Con fecha 11 de Febrero de 2016 y en respuesta a la solicitud los profesionales del sector de la pesca de la angula y debido, además, a las excepcionales condiciones meteorológicas de la presente campaña y en consonancia con las modificaciones establecidas por el Principado de Asturias para el "Plan de Gestión de Tina mayor", de forma extraordinaria, se ha resuelto que la presente campaña en la Comunidad Autónoma de Cantabria, se amplíe hasta las 18 horas del 14 de marzo de 2016. Se añaden a los días de descanso ya establecidos por Resolución de 22 de diciembre de 2015, los días de descanso compensatorios comprendidos entre las 18 horas del 15 de febrero y las 18 horas del día 24 de febrero.
Pulse para consultar la información publicada en el BOC. Primero.- Establecer las modificaciones pertinentes de la Resolución, de 28 de septiembre de 2015, por la que se regula la Campaña de la Angula 2015-2016 en la Comunidad Autónoma de Cantabria, con el objeto de ampliar la campaña y establecer los días de descanso compensatorios para el mes de febrero de 2016. Segundo.- La presente Resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria. Tercero.- Esta Resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso de alzada ante el Consejo de Gobierno de Cantabria, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, y ello en los términos del artículo 128 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, y del artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. NORMAS DE CARúCTER GENERAL Duración de la campaña. 1. La presente campaña regulada según lo dispuesto en la Resolución de 28 de septiembre de 2015, por la que se regula la campaña de la angula 2015-2016 en la Comunidad Autónoma de Cantabria, se amplía hasta las 18 horas del 14 de marzo de 2016. 2. Se añaden a los días de descanso ya establecidos por Resolución de 22 de diciembre de 2015, los días de descanso compensatorios comprendidos entre las 18 horas del 15 de febrero y las 18 horas del día 24 de febrero.