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo se notifica el acuerdo adoptado en fecha de trece de noviembre de 2.007, por el que se autoriza la solicitud de construcción de estabulación para ganado vacuno promovido por don Manuel Sañudo González, en suelo no urbanizable de Prellezo. Cuarto: Que mediante documento con registro municipal de salida número 1898 de 2.007, por la alcaldía se remite escrito a la Dirección General de Urbanismo por el que se solicita dejen sin efecto la autorización anterior debido a que la parcela en cuestión se ubica en el AIE de uso productivo de Prellezo, siendo por tanto incompatible a tenor de los dispuesto en el artículo 53 de la Ley 2/2004, de 27 de septiembre, del Plan de Ordenación del Litoral. Quinto: Que mediante documento con registro municipal de entradas número 1186 de 2.008 por la Consejería de Obras Públicas, Ordenación del Territorio y Urbanismo se comunica el acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno en su reunión del día ocho de mayo de 2.008, por el que estiman el requerimiento que presenta el Ayuntamiento de Val de San Vicente, referente al acuerdo de la Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo de trece de noviembre de 2.007, por el que se le autorizó a don Manuel Sañudo González la construcción de estabulación ganadera en suelo no urbanizable de Prellezo, y en consecuencia, acuerdan denegar la solicitud de autorización de construcción de estabulación para ganado vacuno promovido por don Manuel Sañudo González en suelo no urbanizable de Prellezo, término municipal de Val de San Vicente. En el citado acuerdo motivan la denegación en los siguientes términos: “ Del examen del expediente y del cotejo de los planos que se contienen, se desprende que la parcela donde se pretende realizar la estabulación ganadera se encuentra ubicada en el Área de Actuación Integral Estratégica Productiva de Val de San Vicente. Dispone el artículo 53 de la Ley de Cantabria 2/2004, de 27 de septiembre del Plan de Ordenación del Litoral bajo la rúbrica “Usos compatibles” que: “Hasta la aprobación de los instrumentos de desarrollo de las Actuaciones Integrales Estratégicas únicamente se permite el mantenimiento de los usos existentes y la implantación de los usos compatibles con los objetivos de la actuación, según las determinaciones del Anexo III”: Lo que nos lleva a examinar las determinaciones del Anexo III para la referida Área de actuación del que se deriva que se trata de un área de Actuación Industrial. Este uso industrial es claramente incompatible con el uso autorizado de explotación ganadera, por lo que procede la estimación del requerimiento efectuado por el ayuntamiento de Val de San Vicente y en consecuencia denegar la solicitud de autorización de construcción de estabulación para ganado vacuno promovido por don Manuel Sañudo González en suelo no urbanizable de Prellezo, término municipal de Val de San Vicente.” De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Denegar la licencia municipal de obras solicitada por don Manuel Sañudo González para la construcción de una estabulación ganadera en Prellezo, motivando la denegación en el acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno en su reunión del día ocho de mayo de 2.008 por el que se acuerda denegar la solicitud de autorización de construcción de estabulación para ganado vacuno promovido por don Manuel Sañudo González en suelo no urbanizable de Prellezo, termino municipal de Val de San Vicente. SEGUNDO: Que se apruebe, en su caso, la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación. TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 3.4. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por don Iker Amieva Gadsden en representación de ECOVERDE PRELLEZO S.L. para modificado de proyecto básico y de ejecución de 16 viviendas y garajes en Prellezo. Visto el expediente incoado por don Iker Amieva Gadsden en representación de ECOVERDE PRELLEZO S.L. para reformado de proyecto básico y de ejecución de 16 viviendas y garajes en Prellezo. Considerando: Primero: Que mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Val de San Vicente en sesión ordinaria cebrada en fecha de tres de febrero de 2.005, se acordó, entre otros extremos, otorgar licencia municipal de obras a Promociones Argu –2.002 S.L. para la construcción de dieciséis viviendas y garajes en Prellezo, según proyecto básico redactado al efecto por los arquitectos Carlos Ruiz Agüero S.L., don César Gutiérrez Fernández y doña Rocío García San Pedro y visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 22 de junio de 2.004 y dejando constancia expresa de que con el proyecto que se pretende ejecutar se agota el 99,97% de la edificabilidad atribuible a la parcela. Segundo: Que mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Val de San Vicente en la sesión ordinaria celebrada en fecha de fecha de catorce de abril de 2.005, entre otros extremos, se autorizó que la licencia referida en el considerando anterior pase a ser titularidad de la sociedad ECOVERDE PRELLEZO S.L.. Tomado conocimiento de la documentación complementaria presentada que modifica el proyecto inicial, suscrita por los arquitectos Carlos Ruiz Agüero S.L., César Gutiérrez Fernández y Rocío García San Pedro, visada por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 10 de abril de 2.008, compuesta por los siguientes planos: “U.1 Urbanización. Límites”; “U.2.Urbanización. Parcelas”; “U.3.Urbanización. Superficies de cesión”; “1.Edificio 1.Planta sótano”; “2.Edificio 1. Planta baja”; “3. Edificio 1. Planta primera”; “4. Edificio 1. Planta bajo cubierta”; “5. Edificio 2. Planta baja-primera-bajo cubierta” y “6. Edificio 3. Planta baja - primera”. Obrando en el expediente, entre otros extremos, el informe emitido sobre el particular en fecha de 20 de junio de 2.008 por los servicios técnicos municipales. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a ECOVERDE PRELLEZO S.L. para reformado de proyecto básico y de ejecución de 16 viviendas y garajes en Prellezo, según documentación complementaria suscrita por los arquitectos Carlos Ruiz Agüero S.L., César Gutiérrez Fernández y Rocío García San Pedro, visada por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 10 de abril de 2.008, compuesta por los siguientes planos: “U.1 Urbanización. Límites”; “U.2.Urbanización. Parcelas”; “U.3.Urbanización. Superficies de cesión”; “1.Edificio 1.Planta sótano”; “2.Edificio 1. Planta baja”; “3. Edificio 1. Planta primera”; “4. Edificio 1. Planta bajo cubierta”; “5. Edificio 2. Planta baja-primera-bajo cubierta” y “6. Edificio 3. Planta baja - primera”. SEGUNDO: Que se apruebe, en su caso, la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación. TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 3.5. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por don José Manuel González Lamadrid para reforma y ampliación de cuadra para cambio de uso a vivienda unifamiliar en Prellezo. Visto el expediente incoado por don José Manuel González Lamadrid para reforma y ampliación de cuadra para cambio de uso a vivienda unifamiliar en Prellezo. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de 2 de julio de 2.008 por los servicios técnicos municipales. Tomado conocimiento del proyecto básico y de ejecución de reforma y ampliación de cuadra para cambio de uso a vivienda unifamiliar, redactado al efecto por la arquitecta doña Mª Teresa Moreno Fuente, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de ocho de abril de 2.008. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a don José Manuel González Lamadrid para reforma y ampliación de cuadra para cambio de uso a vivienda unifamiliar en Prellezo, según proyecto básico y de ejecución de reforma y ampliación de cuadra para cambio de uso a vivienda unifamiliar redactado al efecto por la arquitecta doña Mª Teresa Moreno Fuente, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de ocho de abril de 2.008. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo y de las particulares siguientes: Condiciones inherentes a la urbanización: • Se asfaltarán y repararán todas aquellas zonas de vial público, que siendo ajenas a la propia finca, pudieran haber sido perjudicadas por la ejecución de las obras. Condiciones inherentes a las instalaciones: • Las conexiones a las redes de servicios se llevarán a cabo de acuerdo con las compañías suministradoras y con los servicios técnicos municipales. En el punto de entronque a la red de saneamiento municipal se ejecutará obligatoriamente una arqueta o pozo de registro, cuyas dimensiones se determinarán por los servicios técnicos municipales en el momento de ejecutarse la obra. Condiciones estéticas: • La carpintería exterior será o bien de madera, o bien de otro material en tonos oscuros que imite a ésta. Se recomienda no instalar elementos de oscurecimiento, tanto contraventanas como persianas, por el exterior de las ventanas. • La fachada se pintará en tonos claros y además la piedra que se pudiera colocar en la fachada tendrá que ser de las mismas características que las de los edificios del entorno. • La cubierta se realizará con teja curva tipo árabe de color rojo. • Los canalones y las bajantes de pluviales serán de cobre o zinc, en ningún caso de PVC. • Los cierres de la parcela se resolverán mediante elementos opacos de 1 metro de altura de mampostería o revocados y pintados completados mediante protecciones diáfanas hasta alcanzar los dos metros quedando prohibidas las mallas de torsión galvanizadas o plastificadas. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de OCHENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CUATRO EUROS CON TREINTA CúNTIMOS ( 84.964,30 â¬). TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 3.6 Solicitud de licencia municipal de obras formulada por don Raúl López Bardales para rehabilitación y ampliación de cuadra para cambio de uso a vivienda unifamiliar en Helgueras. Visto el expediente incoado por don Raúl López Bardales para reforma y ampliación de cuadra para cambio de uso a vivienda unifamiliar en Helgueras. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de uno de julio de 2.008 por los servicios técnicos municipales. Tomado conocimiento del proyecto básico y de ejecución de rehabilitación y ampliación de cuadra para cambio de uso a vivienda unifamiliar, redactado al efecto por la arquitecta doña Mª Teresa Moreno Fuente, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de cinco de mayo de 2.008. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a don Raúl López Bardales para rehabilitación y ampliación de cuadra para cambio de uso a vivienda unifamiliar en Helgueras según proyecto básico y de ejecución de rehabilitación y ampliación de cuadra para cambio de uso a vivienda unifamiliar, redactado al efecto por la arquitecta doña Mª Teresa Moreno Fuente, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de cinco de mayo de 2.008. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo y de las particulares siguientes: Condiciones inherentes a la urbanización: • Se asfaltarán y repararán todas aquellas zonas de vial público, que siendo ajenas a la propia finca, pudieran haber sido perjudicadas por la ejecución de las obras. Condiciones inherentes a las instalaciones: • Las conexiones a las redes de servicios se llevarán a cabo de acuerdo con las compañías suministradoras y con los servicios técnicos municipales. En el punto de entronque a la red de saneamiento municipal se ejecutará obligatoriamente una arqueta o pozo de registro, cuyas dimensiones se determinarán por los servicios técnicos municipales en el momento de ejecutarse la obra. Condiciones estéticas: • La carpintería exterior será o bien de madera, o bien de otro material en tonos oscuros que imite a ésta. Se recomienda no instalar elementos de oscurecimiento, tanto contraventanas como persianas, por el exterior de las ventanas. • La fachada se pintará en tonos claros y además la piedra que se pudiera colocar en la fachada tendrá que ser de las mismas características que las de los edificios del entorno. • La cubierta se realizará con teja curva tipo árabe de color rojo. • Los canalones y las bajantes de pluviales serán de cobre o zinc, en ningún caso de PVC. • Los cierres de la parcela se resolverán mediante elementos opacos de 1 metro de altura de mampostería o revocados y pintados completados mediante protecciones diáfanas hasta alcanzar los dos metros quedando prohibidas las mallas de torsión galvanizadas o plastificadas. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de CIENTO DIEZ MIL DOSCIENTOS CINCUENTA EUROS CON SESENTA Y OCHO CúNTIMOS( 110.250,68 â¬) TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 3.7. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por don José Ramón Sánchez Román para reforma y ampliación de vivienda unifamiliar en Abanillas. Visto el expediente incoado por don José Ramón Sánchez Román para reforma y ampliación de vivienda unifamiliar en Abanillas. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de uno de julio de 2.008 por los servicios técnicos municipales. Tomado conocimiento del proyecto básico y de ejecución reforma y ampliación de vivienda unifamiliar redactado al efecto por la arquitecta doña Mª Teresa Moreno Fuente, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de siete de mayo de 2.008. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a don José Ramón Sánchez Román para reforma y ampliación de vivienda unifamiliar en Abanillas según proyecto básico y de ejecución de reforma y ampliación de vivienda unifamiliar redactado al efecto por la arquitecta doña Mª Teresa Moreno Fuente, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de siete de mayo de 2.008. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo y de las particulares siguientes: Condiciones inherentes a la urbanización: • Se asfaltarán y repararán todas aquellas zonas de vial público, que siendo ajenas a la propia finca, pudieran haber sido perjudicadas por la ejecución de las obras. Condiciones estéticas: • La carpintería exterior será o bien de madera, o bien de otro material en tonos oscuros que imite a ésta. Se prohíbe instalar elementos de oscurecimiento, tanto contraventanas como persianas, por el exterior de las ventanas. • La fachada se pintará en tonos claros y además la piedra que se pudiera colocar en la fachada tendrá que ser de las mismas características que las de los edificios del entorno. • La cubierta se realizará con teja curva tipo árabe de color rojo. • Los canalones y las bajantes de pluviales serán de cobre o zinc, en ningún caso de PVC. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de VEINTISIETE MIL CUATROCIENTOS SESENTA EUROS CON TREINTA Y NUEVE CúNTIMOS ( 27.460,39 â¬). TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4. Otros expedientes y solicitudes pendientes de resolución. Acuerdos que procedan. 4.1. Expediente promovido por doña Tamara Borbolla Erice en representación de Bar la Carretera S.C. que solicita el cambio de titularidad de la licencia para el ejercicio de la actividad de bar en un establecimiento comercial sito en la localidad de Molleda. Visto el expediente promovido por doña Tamara Borbolla Erice en representación de Bar la Carretera S.C. relativo a cambio de titularidad de la licencia para el ejercicio de la actividad de bar y de apertura en un establecimiento comercial en la localidad de Molleda, bajo la denominación comercial de “Bar La Carretera”. Considerando que la solicitud se refiere a un establecimiento ya existente y visto en informe técnico obrante en el expediente, de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Conceder a Bar La Carretera S.C. el cambio de titularidad de la licencia para el ejercicio de actividad y para la apertura de un establecimiento dedicado a bar en la localidad de Molleda, bajo la denominación comercial de “Bar La Carretera”. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a la ordenanza fiscal que resulta de aplicación. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 4.2. Expediente promovido por doña Rocío Labra Fernández para la apertura en Unquera de un establecimiento destinado a venta de perfumes y cosméticos. Visto el expediente que promueve doña Rocío Labra Fernández para la apertura en Unquera de un establecimiento destinado a venta de perfumes y cosméticos. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido por los servicios técnicos municipales en fecha de 17 de junio de 2.008, de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que lo componen, acuerda: PRIMERO: Conceder a doña Rocío Labra Fernández licencia para la apertura de un establecimiento destinado a venta de perfumes y cosméticos bajo la denominación de “Perfumería”.El mismo se encuentra en la localidad de Unquera, calle Corbatas y Remigio Noriega 13, bajo. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a la ordenanza fiscal que resulta de aplicación. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.3. Expediente promovido por don Luis Miguel Sánchez Concha en representación de ASTURCAN S.C. para la apertura de un establecimiento destinado a almacén y venta de hielo y alquiler de mobiliario. Visto el expediente que promueve don Luis Miguel Sánchez Concha en representación de ASTURCAN S.C. para la apertura en el polígono industrial Río Deva de un establecimiento destinado a almacén y venta de hielo y alquiler de mobiliario. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido por los servicios técnicos municipales en fecha de nueve de junio de 2.008, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que lo componen, acuerda: PRIMERO: Conceder a ASTURCAN S.C. licencia para la apertura de un establecimiento destinado a almacén y venta de hielo y alquiler de mobiliario. El mismo se encuentra en la localidad de Pesués, Polígono Industrial Río Deva, nave nº 11. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a la ordenanza fiscal que resulta de aplicación. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.4. Escrito remitido por el Excmo. Sr. Presidente del Gobierno de Cantabria referido a la solicitud de colaboración económica en la celebración de la Corrida de la Beneficencia. Visto el escrito correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1579 de 2.008, remitido por el Excmo. Sr. Presidente del Gobierno de Cantabria referido a la solicitud de colaboración económica del ayuntamiento en la celebración de la Corrida de la Beneficencia el próximo lunes 28 de julio, mediante la adquisición de entradas. Considerando: PRIMERO: Que los beneficios de dicha celebración se destinan íntegramente a satisfacer las necesidades de Centros Benéficos de acogida a ancianos de la región. SEGUNDO: El interés municipal en colaborar económicamente con dichos centros. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Que el ayuntamiento de Val de San Vicente colabore en la Corrida de la Beneficencia que se celebrará el próximo lunes 28 de julio de 2.008, mediante la adquisición de un palco por importe de MIL VEINTIDúS EUROS ( 1.022,00 â¬). SEGUNDO: Autorizar, disponer y aprobar el gasto correspondiente en favor de la ASOCIACIúN CORRIDA DE LA BENEFICENCIA DE SANTANDER. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a la citada asociación y a los servicios económicos municipales. 4.5. Solicitud presentada por la Junta Vecinal de San Pedro de las Baheras relativa a subvención para la celebración de una fiesta menor. A la vista de la solicitud presentada por al Junta Vecinal de San Pedro de las Baheras mediante documento con registro municipal de entradas número 1601 de 2.008, por el que solicitan subvención de para la celebración de una fiesta menor. Considerando: Primero. Que se trata de una fiesta no incluida en el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada en fecha de veintisiete de marzo de 2.007, debido a que en años anteriores no había sido objeto de celebración. Segundo. El interés municipal en el fomento y en la recuperación de las tradiciones festivas de las distintas localidades del municipio. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar a la Junta Vecinal de San Pedro de las Baheras una subvención por importe de TRESCIENTOS EUROS ( 300,00 â¬) para la celebración de la fiesta menor de San Pedro. SEGUNDO: Autorizar y disponer un gasto por importe de TRESCIENTOS EUROS ( 300,00 â¬.) TERCERO: Someter el otorgamiento de la subvención a las siguientes condiciones resolutorias: 1ª. Deberá justificarse un gasto por una cantidad igual o superior al importe de la subvención otorgada. Dicho gasto corresponderá a actividades directamente relacionadas con la fiesta celebrada, tales como contratación de actuaciones, organización o similares. 2ª Las subvenciones se ingresarán en una cuenta bancaria a nombre de la respectiva entidad local menor. 3ª. Deberá suscribirse el correspondiente convenio entre el Ayuntamiento de Val de San Vicente y la entidad beneficiaria. 4.6. Acuerdo que proceda respecto a la prórroga del contrato de consultoría y asistencia urbanística al Ayuntamiento de Val de San Vicente a través de arquitecto técnico suscrito con doña Sofía Tejería Sánchez y revisión de precio. Visto el contrato de consultoría y asistencia urbanística al Ayuntamiento de Val de San Vicente a través de arquitecto técnico suscrito en fecha de nueve de agosto de 2.007 con doña Sofía Tejería Sánchez. Vista la solicitud de prórroga del mencionado contrato por periodo de un año y actualización de precio presentada por doña Sofía Tejería Sánchez mediante documento con registro municipal de entradas número 1342 de 2.008. Considerando que de conformidad con lo dispuesto en la cláusula cuarta del contrato éste tendrá una duración de un año a contar desde el siguiente día hábil al de su formalización, añadiendo que no obstante, el contrato podrá ser objeto una prórroga anual siempre que medio acuerdo mutuo de las partes. Considerando que de conformidad con lo dispuesto en la cláusula octava del contrato, de conformidad con el pliego de cláusulas administrativas , en caso de prórroga el precio del contrato se revisará con carácter anual por aplicación del IPC previsto. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO. Prorrogar el contrato de consultoría y asistencia urbanística al Ayuntamiento de Val de San Vicente a través de arquitecto técnico suscrito en fecha de nueve de agosto de 2.007 con doña Sofía Tejería Sánchez. La prórroga a que se refiere el presente acuerdo tendrá una duración de un año y se extenderá desde el día diez de agosto de 2.008 hasta el día diez de agosto de 2.009. SEGUNDO. Que a partir del día diez de agosto de 2.008 se revise el precio de contrato por aplicación del IPC previsto, de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula octava del contrato. TERCERO. Dar traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales. 4.7. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de suministro de un ordenador para la Casa de la Juventud. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del suministro de un ordenador para la Casa de la Juventud. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a realizar dicho suministro. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por Adolfo Rivero Acereda es favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a Adolfo Rivero Acereda el contrato de suministro de un ordenador para la Casa de la Juventud por importe de OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO EUROS CON OCHENTA Y CUATRO CúNTIMOS ( 868,84 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.8. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de servicios para la dirección de la obra “Nueva red de pluviales en Unquera. Calle Las Escuelas”. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicio para la dirección de la obra “Nueva red de pluviales en Unquera. Calle Las Escuelas“. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a la contratación del citado servicio. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por la empresa INSTITUTO DE INGENIERúA DEL CANTÁBRICO S.L. es favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad, se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a INSTITUTO DE INGENIERúA DEL CANTÁBRICO S.L. el contrato de servicios para la dirección de la obra “Nueva red de pluviales en Unquera. Calle Las Escuelas“, en el precio de DIEZ MIL OCHOCIENTOS EUROS ( 10.800,00 â¬) , IVA incluido, SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.9. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de servicios para patrocinar la organización del I TRIAL AYUNTAMIENTO DE VAL DE SAN VICENTE. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicio de patrocinio para la organización del I TRIAL AYUNTAMIENTO DE VAL DE SAN VICENTE. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a la contratación del citado servicio. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por MOTO-CLUB CSR SPORT es favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad, se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a MOTO CLUB CSR SPORT el patrocinio para la organización del I TRIAL AYUNTAMIENTO DE VAL DE SAN VICENTE en el precio de MIL QUINIENTOS EUROS ( 1.500,00 â¬). SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.10. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de servicios para alquiler de ambulancia para la cobertura del I TRIAL AYUNTAMIENTO DE VAL DE SAN VICENTE. A la vista del expediente de contratación correspondiente al servicio de alquiler de una ambulancia para la cobertura del I TRIAL AYUNTAMIENTO DE VAL DE SAN VICENTE. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a la contratación del citado servicio. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por AMBERNE S.A. es favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad, se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a AMBERNE S.A. el contrato de servicios para al alquiler de una ambulancia para la cobertura del I TRIAL AYUNTAMIENTO DE VAL DE SAN VICENTE en el precio de DOSCIENTOS EUROS ( 200,00 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.11. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de servicios de desbroce de caminos en el pueblo de Helgueras. A la vista del expediente de contratación correspondiente al servicio de desbroce de caminos en el pueblo de Helgueras. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a la contratación del citado servicio. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por Jesús María Roiz Santiáñez es favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad, se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a Jesús María Roiz Santiáñez el contrato de servicios de desbroce de caminos en el pueblo de Helgueras en el precio de DOS MIL OCHOCIENTOS DIECIOCHO EUROS CON OCHENTA CúNTIMOS ( 2.818,80 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.12. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de servicios de desbroce de caminos en el pueblo de Molleda. A la vista del expediente de contratación correspondiente al servicio de desbroce de caminos en el pueblo de Molleda. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a la contratación del citado servicio. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por Jesús María Roiz Santiáñez es favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad, se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a Jesús María Roiz Santiáñez el contrato de servicios de desbroce de caminos en el pueblo de Molleda en el precio de MIL DOSCIENTOS DIECIOCHO EUROS ( 1.218,00 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.13. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de servicios de desbroce de caminos en el pueblo de Abanillas. A la vista del expediente de contratación correspondiente al servicio de desbroce de caminos en el pueblo de Abanillas. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a la contratación del citado servicio. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por Jesús María Roiz Santiáñez es favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad, se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a Jesús María Roiz Santiáñez el contrato de servicios de desbroce de caminos en el pueblo de Abanillas en el precio de NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE EUROS CON SESENTA CúNTIMOS ( 939,60 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.14. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de servicios para instalación de castillo hinchable en las fiestas de Helgueras. A la vista del expediente de contratación correspondiente al servicio de instalación de un castillo hinchable en las fiestas de Helgueras. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a la contratación del citado servicio. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por ESPECTÁCULOS Y DIVERSIúN S.L. es favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad, se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a ESPECTÁCULOS Y DIVERSIúN S.L. el contrato de servicios de instalación de un castillo hinchable en las fiestas de Helgueras en el precio de TRESCIENTOS EUROS ( 300,00 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.15. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de suministro de una desbrozadora para los servicios municipales de obras. A la vista del expediente de contratación correspondiente al suministro de una desbrozadora para los servicios municipales de obras. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a la contratación del citado suministro. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por Benjamín Torre Alonso es favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad, se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a Benjamín Torre Alonso el contrato de suministro de una desbrozadora para los servicios municipales de obras en el precio de SETECIENTOS CINCUENTA EUROS ( 750,00 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.16. Acuerdo que a tomar respecto a la adjudicación del contrato de suministro para la ampliación del alumbrado público en Pesués. A la vista del expediente de contratación correspondiente al suministro para la ampliación del alumbrado público en Pesués. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a la contratación del citado suministro. SEGUNDO: Que los presupuestos presentados por Gregorio Cosgaya Toyos se consideran favorables para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad, se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a Gregorio Cosgaya Toyos el contrato de suministro para la ampliación del alumbrado público en Pesués en el precio de DOS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE EUROS CON CUARENTA Y OCHO CúNTIMOS ( 2.787,48 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.17. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de suministro de camisetas y folletos para el desarrollo del programa Conocimiento del Patrimonio Natural, Cultural y Arquitectónico de Val de San Vicente. A la vista del expedientes de contratación correspondiente al suministro de camisetas y folletos para el desarrollo del programa Conocimiento del Patrimonio Natural, Cultural y Arquitectónico de Val de San Vicente. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a la contratación del citado suministro. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por NORTPUBLIC se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad, se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a NORTPUBLIC el contrato de suministro camisetas y folletos para el desarrollo del programa Conocimiento del Patrimonio Natural, Cultural y Arquitectónico de Val de San Vicente en el precio de DOSCIENTOS CUATRO EUROS CON OCHENTA Y SEIS CúNTIMOS ( 204,86 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.18. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de suministro de material de construcción para reparación de cierre en mal estado en un cauce en Pechón. A la vista del expediente de contratación correspondiente al suministro de material de construcción para reparación de cierre en mal estado en un cauce en Pechón. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a la contratación del citado suministro. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por Ramón Álvarez Blanco se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad, se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a Ramón Álvarez Blanco el contrato de suministro de material de construcción para reparación de cierre en mal estado en un cauce en Pechón en el precio de SEISCIENTOS CATORCE EUROS CON DIEZ CúNTIMOS ( 614,10 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.19. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de servicios de alquiler de tablero de fibra para festejos. A la vista del expediente de contratación correspondiente al servicio de alquiler de tablero de fibra para festejos. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a la contratación del citado servicio. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por ASTURCAN S.C. se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad, se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a ASTURCAN S.C. el contrato de servicios de alquiler de tablero de fibra para festejos en el precio de CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE EUROS CON VEINTE CúNTIMOS DE EURO ( 487,20 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.20. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de obras de limpieza de cauce de río en Pechón. A la vista del expediente de contratación correspondiente que se refiere a las obras de limpieza de cauce de río en Pechón. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a la contratación de la citada obra. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por EXCAVACIONES GONZÁLEZ VEGA S.L. se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad, se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a EXCAVACIONES GONZÁLEZ VEGA S.L. el contrato de limpieza de cauce de río en Pechón en el precio de MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO EUROS ( 1.595,00 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.21. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de obras “Nueva red de pluviales en Unquera. Variantes 1 y 2 A “. Visto el estado de tramitación en que se encuentra el expediente que se sigue para adjudicar el contrato de obras de “Nueva red de pluviales en Unquera. Variantes 1 y 2 A”. ”. Considerando que para la contratación se sigue tramitación ordinaria, procedimiento abierto y forma de subasta. Resultando: Primero. Que se han presentado tres proposiciones por los siguientes licitadores: - Oferta presentada por CONSTRUCTORA DE OBRAS PúBLICAS SAN EMETERIO S.A., correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1217 de 2.008. - Oferta presentada por EXCAVACIONES GONZÁLEZ VEGA S.L., correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1222 de 2.008. - Oferta presentada por UNIúN TEMPORAL DE EMPRESAS CONTRATAS CABARGA-EXCAVACIONES MIKEL, correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1225 de 2.008. Segundo: Que la mesa de contratación, reunida el día veintiocho de mayo de 2.008, tras examinar la documentación contenida en los sobres “A”, acuerda requerir a las entidades licitadoras UNIúN TEMPORAL DE EMPRESAS CONTRATAS CABARGA-EXCAVACIONES MIKEL y CONSTRUCTORA DE OBRAS PúBLICAS SAN EMETERIO S.A., para que en el plazo de tres días hábiles aporten una serie de documentación. Tercero: Que la mesa de contratación, reunida el día once de junio de 2.008, tras comprobar que la documentación requerida y presentada por dichas entidades licitadoras es correcta y ajustada al pliego de condiciones, acuerda admitir a trámite a las tres entidades licitadoras presentadas CONSTRUCTORA DE OBRAS PúBLICAS SAN EMETERIO S.A., EXCAVACIONES GONZÁLEZ VEGA S.L. y UNIúN TEMPORAL DE EMPRESAS CONTRATAS CABARGA-EXCAVACIONES MIKEL , por haber presentado las proposiciones en plazo y ajustadas a lo dispuesto en el pliego de cláusulas administrativas y proponer al órgano de contratación la adjudicación del contrato de “Nueva red de pluviales en Unquera. Variantes 1 y 2 A” a la entidad licitadora EXCAVACIONES GONZÁLEZ VEGA S.L. por resultar la oferta más ventajosa para los intereses municipales, en el precio de NOVENTA Y SEIS MIL VEINTIDúS EUROS CON SESENTA Y OCHO CúNTIMOS DE EURO ( 96.022,68 â¬) IVA incluido y cualquier otro impuesto que pueda devengarse, con sujección a las demás condiciones que se derivan de la oferta del mencionado licitador y de la restante documentación obrante en el expediente. A la vista de lo anterior, estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad, se acuerda: PRIMERO. Declarar válido el acto de licitación. SEGUNDO. Declarar admitida las tres proposiciones presentadas, que resultan ser las formuladas por CONSTRUCTORA DE OBRAS PúBLICAS SAN EMETERIO S.A., correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1217 de 2.008; EXCAVACIONES GONZÁLEZ VEGA S.L., correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1.222 de 2.008 y UNIúN TEMPORAL DE EMPRESAS CONTRATAS CABARGA-EXCAVACIONES MIKEL, correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1225 de 2.008;. TERCERO. Por estimar la oferta más ventajosa la formulada por EXCAVACIONES GONZÁLEZ VEGA S.L., adjudicar a la citada empresa el contrato de obras de “Nueva red de pluviales en Unquera. Variantes 1 y 2 A” en el precio de NOVENTA Y SEIS MIL VEINTIDúS EUROS CON SESENTA Y OCHO CúNTIMOS DE EURO ( 96.022,68 ⬠) IVA incluido y cualquier otro impuesto que pueda devengarse, con sujeción a las demás condiciones que se derivan de la oferta del mencionado licitador y al resto de documentación obrante en el expediente. CUARTO. Requerir al adjudicatario para la constitución de la garantía definitiva y que se cancelen las garantías provisionales de los licitadores que no resulten adjudicatarios. QUINTO. Facultar al Sr. Alcalde en la amplitud precisa para la firma del oportuno contrato administrativo. 4.22. Acuerdo que proceda respecto a la devolución de la garantía definitiva de las obras “Parque Infantil en Unquera”. Tomado conocimiento del escrito correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 0654 de 2.008, suscrito por don Liani Sarabia, en representación de QUINTIAL FORESTAL S.L., y que se refiere a la solicitud de devolución de la garantía definitiva del contrato de obras de” Parque infantil en Unquera”. Considerando: Primero. Que en la sesión ordinaria celebrada por la Junta de Gobierno Local en fecha de doce de septiembre de 2006, se acordó, entre otros extremos, adjudicar el contrato para las obras de “Parque infantil en Unquera” a la empresa licitadora QUINTIAL FORESTAL S.L, en el precio de SESENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS EUROS ( 65.600,00 â¬) IVA incluido, requiriendo a la empresa licitadora para la constitución de la garantía definitiva. Segundo. Que la garantía cuya devolución se solicita ha sido presentada mediante aval de la SOCIEDAD DE GARANTúA RECúPROCA DE SANTANDER, de fecha cinco de octubre de 2.006, inscrito en esa misma fecha en el Registro de Avales con el número 2934/06, identificado en los siguientes términos: AVAL INSCRITO EN EL REGISTRO ESPECIAL DE AVALES CON EL NúMERO 2934/06. IMPORTE: 2.624,00 EUROS POR CUENTA DE: QUINTIAL FORESTAL S.L. Tercero. Que en fecha de seis de noviembre de 2.006 se suscribió con QUINTIAL FORESTAL S.L. el contrato administrativo de obras de “PARQUE INFANTIL EN UNQUERA”. Cuarto. Que en fecha de treinta de marzo de 2.007 se suscribió el acta de recepción de las obras. Quinto. Que en fecha de tres de junio de 2.008, por parte de don Roberto García Barrera , director técnico de las obras, se emite informe en el que se indica que ha transcurrido el periodo de garantía de la misma y no habiéndose observado ninguna reclamación, se informa favorablemente la devolución de la fianza definitiva. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Devolver la garantía definitiva prestada por QUINTIAL FORESTAL S.L. mediante aval de la SOCIEDAD DE GARANTúA RECúPROCA DE SANTANDER, de fecha cinco de octubre de 2.006, inscrito en esa misma fecha en el Registro de Avales con el número 2934/06, por importe de DOS MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO EUROS ( 2.624,00â¬) que se refiere al contrato de obras de “PARQUE INFANTIL EN UNQUERA”. Segundo. Notificar el presente acuerdo al interesado, con indicación de los recursos que, en su caso procedan.“ 4.23. Acuerdo que proceda respecto a la devolución de la garantía provisional de las obras de “Urbanización de calle en Unquera. Tramo II”. Tomado conocimiento del escrito correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1481 de 2.008, suscrito por don David Gómez Lombardo, en representación de UTE UNQUERA, y que se refiere a la solicitud de devolución de la garantía provisional del contrato de obras de “Urbanización de calle en Unquera. Tramo II”. Considerando: Primero. Que en la sesión extraordinaria celebrada por el Pleno del Ayuntamiento en fecha de cinco de noviembre de 2.007 entre otros extremos, se acordó adjudicar el contrato para las obras de “Urbanización de Calle en Unquera. Tramo II” a la entidad licitadora Unión Temporal de Empresas EXCAVACIONES GONZÁLEZ VEGA S.L., ASFIN CANTABRIA S.L. Y TALLERES ELúCTRICOS HERRERA S.L., en el precio de CUATROCIENTOS ONCE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE EUROS ( 411.999,00 â¬) IVA incluido, requiriendo a la empresa licitadora para la constitución de la garantía definitiva, habiéndose constituido dicha garantía definitiva mediante aval bancario de fecha veintisiete de diciembre de 2.007 e inscrito en el registro especial de avales con el número 0182000538937. Segundo. Que la dicha garantía provisional cuya devolución se solicita ha sido presentada mediante dos avales de la entidad BANKINTER S.A., de fechas veinte de septiembre de 2.007 y veintiuno de septiembre de 2.007, inscritos en esas mismas fecha en el Registro de Avales con los números 0199621 y 0199715 identificados en los siguientes términos: 1. AVAL INSCRITO EN EL REGISTRO ESPECIAL DE AVALES CON EL NúMERO 0199621. IMPORTE: 4.132,41 EUROS POR CUENTA DE: ASFIN CANTABRIA S.L., EXCAVACIONES GONZÁLEZ VEGA S.L. Y TALLERES ELúCTRICOS HERRERA S.A., EN UTE CONJUNTA Y SOLIDARIAMENTE. 2.AVAL INSCRITO EN EL REGISTRO ESPECIAL DE AVALES CON EL NúMERO 0199715. IMPORTE: 4.132,40 EUROS. POR CUENTA DE: ASFIN CANTABRIA S.L., EXCAVACIONES GONZÁLEZ VEGA S.L. Y TALLERES ELúCTRICOS HERRERA S.A., EN UTE CONJUNTA Y SOLIDARIAMENTE. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Devolver la garantía provisional prestada por Unión Temporal de Empresas EXCAVACIONES GONZÁLEZ VEGA S.L., ASFIN CANTABRIA S.L. Y TALLERES ELúCTRICO HERRERA S.L. mediante dos avales de la entidad BANKINTER S.A., de fechas veinte de septiembre de 2.007 y veintiuno de septiembre de 2.007, inscritos en esas mismas fechas en el Registro de Avales con los números 0199621 y 0199715 respectivamente, por importes de CUATRO MIL CIENTO TREINTA Y DOS EUROS CON CUARENTA Y UN CúNTIMOS ( 4.132,41 â¬) y de CUATRO MIL CIENTO TREINTA Y DOS EUROS CON CUARENTA CúNTIMOS ( 4.132,40 â¬) y que se refiere al contrato de obras “URBANIZACIúN DE CALLE EN UNQUERA. TRAMO II”. Segundo. Notificar el presente acuerdo al interesado, con indicación de los recursos que, en su caso procedan. 4.24. Padrones del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica y urbana del Ayuntamiento de Val de San Vicente para el ejercicio 2.008. Acuerdo que proceda. A la vista del padrón del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana del ayuntamiento de Val de San Vicente para el ejercicio 2.008, integrado por CUATRO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS (4.432) recibos, por un valor catastral total de OCHENTA MILLONES ONCE MIL NOVECIENTOS UN EUROS CON TREINTA Y DOS CúNTIMOS DE EURO (80.011.901,32 â¬), con una base liquidable de la misma cuantía y cuyo importe total de cuotas asciende a la cantidad de CUATROCIENTOS SESENTA MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO EUROS CON NUEVE CúNTIMOS DE EURO (460.985,09 â¬). A la vista igualmente del padrón del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica del ayuntamiento de Val de San Vicente para el ejercicio 2.008, integrado por MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y UN (1.461) recibos, con una base liquidable de SEIS MILLONES CIENTO VEINTIOCHO MIL CINCUENTA SIETE EUROS CON SIETE CúNTIMOS DE EURO (6.128.057,07 â¬) y cuyo importe total de cuotas asciende a la cantidad de VEINTISúIS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO EUROS CON CINCUENTA Y UN CúNTIMOS DE EURO ( 26.588,51 â¬). La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar los padrones del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica y urbana del ayuntamiento de Val de San Vicente para el ejercicio 2.008, cuyos datos principales se han reseñado en el presente acuerdo. SEGUNDO: Que dichos padrones se expongan al público en las oficinas municipales de Val de San Vicente durante el plazo de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de Cantabria. TERCERO: Establecer como periodo voluntario de cobranza desde el lunes veintiuno de julio de 2.008, hasta el jueves 25 de septiembre de 2.008, ambos incluidos. 4.25. Padrón de la tasa por suministro de agua potable y alcantarillado del Ayuntamiento de Val de San Vicente correspondiente al segundo trimestre de 2.008. Acuerdo que proceda. Visto el padrón fiscal de las tasas por suministro de agua potable y alcantarillado correspondientes al primer trimestre de 2.008. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda. PRIMERO. Aprobar el padrón fiscal de las tasas por suministro de agua potable y alcantarillado del Ayuntamiento de Val de San Vicente correspondiente al primer trimestre de 2.008. SEGUNDO. Que se proceda a su exposición pública a efectos de reclamaciones mediante anuncios que se publicarán en el Boletín Oficial de Cantabria y en el tablón de edictos del Ayuntamiento. TERCERO. Establecer como periodo voluntario de cobro desde el uno de agosto de 2.008 hasta el 30 de septiembre de 2.008. 4.26. Solicitud de exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica formulada por doña Mª Cruz Gómez Díaz, correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1450 de 2.008. Visto el documento con registro municipal de entradas número 1450 de 2008 formulado por doña Mª Cruz Gómez Díaz y que se refiere a la solicitud de exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. Considerando: Primero: Que la exención solicitada se refiere al supuesto contemplado en el artículo 3.1.e) párrafo 2 de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica según el cual, están exentos los vehículos matriculados a nombre de minusválidos para su uso exclusivo. Segundo: Que el mismo precepto establece que dicha exención no resultará aplicable a los sujetos beneficiarios de la misma por más de un vehículo simultáneamente. Tercero: Que en el informe emitido en fecha de veinte de junio de 2.008 por el servicio de recaudación municipal queda acreditado que doña Mª Cruz Gómez Díaz goza de la exención por minusvalía en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica en el vehículo con matrícula S-7567-AL. A la vista de lo anterior, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Denegar la exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica solicitada por doña Mª Cruz Gómez Díaz con DNI 13.860.446 W, por el vehículo con matrícula 4595 DYK. Dicha exención se deniega al quedar acreditado en el expediente que ya goza de otra exención por el mismo motivo por el vehículo con matrícula S-7567-AL, lo que supone incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3.1.e) párrafo 2 de la de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del Ayuntamiento de Val de San Vicente. SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 4.27. Solicitud de exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica formulada por doña Consolación Vélez Sánchez correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1286 de 2008. Visto el documento con registro municipal de entradas número 1286 de 2008 formulado por doña Consolación Vélez Sánchez y que se refiere a la solicitud de exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica solicitada por doña Consolación Vélez Sánchez por el vehículo con matrícula 2639 FTR. Dicha exención se concede de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.1.e) de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del ayuntamiento de Val de San Vicente. SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 4.28. Solicitud de exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica formulada por doña Sonia Franco Calderón correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1272 de 2008. Visto el documento con registro municipal de entradas número 1272 de 2008 formulado por doña Sonia Franco Calderón y que se refiere a la solicitud de exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica solicitada por doña Sonia Franco Calderón por el vehículo con matrícula 9245 DLZ. Dicha exención se concede de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.1.e) de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del Ayuntamiento de Val de San Vicente. SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 4.29. Solicitud de exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica formulada por don Antonio Esteban Bada Blanco correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1196 de 2008. Visto el documento con registro municipal de entradas número 1196 de 2008 formulado por don Antonio Esteban Bada Blanco y que se refiere a la solicitud de exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica solicitada por don Antonio Esteban Bada Blanco por el remolque provisto de cartilla de inspección agrícola con número de bastidor 10802. Dicha exención se concede de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.1.g) de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del Ayuntamiento de Val de San Vicente. SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 4.30. Solicitud de exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica formulada por SAT LOS TÁNAGOS correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1215 de 2008. Visto el documento con registro municipal de entradas número 1215 de 2008 formulado por don SAT LOS TÁNAGOS y que se refiere a la solicitud de exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica solicitada por SAT LOS TÁNAGOS por el vehículo provisto de cartilla de inspección agrícola con matrícula E-1283-BFH. Dicha exención se concede de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.1.g) de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del Ayuntamiento de Val de San Vicente. SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 4.31. Solicitud de devolución de ingresos indebidos formulada por don Manuel Ramón Canal Díaz en representación de FAMILIA CANAL S.L. correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1427 de 2008. Visto el documento con registro municipal de entradas número 1427 de 2008 formulado por don Manuel Ramón Canal Díaz en representación de FAMILIA CANAL S.L. y que se refiere a la solicitud de devolución del exceso abonado al Ayuntamiento de Val de San Vicente en concepto de cuota correspondiente al impuesto sobre vehículos de tracción mecánica correspondiente al ejercicio 2.008. Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la devolución de la cantidad de CINCUENTA Y UN EUROS CON TREINTA Y SIETE CúNTIMOS (51,37 â¬) a FAMILIA CANAL S.L.. con CIF B-39235866. Dicha cantidad corresponde al exceso abonado en concepto de impuesto sobre vehículos de tracción mecánica correspondiente al ejercicio 2.008 por el vehículo con matrícula S-8373-AM. SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 4.32.Solicitud de devolución de ingresos indebidos formulada por Carlos Antonio Alechiguerra Galguera correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1176 de 2008. Visto el documento con registro municipal de entradas número 1176 de 2008 formulado por don Carlos Antonio Alechiguerra Galguera y que se refiere a la solicitud de devolución del exceso abonado al Ayuntamiento de Val de San Vicente en concepto de cuota correspondiente al impuesto sobre vehículos de tracción mecánica correspondiente al ejercicio 2.008. Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la devolución de la cantidad de SETENTA Y SIETE EUROS CON CINCO CúNTIMOS (77,05 â¬) a don Carlos Antonio Alechiguerra Galguera con DNI 13.978.667 A. Dicha cantidad corresponde al exceso abonado en concepto de impuesto sobre vehículos de tracción mecánica correspondiente al ejercicio 2.008 por el vehículo con matrícula O-0436-BD. SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 4.33. Solicitud de devolución de ingresos indebidos formulada por doña Ana Isabel García Vila en representación de don José Ramón González García correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1273 de 2008. Visto el documento con registro municipal de entradas número 1273 de 2008 formulado por doña Ana Isabel García Vila en representación de don José Ramón González García y que se refiere a la solicitud de devolución del exceso abonado al Ayuntamiento de Val de San Vicente en concepto de cuota correspondiente al impuesto sobre vehículos de tracción mecánica correspondiente al ejercicio 2.008. Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la devolución de la cantidad de VEINTICUATRO EUROS CON TREINTA Y TRES CúNTIMOS (24,33 â¬) a don José Ramón González García con DNI 13.919.047 E. Dicha cantidad corresponde al exceso abonado en concepto de impuesto sobre vehículos de tracción mecánica correspondiente al ejercicio 2.008 por el vehículo con matrícula S-0531-V. SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 4.34.Solicitud de devolución de ingresos indebidos formulada por doña Encarnación Gutiérrez Antolín correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1663 de 2008. Visto el documento con registro municipal de entradas número 1663 de 2008 formulado por doña Encarnación Gutiérrez Antolín y que se refiere a la solicitud de devolución del exceso abonado al Ayuntamiento de Val de San Vicente en concepto de cuota correspondiente al impuesto sobre vehículos de tracción mecánica correspondiente al ejercicio 2.008. Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la devolución de la cantidad de CINCUENTA Y UN EUROS CON TREINTA Y SIETE CúNTIMOS ( 51,37 â¬) a doña Encarnación Gutiérrez Antolín con DNI 13.926.355 Q. Dicha cantidad corresponde al exceso abonado en concepto de impuesto sobre vehículos de tracción mecánica correspondiente al ejercicio 2.008 por el vehículo con matrícula S-6953-Y. SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 4.35. Solicitud de devolución de ingresos indebidos formulada por MOVIMIENTOS DE TIERRA ESPARZA S.L. correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1285 de 2008. Visto el documento con registro municipal de entradas número 1285 de 2008 formulado por MOVIMIENTOS DE TIERRA ESPARZA S.L. y que se refiere a la solicitud de devolución del exceso abonado al Ayuntamiento de Val de San Vicente en concepto de cuota correspondiente al impuesto sobre vehículos de tracción mecánica correspondiente al ejercicio 2.008. Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la devolución de la cantidad de SETENTA Y NUEVE EUROS CON CUARENTA Y OCHO CúNTIMOS ( 79,48 â¬) a MOVIMIENTOS DE TIERRA ESPARZA S.L. con CIF B39368204. Dicha cantidad corresponde al exceso abonado en concepto de impuesto sobre vehículos de tracción mecánica correspondiente al ejercicio 2.008 por el vehículo con matrícula E-2445-BFG. SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 4.36.Solicitud de devolución de ingresos indebidos formulada por don Gonzalo González Gutiérrez correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1214 de 2008. Visto el documento con registro municipal de entradas número 1214 de 2008 formulado por don Gonzalo González Gutiérrez y que se refiere a la solicitud de devolución del exceso abonado al Ayuntamiento de Val de San Vicente en concepto de cuota correspondiente al impuesto sobre vehículos de tracción mecánica correspondiente al ejercicio 2.008. Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la devolución de la cantidad de TREINTA Y SEIS EUROS CON CINCUENTA CúNTIMOS (36,50 â¬) a don Gonzalo González Gutiérrez con D.N.I. 13.927.176 D. Dicha cantidad corresponde al exceso abonado en concepto de impuesto sobre vehículos de tracción mecánica correspondiente al ejercicio 2.008 por el vehículo con matrícula S-0183-AG . SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 4.37.Solicitud de devolución de ingresos indebidos formulada por doña María Isabel Inguanzo Herrero correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1399 de 2008. Visto el documento con registro municipal de entradas número 1399 de 2008 formulado por doña María Isabel Inguanzo Herrero y que se refiere a la solicitud de devolución del exceso abonado al Ayuntamiento de Val de San Vicente en concepto de cuota correspondiente al impuesto sobre vehículos de tracción mecánica correspondiente al ejercicio 2.008. Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la devolución de la cantidad de CINCUENTA Y UN EUROS CON TREINTA Y SIETE CúNTIMOS (51,37 â¬) a doña María Isabel Inguanzo Herrero con D.N.I. 13.903.529 Y. Dicha cantidad corresponde al exceso abonado en concepto de impuesto sobre vehículos de tracción mecánica correspondiente al ejercicio 2.008 por el vehículo con matrícula S-3916-AH . SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 4.38.Solicitud de devolución de ingresos indebidos formulada por don Salvador Pandal Pérez correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1364 de 2008. Visto el documento con registro municipal de entradas número 1364 de 2008 formulado por don Salvador Pandal Pérez y que se refiere a la solicitud de devolución del exceso abonado al Ayuntamiento de Val de San Vicente en concepto de cuota correspondiente al impuesto sobre vehículos de tracción mecánica correspondiente al ejercicio 2.008. Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la devolución de la cantidad de TREINTA Y SEIS EUROS CON CUARENTA Y NUEVE CúNTIMOS (36,49 â¬) a don Salvador Pandal Pérez con D.N.I. 20.219.733 L. Dicha cantidad corresponde al exceso abonado en concepto de impuesto sobre vehículos de tracción mecánica correspondiente al ejercicio 2.008 por el vehículo con matrícula S-3749-T . SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 5. Ruegos y preguntas. Abierto este punto, no se plantea ninguno. Y no habiendo más asuntos a tratar, por el sr. Presidente se levanta la sesión, cuando son las diecinueve horas y cincuenta minutos del día al inicio indicado, de todo lo cual, como secretaria, doy fe.
ACTA NúMERO 8/2.008 DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE VAL DE SAN VICENTE, CORRESPONDIENTE A LA SESION ORDINARIA CELEBRADA EL DúA CINCO DE JUNIO DE 2.008. En Pesués, Val de San Vicente, en la casa consistorial del Ayuntamiento de Val de San Vicente, siendo las trece horas del día cinco de junio de 2.008, se reúne la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Val de San Vicente para celebrar sesión ordinaria en única convocatoria con la asistencia de los miembros siguientes: Presidente: Don Miguel Ángel González Vega. Concejales: Don Roberto Escobedo Quintana, doña Nuria Yolanda Verdeja Melero y don Elías Álvarez Martínez. Secretaria: Laura Rodríguez Candás. Interventora: Ruth López Mosquera García Se da lectura a la resolución de convocatoria, y desarrollando el orden del día se debaten los asuntos siguientes: 1. Aprobación, si procede, del borrador del acta de la sesión anterior. Habiéndose dado traslado a los señores miembros de la Junta de Gobierno Local de Val de San Vicente del acta correspondiente a la sesión ordinaria celebrada por este órgano en fecha de 16 de mayo de 2.008 y no manifestándose ningún reparo ni objeción frente a la misma, se acuerda aprobar la citada acta correspondiente a la sesión ordinaria celebrada en fecha de 16 de mayo de 2.008. 2. Informes de Alcaldía. Se da cuenta de las resoluciones de la Alcaldía adoptadas en ejercicio de la facultad de avocación respecto de atribuciones delegadas en la Junta de Gobierno Local mediante decreto adoptado en fecha de veintiuno de junio de 2.007. 3. Facturas y pagos. 3.1. Facturas y pagos. Se da cuenta de la relación de facturas y pagos correspondientes a esta sesión de la junta de gobierno local de las que se incorpora al expediente un ejemplar para constancia. Tomado conocimiento del asunto, por la junta de gobierno local se acuerda aprobar dicha relación de facturas y pagos, cuyo importe total asciende a la cantidad de CUARENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y DOS EUROS CON CUARENTA Y CINCO CúNTIMOS ( 49.742,45 â¬) 3.2. Reconocimiento extrajudicial de crédito. A la vista del expediente de reconocimiento extrajudicial de créditos número J-2008/3 en el que obra el correspondiente informe de intervención y las facturas y pagos que lo integran, cuyo importe total asciende a la cantidad de SEIS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS EUROS CON CINCUENTA Y NUEVE CúNTIMOS ( 6.446,59 â¬) estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal, por unanimidad se acuerda aprobar el expediente de reconocimiento extrajudicial de créditos número J-2008/3 por importe de SEIS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS EUROS CON CINCUENTA Y NUEVE CúNTIMOS ( 6.446,59 â¬). 4. Otros expedientes y solicitudes pendientes de resolución. Acuerdos que procedan. 4.1. Expediente promovido por doña Rebeca Borbolla Sánchez que solicita el cambio de titularidad de la licencia para el ejercicio de la actividad de pub categoría especial A en un establecimiento comercial sito en la localidad de Unquera. Visto el expediente promovido por doña Rebeca Borbolla Sánchez que solicita el cambio de titularidad de la licencia para el ejercicio de la actividad de pub categoría especial A en un establecimiento comercial sito en la localidad de Unquera. Considerando que la solicitud se refiere a un establecimiento ya existente y visto el informe técnico obrante en el expediente, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Conceder a doña Rebeca Borbolla Sánchez el cambio de titularidad de la licencia para el ejercicio de la actividad de pub categoría especial A en un establecimiento comercial sito en la localidad de Unquera. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a la ordenanza fiscal que resulta de aplicación. TERCERO: Que se dé traslado del correspondiente acuerdo al interesado, con indicación de los recursos procedentes frente al mismo. 4.2. Expediente promovido por doña María Luisa Roiz Junco para la apertura en Unquera, de un establecimiento destinado a zapatería. Visto el expediente que promueve doña María Luisa Roiz Junco para la apertura en Unquera de un establecimiento destinado a zapatería. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido por los servicios técnicos municipales en fecha de cuatro de junio de 2.008, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Conceder a doña María Luisa Roiz Junco licencia para la apertura de un establecimiento destinado a zapatería bajo la denominación “Calzados Marisela”. El mismo se encuentra en la localidad de Unquera, plaza Ruperto Leza, s/n. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a la ordenanza fiscal que resulta de aplicación. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a la interesada, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.3. Acuerdo que proceda respecto a la autorización, disposición y reconocimiento de la certificación nº 4 de las obras de Reforma y adecuación de lo indebidamente construido en edificación destinada a hotel en cumplimiento de sentencia judicial en Pechón. Considerando: Primero: Que mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada en fecha de once de abril de 2.006 se autorizó gasto por importe de CIENTO VEINTIUN MIL DOSCIENTOS DIECISIETE EUROS CON SESENTA Y SEIS CúNTIMOS ( 121.217,66 â¬) para la ejecución del proyecto de obras “Reforma y adecuación de lo indebidamente construido en edificación destinada a hotel en cumplimiento de sentencia judicial en Pechón”. Mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada en fecha de 24 de julio de 2.006 se adjudicó el citado contrato a la empresa CONSTRUCCIONES EUGENIO NAVA VIAR S.A. por importe de CIENTO VEINTIUN MIL DOSCIENTOS DIECISIETE EUROS CON SESENTA Y SEIS CENTIMOS ( 121.217,66 â¬) . Segundo. Que mediante documento con registro municipal de entradas número 0410 de 2.008 se ha presentado la certificación ordinaria de obras número cuatro por importe de QUINCE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y TRES EUROS CON SETENTA Y OCHO CúNTIMOS ( 15.373,78 â¬). Tercero. Que se trata de una obligación legalmente adquirida en el año 2.006 que no ha podido ser objeto del correspondiente expediente de incorporación de remanentes al presupuesto vigente ante la falta de fuente de financiación adecuada al respecto. Cuarto. Que no obstante lo anterior, existe en el presupuesto vigente crédito suficiente para hacer frente a dicha obligación. Visto el informe emitido por los servicios municipales de intervención, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO. Autorizar, disponer y reconocer un gasto por importe de QUINCE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y TRES EUROS CON SETENTA Y OCHO CúNTIMOS ( 15.373,78 â¬)a favor de CONSTRUCCIONES EUGENIO NAVA VIAR S.A. en concepto de certificación ordinaria número cuatro correspondiente a la obra “Reforma y adecuación de lo indebidamente construido en edificación destinada a hotel en cumplimiento de sentencia judicial en Pechón” según acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada en fecha de 24 de julio de 2.006 . SEGUNDO. Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales, a los efectos correspondientes. 4.4. Acuerdo que proceda respecto a aprobación del gasto para la reparación e instalación de puerta en campo de fútbol. Considerando: Primero. Que mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local en fecha de 15 de marzo de 2.007 se adjudicó a METALICA DE BUSTIO S.C. el contrato menor de obras de reparación e instalación de puerta en campo de fútbol por importe de MIL CIENTO NOVENTA Y TRES EUROS CON CINCUENTA Y CINCO CúNTIMOS ( 1.193,55 â¬). Segundo. Que mediante documento con registro municipal de facturas número 141 de 2.008 se ha presentado la factura correspondiente al contrato anterior por importe de MIL CIENTO NOVENTA Y TRES EUROS CON CINCUENTA Y CINCO CúNTIMOS ( 1.193,55 â¬). Tercero. Que se trata de una obligación legalmente adquirida en el año 2.007 que no ha podido ser objeto del correspondiente expediente de incorporación de remanentes al presupuesto vigente ante la falta de fuente de financiación adecuada al respecto. Cuarto. Que no obstante lo anterior, existe en el presupuesto vigente crédito suficiente para hacer frente a dicha obligación. Visto el informe emitido por los servicios municipales de intervención, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO. Autorizar, disponer y reconocer un gasto por importe de MIL CIENTO NOVENTA Y TRES EUROS CON CINCUENTA Y CINCO CúNTIMOS (1.193,55 â¬) a favor de METÁLICA DE BUSTIO S.C. en concepto de obras de reparación e instalación de puerta en campo de fútbol según acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada en fecha de 15 de marzo de 2.007. SEGUNDO. Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales, a los efectos correspondientes. 4.5. Acuerdo que proceda respecto a la autorización, disposición y reconocimiento de la certificación nº 1 de las obras de “Mejora y pavimentación del camino Uncares de Helgueras”. Considerando: Primero: Que mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada en fecha de doce de julio de 2.007 se autorizó gasto por importe de SESENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS UN EUROS CON SEIS CúNTIMOS ( 61.801,06 â¬) para la ejecución del proyecto de obras “Mejora y pavimentación del camino Uncares de Helgueras”.Mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada en fecha 27 de septiembre de 2.007se adjudicó el citado contrato a la empresa EXCAVACIONES GONZÁLEZ VEGA S.L. por importe de CINCUENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS EUROS ( 56.200,00â¬) . Segundo. Que mediante documento con registro municipal de entradas número 0933 de 2.008 se ha presentado la certificación ordinaria de obras número uno por importe de CINCUENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS EUROS ( 56.200,00 â¬). Tercero. Que se trata de una obligación legalmente adquirida en el año 2.007 que no ha podido ser objeto del correspondiente expediente de incorporación de remanentes al presupuesto vigente ante la falta de fuente de financiación adecuada al respecto. Cuarto. Que no obstante lo anterior, existe en el presupuesto vigente crédito suficiente para hacer frente a dicha obligación. Visto el informe emitido por los servicios municipales de intervención, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO. Autorizar, disponer y reconocer un gasto por importe de CINCUENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS EUROS( 56.200,00 â¬)a favor de EXCAVACIONES GONZÁLEZ VEGA S.L. en concepto de certificación ordinaria número uno correspondiente a la obra “Mejora y pavimentación del camino Uncares de Helgueras” según acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada en fecha de 27 de septiembre de 2.007. SEGUNDO. Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales, a los efectos correspondientes. 4.6. Acuerdo que proceda respecto a aprobación del gasto para la construcción de apartadero en parada de autobús. Considerando: Primero. Que mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local en fecha de cinco de diciembre de 2.007 se adjudicó a EXCAVACIONES GONZÁLEZ VEGA S.L. el contrato menor de obras de construcción de apartadero en parada de autobús por importe de TRES MIL SETECIENTOS DOCE EUROS ( 3.712,00 â¬). Segundo. Que mediante documento con registro municipal de facturas número 174 de 2.008 se ha presentado la factura correspondiente al contrato anterior por importe de TRES MIL SETECIENTOS DOCE EUROS ( 3.712,00 â¬). Tercero. Que se trata de una obligación legalmente adquirida en el año 2.007 que no ha podido ser objeto del correspondiente expediente de incorporación de remanentes al presupuesto vigente ante la falta de fuente de financiación adecuada al respecto. Cuarto. Que no obstante lo anterior, existe en el presupuesto vigente crédito suficiente para hacer frente a dicha obligación. Visto el informe emitido por los servicios municipales de intervención, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO. Autorizar, disponer y reconocer un gasto por importe de TRES MIL SETECIENTOS DOCE EUROS ( 3.712,00 â¬) a favor de EXCAVACIONES GONZÁLEZ VEGA S.L. en concepto de obras de construcción de apartadero en parada de autobús según acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada en fecha de cinco de diciembre de 2.007. SEGUNDO. Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales, a los efectos correspondientes. 4.7. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de servicios para la instalación de una pista de balance y dos hinchables el día uno de agosto de 2.008 en Pesués. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicio para la instalación de una pista de balance y dos hinchables el día uno de agosto de 2.008 en Pesués. Considerando: Primero: Que debe procederse a la contratación de dicho servicio. Segundo: Que el presupuesto presentado por ESPECTÁCULOS Y DIVERSIúN S.L. se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a ESPECTÁCULOS Y DIVERSIúN S.L. el contrato de servicios para la instalación de una pista de balance y dos hinchables el día uno de agosto de 2.008 en Pesués por importe de SETECIENTOS EUROS ( 700,00 â¬) IVA incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.8. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de servicios para una actuación Pesués el día uno de agosto de 2.008. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicios para una actuación el día uno de agosto de 2.008 en Pesués. Considerando: Primero: Que debe procederse a la contratación de dicho servicio. Segundo: Que el presupuesto presentado por GRUPO TANEA se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a GRUPO TANEA el contrato de servicios para una actuación el día uno de agosto de 2.008 en Pesués por importe de MIL OCHOCIENTOS EUROS ( 1.800,00 â¬). SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.9. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de servicio de transporte al Balneario de La Hermida para el desarrollo del programa de termalismo social. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicio de transporte al Balneario de La Hermida para el desarrollo del programa de termalismo social. Considerando: PRIMERO: Que debe procederse a la contratación del citado servicio. SEGUNDO: Que el presupuesto presentado por AUTOBUSES PALOMERA S.A. es favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a AUTOBUSES PALOMERA S.A. el servicio de transporte al Balneario de La Hermida para el desarrollo del programa de termalismo social por importe de MIL SETECIENTOS EUROS ( 1.700,00 â¬) iva incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.10. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de servicios para actuación de orquestas para la fiesta de Molleda. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicios para actuación de orquestas en la fiesta de Molleda. Considerando: Primero: Que debe procederse a la contratación de dicho servicio. Segundo: Que el presupuesto presentado por PRODUCCIONES ARTúSTICAS S.L. se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a PRODUCCIONES ARTúSTICAS S.L el contrato de servicios para actuación de orquestas en la fiesta de Molleda importe de MIL QUINIENTOS EUROS ( 1.500,00 â¬) iva incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.11. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de suministro de un tablón de anuncios. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del suministro menor de un tablón de anuncios. Considerando: Primero: Que debe procederse a la contratación de dicho suministro. Segundo: Que el presupuesto presentado por SERISAN S.A. se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a SERISAN S.A. el contrato menor de suministro de un tablón de anuncios por importe de OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO EUROS CON VEINTE CúNTIMOS ( 835,20 â¬) iva incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.12. Acuerdo que proceda respecto al reconocimiento de gratificaciones por servicios extraordinarios fuera de la jornada normal a doña Maria Antonia Gómez González, don Ulpiano Vigil Vega, don Victor Efrén Pandal Tuero y don Francisco Jesús Alonso Blanco. Visto el informe emitido por la Policía Local en el que se acredita la realización de servicios extraordinarios fuera de la jornada normal de trabajo por parte de doña María Antonia Gómez González, don Ulpiano Vigil Vega, don Victor Efrén Pandal Tuero y don Francisco Jesús Alonso Blanco durante los meses de abril y mayo de 2008, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda. PRIMERO. Conceder a doña María Antonia Gómez González una gratificación por servicios extraordinarios realizados durante los meses de abril y mayo de 2008 por importe de SETECIENTOS SESENTA Y TRES EUROS CON NOVENTA Y DOS CúNTIMOS ( 763,92 â¬). SEGUNDO. Conceder a don Ulpiano Vigil Vega una gratificación por servicios extraordinarios realizados durante los meses de abril y mayo de 2008 por importe de CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO EUROS CON VEINTIDúS CúNTIMOS (475,22 â¬). TERCERO. Conceder a don Victor Efrén Pandal Tuero una gratificación por servicios extraordinarios realizados durante el mes de mayo de 2008 por importe de QUINIENTOS SEIS EUROS CON SESENTA Y TRES CúNTIMOS (506,63 â¬). CUARTO. Conceder a don Francisco Jesús Alonso Blanco una gratificación por servicios extraordinarios realizados durante el mes de mayo de 2008 por importe de SEISCIENTOS EUROS CON DIECISúIS CúNTIMOS ( 600,16 â¬) QUINTO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales. 4.13. Acuerdo que proceda respecto a la prórroga del contrato del servicio de atención domiciliaria del ayuntamiento de Val de San Vicente suscrito con la sociedad AZVASE S.L. Visto el contrato del servicio de atención domiciliaria del ayuntamiento de Val de San Vicente suscrito en fecha de 29 de junio de 2.005 con la sociedad AZVASE S.L. Vista la solicitud de prórroga del mencionado contrato por periodo de un año presentada por la sociedad AZVASE S.L. mediante documento con registro municipal de entradas número 1007 de 2.008. Considerando que de conformidad con lo dispuesto en la cláusula cuarta del contrato éste tendrá una duración de dos años a contar desde el siguiente día hábil a la suscripción del mismo, añadiendo que no obstante, el contrato podrá ser objeto de prórrogas anuales siempre que medio acuerdo mutuo de las partes y que en ningún caso el plazo total del contrato y de sus prórrogas podrá exceder de cuatro años. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO. Prorrogar el contrato del servicio de atención domiciliaria del ayuntamiento de Val de San Vicente suscrito con la sociedad AZVASE S.L. en fecha de 29 de junio de 2.005. La prórroga a que se refiere el presente acuerdo tendrá una duración de un año y se extenderá desde el uno de julio de 2.008 hasta el 30 de junio de 2.009. SEGUNDO. Dar traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales. 4.14. Recurso de reposición interpuesto por doña Saray Cueli Fernández contra el acuerdo de desestimación de solicitud de ayuda al estudio adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada en fecha de 28 de abril de 2.008. Visto el recurso de reposición interpuesto por doña Saray Cueli Fernández mediante documento con registro municipal de entradas número 1259 de 2.008 contra el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada en fecha de 28 de abril de 2.008, por el que se desestima su solicitud de ayuda al estudio. Considerando: Primero. Que la causa de desestimación de la solicitud fue el incumplimiento del artículo 8 de la Ordenanza reguladora de ayudas al estudio ( la renta familiar excede de los umbrales mínimos establecidos en el citado artículo). Segundo. Que frente ha dicho acuerdo se interpone en tiempo y forma recurso de reposición , alegando que según la ordenanza, para el cómputo de la renta familiar se estará a la cuantía que constituya el saldo neto de rendimientos e imputaciones de rentas que consten en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Alega igualmente que una cantidad que aparece en las ganancias y pérdidas patrimoniales corresponde a una subvención concedida en el año 2.003 por la compra de una vivienda de protección oficial. Tercero. Que examinada la documentación aportada por la recurrente junto al escrito de interposición del recurso así como la obrante en el expediente, se observa que efectivamente ha existido un error en la determinación de la renta, debiendo considerarse como tal la cantidad de 22.998,28 â¬, cantidad resultante de restar a la renta obtenida, los gastos deducibles por cotizaciones a la seguridad social y añadirle las ganancias patrimoniales. Vistos los informes obrantes en el expediente, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO. Estimar el recurso de reposición interpuesto por doña Saray Cueli Fernández contra el acuerdo de desestimación de solicitud de ayuda al estudio adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada en fecha de 28 de abril de 2.008, al existir un error en la determinación de la renta de la unidad familiar y no exceder por tanto, de los límites que establece el articulo 8 de la Ordenanza reguladora de ayudas al estudio para familias con tres miembros computables. SEGUNDO. Estimar la solicitud de ayuda al estudio presentada por doña Saray Cueli Fernández y otorgarle una ayuda por importe de QUINIENTOS VEINTICUATRO EUROS CON QUINCE CúNTIMOS ( 524,15 â¬). TERCERO. Aprobar el gasto correspondiente con cargo a la partida 2.008 42480. CUARTO. Dar traslado del presenta acuerdo a los servicios económicos municipales y a la interesada y disponer la publicación del correspondiente anuncio en el tablón de anuncios de la Corporación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ordenanza reguladora de ayudas al estudio de Val de San Vicente. 4.15. Acuerdo que proceda respecto de la solicitud formulada por don Pablo Antón de Cos en representación del Club Deportivo Elemental Fuente Salín respecto del convenio de colaboración suscrito en fecha de seis de marzo de 2.007 entre el Ayuntamiento de Val de San Vicente y el Club Deportivo Elemental Fuente Salín. Vista la solicitud formulada por don Pablo Antón de Cos en representación del Club Deportivo Elemental Fuente Salín mediante documento con registro municipal de entradas número 1325 de 2.008, por el que solicita, respecto del convenio de colaboración suscrito en fecha de seis de marzo de 2.007 entre el Ayuntamiento de Val de San Vicente y el Club Deportivo Elemental Fuente Salín, la modificación del convenio en lo que se refiere a la forma de pago por parte del ayuntamiento y la justificación del gasto por parte del Club, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO. Que para el año 2.009 se estudie la modificación del citado convenio en cuanto al régimen de pago de la subvención que se otorgue, en particular, la posibilidad de realizar pagos anuales o semestrales y en cuanto a la forma de justificación de los fondos recibidos por parte del Club. SEGUNDO. Dar traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales, y notificarlo al interesado, a los efectos correspondientes. 4.16. Acuerdo que proceda respecto de la solicitud formulada por el C.D.E. Unquera Kayak respecto de la utilización del sótano de la Casa de la Juventud de Unquera. Vista la solicitud formulada por el C.D.E. Unquera Kayak mediante documento con registro municipal de entradas número 1199 de 2.008, y que se refiere a la utilización, a modo de almacén, del sótano de la Casa de la Juventud de Unquera de forma temporal. Atendido la finalidad que desarrolla el C.D.E. Unquera Kayak y el interés del municipio en el fomento de las actividades deportivas, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda. PRIMERO. Autorizar al C.D.E. Unquera Kayak la utilización del sótano de la Casa de la Juventud en Unquera para el fin exclusivo de uso como almacén del material directamente relacionado con la actividad que desarrolla el Club. Dicha utilización tendrá carácter temporal y en todo caso cesará en el momento en que el local sea requerido por necesidades de los servicios municipales o porque así lo disponga el ayuntamiento. El C.D.E. Unquera Kayak realizará por su cuenta el acondicionamiento del local, no autorizándose ningún tipo de obra, así como su mantenimiento. Igualmente, queda obligado a entregarlo en perfectas condiciones al ayuntamiento en el momento en que sea requerido por éste. En ningún caso se autoriza la utilización ni la ocupación de los terrenos anexos. SEGUNDO. Que se dé traslado del presente acuerdo al C.D.E. Unquera kayak, con indicación de los recursos que en su caso procedan. 4.17. Solicitud presentada por doña Rosa María González Alegría relativa a la variación del consumo mínimo de agua. Acuerdo que proceda. Examinada la solicitud presentada por doña Rosa María González Alegría mediante documento con registro municipal de entradas numero 0827 de 2.008 y que se refiere a la variación del consumo mínimo de agua para uso ganadero en Luey. Visto el artículo 6 apartado VI de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Suministro de Agua Potable, según el cual, los usuarios del tipo industrial, comercial o ganadero, que lo soliciten por escrito a esta Administración, podrán variar la dotación del mínimo, pasando de 60 m3 a 30 m3, facturándose el exceso conforme a la escala establecida para cada caso, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO. Autorizar a doña Rosa María González Alegría la variación de la dotación del consumo mínimo de agua para uso ganadero sito en finca rústica nº 96 y 97 del polígono 24 en la localidad de Luey, pasando de 60 m3 a 30 m3, facturándose el exceso conforme a la escala establecida para cada caso. SEGUNDO. Notificar la presente resolución a la interesada, con indicación de los recursos que en su caso procedan. TERCERO: Dar traslado de la presente resolución a la empresa concesionaria del servicio de agua AGUAS DEL NORTE S.A., a los efectos correspondientes. 4.18. Rectificación de error observado en el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada en fecha de 28 de abril de 2.008 relativo a exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica solicitada por don José Francisco González Maceda. Advertido error en el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada en fecha de 28 de abril de 2.008 relativo a exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica solicitada por don José Francisco González Maceda, y que afecta a la matrícula del vehículo. Considerando que se trata de un error material y visto el artículo 105.2 de la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO. Rectificar el error advertido en el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada en fecha de 28 de abril de 2.008 relativo a exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica solicitada por don José Francisco González Maceda. Como consecuencia de dicha rectificación, el acuerdo queda redactado en los siguientes términos: “ Solicitud de exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica formulada por don José Francisco González Maceda correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 0406 de 2008. Visto el documento con registro municipal de entradas número 0406 de 2008 formulado por don José Francisco González Maceda y que se refiere a la solicitud de exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica solicitada por don José Francisco González Maceda por el vehículo con matrícula 0378-CYJ. Dicha exención se concede de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.1.e) de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del ayuntamiento de Val de San Vicente. SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo.“ SEGUNDO. Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 4.19. Solicitud de devolución de ingresos indebidos formulada por don Alfredo Zabala Valdés correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 1179 de 2008. Visto el documento con registro municipal de entradas número 1179 de 2.008 formulado por don Alfredo Zabala Valdés y que se refiere a la solicitud de devolución del exceso abonado al Ayuntamiento de Val de San Vicente en concepto de cuota correspondiente al impuesto sobre bienes inmuebles en los ejercicios 2006 y 2.007. Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la devolución de la cantidad de TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE EUROS CON NOVENTA Y CINCO CúNTIMOS ( 347,95 â¬) a don Alfredo Zavala Valdés con DNI 00408759 A. Dicha cantidad corresponde al exceso abonado en concepto de impuesto sobre bienes inmuebles por las referencias catastrales 1706103UP8010N0001LO, 1706106UP8010N0001MO y 1706107UP8010N0001OO en los ejercicios 2.006 y 2.007. SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 4.20. Acuerdo que proceda respecto de la aprobación inicial del proyecto de estatutos de la entidad de conservación del polígono industrial Los Tánagos. A la vista del expediente tramitado por el Ayuntamiento de Val de San Vicente para el desarrollo del un polígono industrial en Los Tánagos. Considerando: Primero: El convenio urbanístico suscrito entre el Ayuntamiento de Val de San Vicente y la compañía Suelo Industrial de Cantabria S.L. para el desarrollo de un polígono industrial en Los Tánagos, aprobado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada en fecha de veintidós de julio de 2.004. Segundo: La resolución de la alcaldía de fecha trece de noviembre de 2.006,por la que se acuerda la recepción de las obras de urbanización del ámbito de la unidad de ejecución U.E.4 de “Los Tánagos”, ejecutadas por Suelo Industrial de Cantabria S.L., condicionado al cumplimiento de los dispuesto en el informe emitido por el Servicio Municipal de Aguas del Ayuntamiento de Val de San Vicente de fecha 28 de junio de 2.006 y asumir el mantenimiento de los espacios y elementos públicos de la urbanización, en tanto se constituya la correspondiente Entidad de conservación. Tercero: Los informes emitidos por el servicio municipal de aguas del ayuntamiento de Val de San Vicente en fecha de 18 de diciembre de 2.008 y por el arquitecto técnico municipal en fecha de siete de abril de 2.008. Cuarto: La documentación aportada por la compañía SUELO INDUSTRIAL DE CANTABRIA S.L. mediante documento con registro municipal de entradas número 1189 de 2.008. En consecuencia, de conformidad con lo establecido en los artículos 154 en relación con el 152.1 b de la Ley de Cantabria 2/2.001, de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria, y 161 y 162 del Reglamento de Gestión Urbanística en cuanto sean compatibles con la citada Ley, por la junta de gobierno local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO. Aprobar inicialmente el proyecto de estatutos de la entidad de conservación del polígono industrial Los Tánagos presentado por SUELO INDUSTRIAL DE CANTABRIA S.L., que obra en el expediente y que se diligenciará a la fecha de celebración de la sesión a que se refiere la presente acta. SEGUNDO: Que se notifique el presente acuerdo a los propietarios y titulares de derechos afectados otorgándoles un plazo de audiencia de veinte días para que, a partir de la notificación, puedan formular ante el Ayuntamiento de Val de San Vicente las alegaciones que a sus derechos convengan y solicitar, en su caso, su incorporación a la entidad. TERCERO: Que el proyecto de estatutos se someta a información pública por un período de veinte días hábiles. 5. Ruegos y preguntas. Abierto este punto, no se plantea ninguno. Y no habiendo más asuntos a tratar, por el sr. Presidente se levanta la sesión, cuando son las catorce horas y quince minutos del día al inicio indicado, de todo lo cual, como secretaria, doy fe.
ACTA NúMERO 6/2.008 DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE VAL DE SAN VICENTE, CORRESPONDIENTE A LA SESION ORDINARIA CELEBRADA EL DúA VEINTIOCHO DE ABRIL DE 2.008. En Pesués, Val de San Vicente, en la casa consistorial del Ayuntamiento de Val de San Vicente, siendo las trece horas del día veintiocho de abril de 2.008, se reúne la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Val de San Vicente para celebrar sesión ordinaria en única convocatoria con la asistencia de los miembros siguientes: Presidente: Don Miguel Ángel González Vega. Concejales: Don Roberto Escobedo Quintana, doña Nuria Yolanda Verdeja Melero y don Elías Álvarez Martínez. Secretaria: Laura Rodríguez Candás. Se da lectura a la resolución de convocatoria, y desarrollando el orden del día se debaten los asuntos siguientes: 1. Aprobación, si procede, de los borradores de las actas de las sesiones anteriores. Habiéndose dado traslado a los señores miembros de la Junta de Gobierno Local de Val de San Vicente de las actas correspondientes a la sesión ordinaria celebrada por este órgano en fecha de veintisiete de marzo de 2.008 y a la sesión extraordinaria celebrada en fecha de diecisiete de abril de 2.008 y no manifestándose ningún reparo ni objeción frente a las mismas, se acuerda aprobar las citadas actas correspondientes a la sesión ordinaria celebrada en fecha de veintisiete de marzo de 2.008 y a la sesión extraordinaria celebrada en fecha de diecisiete de abril de 2.008. 2. Facturas y pagos. 2.1. Facturas y pagos. Se da cuenta de la relación de facturas y pagos correspondientes a esta sesión de la junta de gobierno local de las que se incorpora al expediente un ejemplar para constancia. Tomado conocimiento del asunto, por la junta de gobierno local se acuerda aprobar dicha relación de facturas y pagos, cuyo importe total asciende a la cantidad de CINCUENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y UN EUROS CON CINCUENTA CúNTIMOS ( 52.661,50 â¬). 2.2. Reconocimiento extrajudicial de crédito. A la vista del expediente de reconocimiento extrajudicial de créditos número J-2008/2 en el que obra el correspondiente informe de intervención y las facturas y pagos que lo integran, cuyo importe total asciende a la cantidad de VEINTISEIS MIL SETECIENTOS TREINTA Y SIETE EUROS CON CUARENTA Y UN CúNTIMOS( 26.737,41â¬) estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal, por unanimidad se acuerda aprobar el expediente de reconocimiento extrajudicial de créditos número J-2008/2 por importe de VEINTISEIS MIL SETECIENTOS TREINTA Y SIETE EUROS CON CUARENTA Y UN CúNTIMOS ( 26.737,41 â¬). 3. Solicitudes de licencias municipales de obras. Acuerdos que procedan. 3.1. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por don Victoriano Martínez López para reforma de edificación en Prellezo. Visto el expediente incoado por don Victoriano Martínez López para la reforma de edificación en Prellezo. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de diez de abril de 2.008 por los servicios técnicos municipales. Tomado conocimiento del proyecto denominado “expediente de legalización y proyecto básico y de ejecución: reforma de edificación” redactado al efecto por el arquitecto don José Luis Arroyo Sánchez ( ARROYO ARQUITECTURA S.L.), visado por el colegio oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 24 de septiembre de 2.007; de los planos modificados 05,07,08,09,11,12, suscritos por el mismo arquitecto y visados por el colegio oficial de Arquitectos de Cantabria con fecha de 25 de enero de 2.008; y los planos modificados 13,13-A,14,15 y 17, suscritos por el mismo arquitecto y visados por el colegio oficial de arquitectos de Cantabria en fecha de once de marzo de 2.008. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a don Victoriano Martínez López para reforma de edificación en Prellezo, según proyecto denominado “Expediente de legalización y proyecto básico y de ejecución: reforma de edificación” redactado al efecto por el arquitecto don José Luis Arroyo Sánchez ( ARROYO ARQUITECTURA S.L.) visado por el colegio oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 24 de septiembre de 2.007; según planos modificados 05,07,08,09,11,12, suscritos por el mismo arquitecto y visados por el colegio oficial de Arquitectos de Cantabria con fecha de 25 de enero de 2.008 y según planos modificados 13,13-A,14,15 y 17, suscritos por el mismo arquitecto y visados por el colegio oficial de arquitectos de Cantabria en fecha de once de marzo de 2.008. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo y de las particulares siguientes: Condiciones que han de cumplirse para dar comienzo a las obras: Deberá acreditarse la aceptación del encargo de la dirección de la ejecución de la obra por parte de arquitecto técnico, debidamente visada. Condiciones inherentes a la urbanización: Se asfaltarán y repararán todas aquellas zonas de vial público, que siendo ajenas a la propia finca, pudieran haber sido perjudicadas por la ejecución de las obras. Condiciones inherentes a las instalaciones: Las conexiones a las redes de servicios se llevarán a cabo de acuerdo con las compañías suministradoras y con los servicios técnicos municipales. El contador deberá colocarse en el límite de la propiedad, en una caja individual y accesible desde el exterior, de acuerdo con la compañía suministradora. En el punto de entronque a la red de saneamiento municipal se ejecutará obligatoriamente una arqueta o pozo de registro, cuyas dimensiones se determinarán por el servicio técnico municipal en el momento de ejecutarse la obra. Condiciones estéticas: La carpintería exterior será o bien de madera, o bien de otro material en tonos oscuros que imite a ésta. El sistema de oscurecimiento de las habitaciones preferiblemente no será con persianas exteriores. La fachada se pintará en tonos claros y además la piedra que se pudiera colocar en la fachada tendrá que ser de las mismas características que las de los edificios del entorno. Los canalones y las bajantes de pluviales serán de cobre o zinc y en ningún caso de PVC. La cubierta se realizará con teja curva tipo árabe de color rojo. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de CIENTO CUATRO MIL SETECIENTOS DIEZ EUROS CON NOVENTA Y NUEVE CúNTIMOS ( 104.710,99 â¬). TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 3.2. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por doña Margarita Rodríguez Yurreta para elevación de cubierta de vivienda unifamiliar pareada en Prío. Visto el expediente incoado por doña Margarita Rodríguez Yurreta para elevación de cubierta de vivienda unifamiliar pareada en Prío. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de veintidós de abril de 2.008 por los servicios técnicos municipales. Tomado conocimiento del proyecto básico y de ejecución de elevación de cubierta de vivienda unifamiliar pareada redactado al efecto por el arquitecto don Luis Pérez Pérez-Camarero, visado por el colegio oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 13 de diciembre de 2.005 y de la documentación complementaria suscrita por el mismo arquitecto, visada por el colegio oficial de arquitectos de Cantabria en fecha de dieciséis de abril de 2.008 en la que se incluyen los planos reformados “04 Planta de cotas y superficies y alzados” y “06. Sección y cubierta”, que sustituyen a los aportados inicialmente en el proyecto básico y de ejecución. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a doña Margarita Rodríguez Yurreta para elevación de cubierta de vivienda unifamiliar pareada en Prío según proyecto básico y de ejecución de elevación de cubierta de vivienda unifamiliar pareada redactado al efecto por el arquitecto don Luis Pérez Pérez-Camarero, visado por el colegio oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 13 de diciembre de 2.005 y según documentación complementaria suscrita por el mismo arquitecto, visada por el colegio oficial de arquitectos de Cantabria en fecha de dieciséis de abril de 2.008 en la que se incluyen los planos reformados “04 Planta de cotas y superficies y alzados” y “06. Sección y cubierta”, que sustituyen a los aportados inicialmente en el proyecto básico y de ejecución. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de CUARENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS EUROS ( 48.200,00 â¬). TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 3.3. Solicitud de licencia municipal de obras formulada por PROMOCIONES CASTILLA SANTANDER S.L. para modificado de proyecto básico y proyecto de ejecución para seis viviendas pareadas en Portillo. Visto el expediente incoado por PROMOCIONES CASTILLA SANTANDER S.L. para modificado de proyecto básico y proyecto de ejecución de seis viviendas pareadas. Considerando que mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Val de San Vicente en sesión celebrada en fecha de dieciséis de diciembre de 2.005 se otorgó licencia municipal de obras a SISTEMAS INMOBILIARIOS DE CASTILLA S.L. para la construcción de cinco viviendas unifamiliares en Portillo, según proyecto básico redactado al efecto por los arquitectos SOBRELLANO ARQUITECTOS S.L. – don Luis Pérez Pérez-Camarero y doña Rosa María Andrés Pérez- visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de nueve de diciembre de 2.005. Considerando que mediante resolución adoptada por la alcaldía en fecha 25 de abril de 2008 se autorizó la transmisión de la referida licencia municipal de obras, pasando a ser de titularidad de la empresa PROMOCIONES CASTILLA SANTANDER S.L. Considerando que mediante documento con registro municipal de entradas número 1753 de 2.007, don Paulino Cortijo de Prada, en representación de PROMOCIONES CASTILLA SANTANDER S.L., solicita licencia para modificación de proyecto básico y proyecto de ejecución de seis viviendas pareadas en Prío. Tomado conocimiento del proyecto denominado “Modificación de proyecto básico y proyecto de ejecución de seis viviendas pareadas” redactado por el arquitecto don José Carlos Fustes Rodríguez, visado por el colegio oficial de arquitectos de Cantabria en fecha de nueve de julio de 2.007 y que resulta modificado por la siguiente documentación: - Documentación complementaria suscrita por el arquitecto don José Carlos Fustes Rodríguez, visada por el colegio de arquitectos de Cantabria en fecha de seis de febrero de 2.008 en la que se incluyen los siguientes planos: 01 Parcelas, 02 Plantas generales. Planta sótano; 03 Plantas generales. Planta baja; 04 Plantas generales. Planta primera; 05 Alzado general; 10 Tipo 2: Plantas; 19 Red de abastecimiento. Planta general; 23 Redes generales y acometidas; 25 Estructura de cubierta; 26 Plano de detalles en alzado y sección de encuentros de cubierta; 27 Plano de detalles en alzado y sección de encuentros de cubierta; 02U Implantación edificaciones; 04U Urbanización y 05U Alineaciones, retranqueos y cesiones. - Plano 03U Topografía final, suscrito por el arquitecto don José Carlos Fustes Rodríguez, visado por el colegio oficial de arquitectos de Cantabria en fecha de 26 de marzo de 2.008. Obrando en el expediente, entre otros documentos, el informe emitido sobre el particular en fecha de 28 de marzo de 2.008 por los servicios técnicos municipales, en el que se acredita, entre otros extremos, que el proyecto presentado es una modificación del proyecto básico de cinco viviendas unifamiliares redactado por los arquitectos SOBRELLANO ARQUITECTOS S.L. – don Luis Pérez Pérez-Camarero y doña Rosa María Andrés Pérez- visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de nueve de diciembre de 2.005 para el que se concedió licencia de obras a SISTEMAS INMOBILIARIOS DE CASTILLA S.L. mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Val de San Vicente en fecha de 16 de diciembre de 2.005. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Otorgar licencia municipal de obras a PROMOCIONES CASTILLA SANTANDER S.L. para seis viviendas pareadas en Portillo según proyecto denominado “Modificación de proyecto básico y proyecto de ejecución de seis viviendas pareadas” redactado por el arquitecto don José Carlos Fustes Rodríguez, visado por el colegio oficial de arquitectos de Cantabria en fecha de nueve de julio de 2.007 y que resulta modificado por la siguiente documentación: - Documentación complementaria suscrita por el arquitecto don José Carlos Fustes Rodríguez, visada por el colegio de arquitectos de Cantabria en fecha de seis de febrero de 2.008 en la que se incluyen los siguientes planos: 01 Parcelas, 02 Plantas generales. Planta sótano; 03 Plantas generales. Planta baja; 04 Plantas generales. Planta primera; 05 Alzado general; 10 Tipo 2: Plantas; 19 Red de abastecimiento. Planta general; 23 Redes generales y acometidas; 25 Estructura de cubierta; 26 Plano de detalles en alzado y sección de encuentros de cubierta; 27 Plano de detalles en alzado y sección de encuentros de cubierta; 02U Implantación edificaciones; 04U Urbanización y 05U Alineaciones, retranqueos y cesiones. - Plano 03U Topografía final, suscrito por el arquitecto don José Carlos Fustes Rodríguez, visado por el colegio oficial de arquitectos de Cantabria en fecha de 26 de marzo de 2.008. Se hace constar expresamente que dicho proyecto es modificación del proyecto básico de cinco viviendas unifamiliares redactado por los arquitectos SOBRELLANO ARQUITECTOS S.L. – don Luis Pérez Pérez-Camarero y doña Rosa María Andrés Pérez- visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de nueve de diciembre de 2.005 para el que se concedió licencia de obras a SISTEMAS INMOBILIARIOS DE CASTILLA S.L. mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Val de San Vicente en fecha de 16 de diciembre de 2.005. Igualmente, la licencia de obras que se autoriza por el presente acuerdo supone modificación de la otorgada a SISTEMAS INMOBILIARIOS DE CASTILLA S.L. mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Val de San Vicente en fecha de 16 de diciembre de 2.005 para la construcción de cinco viviendas unifamiliares en Portillo, según proyecto básico redactado al efecto por los arquitectos SOBRELLANO ARQUITECTOS S.L. – don Luis Pérez Pérez-Camarero y doña Rosa María Andrés Pérez- visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de nueve de diciembre de 2.005. La concesión de la licencia se supedita al cumplimiento de las condiciones generales que se aplican en el municipio, que se notificarán junto al presente acuerdo y de las particulares siguientes: Condiciones que han de cumplirse para dar comienzo a las obras: Deberá presentarse el cuestionario de estadística de edificación y vivienda. Condiciones inherentes a la urbanización: Se asfaltarán y repararán todas aquellas zonas de vial público, que siendo ajenas a la propia finca, pudieran haber sido perjudicadas por la ejecución de las obras. El frente de la parcela que linda con el camino vecinal y con la carretera autonómica CA-845 deberá quedar urbanizado. A lo largo de todo el frente de la finca se dispondrán farolas cada veinte metros. Su modelo y colocación se concretará con los servicios técnicos municipales. La red de farolas deberá ser independiente de las demás instalaciones eléctricas de la urbanización y tendrán su propio boletín del instalador. Si se previese la instalación de algún depósito de combustible habrá de ser enterrado, reduciendo con arbustos el impacto visual de la malla de protección. Se deberá realizar plantaciones de especies arbóreas de porte medio en la zona libre de parcela de al menos un árbol cada 50 m2. Condiciones inherentes a las instalaciones: Las conexiones a las redes de servicios se llevarán a cabo de acuerdo con las compañías suministradoras y con los servicios técnicos municipales. En el punto de entronque a la red de saneamiento municipal se ejecutará obligatoriamente una arqueta o pozo de registro, cuyas dimensiones se determinarán por el servicio técnico municipal en el momento de ejecutarse la obra. Será necesario realizar tres acometidas con tubería de polietileno de 40 mm. BD y PN10 atm. a la red general de polietileno de 63 mm. de polietileno. Cada acometida dará servicio a dos viviendas. En el lugar de la conexión se ejecutará una arqueta de 30x30 cm. con marco y tapa de fundición para alojar una válvula de corte. En el frente de la parcela se colocará una boca de riego de 45 mm. de diámetro con arqueta. Los contadores deberán colocarse en el límite de la propiedad, en una caja individual y accesible desde el exterior de acuerdo con lo que disponga la compañía suministradora. Con carácter previo al otorgamiento de la licencia de primera ocupación se deberán aportar los boletines eléctricos de la instalación exterior de la urbanización. Al final de las obras habrá de presentarse el boletín de la instalación de la infraestructura común de telecomunicaciones, el protocolo de pruebas y el certificado del ingeniero de telecomunicaciones, todo ello debidamente sellado por la Jefatura Provincial de Inspección de Telecomunicaciones. Cesiones a favor del Ayuntamiento: Con carácter previo al otorgamiento de la licencia de primera ocupación, se formalizarán a favor del ayuntamiento mediante escritura pública las correspondientes cesiones a viales. Condiciones estéticas: La carpintería exterior será o bien de madera, o bien de otro material en tonos oscuros que imite a ésta. La fachada se pintará en tonos claros y además la piedra que se pudiera colocar en la fachada tendrá que ser de las mismas características que las de los edificios del entorno. Los canalones y las bajantes de pluviales serán de cobre o zinc y en ningún caso de PVC. La cubierta se realizará con teja curva tipo árabe de color rojo. El ladrillo empleado en fachada será de tipo rústico. Los cierres de la parcela se resolverán mediante elementos opacos de 1 metro de altura de mampostería o revocados y pintados completados mediante protecciones diáfanas hasta alcanzar los dos metros quedando prohibidas las mallas de torsión galvanizadas o plastificadas. Los muros de contención irán forrados por su cara exterior con un lienzo de mampostería desconcertada. SEGUNDO: Que se apruebe la correspondiente liquidación de tributos conforme a las ordenanzas fiscales que resulten de aplicación, ascendiendo el presupuesto de ejecución material a la cantidad de SESENTA Y UN MIL DOSCIENTOS OCHO EUROS CON NOVENTA CúNTIMOS ( 61.208,90 â¬). TERCERO: Que se dé traslado al interesado del presente acuerdo, con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4. Otros expedientes y solicitudes pendientes de resolución. Acuerdos que procedan. 4.1. Expediente de solicitud de licencia de actividad para la instalación de un taller de forja artística ( taller de soldadura) en la localidad de Pechón, de este término municipal de Val de San Vicente, incoado por don David González Lavín. Visto el expediente sobre solicitud de licencia de actividad para la instalación de un taller de forja artística ( taller de soldadura) en la localidad de Pechón, de este término municipal de Val de San Vicente, incoado por don David González Lavín. Teniendo que emitir la corporación informe según dispone el vigente Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, a la vista de los trámites llevados a cabo en el expediente, de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda emitir el siguiente informe: 1- Que el emplazamiento de la instalación y las demás circunstancias de la misma a las que se refieren los informes que obran en el expediente están de acuerdo con las ordenanzas municipales y con lo dispuesto en el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas. 2- Que no se estima que otras actividades análogas puedan producir efectos aditivos. 3- Se informa favorablemente la concesión de la licencia solicitada. 4.2. Solicitud de cambio de titularidad de licencia de obras correspondiente al documento con número 0894 de 2008 del registro municipal de entradas. Tomado conocimiento del escrito correspondiente al documento con número 0894 de 2008 del registro municipal de entradas. Resultando: Que mediante el mismo se comunica la trasmisión a la empresa KEPRO COSTA BRAVA S.L. de la licencia municipal de obras otorgada a CORRAL SALAS S.L. mediante acuerdo adoptado por la junta de gobierno local del Ayuntamiento de Val de San Vicente en sesión ordinaria celebrada en fecha de 16 de diciembre de 2.005 para la construcción de once viviendas unifamiliares en Estrada, según proyecto de ejecución redactado al efecto por los arquitectos don José Angel Herrero Gancedo y don Sergio Terán Ruiz , visado por el colegio oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 24 de junio de 2.005. A la vista de la documentación obrante en el expediente y considerando lo dispuesto en el artículo 188.3 de la Ley de Cantabria 2/2001 de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria, de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Urbanismo, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO. Autorizar la trasmisión a la que ya se ha hecho referencia en el presente acuerdo y, en su consecuencia, que la licencia municipal de obras otorgada a CORRAL SALAS S.L. mediante acuerdo adoptado por la junta de gobierno local del Ayuntamiento de Val de San Vicente en sesión ordinaria celebrada en fecha de 16 de diciembre de 2.005 para la construcción de once viviendas unifamiliares en Estrada, según proyecto de ejecución redactado al efecto por los arquitectos don José Angel Herrero Gancedo y don Sergio Terán Ruiz , visado por el colegio oficial de Arquitectos de Cantabria en fecha de 24 de junio de 2.005, pase a ser de titularidad de la empresa KEPRO COSTA BRAVA S.L. SEGUNDO. Que se dé traslado de este acuerdo a los interesados. 4.3. Otorgamiento de ayudas al estudio. Acuerdo que proceda. Tomado conocimiento del expediente que se tramita para el otorgamiento de ayudas al estudio para el curso escolar 2.007-2.008. A la vista de la documentación obrante en el mismo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ordenanza reguladora de ayudas al estudio de Val de San Vicente, de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa Municipal Permanente de Sanidad, Bienestar Social, Empleo, Educación, Cultura, Turismo, Festejos, Juventud, Deporte, Agricultura y Ganadería la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: Primero. Estimar las solicitudes de los estudiantes de Val de San Vicente que seguidamente se indican y otorgarles las becas por las cuantías que se indican: Cristina Peñil Montoya 1.306,07 euros Yolanda Hoyos Castañeda 375,43 euros Javier Domínguez Ortega 786,51 euros Alejandro Domínguez Ortega 367,29 euros Andrea González Roiz 885,51 euros Indara García Gutiérrez 542,95 euros Rosa Palencia Bedoya 548,42 euros Marcos González García 355,21 euros Nuria Pérez Gallardo 1.659,17 euros Marta Sañudo Gutiérrez 1.339,97 euros María Sañudo Gutiérrez . 528,41 euros Segundo. Desestimar las solicitudes formuladas por los estudiantes que seguidamente se indican por la causa que se detallan: Alberto Peñil Montoya. Incumplimiento del artículo 2 de la Ordenanza reguladora de ayudas al estudio ( “Que todos los miembros de la unidad familiar, definidos en el artículo 10 de la presente ordenanza, se encuentren empadronados en el Ayuntamiento de Val de San Vicente en fecha de 31 de diciembre del año inmediatamente anterior a la convocatoria”.) Clara Lamadrid Fernández. Incumplimiento del artículo 2 de la Ordenanza reguladora de ayudas al estudio ( “Que todos los miembros de la unidad familiar, definidos en el artículo 10 de la presente ordenanza, se encuentren empadronados en el Ayuntamiento de Val de San Vicente en fecha de 31 de diciembre del año inmediatamente anterior a la convocatoria”. Verónica Vigil Obeso. Incumplimiento del artículo 2 de la Ordenanza reguladora de ayudas al estudio ( “Que todos los miembros de la unidad familiar, definidos en el artículo 10 de la presente ordenanza, se encuentren empadronados en el Ayuntamiento de Val de San Vicente en fecha de 31 de diciembre del año inmediatamente anterior a la convocatoria”.) María Alonso González. Incumplimiento del artículo 2 de la Ordenanza reguladora de ayudas al estudio ( “Que todos los miembros de la unidad familiar, definidos en el artículo 10 de la presente ordenanza, se encuentren empadronados en el Ayuntamiento de Val de San Vicente en fecha de 31 de diciembre del año inmediatamente anterior a la convocatoria”.) Rubén Villar Puente. Incumplimiento del artículo 3 de la Ordenanza reguladora de ayudas al estudio ( haber obtenido en el curso anterior el número mínimo de créditos, como mínimo, del 50% del que resulte de dividir el total de los que integran el plan de estudios, excepción hecha de los de libre elección, entre el número de años que lo componga.) Sara García Argüelles. Incumplimiento del artículo 3 de la Ordenanza reguladora de ayudas al estudio ( haber obtenido en el curso anterior el número mínimo de créditos, como mínimo, del 50% del que resulte de dividir el total de los que integran el plan de estudios, excepción hecha de los de libre elección, entre el número de años que lo componga.) David Astarloa Peñil. Incumplimiento del artículo 3 de la Ordenanza reguladora de ayudas al estudio ( haber obtenido en el curso anterior el número mínimo de créditos, como mínimo, del 50% del que resulte de dividir el total de los que integran el plan de estudios, excepción hecha de los de libre elección, entre el número de años que lo componga.) Rebeca Mon Alday. Incumplimiento del artículo 3 de la Ordenanza reguladora de ayudas al estudio ( haber obtenido en el curso anterior el número mínimo de créditos, como mínimo, del 50% del que resulte de dividir el total de los que integran el plan de estudios, excepción hecha de los de libre elección, entre el número de años que lo componga.) Magdalena Fernández Gutiérrez. Incumplimiento del artículo 3 de la Ordenanza reguladora de ayudas al estudio ( haber obtenido en el curso anterior el número mínimo de créditos, como mínimo, del 50% del que resulte de dividir el total de los que integran el plan de estudios, excepción hecha de los de libre elección, entre el número de años que lo componga.) Olga Borbolla Tarano. Incumplimiento del artículo 8 de la Ordenanza reguladora de ayudas al estudio ( la renta familiar excede de los umbrales máximos establecidos en el citado artículo) Saray Cueli Fernández. Incumplimiento del artículo 8 de la Ordenanza reguladora de ayudas al estudio ( la renta familiar excede de los umbrales máximos establecidos en el citado artículo) Diego Tuero Cacho. Incumplimiento del artículo 8 de la Ordenanza reguladora de ayudas al estudio ( la renta familiar excede de los umbrales máximos establecidos en el citado artículo) Pablo Tuero Cacho. Incumplimiento del artículo 8 de la Ordenanza reguladora de ayudas al estudio ( la renta familiar excede de los umbrales máximos establecidos en el citado artículo) Tercero. Aprobar el gasto correspondiente con cargo a la partida 2.008 42480. Cuarto. Dar traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y a cuantos resulten interesados en el mismo y disponer la publicación del correspondiente anuncio en el tablón de anuncios de la Corporación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ordenanza reguladora de ayudas al estudio de Val de San Vicente. 4.4. Acuerdo que proceda respecto a la celebración de la XXV edición de la Feria Exposición de Ganados de Val de San Vicente. Considerando: Primero: Que está previsto que se celebre la XXV edición de la Feria Exposición de Ganados de Val de San Vicente el domingo cuatro de mayo de 2.008. Segundo: Que para la celebración de la citada feria ganadera se ha elaborado un presupuesto económico que obedece al siguiente desglose: 1. ORGANIZACIúN 1.1. Preparación y ganaderías 1.500,00 ⬠1.2. Transporte de ganado 5.500,00 ⬠1.3. Premios y trofeos 8.000,00 ⬠1.4. Gastos juez calificador 300,00 ⬠1.5. Dosis de semen 2.300,00 ⬠1.6. Pruebas sanitarias 500,00 ⬠Total 18.100,00 ⬠2. OTROS GASTOS 2.1. Carteles, programas y megafonía 1.500,00⬠2.2. Varios.......................................................................................................................... 6.025,00 ⬠Total 7.525,00 ⬠RESUMEN GENERAL 1. ORGANIZACIúN 18.100,00 ⬠2. OTROS GASTOS 7.525,00 ⬠TOTAL 26.625,00 ⬠Tercero: Que está previsto que con motivo de la celebración de la feria se desarrolle también un concurso de arrastre, previéndose para premios una cantidad global de DOS MIL QUINIENTOS EUROS ( 2.500,00 â¬) La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Que se celebre la mencionada XXV edición de la Feria de Exposición de Ganados de Val de San Vicente y el concurso de arrastre que se desarrollará con ocasión de la misma. SEGUNDO: Aprobar los presupuestos correspondientes tanto a la feria como al concurso de arrastre que quedan detallados en el presente acuerdo. TERCERO: Autorizar los gastos que se indican, que según los presupuestos detallados ascienden a las siguientes cantidades totales: XXV edición de la Feria Exposición de ganados de Val de San Vicente 26.625,00 ⬠Concurso de arrastre. 2.500,00 ⬠4.5. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato menor de suministro de luminarias para la localidad de Luey. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del suministro menor de luminarias para la localidad de Luey . Considerando: Primero: Que debe procederse a la contratación de dicho suministro. Segundo: Que el presupuesto presentado por Gregorio Cosgaya Toyos se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a GREGORIO COSGAYA TOYOS el contrato menor de suministro de luminarias para la localidad de Luey por importe de CINCO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO EUROS CON NOVENTA Y NUEVE CúNTIMOS ( 5.464,99 â¬). SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.6. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato menor de suministro de luminarias para el colegio público Fuente Salín. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del suministro menor de luminarias para el colegio público Fuente Salín. Considerando: Primero: Que debe procederse a la contratación de dicho suministro. Segundo: Que el presupuesto presentado por Gregorio Cosgaya Toyos se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a GREGORIO COSGAYA TOYOS el contrato menor de suministro de luminarias para el colegio público Fuente Salín por importe de TRES MIL NOVECIENTOS DOS EUROS CON VEINTICUATRO CúNTIMOS ( 3.902,24 â¬) iva incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.7. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato menor de suministro de luminarias para la localidad de Prellezo. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del suministro menor de luminarias para la localidad de Prellezo. Considerando: Primero: Que debe procederse a la contratación de dicho suministro. Segundo: Que el presupuesto presentado por Gregorio Cosgaya Toyos se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a GREGORIO COSGAYA TOYOS el contrato menor de suministro de luminarias para la localidad de Prellezo por importe de CUATRO MIL SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE EUROS CON VEINTE CúNTIMOS ( 4.779,20 â¬) iva incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.8. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato menor de suministro de material de señalización para la biblioteca y la casa de la juventud. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del suministro menor de material de señalización para la biblioteca y la casa de la juventud. Considerando: Primero: Que debe procederse a la contratación de dicho suministro. Segundo: Que el presupuesto presentado por SERISAN S.A. se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a SERISAN S.A. el contrato menor de suministro de material de señalización para la biblioteca y la casa de la juventud por importe de NOVECIENTOS TRECE EUROS CON OCHENTA Y NUEVE CúNTIMOS ( 913,89 â¬) iva incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.9.Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato menor de servicios para traslado de un tejo en la localidad de Abanillas. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicio de traslado de un tejo en la localidad de Abanillas. Considerando: Primero: Que debe procederse a la contratación de dicho servicio. Segundo: Que el presupuesto presentado por Diego González Roiz se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a DIEGO GONZÁLEZ ROIZ el contrato menor de servicio de traslado de un tejo en la localidad de Abanillas por importe de NOVECIENTOS DIEZ EUROS ( 910,00 â¬) iva incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.10. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de servicios para la instalación de un toro mecánico y dos hinchables en Portillo. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicio para la instalación de un toro mecánico y dos hinchables en Portillo el día tres de mayo de 2.008. Considerando: Primero: Que debe procederse a la contratación de dicho servicio. Segundo: Que el presupuesto presentado por ESPECTÁCULOS Y DIVERSIúN S.L. se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a ESPECTÁCULOS Y DIVERSIúN S.L. el contrato de servicios para la instalación de un toro mecánico y dos hinchables en Portillo el día tres de mayo de 2.008 por importe de SETECIENTOS EUROS ( 700,00 â¬) iva incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.11. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de servicios para la instalación de un toro mecánico y dos hinchables en Molleda. A la vista del expediente correspondiente a la contratación del servicio para la instalación de un toro mecánico y dos hinchables en Molleda el día treinta y uno de mayo de 2.008. Considerando: Primero: Que debe procederse a la contratación de dicho servicio. Segundo: Que el presupuesto presentado por ESPECTÁCULOS Y DIVERSIúN S.L. se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a ESPECTÁCULOS Y DIVERSIúN S.L. el contrato de servicios para la instalación de un toro mecánico y dos hinchables en Molleda el día treinta y uno de mayo de 2.008 por importe de SETECIENTOS EUROS ( 700,00 â¬) iva incluido. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.12. Acuerdo a tomar respecto a la adjudicación del contrato de servicios para un concierto y misa cantada en Portillo A la vista del expediente correspondiente a la contratación de un concierto y misa cantada en Portillo el día tres de mayo de 2.008. Considerando: Primero: Que debe procederse a la contratación de dicho servicio. Segundo: Que el presupuesto presentado por la coral VOCES DEL MAR se considera favorable para los intereses municipales. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la junta de gobierno local y siendo cuatro su número legal, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Adjudicar a la coral VOCES DEL MAR el contrato de servicios para un concierto y misa cantada en Portillo el día tres de mayo de 2.008 por importe de OCHOCIENTOS EUROS ( 800,00 â¬). SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto correspondiente. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo a los servicios económicos municipales y al adjudicatario con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.13.Solicitud de devolución de ingresos indebidos formulada por don José Antonio Rogina Blanco correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 0354 de 2008. Visto el documento con registro municipal de entradas número 0354 de 2.008 formulado por don José Antonio Rogina Blanco y que se refiere a la solicitud de devolución del exceso abonado al Ayuntamiento de Val de San Vicente en concepto de cuota correspondiente al impuesto sobre vehículos de tracción mecánica en el ejercicio 2008. Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la devolución de la cantidad de SETENTA Y SIETE EUROS CON CINCO CúNTIMOS ( 77,05 â¬) a don José Antonio Rogina Blanco con DNI 13.924.552 F. Dicha cantidad corresponde al exceso abonado en concepto de impuesto sobre vehículos de tracción mecánica por vehículo con matrícula O-4366-BC. SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 4.14. Solicitud de devolución de ingresos indebidos formulada por AQUA 21 AVENTURA S.C. correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 0885 de 2008. Visto el documento con registro municipal de entradas número 0885 de 2.008 formulado por AQUA 21 AVENTURA S.C. que se refiere a la solicitud de devolución del exceso abonado al Ayuntamiento de Val de San Vicente en concepto de cuota correspondiente al impuesto sobre vehículos de tracción mecánica en el ejercicio 2008. Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la devolución de la cantidad de CUARENTA Y CINCO EUROS CON CUARENTA Y CUATRO CúNTIMOS ( 45,44 â¬) a AQUA 21 AVENTURA S.C. con CIF B39500962. Dicha cantidad corresponde al exceso abonado en concepto de impuesto sobre vehículos de tracción mecánica por vehículo con matrícula VA-9465-S. SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 4.15. Solicitud de exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica formulada por don José Francisco González Maceda correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 0406 de 2008. Visto el documento con registro municipal de entradas número 0406 de 2008 formulado por don José Francisco González Maceda y que se refiere a la solicitud de exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica solicitada por don José Francisco González Maceda por el vehículo con matrícula 0378-GYG. Dicha exención se concede de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.1.e) de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del ayuntamiento de Val de San Vicente. SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 4.16. Solicitud de exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica formulada por doña María Jesús Sánchez Gómez correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 0823 de 2008. Visto el documento con registro municipal de entradas número 0823 de 2008 formulado por doña María Jesús Sánchez Gómez y que se refiere a la solicitud de exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica solicitada por doña María Jesús Sánchez Gómez por el vehículo con matrícula S-6196-AP. Dicha exención se concede de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.1.e) de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del ayuntamiento de Val de San Vicente. SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 4.17. Solicitud de exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica formulada por don Daniel Gutiérrez Fernández correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 0815 de 2008. Visto el documento con registro municipal de entradas número 0815 de 2008 formulado por doña Daniel Gutiérrez Fernández y que se refiere a la solicitud de exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y el informe emitido sobre el particular, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la exención del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica solicitada por don Daniel Gutiérrez Fernández por el vehículo con matrícula S-6058-AG. Dicha exención se concede de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.1.e) de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del ayuntamiento de Val de San Vicente. SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 4.18. Solicitud de bonificación del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica formulada por don Ivan Ortiz Sánchez correspondiente al documento con registro municipal de entradas número 2883 de 2007. Visto el documento con registro municipal de entradas número 2883 de 2007 formulado por don Iván Ortiz Sánchez y que se refiere a la solicitud de bonificación del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. Vista la copia de la documentación que se acompaña a la solicitud y acreditado que el vehículo tiene una antigüedad superior a 26 años, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO: Aprobar la bonificación del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica solicitada por don Iván Ortiz Sánchez por el vehículo con matrícula Z-2118-P. Dicha exención se concede de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.2 de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del ayuntamiento de Val de San Vicente. SEGUNDO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado y a los servicios económicos municipales con expresión de los recursos procedentes frente al mismo. 4.19. Solicitud presentada por don Eladio Guerra Rodríguez en representación de SUPERAMA S.L. relativa a la variación del consumo mínimo de agua. Acuerdo que proceda. Examinada la solicitud presentada por don Eladio Guerra Rodríguez en representación de SUPERAMA S.L. mediante documento con registro municipal de entradas numero 0953 de 2.008 y que se refiere a la variación del consumo mínimo de agua correspondiente a local comercial sito en la calle Pérez Galdós, 3, de la localidad de Unquera. Visto el artículo 6 apartado VI de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Suministro de Agua Potable, según el cual, los usuarios del tipo industrial, comercial o ganadero, que lo soliciten por escrito a esta Administración, podrán variar la dotación del mínimo, pasando de 60 m3 a 30 m3, facturándose el exceso conforme a la escala establecida para cada caso, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO. Autorizar a SUPERAMA S.L. la variación de la dotación del consumo mínimo de agua para el local comercial sito en la calle Pérez Galdós, 3, de la localidad de Unquera, pasando de 60 m3 a 30 m3, facturándose el exceso conforme a la escala establecida para cada caso. SEGUNDO. Notificar la presente resolución al interesado, con indicación de los recursos que en su caso procedan. TERCERO: Dar traslado de la presente resolución a la empresa concesionaria del servicio de agua AGUAS DEL NORTE S.A., a los efectos correspondientes. 4.20. Solicitud presentada por doña María Teresa Vela Gutiérrez relativa a la variación del consumo mínimo de agua. Acuerdo que proceda. Examinada la solicitud presentada por doña María Teresa Vela Gutiérrez mediante documento con registro municipal de entradas numero 0713 de 2.008 y que se refiere a la variación del consumo mínimo de agua correspondiente a estudio de fotografía sito en la calle San Felipe Neri, 24, A Bajo, de la localidad de Unquera. Visto el artículo 6 apartado VI de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Suministro de Agua Potable, según el cual, los usuarios del tipo industrial, comercial o ganadero, que lo soliciten por escrito a esta Administración, podrán variar la dotación del mínimo, pasando de 60 m3 a 30 m3, facturándose el exceso conforme a la escala establecida para cada caso, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros presentes que eran cuatro de los cuatro que la componen, acuerda: PRIMERO. Autorizar a doña María Teresa Vela Gutiérrez la variación de la dotación del consumo mínimo de agua para el estudio de fotografía sito en la calle San Felipe Neri, 24, A Bajo, de la localidad de Unquera, pasando de 60 m3 a 30 m3, facturándose el exceso conforme a la escala establecida para cada caso. SEGUNDO. Notificar la presente resolución al interesado, con indicación de los recursos que en su caso procedan. TERCERO: Dar traslado de la presente resolución a la empresa concesionaria del servicio de agua AGUAS DEL NORTE S.A., a los efectos correspondientes. 4.21. Solicitud de licencia de vado formulada por don Oscar Lozano Caballero. A la vista del expediente incoado por don Oscar Lozano Caballero mediante documento con registro municipal de entradas número 0940 de 2.008, en solicitud de licencia de vado. Considerando el informe favorable emitido al respecto en fecha 25 de abril de 2.008 por la Policía Local, estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número total, por unanimidad se acuerda: PRIMERO: Otorgar la licencia municipal de vado solicitada por don Oscar Lozano Caballero siendo el vado que se otorga de carácter permanente, para uso local comercial destinado a la venta de vehículos usados y con una anchura de tres metros. SEGUNDO: Que se practique la liquidación de tributos que corresponda de conformidad con la ordenanza fiscal de aplicación. TERCERO: Que se dé traslado del presente acuerdo al interesado con expresión de los recursos procedentes contra el mismo. 4.22. Aprobación de la convocatoria y de las bases de las pruebas para la selección de una plaza de monitor deportivo incluida en la oferta de empleo público del Ayuntamiento de Val de San Vicente para el año 2006. Considerando: Primero. Que mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Val de San Vicente en sesión ordinaria celebrada el día dos de mayo de 2006 se aprobó la oferta de empleo público correspondiente al Ayuntamiento de Val de San Vicente en el año 2006. Segundo. Que en cumplimiento de lo dispuesto en el citado acuerdo dicha oferta de empleo ha sido publicada en el Boletín Oficial de Cantabria número 098 de martes, 23 de Mayo de 2006, y en el Boletín Oficial del Estado número 136 de jueves, ocho de junio de 2006. Tercero. Que en la oferta de empleo público correspondiente al Ayuntamiento de Val de San Vicente en el año 2006 se incluyen, entre otras, la plaza siguiente: Personal laboral: Nivel de titulación: Diplomado en Educación Física, Maestro especialista en Educación Física. Denominación de puesto: Monitor Deportivo. Número de vacantes: una. Cuarto. Las bases que se han redactado para la provisión, mediante concurso oposición, de la citada plaza. Estando presentes en la sesión cuatro miembros de la Junta de Gobierno Local y siendo cuatro su número legal, por unanimidad, se acuerda: PRIMERO. Aprobar la convocatoria y las bases que obran en el expediente para cubrir, mediante concurso oposición, una plaza de monitor deportivo, personal laboral, incluida en la oferta de empleo público del Ayuntamiento de Val de San Vicente en el año 2006. SEGUNDO. Que se sigan los trámites que legalmente procedan para la provisión de la citada plaza. 5. Ruegos y preguntas. Abierto este punto, no se plantea ninguno. Y no habiendo más asuntos a tratar, por el sr. Presidente se levanta la sesión, cuando son las trece horas y cuarenta y cinco minutos del día al inicio indicado, de todo lo cual, como secretaria, doy fe.